Si por mal redactada entendemos defectos puramente formales que puedan ser objeto de subsanación posterior, tales como un error gramatical o numérico, aparte de la conveniencia de ponerlos de manifiesto en desde el primer momento instando a su inmediata corrección, no adolecen de falta de legalidad como tales.
En la medida en que la mala redacción afecte al hecho denunciado y lo haga incomprensible o de contenido imposible, o a la tipicidad del artículo en virtud del cual se impone la sanción, o a la propia identificación del vehículo, entre otros motivos, habrá que considerar que la sanción se encuentra viciada de la nulidad del artículo 62.1 e) por tratarse de un acto dictado prescindiendo del procedimiento establecido al efecto.
me an multado pero en vez de poner javier como me llamo han puesto jesus es posible recurrirla?
Entendemos que la notificacion de la denuncia se la han entregado en mano y entre los requisitos establecidos en el art. 74 de la L.S.V. están en todo caso ( art. 72.2.b) “la identidad del denunciado si fuese conocida”. Evidentemente ha sido un error de transcripción de datos por parte del agente denunciante que ha de ponerse de manifiesto en las alegaciones al boletín de denuncia, pero sería importante saber si le han recogido su número de DNI, puesto que si no es así, le aconsejamos no presentar alegaciones a dicho boletín y no darse por notificado, dado que entendemos que el boletín no cumple todos los requisitos para constituir acto de iniciación del procedimiento sancionador.
Una amiga le isieron una multa y pudo por estar estruyendo el trancito que se puede hacer pregunta
Imposible descifrar lo que has escrito ahí.
Buenas me an multado por aparcar en linea amarilla pero ah escrito mal la matricula de mi coche por 1 letra y no es el modelo de mi coche elque pone en la denuncia , aparte de no entender lo que pone la multa solo linea amarilla gracias
Buenos días Jacobo,
En relación con la multa que nos indicas, en principio el error en una letra de la matrícula es un defecto subsanable. Sin embargo, la administración es quien tiene la carga de la prueba y debe aportar pruebas de que era tú vehículo el que se encontraba mal aparcado mediante fotografía u otro medio, ya que por el contrario no se puede acreditar que fuera tu coche. Te recomiendo que te pongas en contacto con el departamento jurídico para poder asesorarte en profundidad.
Muchas gracias,
Un saludo
Buenas, me multaron por dar 0,28, en la multa que me entregaron en mano no pone el numero de expediente, el cual necesito para pagar la multa desde el banco, seria recurrible?
Buenos días Miguel,
No nos indica de que Organismo deriva, no obstante le adelanto que el número de expediente es, en efecto, un elemento básico para identificar el caso y como bien dice necesario para, por ejemplo, hacer el pago de la misma. No obstante le puedo indicar que las multas por cuestiones de alcoholemia, suelen ser incoadas y notificadas formalmente por el Órgano instructor partiendo del boletín que haya extendido el Agente. No descarte enviarnos de todos modos la notificación recibida por si derivara algún extremo que se nos está escapando.
Muchas gracias,
Un saludo.
En mi multa aparte de que no corresponde ni marca ni modelo, tampoco está mi dirección completa
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
En una sentencia el dia que se entrega es el 15 pero en el papel pone 25 se puede hacer algo como darlo por nulo?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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buenas me han multado por alcoholemia y en la copia el ultimo número de DNI está equivocado, se podría hacer algo?
Estimado Pedro,
En las denuncias que realizan los agentes de la autoridad, estos tienen la obligación de consignar los datos de los denunciados de forma correcta. Para evitar que los procedimientos se dirijan contra personas distintas y para que no existan dudas sobre la autoría real de la infracción.
Si en el boletín de denuncia se le identifica correctamente con todos los datos (nombre, apellidos, etc) y solo es erróneo el último número del DNI, se puede considerar que la identificación se ha realizado correctamente y que no hay duda, sobre que usted era la persona a la que se realizó el control de alcoholemia.
Sin embargo existen otros motivos que se pueden alegar en estos casos, como la falta de acreditación de la homologación de etilómetro utilizado o que no se respetó el tiempo mínimo establecido entre pruebas (10 minutos).
Le aconsejo que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para poder analizar más detenidamente su caso y buscar diferentes opciones de recurso.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me hicieron una multa, pero en lugar de poner artículo 103, me pusieron el 113 que sanciona a los vehículos de carga con una fracción inexistente. Se tendrá que pagar de todas maneras?
Buenos días, Alejandra.
Si no está de acuerdo con la multa impuesta, puede presentar alegaciones. La Administración ha de demostrar la comisión del hecho denunciado. Le recomendamos nos remita la notificación recibida para defender sus intereses de la manera más conveniente.
Muchas gracias,
Saludos.
ayer me multaron por falta de luz trasera pero en la boleta pusieron un veicul doferente al mio, mi auto es sonic 2012 y dice jeep cheroke 1995 solo el numero de placas esta bien pero dice q tengo otra infraccion cuando no es asi que piedo hacer?
Buenas tardes José Ángel,
Si bien, el vehículo estaría identificado por medio de las matrícula, si se podría alegar el hecho de que hay un error en el modelo del vehículo. No obstante a la vista de lo que nos indica, le recomendamos que nos remita la multa en aras de indicarle los motivos de impugnación, y la viabilidad de su defensa.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me realizaron una multa por supuestamente estar en pico y placa pero al momento de mirar el pico y placa en la hora que ellos la hicieron ya no tenia pico y placa puedo hacer algo ?
Buenas tardes Johan,
Como cada país tiene sus propia señalización de restricción, deberá ajustarse a lo que le indiquen en cada caso, porque de lo contrario será sancionado. Debería consultarlo en el país donde le han puesto la multa.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas.me han multado por estar aparcada mi.moto en la acera… Pero la direccion de la infraccion no existe puedo recurrirla? Bueno la.calle si existe pero el numero de portal que han puesto no.
Estimado Javier, efectivamente el error en el número de la calle puede tratarse de un error de forma suficiente como para conseguir su anulación, por tanto le recomendamos que contacte con nosotros para que le podamos asesorar la mejor forma de recurrirla. Un saludo
A ni novio le han puesto una multa por no llevar la mascarilla y pone que iba por una vía pública, al aire libre o en un sitio cerrado con acceso al público cuando yo iba con él e íbamos dentro del coche y cuando salimos porque nos lo pidieron los agentes salimos sin ella puesta pero acto seguido nos la pusimos. Él y yo somos convivientes
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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Esta mañana me han puesto una multa por superar el tiempo de estacionamiento en zona azul y en la multa an puesto mal la matrícula de mi vehículo es legal esa multa. Muchas gracias
Estimado José Carlos,
La multa se puede recurrir ya que los datos no se corresponden con los de su vehículo. No obstante, recomendamos esperar a la notificación en su domicilio para valorar la viabilidad. La multa que le han dejado en el parabrisas no implica el inicio del procedimiento, al no habérsele entregado en mano. Una vez que la reciba, puede enviarla a nuestro departamento jurídico y le asesoraremos sobre la misma.
Un saludo
Le hicieron una multa a mi hijo y escribieron mal el nombre y el apellido. Sirve para impugnar?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Buenas tardes : me han puesto una multa en otra población distinta a la mía y me a llegado la denuncia que la recogió mi madre al correo certificado y no coincide mi nombre pero si apellidos y también falta lla letra del DNI y el plazo de pago ya está vencido
Que puedo hacer muchas gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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L’ós mossos me han puestos una multa por alcolemia, però lo que han redactado,no pone con que aparató lo han hecho,sé puede recurrir
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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A mi me paso pusieron moto color negro era azul marino , alege confusión con otra moto y me la aceptaron .
Eso si lo hice en cuanto me llegó la multa a casa y no había foto ..
Si hay fotos mal asunto
Buenas me han multado por estar parado encima de la acera pero en la multa ponen otra calle distinta a la de donde estaba el vehículo puedo recurrir?
Estimado Juan Carlos,
La multa que usted nos comenta es perfectamente recurrible, ya que es la Administración la que debe probar que el vehículo se encontraba en la calle mencionada en el boletín de multa.
Puede ponerse en contacto con nosotros y remitirnos la multa en cuestión para poder analizarla e indicarle así todas las posibles opciones de las que usted dispondría.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola. Me colocaron una multa, y tiene colocado mal la fecha. Se equivocaron de mes. Se puede recurrir?
Buenas tardes Gabriel,
Uno de los requisitos que exige el Texto Refundido de la Ley de Seguridad Vial en su artículo 87.2, para que la denuncia sea válida y eficaz, es que en la misma se contenga la fecha y hora correcta de la comisión de la supuesta infracción. Por tanto, si existe un error en la fecha, podría considerarse el boletín de denuncia inválido. No obstante, la Administración puede corregir el error y reiterar, volver a notificar, la denuncia con el dato de la fecha corregido. Eso sí, es indispensable que la corrección y la notificación se haga dentro de los plazos de prescripción que le concede la Ley de Seguridad Vial a la Administración para volver a notificar.
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para ampliar la información.
Saludos
Buenas, me han multado por rebasar un poquito la linea de zona de carva y descarga, y en el boleto de denuncia estaba en el parabrisas pero vacio no ponía nada
Buenos días, Laura:
En relación a consulta, informarle que tiene que esperar a que le llegue la denuncia a su domicilio.
Una vez que la reciba le animamos a que nos la remita al departamento jurídico para que podamos asesorarle de la mejor forma sobre las posibilidades de recurso.
Saludos.
Buenas me pusieron dos multas, una por saltarme una senyal de obligación pero hay dos números mal en el DNI y la otra por la ITV pasada, pero el lugar de los hechos indica calle y número pero sin la localidad.
Además de algún error más, pero creo que los dos mencionados son bastante graves…..
Buenas tardes Abraham,
Examinando el caso que nos plantea , deberíamos ver esas notificaciones con más detalle para darle una información correcta y estudiar la posibilidad de recurso, puesto que si la Administración no ha indicado de forma correcta esos datos podríamos presentar alegaciones, pero no obstante, antes de realizar cualquier gestión, necesitamos ver las notificaciones recibidas. No dude en contactar con nosotros para informarle con detalle.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me multaron y puse mal la dirección de mi casa que puedo hacer para consultar el estado de la multa?
Buenos días,
En primer lugar, le recomiendo que proceda a efectuar el cambio de dirección postal, puesto que ésta se utiliza a efectos de envío de comunicaciones y notificaciones. Dicho cambio puede realizarse llamando al 060 o bien a través de Internet. Le adjunto un enlace de la Dirección General de Tráfico en el cual se indican los pasos que debe seguir: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/cambio-domicilio/
En cuanto a la consulta de su multa, puede ponerse en contacto con el Organismo que emitió la misma, facilitando sus datos personales.
Asimismo, le animo a que nos remita la multa para poder así ayudarle en la gestión.
Muchas gracias.
Un saludo
Me ha parado la guardia civil y me multaron pro pusieron mal la provincia de donde soy, vale la pena q recurra?
Buenos días,
El error que nos comenta en cuento a la provincia podría ser un motivo de alegación por defecto de forma, sin embargo, existen muchos más motivos por los que se pueden recurrir las multas. Por ello, le recomendamos que nos la envíe para así poder estudiar la viabilidad del recurso.
Un Saludo.
hola buenas me echaron una multa por dejar frente mi piso en doble fila con los cuatro intermitentes, cuando fui a meter coche al garaje comunitario no arrancaba por la batería y lo tuve que dejar toda la mañana hasta que compre batería y al ir a ponerla sobre la 13h medio día tenía una multa que en dicha multa pone el importe de 90€ si es pronto pago serían 45€ y no coincide el modelo del vehículo mio ni la fecha de dicha multa papel amarillo dejaron fecha el 25/03/2023 . la q hoy me entregaron fecha infracción el 25/04/2023 por lo cual llame a policía local comunicándoles que el coche estaba aparcado hay porque no podía moverle por avería con lo cual el agente que puso multa dijo que le daba igual que esa no me la quitaba que si les uviera llamado informando de que dejaba coche así por avería sería otra cosa que no me la quitaba.
podría recurrirla y no pagarla?
Estimado José Ramón,
En el caso que nos comenta, podemos presentar un escrito de alegaciones solicitando las pruebas para la defensa de la multa, alegando, además, la cuestión que plantea sobre la avería del vehículo.
Le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las opciones de defensa más acorde a su caso.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas . Gracias por la información y el accesoramiento.
Cual medio uso para ponerme en contacto con su departamento Jurídico?
Gabriel, si lo deseas puedes dejarnos un número de teléfono (no lo publicaremos) y le pedimos a una persona del equipo que se ponga en contacto telefónico contigo.
Un saludo
Hola me sacaron un parte por estar mal estacionado pero en el papel que dejaron en el parabrisas, aparecían los datos de otro vehículo de un modelo diferente al mío, la patente estaba bien pero el modelo del auto no corresponde ni la marca.
Buenos días, el boletín de denuncia se trata simplemente de un aviso, ha de esperar a recibir la notificación de denuncia. Una vez reciba esta cuenta con 20 días naturales para formular alegaciones, le recomendamos nos envíe la sanción a fin de interponer las mismas. Saludos
Hola buenas, me han multado en un mirador por estar en doble fila, y cuando llego la policía lo primero que hice fue quitar el coche de ahi (ya que estaba al lado del coche y ellos me vieron perfectamente montarme en él) y en la multa me pone que no se pudo entregar en mano cuando perfectamente me podrían haber puesto las luces/sirenas y haberme parado…. y ahora me ha llegado… podría recurrirla?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, me han puesto una multa de velocidad grave pero en la multa no específica ni la velocidad de la vía, ni a la que iba el vehículo. Eso es recurrible??
¡Hola! Gracias por contactar con nosotros.
Para ese tipo de asunto, lo mejor es que podamos charlar. Te animamos a ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 915 24 23 40, del whatsapp 670 479 547 o del email info@pyramidconsulting.es. Estaremos encantados de poder ayudarte.
Un saludo.
Hola , me han puesto una denuncia de un giro prohibido y han puesto a las calles alreves y segun notifical las calles que han especificado en la multa el giro si seria legal , Es posible recurrirla?
Buenas tardes Manuel,
En el caso de sanciones de este tipo, de apreciación subjetiva del agente, lo mas importante es que conste un informe de ratificación del agente para poder vencer tu presunción de inocencia. Respecto a los fallos en el boletín que nos comentas, se podría alegar también aunque puede ser un defecto subsanable por parte de la administración.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, me han puesto una pequeña multa por estacionarme en un lugar prohibido, pero escribieron mal los datos de vehículo, hay alguna forma de que proceda la anulación?
Buenas tardes Alondra,
Si le dejaron el aviso de denuncia en el parabrisas ha de llegarle la sanción al domicilio, por lo que, en caso de que anotaran de manera errónea los datos del vehículo en el boletín, es posible que no le llegue la sanción. Por otro lado, si le notificaron en mano, la sanción está a su nombre por lo que es conveniente que presente alegaciones. No dude en remitirnos la notificación a fin de asesorarle y defender sus intereses.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola me han puesto una multa por no aver hecho correctamente el stop lo hice como un ceda el paso al redactar la multa pusieron otra calle en la cual no hay ningún stop en toda la calle seria nula la multa
Estimado amigo,
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Me han multado por dar positivo en alcohol, pero en la multa ni la matricula ni el modelo del coche coinciden,puedo recurrir?
Estimado amigo,
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Hola me denunciaron por no llevar seguro ( un error de devolución) , el agente se equivocó en los números de la matrícula y el las letras , puedo recurirla
Estimado amigo,
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Buenas tardes.
Hace poco me pusieron una multa por no respetar la luz roja de un semáforo. En la sanción que fue entregada a mano, el agente se equivocó de artículo (en vez del art. 164 del Reglamento General de Circulación anotó el art. 143).
¿Puede ello suponer un motivo para invalidar el acto?
Muchas gracias.
Estimado amigo,
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Me pusieron una multa mientra una en la moto
Pero el Oficial colocó en el
Tipo de carnet B
Y están los datos de la moto que
Debió poner carnet A
Puedo recurrir a esa?
Estimado amigo,
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L’ós mossos me han puestos una multa por alcolemia, però lo que han redactado,no pone con que aparató lo han hecho,sé puede recurrir
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Hola, Me multaron en Bilao a por cruzar una luz en rojo a las 3 de mañana. La multa me llegó un mes después y escribieron mal mi NIE y mi nombre ¿Debería pagarla? Aunque la dirección es correcta.
Estimado amigo,
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Me han puesto una multa en Santa Eugenia Mallorca. Toqué con la parte trasera una linea amarilla. La cuestión es que el policía redactó la multa y puso otra dirección y el problema es que la pagué… y un mes después me doy cuenta que tal vez la podría haber recurrido por este motivo, puedo pedir que me devuelvan lo pagado?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Hola mi perro se me escapó y se metió en un parque infantil donde está prohibido perros y al ir a por el me han cogido mis datos y no llevaba DNI… Me han dicho q van a informar y procede me denunciará… Pueden hacerlo sin mi DNI? Me han cogido nombre y DNI
Estimado Iván,
Si los hechos son constitutivos de infracción, el hecho de que no llevaras el DNI no te exime de la multa y pueden hacerte llegar la sanción al domicilio facilitado.
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Me han multado por cinturón, pero yo no conducía, el agente se equivocó y me puso como conductor lo cual me haría perder 4 puntos, que puedo hacer ante esta situacion
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Un saludo.
Me han puesto una denuncia por conducir el coche de mi padre que falleció y no hemos transferido a otra persona y le explique que hasta que no nos llegará toda la documentación necesaria no era posible y aun así la puso.y encima me puso mal el apellido, en vez de carbajo puso carbajo.es recurrible?
Buenos días José Ignacio,
Desde el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo el coche, dispone de 90 días desde la defunción, para notificarlo a la Jefatura de Tráfico. En el caso de resultar ser el heredero del vehículo, hay un plazo de otros 90 días desde la emisión del documento que le acredite como heredero, para solicitar el cambio del permiso de circulación. Si no realiza estas gestiones en el plazo concedido al respecto, pueden sancionarlo.
Respecto al error en su apellido, no se considera defecto de forma, sino que es un error subsanable y no es motivo suficiente para anular una multa.
Muchas gracias,
Saludos cordiales.
Ayer me multaron por tenencia de estupefacientes. A la hora de apuntar los datos el número dni está erróneo pero los demás datos están correctos y no me notificaron nada en el momento. Habría forma de librarse de la multa?
Buenos días Cecilio,
En relación a la consulta que nos plantea, indicarle que deberá esperar a que le notifiquen la denuncia para presentar alegaciones y ver el error en el que ha incurrido la Administración. Por ello, si lo desea, cuando reciba la denuncia, nos la remite y estudiamos su caso concreto.Para cualquier consulta, no dude ponerse en contacto con nosotros.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas tardes hace 2días el día 29 de enero ,me pusieron una sanción de 4 puntos y 500e por llegar a dar 0’40mg en aire espirado ,al yo tener 10 años de carnet la multa no llega a los 6 puntos y 1000e ,pero horas más tarde en casa me di cuenta que hará unos 3 años tuve una pérdida de vigencia y después de recuperarlo me quitaron otros 3 puntos por circular sin cinturón con lo cual sigo siendo conductor novel y en este caso si pasa de 0’30 en aire espirado me tendrían que haber quitado 6puntos y 1000€ lo que he hecho a sido pagar ya los 250€ Que es la reducción de los 500 que me pidieron ,porque me dijeron los agentes que desde el momento que me notificaron tenía 20 días para pagarla y mi pregunta es, es posible que una vez que yo ya he pagado la sanción interpuesta por los agentes ahora tráfico haga una modificación y me vuelvan a hacer pagar y ha quitarme 6 puntos en vez de 4? Si es así perdería el carnet de conducir.
Estimado amigo,
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Hola! Me ha llegado una multa con un importe de 200€ por estacionar el coche en doble fila en una calle de única dirección, pero con la amplitud suficiente para que pasen más vehículos…pero sobretodo es que la foto de mi coche que aparece en la denuncia no coincide con la calle indicada en la notificación.
Mis dudas son: se puede reclamar o solicitar la nulidad de la denuncia?
Y por otro lado… existe diferencia de la cuantía de la sanción si la vía sobre la que se pone la sanción es diferente?
Buenas tardes Javier,
En efecto el defecto que indica es de gran relevancia para solicitar la nulidad del expediente. Le recomendamos que nos remita su multa para poder valorarla oportunamente junto las pruebas que le remite la Administración. Respecto a los estacionamientos pueden tener consideración de leves y estar sancionados con multa de hasta 100 euros, o de grave con sanción de 200 (como es su caso). La diferencia radica en que consideren que el estacionamiento se ha realizado en lugar que obstaculice especialmente el paso de otros usuarios, lugares de escasa viabilidad etc.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me pusieron una multa por saltarme un semaforo en rojo como viandante!
Falso! Me pararon por otra razon nada que ver, solo me identifico y me dejao marchar. Es legal eso? Se puede recurrir?
Buenas tardes Esteban,
En relación a su consulta, informarle que si por mal redactada se entienden defectos puramente formales que puedan ser objeto de subsanación posterior, como por ejemplo un error numérico, estos no adolecen de falta de legalidad como tales. Sin embargo, si la mala redacción afecta al hecho de denunciado y lo hace incomprensible o de contenido imposible, como parece ser su caso, habría que considerar que la sanción se encuentra viciada de la nulidad del artículo 47 Ley 39/2015, por tratarse de un acto dictado prescindiendo del procedimiento establecido al efecto. Por ello le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para poder hacerle una mejor valoración e informarle sobre las posibilidades.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola me han puesto una multa pero un letra de la matrícula no coincide tengo 20 dias para pagarla con descuento pero no estoy seguro de pagarla por que la matrícula no coincide y despues tengo miedo que haya problemas si necesito justificar el pago es posible que esa multa no sea válida y puedo recurrirla , saludos
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes, hace dos meses me hicieron un drogotest en Alicante la guardia civil donde di positivo en thc. Hoy me ha llegado la multa con un error en el nombre. Si recurro la multa alegando error en la forms puede salir adelante el recurso. Y dígame, por favor, si puedo alegar algún recurso más.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola buenas man hecho una prueba de alcoholemia enaire y en la denuncia pone que es en sangre se han equivocado es legal puedo recurrir
Estimado amigo,
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hola me han puesto una multa i pone la carretera ,pero no el pueblo i punto kilométrico .puedo recurrirla.gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Recibido una multa de policía local. La cual la dirección de la sanción es errónea. Y fuera de forma de la sanción de culpabilidad acia mi . No sé contemplan bien los hechos adjudicación de dicha sanción. Me culpan de unos motivos que yo no e cometido
¡Hola, Javier! Gracias por contactar con nosotros.
Para ese tipo de asunto, lo mejor es que podamos charlar. Te animamos a ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 915 24 23 40, del whatsapp 670 479 547 o del email info@pyramidconsulting.es. Estaremos encantados de poder ayudarte.
Un saludo.
Hola
me han denunciado por conducir bajo los efectos del alcohol. Me lleve la denuncia a casa y al dia siguiente al leerle , en el hecho denunciable, esto es lo que pone :
«circular con una de alcohol en aire espirado superior a 0,25mg /l que es la reglamentariamente establecida.»
Evidentemente falta la palabra tasa, y estoy pensando en recurrirla por defecto de forma.. podria llegar a prosperar el recuros?
gracias
Se trata de un error material, de hecho o aritmético, puesto que es aquel cuya corrección no implica un juicio valorativo ni exige operaciones de calificación jurídica, por lo tanto, ese error u omisión, por si mismo, no implica nulidad de la notificacion, sin embargo, debemos de valorar si el boletín de denuncia entregado en mano reúne todos los requisitos establecidos en el art. 74 de la Ley de Seguridad Vial para considerarlo como acto de iniciación del procedimiento sancionador. Gustosamente le atenderemos .
Hola. Le han puesto a mi hijo una multa en un control de alcoholemia, solamente le han efectuado la de drogas dando positivo. Olvidandose los agentes de efectuarle la prueba de alcohol.
En el recibo de la multa no sale que le han efectuado el test de alcohol, pero si el test de drogas.
Es recurrible?
Un saludo cordial..!
Buenos días, Antonio:
Cuando los agentes de la autoridad ordenan la detención de un vehículo pueden llevar a cabo dos tipos de controles: por un lado, el control de alcoholemia y, por otro lado, el control de drogas. La metodología de cada uno de ellos es diferente. En cuanto al control de alcoholemia, es necesario soplar a través del alcoholímetro, mientras que en el control de drogas, los agentes toman una muestra de saliva. Ambos controles pueden llevarse a cabo tanto conjuntamente como de manera individual, sin necesidad de que se tengan que realizar ambos a la vez.
Para mayor información, no dude en enviarnos la multa de la que nos habla.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola me pusieron una multa con patinete y en la denuncia me ha llegado con mi dni. Pero con el nombre de mi hermano puedo recurrir?
Buenos días Marcos,
Por lo que comentas parece un error del Organismo por un cruce de datos. Te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro Departamento Jurídico para la presentación de alegaciones. Habría que poner de manifiesto el error en los datos de la persona a la que se dirige a denuncia. Igualmente, las denuncias por circular con patinete son recurribles ya que la Administración está obligada a acreditar la infracción aportando pruebas, pruebas que se solicitarían en el escrito de alegaciones que presentaríamos.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me acaban de poner una multa de tráfico por manipular el movil aunque no estaba hablando por teléfono, al entregarme la multa no me han dicho si queria firmarla o no,a parte de eso no me han dado la opción de abonarla al momento. Además al llegar a casa la he revisado y el agente ha puesto que he cometido la infracción RGC 18-2,es decir conducir usando cascos o auriculares,pero luego ha redactado que ha sido por manipular el telefono movil¿,podria recurrirla al haberse confundido el agente en la infracción?
Estimado lector,
Con relación a su consulta sobre uso de móvil, debo indicarle que, en principio, el firmarla o no es intrascendente, por otro lado el pago bonificado de las denuncias en la actualidad se efectúa siguiendo la forma que establece el propio texto de la denuncia que le han entregado. La descripción del hecho es la que se recoge en el artículo, ya que éste alude de un lado a los cascos y auriculares y después contempla expresamente la prohibición del uso de dispositivos de telefonía móvil.
En todo caso, considerando la gravedad de la denuncia, que conlleva puntos, lo más razonable es que entregue Vd la gestión del expediente a un experto en la materia a fin de evaluar la presentación del alegaciones.
Saludos.
Hola me han puesto una multa por llevar las luces bajas apagadas en pleno dia. Lo cierto es que al momento de inclinarme para un costado las apague y el inspector no me escucho. Ahora veo el importe y es muy alto son casi 5 mil pesos. Soy estudiante y no tengo trabajo. Como puedo hacer para que me bajen el monto o dejarla sin efecto.
Estimada María Paz,
Con relación a su consulta comentarle que deberíamos de ver exactamente en qué parte le pusieron la multa y analizar la misma. Tendría la posibilidad de abonarla con descuento dentro de los primeros 20 días desde la fecha de notificación. Al abonarse con descuento no se podría interponer ningún tipo de alegaciones/recurso. Para poderle asesorar de forma mas detallada, por favor, remítanos la multa.
Un Saludo.
Buenas, me han puesto una multa por tener la vía pública sucia, se trata de una asociación.En la multa han puesto el nombre de la asociación y han adjuntado una foto poc aclaradora, el temas es que en la dirección que han puesto no concuerda con la nuestra ,pero la foto si. Habría manera de recurrirla??
Hola, Javi:
Esta sanción no es de tráfico, por lo que desde Multayuda no podemos ayudarte. No obstante, contamos con un despacho de abogados que seguro que podrían ayudarte. Si nos dejas un número de teléfono (no lo publicaremos) les pedimos que te llamen y te informen.
Saludos
Buenas,se me averio el coche,lo deje en doble fila.Llego la policia y me miro la matrícula,no tenia seguro. Total,k me echaron multa y avisaron a la grúa para retirar el coche,pero los policías me dejaron sola durante 10 min. Llegaron otra vez y me dijeron,nos vamos y usted ya espera a la grúa.Solo me dieron la multa por no llevar seguro. cuando llega la grua,no se podia llevar el coche sin estar delante los policías,tuvieron k llamar a otros,cuando llegaron pues ya se llevaron el coche,y estos me dijeron k si tenía todos los papeles,les dije k tenia la multa. estos me dijeron k si no tenia el acta para poder recoger el coche,les dije k no,k no me dieron nada mas .Total,k estos segundos tuveiron k llamar a otros para traer el acta para ser rellenada,y ya despues de 2h y medias,los segundos rellenaron el acta y me lo dieron para k se pudieran llevar el coche y yna copia para yo poder recoger el coche del depósito pero antes pasando por comisaria. Eato es legal o puedo recurrir k no hicieron bien su trabajo y me ha costado 750€ poder sacar el coche del dwposito? gracias
Estimada Patricia,
Aunque en principio no tener asegurado el vehículo conlleva una sanción, habría que examinar la documentación y ver si se han producido irregularidades en el procedimiento. Puede ponerse en contacto con nuestro departamento de atención al cliente para que podamos facilitarle un asesoramiento personalizado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han puesto una multa por no ver a un peatón que venia corriendo y cruzó un paso de peatones entre dos coches. Mi nombre está bien pero ni el vehículo, ni la matrícula coincide. ¿Puedo recurrirla?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola. Me pusieron una multa por supuestamente saltarme un ceda cosa, que ya lo había pasado y a mi derecha no había nadie y apareció una agente motorizado y dice en la denuncia que no le cedi el pasa al agente número “tal ” pague la denuncia. Pero al leerla la matrícula esta incompleta, solo tiene los números, faltan las letras, podría recurrir y cómo lo hago?
Gracias un saludo
Buenos días, Violeta:
En este caso, al haber efectuado el pago de la sanción, ha perdido el derecho a recurrirla, pero para las próximas ocasiones, le recomiendo que nos remita la sanción para que desde el departamento jurídico realicemos una valoración e indicarle si es preferible interponer recurso contra la misma o que efectúe el pago con el descuento.
Gracias,
Un saludo
Buenas, habiendo realizado una parada, para recoger a un familiar, en la esquina de una parada de bus, de apenas unos minutos y sin yo salir del vehiculo, ha llegado la policia y me ha multado por estacionar. Les he comentado que no habia estacionado, si me daban el aviso y podia marchar, porque yo seguia dentro del coche y podia moverme, pero han redactado que yo habia estacionado, cosa que no es cierta. Deberia recurrir y en caso afirmativo, presentar alguna informacion adicional?
Gracias por echar una mano, un saludo
Buenos días Jota,
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las opciones. En caso de que el agente le haya notificado en el acto el boletín de denuncia, dispone de 20 días para presentar alegaciones o para abonar la denuncia con descuento. En su caso, en caso de que quiera recurrir, le recomendamos negar los hechos, ya que en una parada de autobús está prohibida la parada, y solicitar pruebas a la Administración que acrediten el hecho denunciado (informe de los agentes, fotografías… entre otras).
Muchas gracias,
Un Saludo.
Ola ami me aplican una multa y no me entregan la citacion todo fue porque el policia dijo que me iba a multar por estar en un lugar que no podia circular el cual no era asi to le dije que me explique cual era la multa y no me dijo nada solo que me iba a multar el cual procede a darme los documentos y no me entrega citacion despues de un tiempo veo una multa por estar en lugares no permitidos la multa esta en el sistema mi pregunta es valido eso como podria aser
Estimado Byron, entiendo que nos indica que la sanción no se la entregaron en mano en el momento de la “sanción”, y ahora se la han notificado. Si es así, indicarle que esto es posible que ocurra y lo recurrible sería la sanción en sí, es decir, sobre lo que trata, pero la forma es correcta. Muchas gracias y un saludo.
Hola buenas tardes tengo un problema se llevaron la moto al corralon por que en lugar de la número de serie del chasis aparece el número de motor ya hice la aclaración en la fiscalia llevando la factura original y no me la quieren dar por q en repuve aparece otro modelo de la moto pero esa información la subió la agencia
Buenos días, Ulises:
Lamentablemente, con los datos que nos ofrece no podemos prestarle el asesoramiento adecuado. Le invitamos a enviarnos la sanción a info@pyramidconsulting.es especificando que ha hablado con nosotros a través de la web, y le darán la información necesaria.
Un saludo
Me pusieron una multa por pasarme un alto en donde no hay alto,se podria hacer algo?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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Olaa mi casoo es que han redactado mal.el.motivo de la multaa han puesto:circular con.un.vehiculo de tener concertado el seguro obligatorio,cuando su conduccion requiere permiso de la clase «b». lo que esta mal es el «de» se podria recurrir?
Es recurrible si bien nos encontramos ante un defecto formal y subsanable, siendo en todo caso la acreditación de que se tenía el seguro en vigor lo que realmente debe figurar en el escrito.
hola,el otro día me multarón por exceso de velocidad,al redactarla el agente se equivoco en la fecha,25/06/06.Puedo recurrirla?
Cualquier defecto de forma que presente un boletín de denuncia o en cualquier otro tipo de notificación es por supuesto susceptible de recurso y debe alegarse, al margen de otras posibles alegaciones relacionadas con la presunta infracción cometida. Si además se trata de defectos de forma esenciales de especial relevancia (como la fecha de la infracción) las probabilidades de que se archive el expediente y por tanto anulen la multa son elevadas. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los interesados. Es posible que se le notifique la denuncia en su domicilio con la fecha correcta ya que puede la administración considerarlo un error o defecto subsanable, pero en principio se debería archivar el procedimiento sancionador incoado.
Hola buenas noches , me labraron un acta por conducir sin el carnet de conducir , pero me labraron mal el acta me pusieron fecha de 2010 , siendo que hoy es 18 de mayo de 2019, la puedo recurrir o que puedo hacer ?
Estimada María Laura,
Todas las multas en principio pueden ser recurridas, en este caso que nos indica la fecha es un defecto subsanable por parte de la administración. Le recomiendo que se ponga en contacto con el departamento jurídico para que podamos estudiar toda la documentación y asesorarle más concretamente.
Un saludo
Hola, pues a mi me multaron la noche de san juan, por pasar un semáforo en verde, al cruzarlo unos agentes me detubieron,diciendo que cuando yo pasaba en el ciclomotor el semáforo esta en verde para ellos, sanción 200 euros y 4 puntos, llegue a casa y mi multa fue a las 00:10 de la noche del2e que eso es 24 horas de la multa, me fije que mi dirección de casa no es correcta, también en mi numeró de D.N.I. falta la letra, además no firmo el policía testigo, en mi fecha de nacimiento, nací en los 80 y puso que nací en el 2003, no se que puedo hacer con esto ayuda por favor. Gracias
Cuando nos entregan un boletín de denuncia en mano hemos de verificar en todo caso y en primer lugar si dicho boletín de denuncia cumple los requisitos estipulados en el art. 74.2 de la Ley de Seguridad vial, entre los que efectivamente están los que usted apunta: la identidad del denunciado, el nº de identificación profesional del agente denunciante, hecho denunciado, fecha, hora y lugar y en segundo lugar, los requisitos del art. 74.3 para las denuncias notificadas en el acto, por lo cual y según los defectos que usted apunta, le recomendamos fehacientemente presentar en todo caso, en el plazo de 20 días naturales desde la fecha de la denuncia, alegaciones, pidiendo además del informe de ratificación del agente, la fotografía de la presunta infracción. Además, debe saber usted, que dichas alegaciones son excluyentes al pago bonificado de la sanción, es decir, en este momento ha de optar entre el pago bonificado al 50% o la via del recurso.
Esperamos haber despejado sus dudas al respecto. No dude en contactar con nosotros para encomendarnos su gestión.
A mi hijo le han entregado un acta de denuncia por portar hachís para propio consumo. Facilito su DNI que no consta en el acta de denuncia, pero si constan nombre y apellidos y el lugar. Es válida esta denuncia firmada por el, en la que no consta su DNI? La sanción esta interpuesta por la guardia urbana de Barcelona.
Atentamente,
Laura
A mi pareja le han multado según el artículo 3.1 de la rgc con una sanción de 200€ y 6 puntos del carnet y en la descripción indican conducción negligente por coger cosas del asiento e invadir el arcén y el carril contrario en una carretera de 50km/h.
Según el rgc si la sanción es por conducción negligente la multa es de 200€ sin ningún tipo de sanción de puntos. Se podría recurrir?
Buenos días, Marta:
En relación a su consulta, indicarte que por la pérdida de puntos que nos comenta le habrán sancionado por conducir de forma de temeraria puesto que como bien indica si fuera por conducción negligente sería sin la retirada de puntos. Por todo ello le instamos a que nos envíe la sanción para que el Departamento Jurídico pueda valorar el posible recurso a presentar dentro de los 20 días desde que recibió la notificación.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para indicarle cómo proceder.
Un saludo.
Buenas! A mi me han multado por exceso de velocidad en un radar movil, infraccion grave. El n° de antena de la foto pone 61010 y en ingraccion arrina pone 6110. Ademas en la foto no se aprecia la matricula. Se puede recurrir no? Gracias
Hola Julen,
En efecto, su denuncia es plenamente recurrible. La prueba de imagen es esencial en este tipo de denuncias y si la matrícula no se aprecia bien (unido a otras irregularidades) es elemento determinante para solicitar la nulidad de la sanción.
Si quiere, puede dejarnos un teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para indicarle cómo debe empezar el trámite.
Un saludo
Buenas tardes;
Me ha llegado una carta de la agencia tributaria , de la siubdireccion general de recaudación en la que me piden 55€ por recogida en la vía pública , creo que fue porque recogieron a mi gato que se calló y no tenía chip, yo ahí no estaba y mi compañero de piso dio mis datos pero los dio mal y en la notificación pone que mi dni es el mismo pero con otra letra , puedo librarme de ese pago ? Realmente yo no soy esa persona porque ese no es mi dni y a mi no me notificaron en persona porque no estaba
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hace unos dias en un control de la guardia civil fui sancionado por “Circular con el vehiculo cuyos neumaticos no presentan dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento”. Le hice ver al agente por activa y por pasiva – inclusive mostrandole la factura de haber pasado unha revision general al coche hacia unos dias y que el taller me habia recomendado darle uso a los neumaticos hasta la entrada del invierno – No hubo manera el agente mantuvo que era un hecho sancionable y asi hizo el boletin,sancionandome por un solo neumatico. El tema es que el boletin carece de fecha y hora de la denuncia y que yo me negue a firmar el boletin (aunque si esta firmado por el agente redactor u otro agente testigo). Es recurrible esta notificacion ??. QUe deberia hacer Gracias
Efectivamente, el hecho de circular con el vehículo cuyos neumáticos no presentan dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento está sancionado por el Reglamento General de Circulación, si bien, como es sabido, todos los hechos denunciados han de quedar total y absolutamente acreditados y, por ello, desde luego la opción más acertada, en el caso que expones, es el recurso de la sanción ya que posees documentación que acredita que el neumático estaba en buen estado de uso y, será el Agente denunciante, quién en este caso, tendrá que demostrar lo contrario puesto que puedes presentar prueba que contradice el boletín de denuncia.
Asimismo, tal y como comentas, es claro que se vulnera la Ley de Seguridad Vial (art. 74.2.c) ya que el boletín de la denuncia no contiene fecha y hora, datos que son obligatorios en toda denuncia puesto que sino ésta sería anulable.
me ha venido una multa a casa y la dirección viene mal escrita…la puedo recurrir?
Estimado usuario:
Si la multa adolece de algún vicio se puede recurrir. En este caso que la dirección no esté correctamente indicada no ha sido obstáculo para que la recoja porque le ha sido entregada y en la medida que la ha podido recoger no ha habido una defectuosa notificación.
En cambio si a consecuencia de ese error se entregue en otra casa y allí usted diera desconocida sí se podría recurrir. No obstante quizá respecto a ese motivo no sea un vicio invalidante pero a la vista del documento podríamos encontrar otros matices objeto de impugnación o que pudieran darse a lo largo del procedimiento bien por defectuosa notificación o no cumplir los plazos establecidos.
Un saludo
Hola, en mi caso nunca me ha llegado notificacion de la multa porque la gente de trafico ha escrito mal el codigo postal y me he dado cuenta porque quiero vender el coche.
He recurrido pero dicen que tengo que pagar de todas formas . como tengo que hacerlo?
Buenos dias mi nombre es felipe arancibia, mi consulta es la siguiente: a mi pareja la multaron por no haber obtenido su licencia de conducir, pero el parte dice solo lo siguiente: conducir vehiculo motorizado sin haber obtenido. Eso dice nomas no pusieron sin haber obtenido su licencia de conducir. En el parte en si en ningun momento dice que no tiene licencia sino que dice solo sin haber obtenido. Nada mas. Es legal que el juez suponga que es sin haber obtenido licencia de conducir?
Buenos días Felipe,
Entiendo que le entregaron el boletín de denuncia en mano y ahí es donde el agente omite completar el hecho denunciado. No obstante le comento que se trata de un defecto subsanable por la Administración y que seguramente en la siguiente notificación que reciban conste el hecho completo. A pesar de ello le recomiendo que nos remita la multa para que podamos asesorarle de forma más concreta.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas. Me multaron en marzo y ahora me llega la multa, en la cual indica que un agente me multa en una calle a las 4:10 de la mañana; un agente regulando el tráfico en el fútbol. Como comprenderán a esas horas no hay fútbol, podría reclamarla?
Gracias.
Según el art. 74 de la actual y vigente Ley de Seguridad Vial, en las denuncias por hechos de la circulación deberá constar en todo caso la identificación del vehículo con el que se hubiera cometido la presunta infracción, la identidad del denunciado si fuese conocida, una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo , fecha y hora, y nombre y domicilio del denunciante que si fuese un agente de la autoridad, podrá sustituirse por su número de identificación profesional. Es por tanto, un requisito esencial la HORA de la presunta infracción, y si no le entregaron el boletín de denuncia en mano el día de la comisión de la presunta infracción, el agente deberá reseñar cual de los motivos del art. 76 le habilita para no haber notificado la denuncia en mano.
Por supuesto le recomendamos presentar alegaciones poniendo de manifiesto el garrafal error cometido en la tramitación del expediente sancionador.
Hola , el otro dia fui a dejar el nene a la guarderia y al salir me encontre una multa por estacionar en paso de peatones , cuando yo lo estacione detras del paso de peatones , digo yo que el gracioso que salio de aparcar ni se preocupo que al empujar mi coche lo dejaba en el paso de peatones , bueno al leer la multa esta todo bien menos el color , mi color es negro y en la multa pone que es color AZUL , tengo alguna posibilidad de recurrirla ?
Gracias y un saludo .
Según el art. 74 de la Ley de Seguridad Vial, en las denuncias por hechos de circulación, deberá constar, en todo caso , entre otros conceptos “ a) la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción” y dicha identificación consta de tres apartados : marca, modelo y color : para poder identificar sin lugar a dudas el vehículo. Asimismo, le recomendamos que, si no le han entregado el boletín de denuncia en mano, espere a que se le notifique la denuncia en legal forma a su nombre y en su domicilio , puesto que le requerirán para identificar conductor, como titular registral del vehículo, y una vez identificado conductor, podrá realizar las alegaciones al fondo del asunto, que a nuestro entender pasan por solicitar las pruebas fehacientes de los hechos denunciados : fotografía de la presunta infracción e informe de ratificación del agente denunciante.
Hola buenos días, esta mañana me han multado por mal aparcamiento, y en la denuncia se han equivocado y en vez de poner mi fecha de nacimiento pusieron la fecha de caducidad de mi permiso de conducir… ¿Puedo recurrirla por estar mal formulada?, evidentemente no he nacido en el 2020..!! Muchas gracias
Indicarle que en efecto la emisión de un boletín de denuncia debe reunir una serie de requisitos FORMALES, entre los que se encuentra el dato relativo a la fecha de nacimiento.
Por ello sí se puede alegar el error cometido, si bien también advertimos que además de ser subsanable, según el art. 63.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común:
2. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los interesados.
No determinaría la anulabilidad de la sanción.
hola la policia me detuvo en mi moto pero yo ya no iba andando me llevaron a la comisaria de ahy llamaron a la vial me dio positivo 2,95 pero no me dan la boleta esa de la vial y voy a ver la ifraccion al otro dia los polica habian puesto la priemerta parte de su decalracion mal mi dni y edad pero el de la vial habia puesto bien no puedo impunarla
Buenas tardes Fer,
Del comentario de los hechos que nos describe no podemos saber exactamente el hecho denunciado, ni tan siquiera sabemos si estamos ante una sanción administrativa o penal. Por tanto, le aconsejamos contacte directamente con nosotros con el fin de poder asesorarle de forma eficaz.
Un saludo
Estimado Fer,
Cualquier defecto de forma será motivo para presentar alegaciones, a lo que habremos de sumar que en las mismas, se solicitarán toda una actividad probatoria que acredite tales hechos, como son los tickets, el certificado que acreditara el correcto funcionamiento del etilómetro, su certificado de verificación primitiva y periódica, así como los márgenes correctores que han de aplicarse al resultado.
Por ello, recomendamos nos remita su denuncia a la mayor brevedad con la finalidad de analizar los defectos que nos ha relatado, así como que se ha cumplido con las previsiones legales establecidas.
Buenos días,
Me pusieron una multa por estacionar el coche con las cuatro ruedas en la acera, en la entrada de una nave abandonada. Lo que pasa es que allí todos los vecinos han aparcado desde hace años y continúan aparcando 24h al día. Por lo que no entiendo la justicia de esta infracción, dado que debería aplicarse siempre o nunca. Y en el caso que la comiencen a aplicar, deberían informar previamente a los vecinos?
También, en la multa yo leí 100€, y cuando voy a pagar me dijeron que eran 200€, estaba mal escrito.
Tengo derecho a reclamar por el error de la multa y pagar menos?
Felicidades por la web, es de un gran uso.
En respuesta a su consulta debemos señalar que a tenor de lo establecido en el art. 94.2 e) del Reglamento General de Circulación, ”está prohibido estacionar en la acera, paseo o zona destinada al paso de peatones”. A pesar de que como usted nos indica estacionó en la acera en la entrada de una nave abandonada, (y muchos vehículos estacionan allí sin ser sancionados) no faculta para que se pueda estacionar impunemente, ya que se trata de un lugar de estacionamiento prohibido. En cuanto a la diferencia del importe entre lo indicado en el boletín y la cantidad a abonar, se entiende que ha existido un defecto de forma en el boletín de denuncia, indicando erróneamente el importe. Otra posibilidad muy probable es que el instructor del expediente (que no el denunciante) haya revalorizado el importe objeto de denuncia, entendiendo que la denuncia no estuvo correctamente tipificada acorde a la conducta descrita, y en consecuencia haya modificado al alza el importe a abonar.
Me han puesto una multa por circular por el carril bic y me tiene bastante mosca. Primero , no he circulado por el carril bici, he circulado por la divisoria, que mide casi un metro, entre el carril bici y el carril normal para adelantar 10km/h a 3 filas de coches en un semáforo en rojo y sin que circulara ninguna bici. Les he hecho saber a los agentes que no se ateñia a la verdad su denuncia porque circular por la divisoria no es circular por el carril bici a lo que «muy amablemente» me han dicho que me calle la boca si no quiero que me cosan a multas. Viendo la multa han escrito mal la calle: Cjo. de cients 296, en lugar de «concell de cent» o «consejo de ciento» en la traduccion al castellano de la calle. Tampoco han rellando el modelo de moto. Ademas añadir que ponen que no he querido firmar la multa cuando en realidad le he preguntado que diferencia había entre firmarla o no a lo que el agente no me ha respondido y me ha entregado la multa. Tengo alguna posibilidad de no pagar la multa? Es una cuestión de dignidad , no me da la gana tener que pagar una multa absurda , que no dice la verdad y encima impuesto por dos agentes que te faltan al respeto. Añadir que mientras que me multaban varias motos han hecho exactamente lo mismo y cuando se lo señalaba ni los paraban ni los multaban.
En respuesta a su consulta, Pyramid Consulting le informa que la circulación de bicicletas en la ciudad de Barcelona queda expresamente regulada en el art. 14 de la Ordenanza de Circulación de peatones y de vehículos. La circulación de bicicletas por las aceras y zonas peatonales está prohibida siempre y cuando existan las zonas habilitadas al efecto (carril bici), por lo que si no circulaba por el carril bici en ese momento (teniéndolo muy próximo), la denuncia está correctamente formulada. Además, las señales de tráfico y semáforos también le afectan, la bicicleta es un vehículo como otro cualquiera, con los mismos derechos y las mismas obligaciones que los demás. Al tratarse de otro vehículo más, también pueden sancionarse sus posibles infracciones. Las Ordenanzas de Movilidad señalan que las infracciones serán sancionadas de conformidad con lo que establece la Ley estatal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El hecho de no firmar la multa implica únicamente su disconformidad con el hecho denunciado, pero la tramitación del expediente sancionador sigue su curso. Las opciones de recurrir dicha denuncia (y que se estimen sus alegaciones) son prácticamente nulas, debido al hecho de circular por una zona no habilitada para ello, y recordándole asimismo, que el agente denunciante tiene “presunción de veracidad”.
Buenos días.
Me ha llegado la notificación de una multa en la que en la redacción del expediente de incoación se confunden poniendo una localidad distinta a donde fuerón los echos, grapado al expediente esta una copia de la multa redactada por los agentes donde si aparece bien la localidad pero se confunden en el nombre de la calle. ¿Tengo posibilidad de que el recurso sea aceptado y anulen la multa?
Gracias.
En relación a su cuestión efectivamente tiene argumentos más que sólidos para recurrir la sanción ya que se ha producido una clara y absoluta vulneración del 74.2.c) de la Ley de Seguridad Vial de 18/2009, de 23 de noviembre.
El citado artículo establece que “En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso, una descripción sucinta del hecho, con expresión del LUGAR O TRAMO, fecha y hora”. Por tanto, el hecho de que no quede determinado el lugar de la denuncia hace que esta sea nula ya que si el administrado no sabe dónde ha sido sancionado difícilmente puede defenderse y aportar los medios de prueba oportunos.
Hola iba sentado en asiento de atrás cuando me pararon y me multaron por no llevar el cinturón, cuando recibí la multa al leerla pone
«Circular con una persona de estatura igual o superior de 135 CMS. e inferior a 150 CMS., en el asiento trasero del vehículo, que no utiliza dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturón de seguridad correctamente abrochado».
Tengo 30 años y mido 189 CMS puedo recurrir la multa ya que entiendo que esta denuncia es por llevar un menor sin la silleta y yo iba sentado en la parte trasera sin cinturón.
Saludos y blog excelente.
En relación a su consulta planteada, indicarle que en función de los hechos que nos expone, el presunto hecho infringido está contemplado en el art. 117 de la RGC. En concreto y tal como nos expone, si usted iba sentado en la parte trasera del vehículo sin el cinturón abrochado siendo su estatura superior a 135 cms, sí está obligado a llevar el cinturón de seguridad abrochado, tanto por su estatura como por su edad. En consecuencia, la presunta infracción sí corresponde con el hecho denunciado en el boletín. La cuestión se centra en que el tipo o redactado del artículo es amplio, y contempla además otros supuestos como el de la sujeción de los niños en función de su estatura. En la parte final del redactado del artículo manifiesta expresamente y con claridad: “o cinturón de seguridad correctamente abrochado”. Por tanto la denuncia está correctamente formulada ya que usted no lo llevaba. Al margen de la infracción cometida, desde PYRAMID CONSULTING aconsejamos siempre a todos los usuarios el uso del cinturón de seguridad en cualquier momento.
Hola le cuento mi caso.
Ayer iva con un coche, iba sentado en el asiento trasero, detras del piloto.
La guardia civil al adelantar se fijo en que no llevaba el cinturon y nos dieron el alto.
Solo me multaron a mi por no llevar el cinturon. Yo no proteste porque era verdad y me dieron la multa en el momento por unas maquinas muy modernas que llevan.
Pero hoy al leer la multa veo que algo no cuadra.
El motivo de la misma dice lo siguiente, textualmente.
«CIRCULAR CON UNA PERSONA DE ESTATURA IGUAL O SUPERIOR A 135 CMS. E INFERIOR A 150CMS EN EL ASIENTO TRASERO DEL VEHICULO QUE NO UTILIZA DISPOSITIVO DE RETENCION HOMOLOGADO ADAPTADO A SU TALLA Y PESO, O CINTURON DE SEGURIDAD, CORRECTAMENTE ABROCHADO»
La multa esta a mi nombre y con mis datos, me gustaria saber si esta bien redactado. Si ese articulo, creo q es el 5c, habla en general para todos esos casos, o no corresponde con lo que ocurrio realmente.
Muchas gracias espero su respuesta.
En relación a su consulta planteada, indicarle que en función de los hechos que nos expone, el presunto hecho infringido está contemplado en el art. 117 de la RGC. En concreto y tal como nos expone, si usted iba sentado en la parte trasera del vehículo sin el cinturón abrochado siendo su estatura superior a 135 cms, sí está obligado a llevar el cinturón de seguridad abrochado, tanto por su estatura como por su edad. En consecuencia, la presunta infracción sí corresponde con el hecho denunciado en el boletín. La cuestión se centra en que el tipo o redactado del artículo es amplio, y contempla además otros supuestos como el de la sujeción de los niños en función de su estatura. En la parte final del redactado del artículo manifiesta expresamente y con claridad: “o cinturón de seguridad correctamente abrochado”. Por tanto la denuncia está correctamente formulada ya que usted no lo llevaba. Al margen de la infracción cometida, desde PYRAMID CONSULTING aconsejamos siempre a todos los usuarios el uso del cinturón de seguridad en cualquier momento.
Me hen multa o por ir en moto por una calle de prohibido la circulación, con importe 90€, después de 7 meses me ha llegado a casa la multa con 200€ +10% de recargo» la puedo recurrir?
Buenas tardes, Manu:
A primera vista si el importe original de la sanción es de 90 euros, la reclamación de 200 euros más IVA sólo puede ser por que se haya incoado expediente por no haber identificado al conductor, pues el recargo sobre la cantidad inicial no puede ser superior al 20%, por lo que parece ser que la denuncia inicial se ha podido transformar en una de 180 euros.
A priori todo apunta que no le han notificado debidamente, procediendo a sucesivas publicaciones en el BOE, por lo que nuestros servicios jurídicos disponen de argumentos de defensa específicos para estos casos, siendo recomendable que nos haga llegar la reclamación en apremio para poder ofrecerle una completa tramitación de su expediente.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le asesoraremos acerca de cómo proceder.
Un saludo
Hola muy buenas,
El pasado lunes iva dirección de la universidad, y el radar movil me detectó que sobrepasaba el límite de velocidad de 100Km/h, más adelante la patrulla de mossos d’esquadra me pararon para ponerme la sanción.
El caso es que despúes de pedirme la licencia de conducción, hacerme la prueba de alcoholemia y salir negativa, me dieron la sanción.
Una vez llegué a la universidad me fijé bien en la multa, y observé que se equivocaron al escribir el modelo del coche y la MATRICULA, escribierno mal la matricula, yo estaba flipando…
La cuestión, me podria decir por favor si se puede recurrir? El problema que veo és que mi DNI está bien escrito.
Muchas grácias, espero la respuesta.
En relación a su pregunta y dada la incongruencia habría que recurrir aportando la ficha técnica y permiso de circulación del vehículo donde se acreditan los datos correctos de su vehículo. Para desvirtuarlo la Administración tendrá que aportar prueba en contrario como la fotografía o informe de ratificación del agente que le paró en el acto. Por otro lado habría que valorar si se respetaron los márgenes de error del cinemómetro.
Un saludo
Hola me han puesto una multa, no he firmado, me la han entregado en mano, pero al leerla veo que la direccion es erronea, y en datos del vehiculo pone que carece de matricula, que puedo hacer??
Entre los datos esenciales de la denuncia está la identificación del vehículo, por tanto sería motivo de recurso dado que sin el número de la matrícula, el objeto de la denuncia carece de entidad.
No obstante desconocemos el tipo de vehículo sancionado, por lo que nos sabemos si obedece a un error por parte del Agente o se trata de un vehículo desprovisto de los datos habituales de identificación.
En cuanto al domicilio, constando el nombre y apellidos y DNI, el error en cuanto a la dirección no se considera esencial y es subsanable.
Buenos días,
Quería hacerles una consulta sobre una multa que he recibido. Resulta que me ha llegado a casa una Notificación de Decreto de Incoación, de una infracción del Art. 65.4 k) del Reglamento, es decir, saltarme un semáforo en rojo. Me contiene en la notificación que fue captado por medios técnicos, entiendo que por radar, pero no se aporta ni foto ni nº de radar ni nada de nada. Si bien, lo más grave es que el órgano Instructor es la Policia Local de una localidad de la region de Murcia y el lugar de la infracción, según contiene en la notificación, es de Barcelona, de un pueblo de allí. Se podría considerar un vicio o defecto y poder evitar pagarla???puedo recurrir y tener posibilidades de no perder los 4 puntos???que debería hacer????
Muchas gracias por la ayuda,
Han puesto una multa a mi marido y al leerla he visto que la marca y color del coche no son los reales, en el apartado donde debiera haber puesto su numero de carnet de conducir han puesto su DNI, se puede recurrir?
Gracias.
La multa no esta firmada ha sido por una bombilla fundida y se la dio en mano.
Estimado usuario:
En relación a su pregunta:
La multa esta acompañada de la foto captada por un radar móvil, en la que solamente puedo observar el nº de mi matricula situado en el carril izquierdo (no se ve en absoluto los imágenes del coche, esta todo muy oscuro, sale la hora 21:12) y más adelante en el carril derecho se observa la matricula de otro coche (en la que se puede ver perfectamente la primera letra y las dos cifras de la matricula). Se puede recurrir este hecho, por no observar bien si es mi coche y segundo, por salir dos matriculas en la misma foto, a pesar que la del carril derecho no se vea entera?
Respecto a la posibilidades de recurso y la fotografía se podrían solicitar una serie de pruebas como son el certificación de homologación expedida por el Servicio Nacional de Metrología y Metrotécnia. SE EXIGE POR LEY (ORDEN ITC/3123/2010,de 26 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor) DOS FOTOGRAMAS DEL VEHÍCULO INFRACTOR TOMADOS EN DIFERENTES INSTANTES, UNO MOSTRARÁ UNA VISIÓN PANORÁMICA DEL VEHÍCULO Y OTRO SU PLACA DE IDENTIFICACIÓN. En caso de que exista más de un vehículo en el fotograma, se solicita que mediante plantillas se demuestre que el exceso de velocidad corresponde a su vehículo y no al otro.
Por otro lado habrá que valorar si está debidamente descontado el margen de error del cinemómetro
Un saludo
Hola, mi caso es el siguiente.
Me han multado con la moto de 125 por una infracción puramente subjetiva. Les he dado mi DNI i se han inventado el número de casa (han puesto 13 en vez de 1) y el piso 6º en vez de 3º.
¿Puedo alegar errores de forma?
El policía no me ha dejado ni firmarla ni revisar datos.
Gracias,
En relación a su consulta informarle que efectivamente es recurrible el boletín de denuncia por los defectos formales que indica y, es más, si la siguiente notificación se la enviaran al domicilio incorrecto anotado por el agente, desde luego, se estaría vulnerando su derecho de defensa puesto que no tendría opciones de proceder contra dicha notificación en tiempo y forma y tendría que esperar a su publicación por boletín/testra con el riesgo que ello supone.
Por otro lado, no nos indica el hecho denunciado, pero es esencial saberlo puesto que al ser una sanción subjetiva como nos indica es importantísimo plantear un buen escrito de alegaciones donde se soliciten las pruebas pertinentes.
Me han multado por entrar mal en una rotonda pequeña de un aparcamiento y se han equivocado en el numero de articulo han puesto el 65.5f de reglamento general de trafico y segun me han no es ese y podria recurrirlo por defecto de forma me conviene hacerlo o pagar la mitad de la multa?
En respuesta a su consulta, manifestarle que si el boletín de denuncia entregado contiene un defecto de forma de cierta envergadura (como es en concreto el artículo infringido del RGC), la impugnación del mismo en vía administrativa tiene elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente quedaría archivado por error en la tipificación de la presunta infracción. Otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación recibida en su domicilio. No obstante, y dado el grave defecto de forma que padece el boletín, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son notables si decide impugnar.
Me multaron por dar 0,25… En la denuncia pone mal el año de mi nacimiento, es motivo para poder recurrir y que se me retire la multa? Y si en caso de que tenga que pagarla, yo que soy insolvente, si decido no hacerlo, que podria pasar?
Gracias.
En referencia la consulta que usted nos plantea, debemos manifestar que aunque el año de nacimiento esté incorrectamente indicado en el boletín de denuncia, no es un defecto de forma que puede provocar la invalidez del expediente sancionador incoado, ya que es un defecto de muy poca importancia a tener en cuenta por parte del instructor del procedimiento, y perfectamente subsanable en caso de impugnación mediante recurso. Si usted decide no pagar la sanción impuesta, (por el motivo que sea) se acabará iniciando la vía ejecutiva y en caso límite se le acabará embargando dicha cantidad en su cuenta corriente o si no dispusiera de liquidez, el importe adeudado se cobraría procediendo al embargo de algún bien de su propiedad según establece la Ley General Tributaria.
Hola muy buenas me ha llegado un acuerdo de iniciacion de procedimiento sancionador y formulacion de cargos.
El caso es que bajamos a una playa en la que habia una señal de prohibido la circulacion de vehiculos no autorizados, señal que no vimos ya que estaba tapada por un furgon, cogieron los datos del vehiculo y nada mas yo no firme nada ni presente dni ni nada solamente cogieron los datos del vehiculo.
Segun nos dijeron que era ilegal estar alli nos fuimos y al salir fue cuando nos fijamos y vimos la señal.
En el acuerdo de iniciacion el modelo de vehiculo viene mal, pone citroen Jupiter en lugar de Citroen Jumper, seria un motivo para que la multa no me legase???
Un saludo
En respuesta a su consulta planteada, debemos manifestar que en base a lo que nos plantea se ha incurrido en un defecto de forma en el inicio del expediente sancionador. El boletín de denuncia que le dejaron en su vehículo consta un error en la identificación del modelo de su vehículo, no así con la marca u otros datos claves. No obstante el error cometido por el agente a la hora de transcribir la información del vehículo, es un defecto de forma perfectamente subsanable y que no dará lugar al archivo del expediente sancionador. En consecuencia, cuando reciba la notificación en su domicilio el defecto de forma -aunque persista-, difícilmente será una causa para invalidar la denuncia incoada de inicio. Dicho defecto de forma es de mínima importancia para la calificación de la sanción, a diferencia de otras que sí invalidan el procedimiento sancionador, como el lugar y hora de la infracción, precepto infringido etc… Por tanto, con casi total seguridad se le notificará en su domicilio la denuncia con el error que nos indica en su consulta.
Me multaron anoche por beber una cerveza en la calle en Madrid, soy de otra comunidad autónoma, en la multa no han puesto el codigo postal de mi pueblo y se han equivocado en el número de mi casa, ¿se podría recurrir por esto? ¿Llegará la multa? ¿Y como puede enterarme si llega?
Hola.
Expongo mi caso. Me han multado por estacionar el coche en un carril multiuso. En la denuncia que he recibido en mi domicilio se han equivocado en la calle donde estaba estacionado el vehículo (no se trata de un error ortográfico, sino que han puesto el nombre de otra vía distinta). No acompaña a la denuncia ninguna foto. ¿Puedo recurrirla, alegando que el vehículo nunca estuvo estacionado en ese día en la calle que asegura el agente? ¿Puedo exigir/solicitar pruebas (fotos, vídeos)?
Gracias de antemano por la ayuda.
Estimado lector,
Con relación a su consulta le puedo indicar que la exactitud en el lugar en el que se comete la supuesta infracción es un elemento esencial en la denuncia y en efecto, tiene Vd. plena legitimidad para negar los hechos, y para solicitar pruebas a fin de que la Administración, acredite la presencia del vehículo en el lugar que se denuncia y la correspondiente comisión de la infracción (a tales efectos sería imprescindible como mínimo de la remisión de prueba fotográfica e informe de ratificación del denunciante).
Un atento saludo
Hola, me han multado los mossos d’escuadra por tener el carnet de conducir caducado, desde el 4-7-2012, pero al llegar a casa me he dado cuenta que en las observaciones pone que lo tengo caducado desde el 4-7-2042, puedo recurrir o pierdo el tiempo?
En relación a su consulta, informarle que efectivamente hay un error en el boletín de denuncia que deberá aclararse y modificarse por el Organismo sancionador. Además, hay que tener en cuenta que para recurrir una sanción se deben tener en cuenta tanto los aspectos materiales como formales por lo que en su caso, le recomendamos se ponga en manos de un experto en la materia.
M hiceron multa por alcoholemia y m dio positivo. Me secuestraron el vehículo. Firme todos los papeles. La patente estA mal redactada. Es lub 221 y dice lub 222. En la planilla de ingreso vehículos secuestrados igual la escribio mal y se ve como que lo quiso corregir. Colocó el 1 arriba del 2. En el acta de entrada vehiculos al deposito municipal esta bien escrita. Estos 2 ultimos papeles especifican q son en conjunto con el numero de la infracción. Es valido si esta mal la matricula?
me han multado por estar en doble fila, aunque estaba en la entrada de un garaje, y segun relata la multa sin ocupante, cosa que no es cierto, todo esto en una red básica y formulada por la policia local,es para recurrir, gracias
En relación a su pregunta en función de los datos que nos aporta se podría recurrir dada la discrepancia entre el boletín de denuncia y los hechos tal y como ocurrieron según expone. Por tanto el agente que le denunció tendrá que ratificarse en un informe, que previamente habrá que solicitase vía recurso.
De no ratificarse podrían estimarle el recurso por falta de prueba, dado que es probable que por la naturaleza de la sanción no exista fotografía. O también podría anularlo si dicho informe es incongruente o no da respuesta a lo solicitado o la motivación no es suficiente.
Asimismo podría concurrir otra serie de vicios procedimentales a la vista del boletín y del posterior proceso de notificaciones o prescripciones.
Un saludo
Muy buenas y gracias de antemano,
hace un año, aproximadamente, dejé el coche bien aparcado en una avenida (sobre las 12:00 h), pero al volver de comer (sobre las 16:30 h) nos encontramos que habían puesto cinta del ayuntamiento en toda la avenida, porque iban a hacer sobre las 19:00 h o las 20:00 h un acto en la calle. Todos los coches que allí estaban aparcados fueron retirados por la grúa. Nos tocó pagar para sacar el coche, y tuve que entregar el DNI, para que tomaran los datos y dirección.
Ahora me ha llegado multa, diciendo que me embargan el sueldo, porque no he pagado y con intereses, y me he dado cuenta que buscan a otro señor, ya que mi segundo apellido es incorrecto, además ha llegado a casa de mis padres; por lo que no me he enterado en tiempo y forma. Puedo recurrir o al menos evitar pagar los intereses que me reclaman?.
Gracias
Es evidente que según lo manifestado en su consulta, ha recibido usted una diligencia de embargo con recargos e intereses por una denuncia de tráfico que no ha abonado en el plazo señalado al efecto. Se ha iniciado ya por tanto la vía ejecutiva, al haber finalizado la vía voluntaria sin el correspondiente pago. La notificación se recibe en el domicilio que conste en el Permiso de Circulación del vehículo objeto de denuncia. Si además el segundo apellido es incorrecto, es evidente que se ha producido un error en la incoación y tramitación del expediente sancionador desde su inicio. Evidentemente, puede y debe (en nuestra opinión) recurrir la diligencia de embargo en base a la vulneración del procedimiento seguido desde su inicio mediante recurso de reposición, ya que no ha tenido posibilidad previa de recurrir, ni pagar con bonificación, ni alegar sobre el fondo de la infracción, ni alegar defectos de forma etc… Por tanto, en dicha fase actual puede recurrir perfectamente, pero sólo puede alegar defectos de forma y procedimiento, pero no de contenido relativos a la presunta infracción cometida. Dispone de 30 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación para impugnar.
Buenas tardes,
me pusieron una multa de aparcamiento en la cuál no aparecía el importe a pagar; por lo que me ha sido imposible abonarla.
hace 2 días me llego la multa por correo y ahora si indica el importe de La misma.
la pregunta es: puedo recurrirla al estar mal redactada la primera?, la que escribe el agente de su puño y letra.
han tardado un mes en enviarme por correo la multa……
saludos,
Antonio
Hola, acabo de recibir una denuncia de trafico por superar el limite por radar. La hora que pone no puede ser correcta debido a que estaba en horario laboral, puedo recurrirla?! Si que puedr ser cireto el dia pero la hora no.
Gracias
Estimada usuaria:
En relación a la cuestión que nos plantea, decirle que efectivamente puede y de hecho debe de recurrir la multa, dado que la hora de la infracción es uno de los datos necesarios que deben de cumplimentarse en la denuncia instruida. La denuncias de velocidad, además van a acompañadas de prueba fotográfica, en la que no sólo se indica el día sino también la hora de la toma, por lo que habrá que cotejar si el dato relativo a la hora de la presunta infracción cometida, coinciden en ambos documentos. Lo que si que le recomendamos es que sus alegaciones sobre el hecho de que estaba desempeñando su jornada laboral y la hora de la denuncia no puede ser correcta, se vean acompañadas de algún certificado o documento de prueba al respecto.
Un saludo.
Hola,
Me retira el coche la grúa por estar aparacado en sentido contrario al de la marcha. El caso es correcto, sólo que lo hice saliendo de mi domicilio marcha atrás dejándolo en estacionado en lugar permitido a pocos metros de la salida de la casa.
En el texto de la multa dice: «Estacionar en sentido contrario al de la marcha («accesando desde la calle x»).
El caso es que la calle x es la perpendicular y suponen que vengo de esa calle y me meto en dirección prohibida para aparcar cuando yo salgo de mi casa marcha atras en el sentido de la marcha y lo dejo aparcado. Por otra parte la palabra «accesando» no existe en la lengua española.
¿es posible recurrirla por no ser ciertos los hechos denunciados?
¿es posible recurrirla por incomprensibilidad de los hechos denunciados al utilizar palabras inexistente?
¿es posible además reclarmar los gastos abonados a la grúa?
Muchas Gracias de antemano y saludos.
En relación a la consulta que usted nos plantea, debemos manifestarle que la posibilidad de recurrir la denuncia, efectivamente existe y tiene todo el derecho a presentar alegaciones contra la misma si no está conforme con los hechos que se le imputan. Otra cuestión es la viabilidad o garantías de prosperar su petición ante el organismo, pero si no está de acuerdo con los hechos imputados, debe recurrirla alegando lo que realmente sucedió, y le aconsejamos que aporte cuantas pruebas considere, en concreto fotografías precisas del lugar, que acrediten su tesis. En cuanto a la incomprensibilidad del término empleado, aunque puede alegarse como defecto de forma, es muy leve, y no dará lugar al archivo del expediente sancionador, que aunque es una palabra errónea, se conoce cuál es la correcta, sin que ello invalide la denuncia. Y por último, y en respuesta a la reclamación de los gastos abonados por el servicio de retirada municipal de la grúa, señalarle que si el recurso prospera y es estimado, podrá con posterioridad, reclamar y solicitar la devolución del importe abonado al Ayuntamiento de su localidad. No obstante, pude reclamarlos en el propio recurso.
Hola, el día 27/ 12/2013 me pusieron una multa por no mostrar con suficiente antelación reducción paulatina de que va ha ceder el paso en una intersección. Todo esto en un carril de acceso donde los vehículos que tenia que ceder el paso venían de frente y era una recta con mas de 2km de visibilidad frontal y frené un poco y al ver que no venía nadie pasé. En fin según ellos no disminuí lo suficiente. La cuestión es que al llegar a casa he visto que la fecha de la multa es del 31/01/05 y fecha limite pago con reducción es del 20/02/05. Esto es un defecto de forma suficiente como para recurrirla?
Gracias y un saludo
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle, que efectivamente el error en la fecha de la denuncia y en la fecha límite de pago, es un hecho a alegar y a comentar, dado que el artículo 74 L.S.V. exige que uno de los datos necesarios a consignar en el boletín de denuncia, entre otros, es la fecha y hora de comisión de la infracción. Además de esta cuestión y dado que la infracción es de apreciación meramente subjetiva, sería interesante la petición del informe de ratificación del agente denunciante, en aras de que este motive como ocurrieron los hechos y exactamente donde se encontraba para apreciar que se cometió la presunta infracción denunciada.
Un saludo.
No se si este hilo esta activo, pero explico mi caso.
Me multan por «estacionar en SENTIDO CONTRARIO A LA MARCHA»
Hay que decir que el vehiculo esta estacionado en SEMIBATERIA (!!!).
Llego al lugar, este tiene marcado en el suelo los lugares de aparcamiento (en semibateria), no hay otros vehiculos parcados, entro de cara que es lo mas facil y ademas es lo que menos interrumpe la circulacion de otros vehiculos, el coche queda aparcado mirando la parte delanteres hacia la acera y la tracera hacia la calzada, en ningun momento de la maniobra el vehiculo esta en sentido contrario a la marcha, me voy a comer y al volver … papelito en el parabriza.
Con todo el cab r e o del mundo retiro el vehiculo (nuevamente no hay otros vehiculos en las plazas colindantes y lo hago nuevamente si ponerlo en ningun momento en sentido contrario a la marcha:
Donde esta la infraccion?
Dada la información facilitada en su exposición, es evidente que procedió correctamente a la hora de estacionar su vehículo. Si usted no está conforme con la denuncia, tiene el derecho a recurrirla mediante recurso administrativo, negando los hechos imputados en la denuncia, solicitando copia del informe del agente denunciante y exigir cualquier prueba documental que pueda demostrar que estacionó incorrectamente . Además, le aconsejamos que adjunte en el escrito toda la información que usted considere conveniente, como son por ejemplo, fotografías del lugar de los hechos (puede usar Google Maps), croquis de la zona de estacionamiento etc… razonando y argumentando los motivos de porque su vehículo se encontraba estacionado correctamente, sin que haya vulnerado ningún precepto del RGC. Dispone de 15 días para presentar escrito de alegaciones ante el Organismo denunciante a partir del día siguiente en que el boletín de denuncia fue depositado en su vehículo.
multa por alcoholemia modelo de coche no coincide alfa 156 real en multa pone 159 es defecto de forma? se puede recurrir?
En relación a su consulta informarle que efectivamente es recurrible el boletín de denuncia por los defectos formales que indica ya que la Ley establece que deberá constar, en todo caso, la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
Por otro lado, no debe olvidar que las multas no sólo son recurribles por sus defectos formales, sino que habrá que estudiar y valorar el fondo del asunto ya que además en este tipo de infracciones (alcoholemias) la sanción debe quedar claramente acreditada así como la comprobación y verificación de los instrumentos de medición de alcoholemia que se utilicen.
Por todo ello, en su caso concreto, creo que lo más aconsejable es que su sanción sea valorada por expertos en la materia.
¿Podrían indicarme quien o quienes son los expertos en esta materia?.
Me ha ocurrido lo mismo, y deseo consultarlo antes de pagar la multa.
Gracias.
hola! ayer me multaron por consumir bebidas alcoholicas en la vía pública. El caso es que la dirección a donde se emite la multa no es la de mi D.N.I, sino otra que me inventé, además el agente se equivocó en la letra de mi D.N.I y puso otra que no corresponde. Que me puede pasar? llegará la multa? no llegará? me niego a pagar al estado de mierda en el que vivimos que se lucra de los que menos recursos tenemos, que me puede pasar?
Hola, esta mañana encendia mi moto y salía de la acera donde estaba aparcada, la situación és que está justo al lado de otra calle cuyo semaforo estaba en rojo, pero yo no salia de esa calle sino de la acera, justo al salir, delante mio habia un coche de urbana camuflado y en marcha, osea que me han dado el paron en marcha, ellos no pueden haver visto como he salido de la calle y con el semaforo en rojo cuando estan circulando y a una velocidad considerable porque la calle Berlin de barcelona es una calle de 4 carriles, yo se lo explicaba y ellos me decían que si los coches por su calle circulaban eso es que de donde salia yo estaba en rojo….que lo del semaforo ni lo he visto, ya que salia de la acera, pero para mas, imaginate lo bien que me han visto que mi moto es gris azulada claro y me han puesto que el ciclomotor es negro, hay alguna manera de poder recurrirla?? Muchas gracias de antemano
La clave de este tipo de denuncias es solicitar las pruebas. En caso de que haya habido captación de imágenes, las relativas al control metrológico del semáforo y de la cámara.
En el supuesto que nos plantea en que la infracción la ha apreciado un Agente, además de la documentación relativa a la señal semafórica, se debe solicitar también el informe de ratificación, así como cabe alegar las irregularidades formales que puedan existir; en este caso, el color del vehículo.
Buenas tardes!!!! Anoche aparqué el coche y creía que lo aparqué bien, hoy al ir a recogerlo, veo que tengo una multa en el limpiaparabrisas, al fijarme veo que en la calzada está pintado en amarillo (pero muy desgastado, por eso de noche no lo vi) un lugar reservado para minusválidos, solo la calzada, el bordillo no está pintado de amarillo. Mi intención era recurrir la multa ya que la señalización a mi modo de ver no está en bien señalizada. Pero al leer la multa veo que una letra de la matrícula, marca y modelo del vehículo son erróneos… Que sería más conveniente, recurrir por mala señalización? O esperar por si no llega la multa ya que con esos datos es difícil? También me sabría muy mal que le llegase multa a otra persona ajena a todo esto…
Estimada Teresa,
Si el vehículo que se indica en la denuncia no es el suyo, debe recurrir, pues si no lo hace en el plazo de 20 días perdería el derecho al abono con el 50% de descuento e incluso le pueden requerir el abono de la sanción con recargos por la vía ejecutiva
Le recomiendo que remita la sanción a nuestro departamento jurídico para poder revisarla y ver que otros motivos de recurso puede haber.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
buenos dias,
Hoy me multaron por haber aparcado en una acera de menos de 3 metros. No estaba al corriente de este tipo de infracción… me llevaron la moto con la grúa y tuve que pagar más de 60 euros solo por los trámites de la grúa! la multa en si es de 50 euros pero he visto que tal vez podía haber un vicio de forma. Mi dirección no es correcta en la multa y según lo que leí, hay que indicar la norma infringida (1080), el artículo (70.2 l) y el importe de la sanción. En mi caso, el artículo falta.
Además, corre el rumor que no están en su derecho llevarse el vehículo. Es cierto? puedo recurrir y obtener una nulidad de pleno derecho? tengo que aportar pruebas tipo recibo para demostrar que la dirección es equivocada?
Me gustaría recurrir esta multa porque creo que las normas de este tipo están hechas para sacar aun mas dinero a la gente y estoy un poco cansada de esta opresión legal permanente hoy en día.
gracias de antemano.
En primer lugar, indicarle que respecto al estacionamiento de motocicletas deberemos estar a la normativa municipal específica de la ciudad en que nos encontremos.
Indicar, que los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de un 1,30 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.
Además, los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.
En segundo lugar, en cuanto al defecto en el boletín de denuncia, indicarle que deberá esperar a que le llegue la sanción por cualquiera de los medios establecidos en la Ley (correo certificado, DEV.) y será el momento de ver si en la misma se siguen cometiendo los mismos errores u omisiones respecto al artículo sancionado, etc, para hacer las alegaciones procedentes. Finalmente decir, que si la sanción se la publicaran por boletín/TESTRA esta sería nula si dicha publicación proviniera del error en su domicilio.
Buenas, me han multado hoy por estacionar en sitio exclusivo para taxis en la puerta lateral de la estacion de trenes mientras acompañaba a una amiga a coger el tren, unos 10 min. la cuestion es que cuando llego, multa en el parabrisas de 200 € con un descuento del 50 que se quedaría en 100 €. La cuestión es que mi matrícula termina en 69 y en la denuncia pone 60 y el resto de numeros y letras coinciden.
En observaciones pone que se adjunta foto. Se que la culpa es mia pero no es normal que ponga que obstruía gravemente el trafico cuando en ningun momento es así, de hecho no habia ni taxis en el momento ni llegaron en el momento.
Crees que hay manera de librarme de pagarla¿?
Estimado usuario,
En relación a la multa que previsiblemente le han puesto, comentarle que si el agente no le ha hecho entrega en mano del boletín de denuncia y este se lo ha dejado solamente en el parabrisas del vehículo por estar ausente, como relata, no puede recurrir ni debe pagar ya que la denuncia (en la que también se le ha de reconocer el pago bonificado con el 50% de descuento) le ha de llegar a su domicilio. En caso de que la matrícula denunciada indicada en la denuncia que reciba, siga siendo incorrecta, sin lugar a dudas, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting le recomendamos recurrir dado que no se trataría de su vehículo y la divergencia de datos con la posible prueba que existiría en el expediente (fotografía) sería palpable y determinante para instar la nulidad de actuaciones. Además del dato de la matrícula, habría que valorar otros aspectos técnicos de índole formar para determinar la procedente o no del escrito de alegaciones contra le denuncia notificada.
Un saludo.
Hola,quisiera saber si puedo recurrir una multa que me han puesto por alcoholemia. En mi caso me pararon el domingo siendo las 3 de la maňana. Me hicieron varias pruebas en las cuales di positivo. En la última ya me bajo la tasa,pero me multaron con la retirada de 4 puntos y 500 euros de multa. Cuando ya tenía la multa firmada me di cuenta que el agente puso la fecha del día antes. Quisiera saber como me puedo enterar si ese agente trabajaba la noche antes o si la recurriera que posibilidades tendría. Gracias
Se puede recurrir solicitando una serie de pruebas tales como los Tickets extraídos del etilómetro utilizado para medir el presunto exceso de alcohol en aire espirado, la ratificación del agente denunciante, el certificado de homologación del aparato medidor de la tasa de alcohol, el Certificado de revisiones anuales, así como certificado de averías del mismo, etc.
No obstante aunque la fecha de la sanción es importante no será un vicio invalidante pudiéndose subsanar, pese a que se puede alegar.
Un saludo
Se me ha quitado la licencia por falta de VTV en provincia de buenos aires, esto fue el 16-1-14 y en el acta pusieron 16-1-13. no es claro que los vehiculos de transporte de pasajeros de uso privado en caba lleven VTV. la ley habla de transporte publico de pasajeros. ahora bien , puedo recurrir la multa por ser erronea la fecha del acta, mas alla de hacer la vtv. gracias
La VTV (Verificación Técnica Vehicular) es el control periódico del estado mecánico y de emisión de gases contaminantes de los automotores. Es un requisito para circular no obstante cada Estado tiene su propia normativa en legislación vial, por ello tendrá que guiarse por su propia noramtiva. Por otro lado si se dio el error en la fecha puede recurrirlo alegándolo, sin embargo este error de la Administración pudiera ser subsanado por el Organismo, no siendo un vicio que anulen directamente la sanción.
Un saludo
Me han multado por estacionar en un lugar reservado para minusválidos. Anoche cuando aparqué no vi la pintura de la calzada ya que está muy descolorida y el bordillo no está pintado de amarillo. Pensaba recurrir la multa por el tema que desde mi punto de vista no está bien señalizado el lugar, pero al leer la multa veo que hay error en una letra de la matrícula, y tampoco coincide ni la marca ni el modelo del vehículo. Que debería hacer? Mi intención era recurrir, pero también cabe la posibilidad de que no me llegue la multa no? Ya que no es mi vehículo… Pero por otro lado tampoco me gustaría que le llegase la multa a alguien que nada tiene que ver…gracias de antemano
Estimada Teresa,
Si el vehículo que se indica en la denuncia no es el suyo, debe recurrir, pues si no lo hace en el plazo de 20 días perdería el derecho al abono con el 50% de descuento e incluso le pueden requerir el abono de la sanción con recargos por la vía ejecutiva
Le recomiendo que remita la sanción a nuestro departamento jurídico para poder revisarla y ver que otros motivos de recurso puede haber.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola:
Me han puesto una multa por pisar la raya continua en un punto km que no existe dicha raya, es discontinua. Me pararon a los 5 km alegando que me habían visto de lejos…..La multa la redactaron a mano y no la firmé. Cuando la estuve examinando, la matrícula tiene mal una letra y mi D.N.I tiene también la letra mal. ¿Puedo recurrir la multa por defecto de forma? ¿Tendré éxito?
Muchas gracias
Estimado usuario,
En relación a la consulta que formula a través de nuestro blog, comentarle que en atención a la descripción de hechos que formula y a los errores cometidos por el agente denunciante en el boletín de denuncia, desde nuestro Dpto. Jurídico estimamos que tendría que proceder a presentar alegaciones en defensa de sus intereses. El hecho de firmar o no un boletín de denuncia no es relevante a efectos de aceptar o no la responsabilidad por la infracción cometida. Sin embargo el error en la matrícula del vehículo denunciado si, dado que uno de los requisitos lógicos y necesarios que establece el artículo 74 L.S.V. a consignar en una denuncia, es la correcta matrícula del vehículo. Por tanto, debe usted recurrir la multa, solicitando además pruebas que acrediten que su vehículo ha infringido la normativa sobre tráfico y seguridad vial, y que en el lugar de la infracción operaba la señalización vulnerada.
Un saludo.
Hola, esta mañana me a llegado una multa por consumir bebidas alcoholícas en via pública, cuando solo estaba bebiendo un refresco, encima en la multa pone que me apellido Jimonel, cuando en realidad me apellido Jiménez, puedo recurrir la multa ?gracias de antemano, un saludo.
Hola, me han puesto una multa por exceso de velocidad cuando circulaba con mi motocicleta. La cuestión es que la foto del radar es frontal (imposible identificar conductor o matrícula). Cuando le indico este hecho al agente que me para y denuncia éste escribe con letras mayúsculas que no se pierde de vista al conductor en ningún momento. Esto es totalmente falso ya que desde el punto en que me pararon no se veía el radar y entre un punto y otro existe una intersección en la que el «verdadero» conductor podría haberse ido. ¿Existe fundamento para plantear una duda razonable a la hora de identificar al conductor? Por otro lado, me apellido Sanjuan y ellos transcribieron en la denuncia San Juan. ¿Me aconseja recurrir? Gracias.
Hola, buenos días!
Lo primero muchísimas gracias de antemano y felicidades por la página.
Acaban de ponerme una multa de tráfico por manipulación del móvil conduciendo, 200 € y 3 puntos. Lo primero es que es mentira, no iba utilizando el teléfono móvil, lo llevaba dentro del bolso, llevaba un Ventolín en la mano y puede que eso es lo que les haya hecho pensar que era un móvil, aún así y por más que he jurado que no lo llevaba y han visto que estaba perdido por el bolso, me han denunciado.
Al revisar la denuncia observo que todos los datos son correctos excepto el nombre, me llamo Pilar y me han puesto José Antonio ¿Podría hacer algo? Si fuera justa, la pagaría y punto, pero es que no es verdad, y me da muchísima rabia, estoy hasta las narices de la maldita presunción de certeza… Muchísimas gracias, saludos!
En base a la información facilitada en su exposición, debemos aclararle que en cuanto al error del nombre indicado en la denuncia, se considera un defecto de forma, pero es de poca relevancia y por ello perfectamente subsanable por el organismo sancionador, por lo que en caso de ser alegado, difícilmente va a producirse el archivo del expediente sancionador. Sobre el fondo de la denuncia, es evidente que se ha producido una injusticia, ya que el agente de la autoridad no apreció correctamente que maniobra estaba realizando, dada la distancia en donde se encontraba. Dicho error de apreciación debería indicarse muy claramente en el pliego de descargos o recurso a presentar contra dicha denuncia, alegando que no estaba manipulando el móvil en ningún momento, que el agente estaba a una distancia muy considerable y no pudo apreciar que llevaba en la mano, y solicitando cuantas pruebas sean pertinentes para desvirtuar dicha infracción, (fotografías, informe del agente denunciante etc…). Como usted comenta, la presunción de veracidad del agente es absoluta, por lo que contra ella es muy difícil rebatir, por no decir imposible. Recuerde que si quiere que no le detraigan los tres puntos, deberá recurrir forzosamente, ya que si decide abonar la sanción con bonificación lo puntos se perderán automáticamente.
hola me an puesto una multa por aparcar en un vado pero en la multa todo esta ilegible mi apellido en vez de una H an puesto una M y en mi dni hay un 1 y encima de este un 0 y en la cantidad a pagar pasa lo mismo no se lee con claridad si son 1 o 0 , aparte de esto la hora de la multa tambien tiene este fallo y el policia no me pregunto si queria firmar la multa y directamente puso no firma,puedo recurrir??
Hola, me han puesto una multa en la que tanto la hora de la multa como el color del coche son erróneos.¿Puedo recurrirla?
Buenos días,
El 25/01/14 me pusieron una multa por estacionar en la acera.
Hoy 6/02/14 me llega la multa certificada y en la fecha pone 25/12/13 y fecha de último día de pago el 27/01/14. ¿Que tengo que hacer? ¿Debo intentar pagarla o realizar un pliego de descargo…?
Estoy bastante perdida.
Muchas gracias
Hola, buenos días te comento mi caso a ver si puedes ayudarme: me han multado ayer por no detenerse en el lugar presente por la señal de ceda el paso (R1).
A lo que yo impactado por no ver señal alguna y habiendo disminuído la velocidad, ver que no venía nadie, y girar. Como sabemos, ante un ceda el paso solo hay que detenerse en caso de que interrumpas el paso a otros conductores… La multa es de 200€ y 4 puntos por una infracción que no he cometido. Saludos y muchas gracias. Gonzalo
Estimado usuario,
En relación a la cuestión que nos plantea, y dado que como bien dice usted la señal de ceda el paso no obliga a detener el vehículo, siempre y cuando continuación de la marcha se haga en condiciones de seguridad, desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder al recurso de la multa que le ha sido impuesta, dado que el agente deberá probar que usted debió detener la marcha del vehículo consecuencia de la existencia de vehículos que circulaban próximos al suyo y por la vía a la que usted accedió. En caso de no acreditar esta circunstancia y que la seguridad propia y ajena de los usuarios de la vía se ponía en peligro, la Administración, debe proceder a la anulación del expediente.
Un saludo
Hola el 24/marzo de 2013 a las 01:30 una pareja de policias locales me tomaron datos por estar consumiendo bebidas alcoholicas en la via publica(sin denuncia solo anotaron dni y nombre en una libreta) la denuncia me llega en febrero2014 y en ella pone que estaba consumiendo bebidas alcoholicas en la va publica a las 13:20H puedo recurris esta denuncia por defecto de forma??
Hola,
Me han puesto una multa y en el apartado donde pone , hay un error, puesto que no coincide con la de mi vehículo. Me gustaría saber si se trata de un defecto de forma y es posible recurrirla o no.
Muchas gracias
A pesar de que no nos indica en su pregunta cuál es el dato omitido o erróneo en la notificación de denuncia que ha recibido, manifestarle que por lo que parece -y en función de lo que nos comenta-, existe un error en la identificación del vehículo, es decir, el número de matrícula indicado no corresponde con su vehículo. En consecuencia, existe un clarísimo defecto de forma en la denuncia, por lo que debe proceder a efectuar la presentación de alegaciones ante el Organismo denunciante, indicando dicho defecto de forma para que sea archivada la denuncia por error de identificación del vehículo. Si el dato erróneo no es la matrícula, y hace usted referencia al color o el modelo, el defecto de forma existe evidentemente, pero es de mucha menor importancia, por lo que muy probablemente, sea subsanado por la Administración que le denunció sin más, prosiguiendo la tramitación del expediente sancionador. Los defectos de forma para que invaliden la denuncia y el acto sancionador en consecuencia devenga nulo, ha de ser de especial relevancia y significación, afectando principalmente a los datos más básicos y elementales que toda denuncia debe contener.
me han multado por hacer un giro indebido, en la sanción pone el coste de la multa (70 euros) y en la parte donde pone puntos a detraer pone 35… evidentemente no son 35 puntos.
¿podria recurrirla?
Hola, buenas tardes, he recibido en mi domicilio una multa por no poner el ticket del parkímetro, (90€ con reducción del 50%) pero viene mal el modelo del coche. Pone VW Polo y es VW Golf. Esto se puede recurrir? Sí fuera recurrible, podrían decirme a dónde y quién debo dirigirme?
Muchas gracias
Un saludo,
Puedes decirme como acabo tu asunto ? Es que me ha ocurrido exactamente lo mismo , me han puesto una multa por excceder el tiempo en el parquimetro pero el modelo de mi vehiculo no es correcto.
Gracais
Hola,
Escribí el texto y quise decir: en el apartado donde pone…me refería donde pone CLASE, no coincide con la de mi vehículo. Seria eso defecto de forma?
Muchas gracias
El pasado día de reyes me han sancionado por mal estacionamiento,
en el boletín de denuncia que me dejaron en la moto, lo único que coincide es la matricula, la marca y el modelo son incorrectos.
Hoy me a llegado por correo la denuncia, y estos datos están corregidos y ahora si coinciden la marca y modelo con los de la moto, es posible recurrir por defecto de forma o prevalecen los datos corregidos.
Muchas gracias
Me acaba de llegar una notificación por una denuncia formulada por controlador SACE en Madrid. Mi pregunta es si la puedo recurrir pues en los datos del titular y destinatario NO aparece mi DNI.
Por otro lado, la denuncia fue por estacionar en doble fila. Sin emabargo, el tiempo que permaneció el coche en esa circunstancia fue de apenas unos segundos.
¿puedo recurrir con cualquiera de estos argumentos?
Hola, el 28 de agosto de 2013 me multaron en palma de mallorca por superar la tasa de alcohol permitida, me entregaron una denuncia en mano con el DNI erróneo, y mi apellido con una letra de mas (volviéndolo también erróneo), a día de hoy no he recibido aún ninguna carta conforme tengo que realizar el pago, pero buscando en paginas webs (buscamultas.com) veo que la multa se ha tramitado, con una fecha de boletin de 03/12/2013, me pregunto si me llegara dicha multa o simplemente preescribirá.
Gracias
Hola,
Ayer por la noche me pusieron una multa de 200€ por estacionar en zona de parada de Taxis. El tema es que es una zona azul, y como aparqué a las 21:00 pensé que ya estaba permitido; pero resulta que ahora (desde hace poco) esa zona azul de aparcamiento se convierte en parada de taxis de 22:00 a 8:00 y está indicado con una señal (que yo no vi).
El caso es que esta mañana al leer la copia de la multa veo que se han equivocado en el modelo matricula y marca (ford) son correctas pero el modelo indica «Focus» cuando mi coche es un Mondeo.
¿Tengo alguna posibilidad de recurrir y que resulte la denuncia nula por ese fallo?
Gracias.
Perdón por el fallo de redacción anterior, me explico. Matrícula y marca son correctos en la copia de la denuncia, pero se han equivocado en el modelo.
Gracias.
hola,esta mañana m ha multado la policia local en zona de carga y descarga,al dejar al niño en rl cole.En la multa no esta rellenada la casilla del importe.Seria recurrible?
Hola, he recibido notificacion de sancion, con foto, por estacionar en zona de parada de autobus. La direccion de la infraccion es errónea, está confundido el nombre de la calle. ¿ Es recurrible?
Me han puesto una multa por beber en la calle. Reconocí la responsabilidad pese a no estar bebiendo para optar al descuento del 40% y que se me quedase en 360 euros. Cuando me ha llegado la notificación a casa con el número de cuenta para hacer el ingreso me doy cuenta que la multa está a nombre de mi hermano y no a mi nombre. ¿Qué podría hacer? ¿Puedo interponer recurso de reposición alegando un defecto formal? Gracias.
Me han multado por adelantar sobrepasando la línea continua al final del adelantamiento. El caso es que en la multa pone, por sobrepasar la línea «discontinua». También es cierto que en la multa pone el punto concreto de la carretera. ¿Podría recurrirla?
Gracias…
Hola buenas, me han multado por tasa de alcoholemia 028; la cuestion es que en la multa la fecha que pone es del 6/12/2013 y cuando me multaron fue el 6/01/2014 ayer me llego la notificación a casa que me quitan 4 puntos y he de pagar 250 con reducción… ¿seria posible recurrir la multa con exito??
muchas gracias
Me han multado por no llevar gafas(estoy operado) y constar en el carnet que las necesito.
El tema es que la multa la han puesto a nombre del propietario del coche, que es mi padre, y el no necesita gafas. Lo unico que han puesto bien de los datos del conductor es el DNI, el resto son datos de mi padre.
Veo un apartado donde pone Firma del denunciante ( la cual no me han hecho firmar), en ese espacio solo pone «y entrega copia»).
Merece la pena recurrirla, aun con esos errores?
perdon donde puse firma del denunciante, es firma del denunciado
Hola!, me multaron hace unos meses por saltarme un ceda al paso.
Yo niego esos hechos y para más inri, me han asegurado que el agente de policía que me multó, ese día estaba fuera de servicio.
He recurrido la multa en vía administrativa y solicitando que se librase oficio de ese policía en el día de la multa.
La respuesta fue que ese agente se ratificaba en la multa.
Volví a recurrir porque no era lo que yo había solicitado ya que quería demostrar que ese agente no trabaja ese día.
Me han contestado que el agente de policía (pero con otro nº de placa) se sigue ratificando. Es decir, me han cambiado al agente de policía. Si en la multa era el agente 344 y solicité que se librase oficio de su horario, ahora me responden que el agente 345 se ratifica. Mi pregunta es si me merece la pena ir al contencioso administrativo… o no pagar la multa y cuando esté en vía de apremio, hacer una reclamación al Tribunal Económico Administrativo…pero ya habría un recargo… Muchas gracias!
Buenas tardes a todos,
Ante todo enhorabuena por el gran trabajo de orientación que realizáis.
En mi caso, la Guardia Civil me ha multado «por no detenerme en el lugar prescrito por la señal de stop» (lo cual sin entrar en detalles no fue cierto) y creo que hay dos motivos por los que podría contratar una compañía para recurrir dicha multa por 200€ y 4 puntos de retirada. Os detallo:
1. El lugar de la infracción reflejada en el boletín es el km25.5 de la A1, no existiendo en dicho punto señal de stop alguna (la más cercana es en el km 26.2)
2. Donde posteriormente realicé el stop fue en el km 26.2, y aunque ciertamente se atenderá la veracidad de las palabras del agente, desde la ubicación que vio la supuesta infracción, no dispone de visibilidad suficiente como para ver el stop, ya que se él encontraba en marcha en mi mismo sentido habiendo sobrepasado ya el stop en más de 200m y sólo pudiendo ver mi maniobra por el retrovisor y de forma incompleta, ya que no se ve la línea del stop desde dicho punto.
Creéis que puedo recurrir la multa? Ante el supuesto 1, el 2, los dos a la vez?
Gracias por vuestra ayuda!
Hola me a llegado un amulta por no tener la itv pasada, la infraccion la a detectado un radar, pero la direccion de la infraccion no es donde esta el radar y mucho menos donde pase yo, se puede recurrir.
El hecho que se me notifica es: circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere un permiso de la clase b.
Siendo este un ciclomotor y solo se necesita un permiso CM. Se puede recurrir por defecto de forma y me rebajen la sanción.
gracias y un saludo
En relación a la consulta que nos plantea, debemos señalarle que los ciclomotores -al igual que los demás vehículos a motor que circulen por una vía pública-, están obligados a tener concertado el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Para poder conducir un ciclomotor es preceptivo estar en posesión del Permiso de Conducción clasificado como “AM” dentro de la tipología de permisos de conducción legalmente establecida . Es evidente que si ha recibido notificación de denuncia por carecer del seguro obligatorio, debe indicar en la misma que tipo de permiso de conducción debe ostentar para conducir dicho vehículo, por lo que desde luego, usted no tiene que estar en posesión del permiso de clase B para conducir un ciclomotor, ya que el B corresponde a los automóviles convencionales, a los turismos. No obstante, el tipo genérico utilizado para proceder a denunciar a los vehículos no asegurados es el de los automóviles por ser el más común. En consecuencia, puede alegar perfectamente en el escrito de descargos que presente ante el organismo denunciante, que la denuncia posee un defecto de forma importante, ya que no se ha indicado correctamente que tipo de permiso de conducción requieren los ciclomotores, ya que debería indicar el “AM” y no el “B”. A pesar de dicho defecto de forma, podría ser que el organismo subsane la deficiencia, y por tanto no le rebaje la sanción ni le archive el expediente sancionador por ello. Recomendamos desde Pyramid Consulting que alegue dicho defecto hasta sus últimas consecuencias.
Me paro un agente sin tener la ITV del ciclomotor pasada, por desconocimiento de ello nunca fue pasada desde su adquisición. El agente me notifico que solo era un aviso y no relleno importe de multa, ni me pregunto si firmaba y me dijo de palabra que tenia 10 días para pasar la ITV. A los dos días siguientes pase la ITV como me dijo, para que no hubiese multa. Y fui a la DGT a entregar la ficha técnica del vehículo con la ITV pasada y me dijeron que eso no era un aviso sino que era una multa de 200€ y que ellos me rellenaban a mano el importe si quería beneficiarme del 50% por pago antes de 20 días. La multa no aparecía en ningún buscador de multas, y me dijeron en la DGT que lo mismo la chica que las mete tiene mucho trabajo y no la ha informatizado aún (8 dias despues), pero he pagado 100€ en el SANTANDER, en el banco me preguntaron el importe que quería abonar a la DGT.
El agente dijo que eso era solo un aviso para que pasara la ITV en 10 días y he pagado 100€ sin haber multa.
¿Me devuelven el dinero?
En primer lugar indicarle que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento y que asimismo la entrega del boletín de denuncia en el acto ya se entiende como acto de notificación y empieza a contar el plazo de los 20 días. En cualquier caso si el boletín de denuncia está incompleto pudiera recurrirse en ese sentido. La multa no aparece en ningún buscador porque ha sido entregada en el acto y solo se publica lo que no ha podio ser entregado. La multa sí existe, es la que usted ha abonado, cuyo expediente se cierra por pronto pago. No obstante haga un recurso extraordinario de revisión alegando esto (boletín incompleto que no se entiende como tal) y de estimárselo le devolverían lo ingresado.
Un saludo
Busque al policía que me paro y dice que no entrego a la DGT el «aviso» puesto que me dijo que si en 10 dias no pasaba la ITV es cuando entregaria el papel, y al comprobar que se paso la ITV en el plazo, rompio el papel.
La multa nunca a existido. Y en el banco me preguntaron que cuanto era lo que queria abonar, que no venia cantidad y que esa multa no estaba cursada. Incluso en el banco me dijeron que si queria ingresar 50€ a la DGT que es la cuantia mínima.
Estimado usuario:
Si efectivamente su multa no se cursó, ha realizado un pago improcedente, y la Administración un cobro de lo indebido. Tendrá que realizar como expuse un recurso extraordinario de revisión alegando esto y de estimárselo le devolverían lo ingresado.
Un saludo
buenas tardes,
me pusieron una multa por <<no respetar la marca viaria del pavimento de cualquier tipo de combinación como zig-zag, longitudinal continua y discontinua de estacionamiento prohibido (M-7.7). En la primera recepción no constaba el lugar por lo que hice recurso y ahora me lo han denegado y me adjuntan una fotocopia el "boletín" indicando la calle de la supuesta infracción.
La hora del boletín y la del impreso enviado no coinciden.
Además se que la multa es inventada ( soy de una pequeña población y varios hechos dejan claro que los agentes municipales van a por mi). Que puedo hacer. Gracias
En su caso, desde luego, la respuesta a su pregunta de qué puede hacer es clara: RECURRIR. Así, la LSV establece expresamente en su artículo 74.2.c) que “En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso: Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora” Está claro que en su caso no se ha respetado ninguno de estos preceptos, parece que le varían el hecho denunciado, el lugar, la hora, etc. Desde luego, su expediente es totalmente recurrible por vulneración del procedimiento administrativo sancionador y derecho de defensa dado que le están modificando datos esenciales de la multa sin motivación alguna.
Hola, el otro dia me llegó la denuncia por saltarme un baden y con el consuiguiente invadir el carril contrario, en la denuncia pone conducir de manera temeraria, creo que esto lo tienen que demostrar mucho, la denuncia no me la entregaron ya que ni me di cuenta que me sancionaron hasta que me llegó a casa, mirando el numero de agente que pone en la denuncia he podido comprobar que dicho agente ese dia no estaba de servicio hecho que puedo demostrar por un informe que he pedido de relacion de funciones de l dia de la denuncia, ya que el motivo que expresa en la denuncia por el cual no se entrega la misma és SERVICIO PREFERENTE DE REGULACION DE TRAFICO, sino estaba de servicio como puede regular el trafico?? No habia ningun coche policial ese dia por la zona, asi que quien me multó deduzco que fue un agente fuera de servicio por lo que así consta en el informe, También añadir que en ningún caso en la denúncia sale mi dni, mis datos bien pero el dni no sale. Muchas gracias
Estimada Patricia,
En relación a la multa por conducir de forma temeraria que le ha sido notificada en su domicilio, comentarle que el hecho de que el sujeto que le denunció fuese un agente de la autoridad que no se encontraba en servicio, es un dato importante pero no determinante para la nulidad del expediente. Dado que si no se encontraba de servicio, tendrá que ratificar su denuncia y entonces la motivación esgrimida para no notificar la denuncia en el acto, decae por si sola,siendo nula. Desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos presentar alegaciones en el plazo que le ha concedido la administración, negando haber cometido la infracción que se le imputa y solicitando una serie de medios probatorios que acrediten que durante la conducción se produjeron por su parte, acciones u omisiones, que convierten su conducción en temeraria (velocidad excesiva, peligro para el resto de usuarios de la vía…).
Un saludo.
Buenas tardes. Muchas gracias por su labor. Esta mañana me han puesto una multa. Soy titular de carnet de estacionamiento para personas con movilidad reducida, mi coche estaba estacionado en un lugar reservado para ello. La multa se acoge al artículo 94.2 opción A e indica «uso de fotocopia a color». En efecto era una fotocopia compulsada del carnet, debido a mi enfermedad la he extraviado en varias ocasiones y es la única opción para evitarlo. Por otro lado, la multa carece de los siguientes datos : fecha, hora, importe de la misma así como puntos correspondientes. Me pregunto si el artículo al que hace mención es el adecuado, si es recurrible y a qué me debería agarrar en el recurso y qué posibilidades tendré. Muchísimas gracias por su atención. Un cordial saludo.
Buenas tardes. Muchas gracias por su tiempo.
El pasado día 08/03/14 al circular con mi hijo de 11 años (en la parte trasera del vehículo), me han puesto una multa, ya que momentaneamente se desabrochó el cinturón. El hecho denunciado:
“Circular con una persona de estatura inferior a 135 CMS., en el asiento delantero del vehículo, que no utiliza dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturón de seguridad correctamente abrochado”.
A comentar:
El niño circula en la parte de atrás. Mide 1.41 m. El cinturón desabrochado.
Datos del denunciado – el niño; su 2º apellido está mal.
Datos del conductor – yo; coinciden el nombre y el DNI – los apellidos -se los han inventado.
Domicilio – provincia – pone Ávila en lugar de Madrid.
Se puede «hacer algo» en este caso, o «todo» es subsanable??
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. Me han multado por exceso de velocidad con un radar móvil. Limite 50, velocidad circulación 76. La cuestión es que en sentido contrario no hay limite de velocidad y en el que yo circulaba si. Me pregunto porque, donde esta el tramo peligroso. y por otra parte en la multa que me entregaron esta mal puesta la vía de circulación. pone RM 605 y es RM 602. ¿Se puede alegar con seguridad o garantía?. Muchas gracias.
Este es el típico radar que solo hace caja, tramo recto sin ningún peligro y coche escondido detrás de una nave, ese día caímos mas de 50 coches.
Apreciado usuario: En relación a la pregunta formulada en nuestro blog, debemos informarle que si en la notificación de denuncia está erróneamente indicada la vía de circulación, se entiende que existe un defecto de forma en la notificación, por lo que se ha producido un error o confusión en la ubicación para señalar el lugar de la presunta infracción. En consecuencia y dada la gravedad del defecto de forma existente, le recomendamos que presente un escrito de descargos alegando el defecto de forma citado, así como otras pruebas que no le hayan facilitado (si es el caso) como la fotografía acreditativa de la infracción y el certificado de cinemómetro para verificar la fecha de caducidad de su revisión técnica. No hay una absoluta garantía de que alegando dicha cuestión en el escrito, se vaya a archivar la denuncia sin más, pero las probabilidades son elevadas dado que es un defecto grave en la notificación, ya que el error en confundir la vía por parte del organismo sancionador genera una inseguridad jurídica patente y cuya confusión revela que muy posiblemente se deba a un error.
Recuerde que el hecho de presentar el pliego de descargos contra la denuncia por exceso de velocidad, comporta renunciar al derecho a abonar la denuncia con el 50% de bonificación en su importe, pero dada la cuestión de relevancia que nos indica, es recomendable impugnarla.
Hola buenas noches y felicitaciones por la página. El hecho sobre el que consulto es sobre una denuncia en la cual me sancionaron supuestamente por conducir utilizando el.movil pero en hecho denunciado pone textualmente «conducir manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conduccion» artículo. 28.2 r.g circulación. Quería saber si puedo recurrirla por defecto de forma puesto que es totalmente imposible conducir un teléfono móvil. Gracias
Añadir también que el artículo 28.2 de R.G. circulación hace referencia a las rotondas mientras que el correcto es el artículo 18.3 del R.G circulacion
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que plantea, comentarle que la denuncia que le ha sido formulada, adolece de defectos que hacen viable su recurso, dado que como bien dice, la redacción del hecho denunciado es incorrecto y lo que es más importante, el tipo (artículo o precepto legal) en base al cual le sancionan no se corresponde con los hechos cometidos. Desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder al recurso de la sanción, instando su nulidad por se contraria al articulado de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y solicitando la ratificación escrita del agente de la autoridad.
Un saludo.
Buenas tardes:
Tengo la siguiente duda:
Me ha llegado una multa a mi casa por exceso de velocidad. En mi caso la multa dice que conducía a 79 km/hora y que el límite estaba a 50 km/hora.
Por esta razón quieren quitarme 2 puntos y 300 euros pero claro al leer detenidamente la carta veo que en el sitio donde pone «Lugar de los hechos» pone una calle por la que no he pasado en mi vida pero esta es perpendicular a la calle por la que paso diariamente para ir a mi universidad. Por el tramo de carretera que cruza esta calle es imposible ir a esa velocidad porque hay dos rotondas entre ellas que distan poca distancia.
Otra cosa más que en el lugar de los hechos viene expresado también el número de una casa (Calle malecón nº 5) y por ese sitio soy la veracidad de que no he pasado nunca.
¿En el dato: «Lugar de los hechos» debe expresar con exactitud la calle en la que ocurrió la infracción? ¿Se podría recurrir por la calle equivocada o el agente podría corregir ese dato?
Muchas gracias espero impaciente la respuesta.
Un saludo,
José Antonio.
Hola.¡Qué alegría al toparme con esta web! Bueno, al grano.
El otro día me multaron los motoristas de tráfico por llevar láminas oscuras delante. Las de atrás, que son mucho más oscuras, están homologadas. La verdad es que no sé cómo pudieron darse cuenta, pues son las láminas más claras que hay y apenas se notan. De hecho, cuando he pasado ITV no me han dicho nada. Y también me han parado otras veces y nunca me dijeron nada al respecto.
El caso es que ,revisando la denuncia y siguiendo vuestros consejos de observar cualquier posible defecto de forma, no sé si serán mis ganas de evitar la multa o es que realmente hay cosas que no cuadran en el boletín que me dieron en el momento. A saber: 1) En la marca y modelo pone «Mercedes-Benz Benz», pero no el modelo de coche. 2)El nombre de mi localidad(no es la misma donde me denunciaron) no está completo(y no por falta de espacio, ya que no es tan largo el nombre)3) En el domicilio han añadido un apartado de correos que no es mío 4)En el hecho denunciado pone «5A. Circular con un vehiculo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana sobre toda la vía por la colocación de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. Cristales delanteros tintados.». He leído el hecho 5A en el código de tráfico y pone todo eso menos lo de Cristales delanteros tintados, por lo que no sé porque ponen un hecho que no consta exactamente en el código.
5)Y para terminar, me ponen negativa a firma cuando en ningún momento me dijeron nada de firmar.
La multa es de 200 euros y con reducción 100. ¿Me recomendáis recurrirla? Espero vuestra opinión. Disculpad las molestias.
Buenas tardes y gracias de antemano por la labor que hacéis.
El día 21 de Marzo en Corbera de Llobregat (Barcelona), la Guardia Urbana me puso una multa por ir con la ITV caducada, pero al llegar a casa me di cuenta de que la matrícula estaba mal apuntada, había un número dudoso y una letra claramente mal puesta. Quería saber si tengo derecho a recurrirla, a pesar de que tengan mis datos personales, DNI dirección del domicilio y de que haya firmado la multa, aunque pone: «La firma no implica la conformidad» y creo que toda la denuncia está redactada en catalán, tiene que ponerla también en castellano?
Muchas gracias por su respuesta
Buenos días,
He recibido una denuncia por infringir el articulo 74.2 del RGC, Hecho denunciado 1383 Cambio improcedente de carril sin respetar prioridad indica que es una infracción grave.
En la denuncia no hace referencia a la retirada de puntos únicamente al importe de la sanción.
He consultado varias webs y en algunas indican que conlleva una retirada de 4 puntos y en otras indica que no implica retirada de puntos.
Me gustaría aclarar esta duda si es posible.
Gracias, un saludo.
Hola! me ha llegado una multa en la que se han equivocado en el sentido, en la foto aparece el sentido C de creciente (en el que yo circulaba) pero en «lugar de la denuncia:» aparece D de sentido decreciente. Mi duda es si hacer recurso o me lo denegaran ya que es el mismo punto km, lo único que esta equivocado es el sentido.
Gracias.
Hola.El domingo me retiro la grúa el coche por dejar estacionado el vehículo en el carril bici.La cuestión es que me pone art 94 2-A 50 rgc y no se que es el 50 ya que no aparece donde he visto los artículos de la policía local.¿Es un error?.Otra cuestión,viene como infracción grave y todos me dicen que me quitaran puntos ,en cambio en el boletín viene puntos a detraer:0.¿se puede recurrir,para que me la quiten por no dar información verdadera?,si es verdad que por esa infracción quitan puntos.
Hace un mes paré en doble fila con las luces de emergencia puestas, en una calle de doble sentido y con total visibilidad para que mi pareja se apease del coche. Mientras se ponía la chaqueta y recogía sus cosas nos dimos cuenta de que un coche de policía paraba a nuestro lado y nos miraba, por lo que a toda prisa salió del coche. La policía sin decir nada arrancó y se marchó. Hoy me ha llegado una multa en la que la infracción que cometí fue la de “estacionar en doble fila sin conductor”, y que la causa de la imposibilidad de notificarme el acto fue que los “hechos denunciados a través de medios de captación y reproducción de imágenes”.
Dado que yo me encontraba dentro del vehículo, ¿hay alguna posibilidad de que recurriendo gane y me ahorre los 200€ de multa? (Ya que renuncio al beneficio del 50% por pronto pago).
Hoy me ha llegado a mi domicilió una multa con foto de mi vehículo por mal aparcamiento concretamente el 24/02/2014.
Esta multa está mal redactada ya que la fotografía y el lugar de la multa consta una calle que no se corresponde con la fotografía, es decir el coche estaba aparcado sobre una raya amarilla muy borrosa y donde es muy difícil aparcar por que siempre esta ocupado y tanto la foto digital como la denuncia dice que está en la calle B cuando realmente la calle se llama C.
¿Es recurrible y que posibilidades tiene de ser anulada?.
Esta multa ya han pasado 36 días hasta hoy que lo notificaron, el caso es que tengo miedo que me sigan llegando más ya que hasta el día de ayer casi siempre aparaba en el mismo sitio.
. Gracias y saludos,
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que usted plantea, como es la divergencia entre el lugar de la infracción que se indica en la denuncia recibida y la fotográfica que hace prueba de esta, desde nuestro Dpto. Jurídico estimamos que se trata de un motivo más que suficiente para presentar alegaciones, de hecho, le animamos a hacerlo. Esta divergencia, entre los datos de la denuncia y la prueba en base a la cual se le va a sancionar, es motivo de nulidad de actuaciones por vulneración del Dcho. a la Presunción de Inocencia de que goza todo administrado. Es importante, que tenga en cuenta, que en caso de no recurrir en el plazo concedido al efecto, la Administración procederá a confirmar la sanción impuesta, la cual le será exigida por la vía de apremio con intereses y recargos preceptivos de esta fase del procedimiento.
Un saludo.
Buenas tardes,
Ayer, por el carril bici de la calle diputació de Barcelona, me multaron por esperar que el semáforo se puesiera en verde un poco más allá del paso de peatones. Eran las 11:49 y el agente hizo constar que eran las 10: 49 (en esa hora yo estaba jugando a balocnesto). Es decir, según la multa, mientras yo estaba entrenando con mi equipo de baloncesto, me salté un semáforo en rojo.
Es impugnable la multa por este error formal? (puedo demostrar mediante el registro del servicio BICING que a las 10:49 no usaba ninguna bici.
Muchas gracias
Apreciado usuario:
En respuesta a su consulta, debemos indicarle que la indicación errónea de la hora de la presunta infracción en el boletín de denuncia entregado a usted, es un claro defecto de forma, el cual puede invalidar dicha denuncia convirtiéndola en nula de pleno derecho y que en consecuencia no prosiga el expediente sancionador incoado mediante boletín por el organismo denunciante. Evidentemente si a la hora que usted nos indica, usted no se hallaba en el lugar de la presunta infracción, es lógico que no cometiera la infracción descrita, por lo que el defecto de forma debe impugnarlo expresamente al realizar el pliego de descargos que vaya a presentar. Solicite por supuesto, además de dicha importante alegación, copia del informe del agente denunciante en donde debe relatarse los hechos acaecidos observados y descritos por el agente además de todas las pruebas posibles para desvirtuar la imputación de la infracción. Por supuesto, si usted puede demostrar con el servicio de registros del BICING de Barcelona que a esa hora no estaba haciendo uso de este servicio (mediante algún tipo de documento que pueda adjuntar como prueba documental en donde salgan reflejadas las horas de uso/no uso del registro informático), las probabilidades de éxito de su recurso son muy elevadas. No obstante, no olvide que el presentar alegaciones comporta perder automáticamente el derecho a la bonificación del 50% del importe inicial de la multa, por lo que habrá de sopesar bien la viabilidad del recurso, el cual entendemos que si adjunta la hoja de registro de uso del BICING, la probabilidad de estimación de alegaciones es alta.
Saludos:
Fuí multado por no para en un semáforo en rojo conduciendo mi bicicleta, el tema es que después de que el agente me diera la denuncia en mano, al leerla en casa me di cuenta de:
1- la localización o vía que pone es MU-300 ( que pertenece a un nombre descatalogado de carretera) ahora esa carretera es RM-300.
2- Al mirar el punto kilométrico,nº»3″ a través de callejeros y mapas, no coincide con el punto donde se encuentra el semáforo,( habrá al menos 500m de distancia)
3- Mi nombre aparece como «Juan» en vez de Jose.
Con esos detalles podría recurrirla??
Agradecería vuestra respuesta.
FElICIDADES por la pagina-blog, está genial.
No sólo puede recurrirla sino que además es vital la solicitud de otra serie de pruebas relevantes como el informe del Agente, esencial en un caso como este en el que la infracción ha sido apreciada por éste y no captada por imagen.
Y especialmente relevante resulta la incorrección en cuanto a la determinación del lugar de la infracción, que deberá ser sustentado por las fotos que pueda Vd hacer, para demostrar de manera fehaciente el error material cometido.
Buenos días,
Hace unos días me multaron por exceso de velocidad. A la entrada de Zaragoza circulaba a 78 en una zona de 50 km/h.
El boletín de la denuncia si que pone el nombre de la calle pero no incluye el KM por el que circulaba ni la dirección que llevaba..
Puedo recurrir esa multa por la omisión del punto Km??
Gracias
Hola,
El lunes me pararon en un control de la guardia civil. Y me sancionaron por ir a 84 km/h en una vía que al parecer estaba señalizada cómo límite máximo de velocidad a 50 km/h. Multaron a muchísimas personas y en cuanto a la vía no la veo la verdad como para tener ese límite. Pero lo que me indigna Realmente es que la sanción es de un importe de 400 euros más 4 puntos, 200 euros si la abono antes de 20 días. Me parece un abuso en toda regla y a personas que llevamos tanta dificultad para salir adelante nos pongan estos castigos, es desmesurado.
El caso es que quisiera saber si tengo alguna posibilidad de recurrir la multa y si no me va a suponer una perdida de tiempo y dinero ya que al final tenga que pagarla. Tengo la duda de si ayuda el echo de que en la multa aparezca un error en mi fecha de nacimiento que la pusieron mal. Gracias por la ayuda.saludos.
hola, me pusieron una multa por exceso de velocidad con un radar movil en zona de 50 circulando a 92, con una sancion de 500 euros y 6 puntos del carnet, pagandola antes de 30 dias 250 euros. al dia siguiente voy a pagarla al aytm. y la funcionaria me dice que la multa es de hace dos meses y k tenia que pagarla integra, total que el agente se a equivocado al poner la fecha en la denuncia, puso 31/01/14 en vez de 31/03/14.
he pasado por la comisaria y me han dicho que van a tratar de arreglarlo, pero, que recomendais?, la recurro?, que alego?
muchas gracias de ante mano, un saludo.
Hola, me ha denunciado la policía local por aparcar encima de la acera. en el boletín de denuncias, el agente ha puesto en CLASE: Ranchera. Mi vehículo es una Nissan Navara. Al mirar la documentación, pone clase: camión caja abierta. Y al mirar la Ley de Vehículos, en el Anexo II, NO EXISTE TIPIFICADA la clasificación de RANCHERA. He hecho un pliego de descargo, aludiendo a todo esto y me dicen: has aparcado mal, ve y paga los 200 €. Voy ha hacer otro pliego por FALTA DE FORMA en la DENUNCIA, en función de la Ley de Procedimiento Administrativo, Procedimiento Sancionador. ¿Está bien de esta manera mi recurso? Podeis ayudarme.
Hola, esta mañana he sido multado por un agente de la Guardia Civil, por invadir sentido contrario en linia cantinua, revisando la papeleta me he dado cuenta que en mi datos perasonales no son correctos, La localidad y el codigo postal estan mal, corresponde a un pueblo cercano. Es recurrible?.
En relación a su cuestión comentarle que tendríamos que saber si usted tiene algún tipo de relación con la localidad que consignó el agente en el boletín de denuncia dado que si ese domicilio es uno antiguo y es el que aparece en Tráfico no sería recurrible ya que debe realizar el cambio de domicilio y tenerlo actualizado. Por otro lado, si realmente, el agente se equivocó a la hora de transcribir los datos y usted nada tiene que ver con ese domicilio sí sería recurrible por defecto de forma.
Hola el otro recibi una llamada de una agecia de recurrir multas porque habia publicado la sancion en el boletin pero la multa no me ha llegado al domicilio sera pporque vivo en otra provincia deferente a la de Madrid concretamente en Ávila he llamado al ayuntamiento y me enviaron una carta para pagarla con su foto y es por haber aparcado en una calle de residentes como no somos de Madrid no conocemos y tampoco sabiamos de dicha multa pero buscando por Internet tenemos otra que no nos a llegado y tampoco hemos sido notificados que puedo hacer ya estan publicados en el boletin puedo recurrir yo misma gracias
Estimada María:
Las multas se publican en boletín cuando no se ha podido efectuar una notificación efectiva bien porque el cartero ha acudido a su domicilio en dos ocasiones y estaba ausente y tras dejarle aviso para acudir a correos no lo ha hecho en plazo a recoger dicha carta certificada, o bien el domicilio que tiene en Tráfico no es en el que vive actualmente, etc. Por tanto si ha localizado las multas publicadas, puede recurrirlas si están en plazo sobre el fondo del asunto o sobre defectuosa notificación si esto hubiera sido así. La publicación no es por vivir en Ávila ya que Madrid también dirige el procedimiento a otras comunidades es por no haber podido notificarle en el domicilio que conste en su registro, bien por no estar actualizado o bien por no encontrarse en el mismo.
Hola, el otro dia me llevó la grua el coche porque estaba en linea amarilla y en la multa me pone que estaba encima de la acera obstaculizando el paso a peatones. En la carta pone que han sacado foto. ¿ Es recurrible? Porque encima en donde tenia aparcado el coche no hay ninguna acera y menos obstaculiza a peatones. Gracias
Estimado lector,
Su denuncia es, en efecto, plenamente recurrible, máxime si, como en el caso que nos ocupa, hay por su parte una contradicción evidente con la descripción de hechos que figuran en la denuncia. En este caso las pruebas y en particular la fotografía que dicen tener, son determinantes para confirmar los hechos que se denuncian y si realmente concurrían las circunstancias que en ella se reflejan. A Vd, le asiste el derecho a la presunción de inocencia, en tanto la Administración no logre demostrar mediante las pruebas, que los hechos por lo que denuncia son exactos.
El otro día la Policia Local de Albacete me sancionó alegando que circulaba a mayor velocidad de la permitida (radar movil).
Yo no firmé el boletín, y ahora, revisando el boletín de la denuncia observo que el agente puso «No Firma», pero por error lo puso en la casilla reservada para el denunciante, y por tanto él no firmó el boletín (únicamente figura su número de identificación).
Es motivo este para alegar defecto de forma?
Por otro lado, cuanto tiempo ha de transcurrir hasta que me llegue la notificación a mi domicilio (esto fúe el pasado jueves 4 de abril).
Gracias
Estimado lector, con relación al posible defecto de forma que aduce, en el sentido de que el Agente solo consignó su número de identificación, sin llegar a estampar la firma, le puedo indicar que la LSV establece que en las denuncias figure el nombre y el domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación personal. A nivel reglamentario se añade que los boletines de denuncia serán firmados por el denunciante y denunciado, si bien solo matiza que podría ser prescindible la firma del denunciado. Consecuentemente si falta la firma del denunciante es un defecto plenamente alegable, que puede suponer la nulidad del acto o en su caso su anulación. Por otro lado, le puedo indicar que el boletín que le han extendido, es acto plenamente recurrible en el plazo de 20 días naturales desde la fecha de la supuesta infracción, solo en las denuncias que no se notifican en el acto es obligatorio notificarlas con posterioridad, contando la Administración con un plazo de 6 meses para poder hacerlo (caso que como el presente sea una denuncia por exceso de velocidad)
Un atento saludo
Buenas noches, me han puesto una multa por velocidad con un radar movil, me han enviado la multa con foto, pero la carretera está mal, yo no circulaba por esa carretera, de hecho iba a trabajar, y tengo un justificante de que ese día iba en otra dirección. Si alego adjuntando el justificante, se me anulará?
Gracias!
En primer lugar si existe fotografía y usted tiene certeza que no estaba en dicho lugar tendrá que verificar si el modelo, color, matrícula etc del vehículo corresponde porque, salvo que su vehículo en dicha fecha lo condujera una persona distinta a usted, pudiera tratarse de una duplicidad de placas. Por otro lado puede alegar que al ser un radar móvil bien pudieran haberle notificado en el acto como exige la Ley de seguridad vial y de hacerlo se habría verificado en dicho momento la identidad del conductor. Si en el justificante que desea aportar figura no sólo su nombre sino su matrícula pudiera aportarlo ya que de otro modo su persona no siempre se vincula al vehículo ya que pudo ser otro quien lo condujo, bajo su consentimiento, pese a que usted sea por ejemplo el propietario del mismo.
Me han puesto una multa por q la banda de rodadura de una de la gomas estaba desgastada y en la copia de la multa han puesto mal la fecha pone 14/014/14 podria recurrirla
Estimado lector,
Con relación a su consulta, deduzco que le entregaron el boletín en el acto. Como notificación de denuncia, en efecto, debe cumplir unos requisitos formales, entre ellos la fecha de la infracción. Ahora bien, es cierto que hay defectos o anomalías subsanables, que además la Administración los puede compensar con una prueba como el informe de ratificación. No obstante en su caso puede ser un elemento más a destacar y que pueda poner en entredicho la capacidad de observación del Agente denunciante, es decir, si en un dato elemental como la fecha de infracción, se pueden deducir errores, ¿qué se puede esperar de la apreciación que haya podido hacer sobre el hipotético desgaste de neumáticos?. Por tanto, en su caso, se pueden alegar como principales defectos la falta de precisión en la fecha de la denuncia (el mes 14 no existe) y que conlleva a su vez una falta de credibilidad del hecho que se denuncia, por lo que serían esenciales elementos probatorios, que de no existir, deberían suponer la nulidad de la denuncia.
Un saludo
Me han puesto una multa por estacionar en plaza de minusbalidos. No me encontraba en lugar, al llegar y ver la multa me di cuenta que la hora estaba mal. Eran sobre las 21.00 de la noche y en la multa ponia 13.05. A esa hora estaba trabajando en otra localidad, si justifico que no estaba en el lugar de la multa me la quitaran? Con que puedo justificarlo?
Gracias
Estimada lectora,
Con relación a su consulta, indicar que, puede, en efecto, presentar escrito alegando error en la infracción que se le imputa, ya que en la fecha y hora de la denuncia, tanto Vd, como su vehículo (este último, muy importante), se hallaban en tal localidad o lugar. En este sentido podría presentar un principio de prueba a su favor, que demostrara su afirmación (ejemplo justificante de la empresa en la que trabajara, del parking o garaje donde eventualmente tuviera el vehículo, declaración de algún testigo que confirmara que tanto Vd como el vehículo denunciado se hallaban a las 13.05 en tal lugar….). Es cierto que los agentes gozan de presunción de veracidad pero, considerando, las circunstancias del caso la remisión de elementos probatorios determinantes pueden ser esenciales para destruir la presunción de inocencia que le otorga la Ley.
Un atento saludo
Hola,
hoy (16/04/2014) he recivido acasa una notificacion de denuncia e incoacion de expediente sancionador por estacionar en zona verde sin el distinctivo que lo autoriza. La denuncia ha sido formulada por controlador del S.E.R. En el coche estaba un acompaniante (por eso no se ha puesto el ticket). La fecha de la infraccion ha sido 13/03/2014 es decir un mes atras. El problema es que en el dia de la infraccion el controlador no ha avizado al acompaniante que va ha multar ese vehiculo, no ha dejado el boletin de denuncia el el parabrisas del coche. Se que el Art. 76 de la LSV establece como norma general que: “Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.” Sin embargo también establece las siguientes excepciones: “No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
b)Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
c)Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.”
Mi problema es que ninguna de estas tres excepciones no se han dado en la hora y fecha de la infraccion (podrian decir que no estaba el conductor…el acompaniante mismo podria ser el conductor ..ellos no saben y no lo pueden demostrar). Podria ganar al recurir?
En relación a la cuestión que nos plantea, debemos indicarle que efectivamente el agente denunciante tiene la obligación- impuesta por el art. 76 de la L.S.V.- de notificar en el acto al denunciado la denuncia en forma de boletín. Evidentemente, si el vehículo está estacionado y el conductor está ausente, no es posible dicha entrega del boletín, por lo que deberá comunicarse y notificarse con posterioridad en el domicilio del titular del vehículo. Es cierto que si estaba presente su acompañante dentro del vehículo, el agente podría haberle notificado y entregado copia del boletín, pero en dicho caso el agente presume que no es el conductor, por lo que para mayor seguridad, se le notificó la denuncia al titular en su domicilio. Se entiende que la excepción b) del art. 76 de la L.S.V. sí se ha producido, por lo que el procedimiento de notificación de la denuncia se ha tramitado correctamente. Los agentes desconocen si el acompañante era o no el conductor, pero si muy probablemente se hallaba ubicado en el asiento del copiloto, se presume que no es el conductor ni el titular.
En consecuencia, recurrir la denuncia en base a esta cuestión procedimental de notificación, no ofrece apenas garantías de éxito, ya que como se ha manifestado, el procedimiento de notificación se ha llevado correctamente conforme establece la L.S.V. en el precepto citado. Recuerde no obstante que en caso de querer recurrir la denuncia, perdería la bonificación del 50% del importe inicial en caso de que no prosperen las alegaciones.
Ayer me pusieron una multa por aparcar en el paso de peatones. Pero hoy al revisar la multa he visto que se han equivocado en la direccion de la infraccion.
La calle es Avda jaime II, 70 i ellos han puesto avda jaime I, 74.
Puedo recurrir?.
Debemos señalarle que en base a lo que nos indica en la formulación de su pregunta, se trata de un defecto de forma grave en el que incurre la denuncia.
Consignar erróneamente el lugar de la presunta infracción por parte del agente es un defecto grave que provoca o puede provocar que la denuncia incoada sea nula de pleno derecho por carecer de los elementos indispensables y básicos para poder incoar expediente administrativo sancionador con las mínimas garantías exigibles en aras de la seguridad jurídica del denunciado. El lugar de la infracción junto con la fecha, hora y datos básicos del vehículo (matrícula, marca, modelo, color) son los indispensables para poder formular la denuncia correctamente con las mínima garantías jurídicas. Omitiendo uno de ellos o consignarlo erróneamente provoca en principio y de manera automática la nulidad de pleno derecho del acto sancionador ya que el procedimiento no puede sustentarse. En consecuencia y por lo expuesto, puede recurrir con muchas garantías de que prospere su recurso alegando el defecto de forma antes citado.
Me llego una multa por beber en la calle y no me dieron notificación alguna ni nos dijeron nada.. simplemente nos cogieron los datos a mi y a mis compañeros .A ahora me a llegado la multa diciendo que al no presentar alegación tengo que pagarla
Puedo recurrirla?
El procedimiento seguido es defectuoso. Este tipo de denuncias suponen el levantamiento de un acta en el momento, que a su vez es recurrible en el plazo de 10 días pero que al no notificarle en el acto, le ha impedido hacer alegaciones.
Motivo que se puede argumentar en el recurso de reposición que tiene ahora la posibilidad de interponer.
Buenas tardes,
Me llegó una notificación de denuncia por mal estacionamiento en la que encuentro los siguientes defectos.
– En cuanto a la marca y modelo de vehículo-en la notificación de denuncia indican una descripción que no es correcta completamente (p.e. renault laguna C1.7)C1.7 no sería correcto
Mientras que en el boletín de denuncia indicarían solo renault laguna.
– En cuanto al artículo y norma infringido, en la notificación indican art.91.2 5G CIR (viendo esto yo no sé qué significa cir y que norma estoy infringiendo), y en el boletín art. 91.2 Ley reglamento circulación.
– En cuanto al motivo de la infracción, en la notificación indican estacionar en una zona reservada a carga y descarga durante las horas de utilización, mientras que en el boletín solo indican estacionar en zona reservada a carga y descarga (sin manifestar si fue durante las horas de utilización o no).
¿Podrían informarme sobre si procede realizar alegaciones y, en ese caso, si prosperarían en vía administrativa, o tendría que llegar a recurrir en vía judicial?
Gracias
como complemento a la pregunta anterior,(de Malú)
¿Es obligatorio por parte del agente de la autoridad obtener foto de un mal estacionamiento?.
¿tienen que indicar calle y número? en mi caso solo indicaron la calle.
gracia.
En su caso, es claro que debe recurrir ya que la LSV expresamente dice que en las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso, la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción y una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, por tanto, en la denuncia le deben indicar tanto la calle como el número y precisar claramente las características del vehículo infractor.
Por otro lado, indicarle que está bien tipificado el hecho denunciado dado que en el boletín de denuncia se establece expresamente el artículo y la norma. En cuanto a su argumento de que en el boletín de denuncia sólo indican estacionar en zona de carga y descarga sin manifestar si fue durante las horas de utilización o no indicarle que habría que ver la hora de la denuncia ya que sería otro motivos más de impugnación si la sanción se la hubiesen puesto fuera del horario de carga y descarga.
En cuanto a la necesidad o no de la fotografía en este tipo de sanciones, indicarle que muchos Juzgados establecen que existen infracciones en las cuales no es posible obtener otro medio probatorio diferente a la denuncia y en esos casos debe bastar como prueba la declaración testifical o ratificación del agente, pero hay infracciones, como las relativas a estacionamientos prohibidos, en que son perfectamente fáciles otras pruebas, tales como una fotografía. Por tanto, es un motivo más de impugnación.
Finalmente, nos comenta si tendría que acudir o no la vía judicial, en cuento a esta cuestión, habría que ver cómo se desarrolla el expediente administrativo, a priori no se puede dar una respuesta ya que dependerá de si la Administración remite pruebas, si se produce la prescripción, la caducidad, etc.
Saludos
buenas noches, resulta que que hoy me han denunciado por aparcar 3 minutos en una zona cercana a la farmacia y en la que no entorpecia el trafico en absoluto. fue una actuación de suma urgencia y creo que es una denuncia de muy mala fe. De todas formas la copia del boletin de denuncia que me dejaron en el cristal es totalmente ilegible y no se aprecia nada de lo que se quiso poner alli ( hecho denunciado, ni lugar de la denuncia, ni identificación del denunciante, etc., nada absolutamente ) ¿podria recurrir la denuncia por producir indefensión en cuanto al desconocimiento de todos estos datos? Gracias por vuestra ayuda.
Buenos días José Francisco,
En relación a su sanción, tendrá que esperar para recurrir que le llegue al titular del vehículo y éste identifique al conductor (quizá sea usted ambos conceptos) y en ese momento estimo los datos sí serán legibles, de no serlo pudiera alegarlo argumentando efectivamente la indefesión producida al no tener conocimiento de lo que se le acusa, principio constitucional. Por otro lado pudiera indicar que fue una gestión inferior a dos minutos, siendo de esta ,manera parada y no estacionamiento, salvo que por ejemplo carril bus (que se prohibe tanto la parada y el estacionamiento) y de carácter urgente. Asimismo solicite como prueba el informe de ratificación del agente denunciante que de no producirse o ser deficiente le anularán la sanción por falta de prueba.
Un saludo
buenos dias, me han multado por circular con vehiculo cuyos neumaticos no presentan dibujo en banda de rodadura, en la denuncia han puesto mal las dimensiones del neumatico, segun denuncia 215/70R15 cuando en realidad llevo unos 205/70R15, ¿existe defecto de forma en la multa? Gracias
Estimado lector,
En las denuncias por neumáticos generalmente será la Jefatura la que incoe expediente al titular del vehículo. Cuando esto suceda, podrá presentar alegaciones, solicitando una serie de pruebas entre ellas el informe de ratificación del agente, el resultado de las mediciones efectuadas y las características y modelo de neumáticos. En efecto si existe un error en el modelo que consigna el denunciante, puede ser motivo para poner en entredicho la capacidad observadora del mismo y también su dictamen, pues del mismo modo que cometió error en ese dato, perfectamente pudo no apreciar correctamente el grado de desgaste de los neumáticos.
Un saludo
Me han puesto una multa por exceso de velocidad. Al parecer había un radar y me paro la Guardia Civil. Me dejaron el boletín de denuncia y cuando lo iba a pagar me fijo que la matrícula es errónea HKJ en lugar de HJK y que el Marca y Modelo de coche es diferente al mío (yo conduzco un Skoda Octavia y aparece un AUDI Q3). ¿Es susceptible de recurso? ¿Merecerería la pena recurrir o es mejor pagar con el descuento del 50%?
Gracias
Estimado Antonio,
En relación a su consulta, debemos señalarle que por la información facilitada en su consulta, existe claramente un defecto de forma en el mismo de elevada y especial relevancia, ya que no sólo se ha errado en la consignación de datos como la marca y el modelo del vehículo, sino que se ha producido un error esencial y fundamental para la identificación del vehículo infractor, como es la matrícula. El defecto de forma producido en el boletín de denuncia, al poseer datos e información muy relevante para la identificación del vehículo, es un motivo más que suficiente como para proceder al recurso pertinente en aras de que el organismo sancionador proceda al archivo del expediente sancionador incoado por exceso de velocidad. Los datos para la identificación del vehículo han de ser correctos, y muy especialmente la matrícula, la cual no corresponde con el vehículo que usted conducía en aquel momento. Por todo ello, desde Pyramid Consulting le aconsejamos que recurra el boletín por existir un defecto de forma grave y difícilmente subsanable, ya que afecta a datos básicos y fundamentales, no menores. Existe no obstante, un riesgo de que no prospere el recurso, por lo que perdería la bonificación del 50 %, pero dado el defecto citado, consideramos que el recurso tiene muchos visos de prosperar con éxito.
Saludos
Mui buenas.el otro dia me denunciaron por no llevar el cinturon de segurridad puesto atras.en la denuncia me pusieron el d.n.i mal pero el nombre i la direcion estan bien.se podria recurrir la denuncia.gracias
Buenos días Juan Matias,
En respuesta a su consulta manifestarle que toda denuncia es recurrible, otra cuestión diferente es si es aconsejable o no recurrir dadas las garantías de éxito en base a la notificación entregada y toda la información contenida en ella. Si en el boletín de denuncia entregado contiene un defecto de forma de cierta envergadura, la impugnación del mismo en vía administrativa tiene elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente quedaría archivado. Otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación. No obstante, y dado que el defecto de forma que padece el boletín es ciertamente considerable por afectar al número de DNI, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son notables si decide impugnar. Debe recordarse por supuesto, que dicho defecto podría ser subsanado por el organismo por considerar que es un error de mínima envergadura, y no proceder en consecuencia al archivo y anulación del mismo. La calificación de la «gravedad» del defecto de forma corresponde lógicamente a la administración, la cual habrá de considerar si este defecto invalida o no la incoación del expediente, siguiendo pues su tramitación ordinaria o archivándolo y dejándolo sin efectos sancionadores.
Saludos
El otro día me notificaron un multa de circulación en la que no se incluía la velocidad máxima permitida en la via ponia algo como «Circulaba a 63 km por hora en una vía limitada a __ km/h» Sin rellenar ese dato ¿Eso es un defecto de forma? ¿Debería recurrir?
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos platea, comentarle, que desde nuestro Dpto. Jurídico, recomendamos, sin lugar a dudas, recurrir la notificación recibida, la cual, es contraria a lo dispuesto en el artículo 74 Ley de Tráfico y Seguridad Vial, al no contener los datos necesarios sobre el hecho denunciado. En las multas por exceder los límites de velocidad, es esencial conocer la velocidad que rige en el lugar la denuncia así como la velocidad a la que se circula, dado que en caso contrario, no es posible precisar si existe o no infracción administrativa.
Un saludo.
Me han puesto una multa por sobrepasar la tasa de alcohol, soy conductor novel la multa es de 500 euros y 6 puntos, pero resulta que el hecho denunciado que es el 5G dice: circula con una tasa de alcohol en aire superior a 0.15 mg/l, mis dos lecturas dieron 0.26 mg/l por lo que no doble la tasa de alcohol. Entoces la multa son 500 y 4 puntos…. puedo recurrir la multa por el error en los puntos.
Buenos días Ana,
Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico en este caso. Por tanto, si realmente en la notificación entregada existe un error en el cómputo de los puntos a detraer en función de si dobló o no la tasa de alcohol aspirado, debe recurrir alegando un defecto de forma grave, ya que no se está indicando correctamente los puntos exactos a detraer, siendo cuatro pero indicados seis puntos erróneamente en la notificación de denuncia. Desde Pyramid Consulting le animamos a que impugne envía administrativa la denuncia por superar la tasa de alcohol en aire, basándose en el defecto de forma grave producido en el cómputo de los puntos y erróneamente expresado en la notificación entregada. Le recomendamos que adjunte copia de la denuncia en el recurso para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, manifestándole que la detracción será de sólo cuatro puntos, y no de los seis iniciales.
Saludos
Buenos dias.
Mi caso es el siguiente:
Me multaron por beber alcohol en la vía pública, a mi y a unos cuantos amigos. El caso es que en la denuncia pone: HECHOS…»CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS…WHISKY CON COCA-COLA».
En ningún momento consumimos whisky, ni siquiera había una botella de whisky en el lugar. De hecho, ningún policia recogió pruebas físicas, por lo que no pueden demostrar lo redactado en la multa por dos razones: no ser cierto, y no tener prueba física alguna.
¿Cómo debería proceder ante esto?
Muchas gracias
Estimado David,
En relación al supuesto de hecho que nos plantea, comentarle, que desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le recomendamos, dentro del plazo concedido al efecto, proceder al recurso de la denuncia que le ha sido notificada. Dado que como bien apunta, no existe prueba alguna tomada por el agente denunciante sobre el contenido de la bebida que se estaba tomando ni sobre el grado de alcohol de las mismas, debe prevaler el derecho a la presunción de inocencia reconocido constitucionalmente. En este sentido, se han venido pronunciando distintos jueces y tribunales, lo que conlleva al necesario archivo de las actuaciones.
Un saludo.
Buenas tardes,
Me llamo Cinta y esta mañana me han multado en la zona azul de Huelva capital,no había puesto el ticket y la multa es de 7 euros.Mi sorpresa es que el controlador a puesto la matrícula mal, se ha equivocado en un número y también en una letra.Me llegará la multa a mi dirección???? ó a ellos al meter la matrícula en el ordenador le saldrá otra persona y otra dirección,puesto que es totalmente otra matrícula.
Apreciada Cinta,
En respuesta a su consulta, debemos manifestarle que si el controlador de zona de estacionamiento limitado ha errado en la consignación de los datos básicos del vehículo en el boletín de denuncia, -como es el número de la matrícula-, lo más probable es que la denuncia difícilmente se le notifique a usted en su domicilio, ya que al haber consignado otra matrícula, corresponderá a otro propietario, y será éste quien tenga que recurrir la denuncia. Si finalmente la denuncia se le notifica en su domicilio, significa que se ha corregido el error durante la tramitación de la denuncia -antes de la notificación- al interesado. Con toda probabilidad la denuncia no le llegará a usted, ya que en la base de datos informatizada constará otra persona en relación a la matrícula, pero si la persona destinataria final recurre y alega defectos de forma, -procediéndose a la subsanación de los mismos-, podría trasladarse de nuevo el expediente sancionador a usted, ya que podrían identificar correctamente cuál era el verdadero y correcto vehículo infractor.
Saludos
hola me an denunciado por alcoholemia en el papel donde dice que he estado imputada por los echos isguientes alegan esto: conducir un vehiculo a motor sobre los efectos de bebidas alcoholicas.
aqui no me dice ni tasa de alcohol ni nada mas y por cierto esto me paso el jueves noche es decir la noche del 1/05/2014 5:00 am y en la denuncia pone 02/05/2014 misma hora puedo alegar algo ante la fecha y la NO NOTIFICACION de las dos pruevas de alcoholemia ?
Estimada Noe,
Las denuncias de alcoholemia, al igual que todas aquellas que se basan en algún tipo de medición, deben ir acompañadas del consiguiente soporte probatorio, y de no ser así, el hecho denunciado como mínimo debe plasmar el hecho objetivo en que se basa la denuncia, especialmente si se ha sometido al conductor al test pertinente.
Por ello cabe defender el expediente manifestando la existencia de defectos formales, y naturalmente, si no le han acompañado copia de los tickets, estos deberán serle trasladados previa petición por su parte en la fase de alegaciones.
Un saludo.
Buenas:
Ayer me han multado por exceso de velocidad. Cuando la leo en casa, observo que en denunciado, ponen a otra persona, nombre, apellidos, DNI, direccion y localidad.
Entiendo que han tecleado mal el DNI en la maquina y les ha salido otra persona que aparece como infractor. Que me puede pasar?
gracias
Buenos días Antonio,
En su caso, lo mejor es no hacer nada, puesto que le han dado un boletín de denuncia a nombre de otra persona, por tanto, no se puede acreditar que le hayan notificado correctamente su sanción. Además, no tiene sentido que bajo ese nº de expediente usted presentase alegaciones porque no es la persona denunciada y directamente no se tendrían en cuenta.
Saludos
Es posible recurrir una multa de estacionamiento, cuando no coincide el hecho denunciado en el boletín de denuncia y en la notificación de denuncia?
Estimada Julia,
Con relación a su consulta indicarle que, en efecto, el hecho denunciado es uno de los datos claves en cualquier imputación de responsabilidad derivada de denuncias de tráfico; por tanto, en su caso, si no existe coherencia entre el hecho que se recoge en el boletín y aquél por el cual posteriormente le notifican la incoación de expediente, puede ser motivo claro de recurso.
Un saludo
El día 3-5-2013 aparque en una zona que no tiene continuidad porque hay un muro que protege una vías ferroviarias y corta la avenida perpendicularmente. En una situación normal esta avenida seria de dos carriles por dirección pero que esta inacabada y de hecho donde yo aparque no estaba ni señalizados los carriles ni pintada la prohibición ni señal ninguna.
Bueno se me llevo el coche la grúa a mi y a todos los que habíamos aparcado y encima la correspondiente multa. Pasaban dos patrullas de policía local y las paramos para preguntarle cual era el motivo por el cual nos habían multado y se habían llevado el coche, los agentes muy amables (uno de ellos un cabo) no supieron decirnos el motivo, ya que no habían sido ellos (ellos eran de la comisaría de barrio)pues consideran que los coches no están mal aparcados ya que la avenida no esta acabada, (palabras de ellos) nos dijeron que presentáramos recurso. Así lo he hecho a través del seguro del coche, una primera vez y me vino desestimado y una segunda vez aportando fotografías y también me ha venido denegado, es totalmente injusta y me gustaría saber si os puedo hacer llegar las fotografías de alguna manera para que realmente veáis de donde me quitaron el coche. Lo que me queda es poner un recurso de lo contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Valencia. También indicarles que la tipografía utilizada en la notificación no tiene uno coma ocho puntos como establece la ley de contratos. Al ser posible me gustaría que me contestasen lo antes posible pues el ultimo día por el cual puedo reclamar es el lunes doce de mayo. Un saludo y muchas gracias de antemano
Estimada Beatriz,
En relación a su consulta, debemos señalarle que en función de la información que nos ha facilitado, si en la vía administrativa han sido desestimados todos los recursos interpuestos, sólo cabe- como usted muy bien nos indica-, el denominado recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado, es decir, acudir a la vía judicial como última posibilidad para que le estimen sus pretensiones. Es evidente que para acudir a esta vía debe estarse muy seguro de lo que se demanda, y con pruebas muy sólidas para sustentar dicha acción procesal. Casi con total seguridad, si en dicho lugar no existían señales verticales ni horizontales de prohibición de estacionamiento, es que se tenía el derecho a estacionar, y más si algún agente carecía de motivos para fundamentar el motivo de la denuncia y posterior retirada de su vehículo. No obstante, y siendo muy especialmente prácticos en la cuestión económica, debe valorar si procede o no acudir a la vía judicial, ya que por el importe de la denuncia, deberá pagar tasas judiciales para presentar la demanda, junto con honorarios de abogado y procurador, por lo que muy posiblemente, dicho cantidad de gastos supere el propio importe de la denuncia. Desgraciadamente, acudir a la vía judicial tiene unos costes, los cuales sólo son factibles si el importe de la denuncia es ciertamente elevado y compensa acudir al contencioso exclusivamente por costes económicos. Otra cuestión es que el tema económico no le importe ni sea una prioridad, y lo único que usted pretenda es litigar con la Administración Pública por haber dictado ésta un acto sancionador absolutamente injusto y no conforme a Derecho. Desde Pyramid Consulting aconsejamos que si el importe de la denuncia es relativamente bajo, no acuda a la vía judicial, ya que el coste puede ser incluso superior al de la multa o muy similar. Otra cuestión es si la denuncia supone pérdida de puntos del Permiso de Conducción etc… Esa valoración es personal y debe meditarlo basándose sobre todo en criterios económicos.
Saludos
Hola, me han multado por aparcar en un lugar prohibido. Al ver la multa cuando he ido a recoger el coche he advertido que el modelo estaba mal (Ponía Opel Astra cuando tengo Corsa) y también estaba mal la fecha (10 cuando era 11?. Se puede recurrir? que porcentaje de éxito tengo? Gracias
Buenos días Miguel,
Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico, en este caso. Por tanto, si realmente en la notificación entregada existe un error de los datos esenciales del vehículo como la fecha y matrícula muy especialmente, marca y modelo del vehículo, lugar de la infracción etc…, debe recurrir alegando un defecto de forma grave, ya que no se está indicando correctamente la información esencial del vehículo en la que debe basarse la incoación del expediente sancionador de tráfico. Desde Pyramid le animamos a que impugne en vía administrativa la denuncia por defecto de forma, presentando recurso contra dicha denuncia, basándose en la errónea información facilitada y plasmada en el boletín. Le recomendamos que adjunte una copia clara y visible del boletín de denuncia en el recurso como prueba documental, con el objetivo de que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar que efectivamente se ha producido un error de información, un defecto formal en la notificación, el cual debería ser subsanado mediante una resolución estimatoria a su favor, procediendo así al archivo. Las garantías de prosperar son en principio ciertamente elevadas, aunque cabe decir que no totales, por lo que en caso de desestimación perdería la bonificación del 50% del importe inicial, pero en principio y tratándose de un error como la fecha y marca del vehículo, es evidente que se ha identificado incorrectamente al vehículo y en consecuencia, el éxito y viabilidad del recurso debería ser casi absoluto.
Saludos
Buenas tardes, el pasdo viernes me multo la guardia urbana por estacionar en un carril de circulacion. Me dejaron una copia de la denuncia en el parabrisas del coche, al leer la denuncia resulta que se han equivocado del modelo del vehiculo, no es ni la marca ni el modelo de mi coche, la matricula si. Puedo hacer un pliego des descargo por esto? Es caso afirmativo que alego? Error de modelo del vehiculo? Muchas gracias!
Estimado lector,
Con relación a su consulta indicarle que el dato más determinante es la matrícula, sin embargo,la falta de coincidencia del resto de datos puede tener mucha importancia para cuando le notifiquen la denuncia de modo formal, efectuar la defensa al efecto, pues le va a servir para apoyar una línea de defensa que consistiría en negar hechos, en negar haber dejado su vehículo en el lugar de la infracción. De este modo si la Administración no dispone de pruebas determinantes (una fotografía, por ejemplo), podría tener posibilidades ciertas de conseguir la nulidad del expediente.
Saludos
Hola me han multado en un puente con 3 carriles ,el del centro reversible,yo por despiste no veo q el carril se encuentra cerrado el de la derecha y cuando me percato me voy al centro,un guardia civil q estaba en el centro del puente me para a esa altura y me multa por circular por un carril cerrado,al entregarme la multa me percato q pone direccion descendente pero solo fueron los primero 10 metros del carril que es ascenedente,se puede recurrir,
Estimado Ivan,
Con relación a su consulta indicarle, que como toda denuncia notificada en el acto, es plenamente recurrible, intentado ofrecer una versión de hechos de contraste con la que figura en el la denuncia, para obligar a la Administración a tener que remitir pruebas que destruyan la presunción de inocencia que le reconoce la Constitución, de este modo si la Administración no consiguiera remitir pruebas suficientes las posibilidades de que tendría de conseguir un resultado favorable serían bastante elevadas.
Un atento saludo
ME MULTARON LOS FEDERALES POR IR EN SENTIDO CONTRARIO «SEGUN ELLOS», EN UNA VIA DONDE LA MAYORIA VA REBASANDO LOS CAMIONES CAÑEROS, PERO PUSIERON MAL MIS PLACAS QUE SON: MES 3031. PERO AL BAJAR LA INFRACCION DE INTERNET APARECE COMO:ME5 3031. LO DEBO PAGAR O NO? GRACIAS
Estimado Israel,
En relación a la cuestión que nos plantea indicarle que si en la denuncia recibida existe un error en la identificación de la placa de matrícula u otras defectos de importancia, existe en consecuencia un defecto de forma grave en la notificación, ya que hay un error en la identificación del vehículo, dato e información esencial a la hora de iniciar cualquier procedimiento sancionador en materia de tráfico. Por tanto, tiene la posibilidad de recurrir la denuncia alegando un defecto de forma grave en la notificación, ya que la identificación del vehículo es teóricamente absolutamente errónea. Lógicamente debería prosperar el pliego de descargos contra la denuncia, aunque la seguridad absoluta no existe, no obstante, las garantías son muy elevadas de que prospere dado el error en la notificación de sanción. Recordarle que el proceder al recurso implica la pérdida de la bonificación para el pago, por lo que en caso de desestimación de las alegaciones, deberá pagar el importe íntegro de la denuncia, ya que la bonificación se pierde automáticamente al proceder al recurso contra la denuncia. Si los defectos de forma son de cierta entidad (como el número de matrícula, fecha o lugar de la infracción) etc… las probabilidades de éxito del recurso en vía administrativa son muy elevadas, no en cambio si los defectos son de escasa importancia como el modelo o color del vehículo, ya que dichos errores de identificación difícilmente posibilitan la anulación del expediente ya que los defectos son subsanados a lo largo del procedimiento sin necesidad de archivar el expediente sancionador.
Saludos
Buenas tardes,
Me han sancionado por estacionar en una zona de carga y descarga con un vehículo de uso personal,yo no estaba presente en el momento de la multa y al revisar el papel de la sanción que han dejado en el parabrisas , he comprobado que la marca del vehículo era incorrecta . El resto de datos, matrícula, color y modelo si son correctos .
Se puede considerar un defecto de forma ? Y por tanto podría ser anulada la sanción .
Existe algún formulario standard para recurrir esta sanción, en caso que sea recurrible?
Estimado usuario,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle que el error en la marca del vehículo no es un vicio invalidante del expediente, ahora bien, desde nuestro Departamento Jurídico le recomendamos proceder al recurso de la misma, instando al agente denunciante a que ratifique su denuncia. En cuanto al formulario estándar, comentarle, que por nuestra parte no contamos con él, dado que nuestros escritos y recursos son personalizados y se ajustan, siempre y en todo caso, al supuesto de hecho concreto.
Un saludo.
hola: me an multado por estar estacionado 15 min sobre la acera y en la multa se an equivocado en el color del coche, podria recurrir?
Gracias.
Estimado David,
En relación con la cuestión que argumenta, sobre el error en el color del vehículo, aunque no es un vicio invalidante de la denuncia que le ha sido formulada, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le recomendamos proceder a su recurso, dado que es un detalle muy importante si la discrepancia entre el color indicado y el color real de vehículo es palpable y latente, en el sentido de defender la denuncia por el posible error del agente denunciante a la hora de anotar los dígitos de la matrícula del vehículo infractor.
Un saludo.
Me han multado por «NO RESPECTAR UNA LINEA LONGITUDINAL CONTINUA» en la via A-2 km 586. No se me ha notificado en el acto por «INEXISTENCIA DEL LUGAR ADECUADO PARA PARAR EL INFRACTOR CON RISEGO PARA LA SEGURIDAD DEL MISMO Y DE LOS OTROS CONDUCTORES».
No hay fotografia.
Pero…he ido al lugar mencionado y en la autovia A-2 al km 586 no hay ninguna linea continua. Es una autovia con 3 carriles.
Puedo recurrir por defecto de forma?
Gracias
Estimado Roberto,
En efecto, cualquier denuncia es recurrible, máxime si como dice, en su caso, no se delimita que tipo de línea continua sobrepasó Vd y si además puede aportar incluso pruebas que desvirtúen completamente los hechos que se denuncian, con mayor motivo. Si además por parte de la Administración no logra remitir ninguna prueba que corrobore la denuncia, ni tampoco el informe de ratificación, las posibilidades de que su expediente sea anulado son elevadas.
Un saludo
Hola, me han multado por no tener la ITV pasada, pero al redactar la sanción el agente, en el concepto de la fecha ha puesto que ha sido hace 9 años. La multa está a mi nombre, pero yo para aquellas fechas aún no tenia ni permiso de conducir aunque era mayor de edad. ¿Puedo recurrirla?
Gracias
Estimado John,
Con relación a su consulta indicarle que, en efecto, la fecha de la infracción es un elemento clave en la denuncia de tráfico y consecuentemente puede presentar alegaciones al respecto. No obstante, es posible que la Administración pueda anular y reiniciar el expediente, si mediante el informe de ratificación o lo que conste en el boletín de denuncia, puede subsanar el error y en particular si coteja la información y verifica que, en efecto, el vehículo debió pasar en su caso la ITV y no lo hizo.
Saludos
Me llegó una multa en la que ponia q la fecha de la infracción era del 05/01/2014 en un paso d viandantes. Imposible pues era domingo y la calle es la de la guarderia de mi hijo los fines de semana no hay clases. Al solicitar el expediente pone que fué el 07/02/2014 y el modelo también esta mal, ¿recurro??
Buenos días Cris,
En efecto, defectos como los que indica son plenamente alegables en su defensa y considerando dichos defectos, será esencial para la Administración remitir pruebas contundentes en su contra (fotografía que evidencie la infracción), porque de lo contrario, la presunción de inocencia que lo otorga la Constitución se mantendría intacta.
Un atento saludo
Buenas tardes, el otro día en un control me multaron y ahora mirando la multa en casa veo que tiene dos errores: el primero es que falta una «s» en mi nombre (han puesto Jos Alberto en lugar de Jose Alberto) y el segundo es que han confundido el primer número de mi DNI…¿es recurrible?¿hay opciones de que se anule por alguno de estos hechos?
Muchas gracias!!!
Estimado Alberto,
En relación con la cuestión o cuestiones que usted plantea, comentarle que los defectos que usted ha apreciado, no son invalidantes de la infracción, ni tan siquiera de la notificación, dado que podemos catalogarlos de defectos menores. Ahora bien, para determinar las opciones reales de defensa y las posibilidades de anulación de la multa en cuestión, sería necesario analizar de forma pormenorizada el resto de datos y cuestiones relativas al fondo del asunto y a la forma de la notificación que le ha sido practicada.
Un saludo.
Hola,
me ha llegado una multa donde dice que es por no hacer caso de una señal vertical de prohibido girar a la derecha. Pero se han equivocado, porque la señal precisamente es de obligación de girar a la derecha. Si acaso lo que hice mal fue seguir recto cuando obligaban a girar. ¿Puedo recurrir?
Gracias por adelantado
Daniel
Buenos días Daniel,
En relación con la cuestión que usted nos plantea, decirle, que por supuesto que se trata de un supuesto recurrible, siempre y cuando esté en plazo, y desde nuestro Dpto. Jurídico le animamos a ello, dado que no es posible que le sancionen por llevar a cabo una conducta no prohibida. La señalización existente en la vía es la que determina que conductas pueden o no pueden llevarse a cabo, y en base a lo que usted expone, la denuncia puede ser anulada.
Un saludo.
hola me han puesto una denuncia los municipales me ha llegado el correspondiente boletin de la denuncia pero pone que estaba estacionado en tres calles diferentes no me dieron boletin si no que me llego por correo hice un escrito al ayuntamiento previemante despues de haber hablado con el agente sancionador dias posteriores por lo cual hice un escrito por defecto de forma al ayuntamiento ¿’ me vuelve a remitir el ayuntamiento otro boletin sancionador el mismo agente a la misma hora y dice esta vez que fue por hacer un giro a la izquierda habiendo una señal obligatoria a la derecha son 200 euros por favor tengo la obligacion de pagar dicha multa ¿?¿? lo que dice el agente no es lo mismo que dice el ayuntamiento despues de hacer un recurzo por defecto de forma me vuelven a remitir la denuncia coincidiendo con la del agente
Estimado Antonio:
Al ser una multa por estacionamiento no le han dado boletín en el acto al estar ausente y esto es correcto por ello le ha llegado por correo certificado. No obstante dice que le han sancionado por estacionar en tres calles diferentes, no es lógico pero estimo que el lugar de la denuncia le han indicado una y no 3 calles, de no ser así aléguelo.
En relación al segundo boletín si tiene otro número de expediente distinto dado que parece ser otra infracción tendrá que realizar las alegaciones en el plazo de 20 días, salvo que conste el mismo número de expediente y hayan subsanado el hecho denunciado, que de ser así habría que valorar si existe informe de ratificación del agente válido y en todo caso debieran retrotraer al momento de la denuncia.
Un saludo
le estare muy agradecido quien me asesore de este problema me podria llamar al telefono a cobro revertido por favor ¿?
Hola, me han puesto una multa por aparcar mal, en una calle con señales en los extremos pero que carecia de las flechas dentro de la señal. Por otra parte, en la multa no aparece ni el importe, ni el articulo y ademas en la casilla de firma de denunciado hay algo escrito, algo así como D. y algo mas escrito. Porque hay algo así escrito en la firma de denunciado si no estaba presente? Gracias por la ayuda
Estimado Miguel,
En atención a la cuestión que formula, para un correcto asesoramiento, deberíamos proceder a analizar los aspectos formales y materiales de la multa que le ha sido notificada. Ahora bien, presumiblemente y según usted indica, parece que la citada multa adolece de vicios de nulidad o anulabilidad en relación a los cuales habría que formular las correspondientes alegaciones, dado que el contenido de los actos administrativos se encuentra reglado en la legislación vigente.
Un saludo.
Hola buenos días,he recibido una notificación de multa y resulta que el dia y hora señalada por el guardia mi coche estaba dentro del parking y las dos unicas personas que lo conducen estabamos trabajando, aqui el error es la matricula la tomo mal el agente y no hay foto ahora me piden que justifique que mi coche se encontraba en el parking. Se puede recurrir? espero puedan ayudarme. Les pongo como se me notifico los hechos
NO CIRCULAR POR LA VIA LO MAS CERCA POSIBLE DEL BORDE DERECHO DE LA CALZADA DEJANDO COMPLETAMENTE LIBRE LA MITAD DE LA CALZADA QUE CORRESPONDA A LOS QUE PUEDAN CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO. SIN NOTIFICAR. LA MISMA EXIGIRIA INMEDIATO CAMBIO SENTIDO EN
Buenos días,
Hoy me han multado en valencia por saltarme un semáforo en rojo yendo en bici.
El policia no ha rellenado la casilla donde va la legislación infringida.
Que probabilidad de éxito tiene el recurrirla?
Gracias
Buenos días Ivan,
En respuesta a su consulta manifestarle que si el boletín de denuncia entregado por el agente contiene un defecto de forma de elevada envergadura (como es en concreto la ausencia del precepto infringido del RGC) la impugnación del mismo en vía administrativa tiene o “debería tener” elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente sancionador plasmado en el boletín de denuncia quedaría archivado por ser nulo y carecer de los elementos básicos y fundamentales que debe contener todo boletín de denuncia para que se incoe un expediente sancionador con todas las garantías. Ahora bien, otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo sancionador de la localidad subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación. No obstante, y dado el grave defecto de forma que padece el boletín, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son más que notables si usted decide impugnar. Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador (en materia de tráfico en este caso).
Desde Pyramid le animamos a que impugne envía administrativa la denuncia, basándose en el defecto de forma citado. Le recomendamos que adjunte copia clara y visible del boletín en el recurso, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error, una ausencia de la información básica que debe contener todo boletín, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, archivando dicho expediente.
Saludos
Hola, ha comprado mi madre un coche a un particular, (la transferencia en trafico aun no se ha realizado, me han puesto una multa hoy por hablar por telefono, le he dicho el numero del dni al policia, y al darme la multa he visto que se ha equivocado en una letra de la matricula del vehiculo, asi como en el modelo y marca del coche, ¿si la recurro me la quitaran por defecto de forma?. Gracias
Estimado Fernando,
En relación a la consulta que nos ha planteado, debemos informarle que si en el boletín de denuncia entregado contiene diversos errores de gran importancia como los que nos cita (número de matrícula erróneo, marca y modelo del vehículo) , es evidente que se ha producido lo que se denomina como “defecto de forma” en la notificación, sea mediante boletín entregado en mano o mediante notificación recibida por carta certificada en el domicilio, pero en cualquier caso son notificaciones (defectuosas en su contenido y forma) emanadas de una Administración Pública. En principio y en teoría recurrir el boletín de denuncia por defecto de forma grave (como ocurre en su caso), debería tener como consecuencia el archivo del expediente sancionador, ya que la notificación adolece de defectos de forma graves que provocan la nulidad del acto administrativo. Ahora bien, podría suceder que el Organismo denunciante pueda subsanar la deficiencia formal y se le notifique la denuncia corregida en una posterior notificación, todo dependerá del instructor que instruya el expediente y de la interpretación y gravedad que le conceda a dicho defecto de forma.
Por tanto, desde Pyramid Consulting, le animamos a que recurra e impugne la denuncia alegando dicho defecto ante el organismo denunciante. Le recomendamos que adjunte una copia clara y visible del boletín en el propio recurso, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se han producido una serie de errores relevantes, una ausencia de la información básica y cierta que debe contener todo boletín, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, archivando por tanto dicho expediente y anulando en definitiva la multa impuesta.
Saludos
Ayer me denunciaron por impedir que otro vehiculo pudiese salir de donde estaba aparcado, ya que el mío estaba aparcado en batería justo detrás siguiendo el orden de los demás vehículos, ya que se trata de una campa de tierra sin señalamiento de plazas ni vertical ni horizontal. El problema era que justo delante de ese vehiculo había una pequeña valla, que desde mi posición de conducción era imposible de ver, ya que era muy baja.
El agente que me denuncio, la ha tipificado como grave.
También he de decir que cuando llegue al lugar estaba la grúa para llevarse el vehiculo y que el otro coche pudiese salir, tuve que pagar en el acto ese servicio de grúa. ¿Es legal que me puedan denunciar cuando no hay ningún tipo de regulación para aparcar en orden en ese lugar? ¿Puedo hacer algo al respecto?
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle, que desde nuestro Dpto. Jurídico le animamos a recurrir la denuncia que le ha sido impuesta, y que en caso de anulación deberá suponer la devolución de la tasa de la grúa municipal por usted abonada, dado que en materia de multas existe una máxima consagrada, como es: lo que no está prohibido está permitido. Para una correcta valoración del expediente, le aconsejamos ponerse en manos de profesionales que hagan un estudio minucioso del hecho denuncia indicado en la denuncia que le fue extendida, dado que si no existe señalización que prohíba la maniobra por usted efectuada, la denuncia debería ser anulada.
Un saludo.
Hola buenas me pusieron una multa por colarme en el metro de valencia, para empezar mi segundo apellido una de las letras esta cambiada una N por un W, a continuación el DNI el numero esta bien puesto pero la LETRA no es la que me figura en el DNI, no me aparece tampoco el código postal, y la multa al ser en valencia tiene dos partes a rellenar una en castellano y otra en valenciano, solo rellenaron la parte en valenciano que dice el trayecto en el que no portaba billete y no se valenciano. ¿ Habría algún método para no pagarla ?
Hola, me han puesto una multa por doblar la tasa máxima permitida de alcoholemia, por lo cual con la nueva ley, son 1000 euros 500 si pago en 20 días, mas 80 que he tenido que pagar por el deposito del coche, pero se han equivocado en la fecha del acto. La infracciones fue realizada el 7 a las 6:20, pero ellos han puesto en la denuncia el 6 a las 6:20. En caso de que cuando llegue la notificación a mi casa, persista el error tengo posibilidades de conseguir la nulidad de la multa. En el informe entregado al deposito de coche también se encontraba mal puesta la fecha.
Saludos y gracias de antemano.
Hola buenas noches:
Tengo un multa por estacionamiento en carga y descarga. La copia de la denuncia es correcta, pero la notificacion que me ha llegado tanto la marca como el modelo del coche no son correctos. Se podria recurrir o no tiene sentido si la copia de la denuncia es correcta.
Muchas gracias.
Hola,buenas tardes le pusieron una multa a mi mujer en un control por camara de video en casco urbano con una sancion por no obedecer una señal prohibida el caso es que la sancion me llega a mi por estar el vehiculo a mi nombre,la pregunta es si ese tipo de sancion tambien suele estar afectada por retirada de puntos ya que en mi trabajo el vehiculo es necesario a diario y en la notificacion no hace ninguna mencion al respecto
Saludos y muchas gracias
He recibido una multa de mi ayuntamiento.
Hecho denunciado: Estacionar en carril reservado para la circulación. (doble fila)
Indica “Motivo de no notificación en el acto: Mediante captación o reprod. de imágenes” (osea un coche con cámara en la parte superior)
En el día y hora indicado efectivamente sufrí un problema en la eléctrónica de mi coche que me obligó a detenerme.
Puse las luces de emergencia. Apagé el motor y me baje a fumar mientras esperaba que se enfriara. A los tres minutos volví a subir a mi vehículo arranqué y funcionaba perfectamente. Así que me marche.
Ahora recibo en mi casa esta multa por sorpresa. Pero y en esto me baso para la consulta:
La notificación indica que el hecho se produjo en una calle de nombre muy parecido al de la calle que estuve parado por avería pero distinto y que de hecho no existe en el callejero.
¿puedo alegar defecto de forma?
En caso afirmativo entiendo que podrían subsanar el error y volver a enviarme la notificación. O anularla y emitir otra nueva con la calle correcta.
La diferencia de un caso a otro es que perdería la posibilidad del pronto pago.
¿Cuál de las dos sería la más probable o posible legalmente?
Gracias. Un saludo.
el hecho denunciado «estacionar en doble fila sin conductor» tras alegar la deuncia sobre la discrepancia del hecho,ya que siempre estaba ocupado por el conductor, la propuesta de resolucion viene como hecho denunciado » estacionar en doble fila» sin mencionar que estaba sin conductor y se ratifica en el informe el agente denunciante y además como precepto infrigido art.60 ordenanz RDL 339/90, referente al permisos y licencias de conducción, mi preguntas vuelvo a alegar sobre la discrepancia de la redaccion del hecho ( sin conductor ) y solicito el informe de ratificacion del agente y, sobre el art. 60 tengo que presentar copia de mi carnet de conducir,gracias
Hola, me han denunciado en un carga y descarga fecha día 05-07-14 y en el boletín de denuncia pone fecha día 07-04-2014, casí tres meses de diferencia, pregunto si se puede recurrir y si es así las posibilidades de su archivo. También decir que el vehículo fue retirado por la grúa municipal.
Muchas gracias
Hola, me paro la policía municipal y me hizo soplar en un alcoholímetro pequeño y me multaon por sobrepasar de 0,25, pero al llegar a casa me di cuenta que en la denunciano han puesto los datos del conductor, están en blanco, solo han puesto los datos del coche. lo puedo recurrir y si es asi donde?. si hay pocas posibilidades prefiero pagarlo con la reducción. Muchas gracias
Hola quisiera saber si puedo recurrír una multa por estacionar en una calle peatonal. La cuestión es que al redactar la multa el agente en la marca del coche puso volfgvagen en ves de volksvagen además no puso el modelo de coche y en.la clase puso 1000 en ves de un 1400 que es el mio, por todo lo demás si estaba bien. Se podría recurrir??
Buenas tardes, me pusieron una multa cuya descripción es la siguiente: «Estacionar sobre la acera obstaculizando gravemente el tránsito de peatones».
Pero la cuestión es que no es una acera sino una propiedad privada sin estar señalizada claro.
¿Cómo podría recurrirla?
Tengo fotos del sitio mostrando claramente que no es una acera porque es un trozo de cemento….
Gracias!!
Hola
Me han puesto una multa con el coche radar y me envían la foto. Es por estacionar en doble fila pero la calle de la foto no es la que ponen de denuncia.
En la calle que pone en la denuncia no se puede aparcar ni en fila única ni en doble. ¿Es recurrible?
Gracias y un saludo
Hola.
Hoy me han multado por rebasar un semáforo en fase roja un agente de movilidad. ¿Me recomendarían recurrir el motivo, ya que no ha sido en fase roja, si no en ámbar fijo no pudiendo realizar la detención en condiciones de seguridad?
Por otro lado, en el boletín de denuncia, ponen todos los datos bien, matrícula, color, excepto la marca de la moto, que es otra que la mía. ¿Podría entenderse un defecto de forma invalidante por este motivo?
Gracias de antemano.
Saludos.
Hola,
He recibido multa en casa por aparcar en doble fila en una calle en la cual el número no existe (pone 34 y sólo llega hasta el 20). He solicitado foto y al verla he identificado el lugar, siendo una calle próxima, por lo que etiendo que se han equivocado en el nombre de la calle. Entiendo que es un error de forma y voy a alegar haciendo mención únicamente al error del número. Si existe foto real, ¿pueden luego sancionarme por la foto donde se ve el coche mal aparcado? Mal aparcado estaba, tienen la foto, pero ni en la calle que dicen y ni existe ese número. Gracias
Buenas tardes, estaba de vacaciones en Italia y me monte en un autobús. Cuando fui a pagarlo me di cuenta que la maquina no admite billetes y no tenia nada suelto para pagar, con la mala fortuna de que me pillo el revisor y me puso una multa. La cuestión es que el hombre solo apunto mi nombre (en el cual puso no mi nombre correcto sino mi nombre y mi primer apellido), en el apellido puso mi segundo apellido y en el Dni no puso nada. Aparte del nombre y el apellido mal puesto tiene mi fecha de nacimiento y mi lugar de nacimiento pero nada más, ni dirección de mi casa, ni telefono, ni nada más. ¿cree usted que esta multa es legal cuando no tiene ni mi DNI? ¿ si es legal cree que aún así me llegará a españa? la cuestión es que tenía 5 días para pagarla y no pude ir a hacerlo porque no sabia donde. Gracias
Me han multado por no llevar las gafas(debo ponermelas para conducir) en el momento que me pararon. La multa la escribieron bien pero a la hora de pasar los datos a la maquina e imprimir el recibo puesieron todos mis datos mal dni nombre direccion ect. Solo son correctos matricula y modelo. Que deberia hacer? Gracias
Buenas 🙁 me han denunciado y además de que el agente me dijo si le había llamado tonto irónicamente en la sanción no indica la matricula, además de que al irse por que les llamaban de otro aviso distinto no me dieron le boletín, podría recurrir por falta de algún dato u otra cosa, gracias.
Hola, voy al grano me han sancionado y falta el número de matrícula en el boletín, es recurrible? muchas gracias y un saludo
Buenas tardes, el pasado día 8 de mayo me pararon unos agentes y me pidieron la documentación de una motocicleta de 125 cc de la cual soy propietario y carecía de la ITV en vigor. Los agentes me advirtieron que fuera inmediatamente a pasarla (por si acaso) pero tramitaron la denuncia. Hoy dia 24 de julio me ha llegado la multa de 500 EUROS!! y el hecho que se notifica es el siguiente: «Formar un conjunto de vehículos sin cumplir la reglamentación correspondiente en lo que respecta a la compatibilidad de los mismos». No entiendo absolutamente el hecho denunciable, es recurrible dicha sanción? Muchas Gracias
Hola me han myltado trabajando con el camion por aparcar en doble fila…..en el tupo de vehiculo han puesto furgon,pero no es un furgon si no un camion….podria recurrirla????
Hola. Ayer me llego una denuncia q no es mia. De una localidad a uno 100km de mi casa de un domingo a las 7.45 de la madrugada, le realizaron prueba de alcoholemia y dio 0.45. A las 8.15 dio 0.44 y a las 8.45 dio 0.40.va a mi nombre y ha llegado a mi casa, consta matricula y modeli de vehiculo,q tampoco coincide con el mio.la carta venia por correo ordinario sin certificar y con aviso de q se remite a la agencia tributaria por no haber sido atendida.
como puedo soluciona esfe problema?. La guardia civil debe tener algun justificante del denunciado real?
Muchas gracias de antemano.
Buenas tardes, me multaron por hacer un cambio de sentido incorrecto (línea contínua). Al darme la multa (que firmé), y leerla con más calma (cuando se fueron los urbanos), vi que la calle que ponía la denuncia no es en la que hice el cambio de sentido, si no otra diferente (fue en una calle y pusieron una avenida perpendicular a la primera).
He leido que hay datos subsanables, etc, pero la dirección de la infracción? es relevante o es subsanable?
Me aconsejáis recurrir o pagarla con el 50% y olvidarme.
Gracias y saludos
Gracias!
hola disculpe me llego una multa a mi casa por falta de casco al acompañante y chaleco y por dar a la fuga en el cual toman mi patente y me llegan con mi nombre apellido pero sin dni y con dintinta marca del vehiculo es nula la infracion?muchas gracias
HOLA. ME MULTARON POR EXCESO DE ALCOHOL. MULTA EN MANO Y 500 EUROS (250 EUROS CON REDUCCIÓN) PRESENTÉ ALEGACIONES Y ME LLEGA UNA CARTA DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE (EL MISMO QUE RECURRÍ Y MISMO Nº EXPEDIENTE) POR IMPORTE DE 1000 EUROS (500 EUROS CON DESCUENTO) Y ME VUELVEN A DAR PLAZO DE ALEGACIONES Y PAGO CON DESCUENTO.
¿PODRÍA ALEGAR NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO O ANULAR LA SEGUNDA NOTIFICACIÓN? GRACIAS
Hola, me han notificado multa por exceso de velocidad con radar, los datos coinciden, y por la foto y la limitacion de velocidad se donde ha sido, pero el km que ellos notifican no, en ese punto no existe dicha limitación de velocidad. El km es erróneo.
Gracias
Hola tengo una Duda me infraccióno un federal de caminos por un corto que tube en las luces traseras era de madrugada no había eléctricos en fin le explique y no me iso caso me iso la infracción y ahora que ago la línea de captura está mal mi placa por una letra aún así la pago o que puedo hacer
Buenos días,
Me multaron por saltarme un ceda al paso, el agente me dijo que no conllevaba pérdida de puntos y así lo puso en el boletín de denuncia (puso una raya en la casilla). Pagué la multa al día siguiente.
Ahora la carta que me ha llegado dice que me quitan 4 puntos. ¿Es eso alegable?
Gracias
Hola, ayer me hicieron un control de alcohol y pusieron mal el numero de matrícula, han cambiado un numero
Puedo recurrir?
Hola, me han multado en una travesia al adelantar dos coches parados en un semagoro y saltarmelo la sanción me ha dicho que es de unos 200 euros y entre 3-4 puntos a la hora de darme el boletín me ha dicho que no tenia y que no iba a llamar a trafico que ya me llegara a casa el motivo a sido que iba de recogida de su servicio y tenia prisa y no tenia ganas de esperar resumiendo ni me ha entregado el boletin ni me ha dicho la causa de la multa la cual supongo que sera saltarme el semaforo en rojo al ser 200 euros y tres o cuatro puntos me gustaria saber si esto que ha hecho este agente es legal y la multa es valun saludo y gracias por la respuesta.
Hola! el otro día me han puesto una multa por aparcar en carga y descarga, cuando fui a recoger el coche estaba allí el policía y me dio la multa en mano pero no me tomo ningún tipo de dato. Al ver la multa vi que se habían equivocado en la marca del vehículo y una letra de la matricula no es correcta, que debo hacer?
Me han puesto un multa por estacionar la moto sobre la acera pero en la denuncia pone tipo de vehículo «turismo». ¿Es recurrible?. Me la dejaron en la moto el 13 de agosto pero todavía no la he recibido en mi domicilio y pone que el pago con bonificación es hasta el 2 de septiembre.
el dia 12/7/2014 una patrulla de la gc me denuncio por aparcar en zona prohibida por señal vertical 307, en el boletinde denuncia dejado en el parabrisas no cinciden la marca ni el modelo con el de mi vehiculo.
Hoy 27 de agosto recibo por certificado la notificacion de trafico del inicio de expediente y en este se ha modificado los dos datosdel boletin cambiando marca y modelo correctos.
es motivo de fundado para recurrir la sancion, la modificacion de datos del boletin en la notificacion.?
hay posibilidad de prosperar el recurso?
hola buenos dias ayer me metieron una multa por no tener el carned de coche teniendo solo el permiso de ciclomotor pero en la sancion pusieron mal el nombre y la direccion y no me pusieron el piso en el que vivo puedo recurrir la sancion??
Hola, el otro dia me multaron por no tener el cintiron puesto y no pasar la itv, revisando la multa se equivocaron en un numero de la matricula, en trafico me dicen que es subsanable es cierto?
Hola buenas tardes, he recibido notificación de la Diputación por una multa por estacionar en zona de minusválidos y la verdad es que estacioné en zona amarilla siendo este hecho totalmente falso,fijándome en los datos de dicha notificación compruebo que solo han puesto solo la avenida sin número y la marca del vehículo sin mas datos, también la fecha de la infracción indican el digito 7 (julio) siendo el real el 8 (agosto).
Esta notificación me sorprende porque el día de la infracción iba acercándome a mi coche cuando veo a uno de los municipales hacerle una foto sin dejar en el limpiaparabrisas notificación alguna y le pregunto si me ha multado, comentándome que me vaya tranquilo que no ocurre nada.
¿tengo alguna opción de poder anular la denuncia? ¿hay alguna forma de hacer ver que me atribuye una infracción que no es la real?
Gracias
Hola, me pusieron una multa por aparcar en un carril o parte de la via reservado exclusivamente para la circulación. EN el nombre de la calle, se equivocan, ya que ponen «Escutlor Coullaut Valera San Ildefonso» y el nombre es «Escultores Coullaut Valera», y el municipio, San Ildefonso. ¿tiene opciones el recurso?
Gracias
el otro dia me paro la policia local y no llevaba el seguro en vigor (detalle que estoy investigando) ya que yo estaba seguro de que circulaba con el. el caso es que me dan el boletin de denuncia y ni se ve la matricula, ni la hora, ni el concepto ni algunos detalles mas. ¿es motivo este para poder impugnar la multa? o hay que esperar a recibir la denuncia final. gracias
Ayer me pusieron una multa creo que sin mucha razon pero no la firme y esta mañana cuando he ido a pagarla veo que tengo dos copias jan la mia y la otra supongo que de la guardia civil, habrá quedado registrada mi multa al tener yo las dos copias o la pagaríais para evitar pagar el doble,mil gracias un saludo
Tengo un vehiculo matrícula de Gerona y me han multado. La matrícula textualmente es GI-nnnn-BB y cuando me practican la notificación de la denuncia hacen constar los datos de la matrícula del vehiculo con «GE» y no «GI» como consta en la placa. He consultado con el órganos sancionador y me han contestado que los datos no alteran el contenido de la denúncia y que se trata de una cuestión informàtica que no tiene mayor trascendencia puesto que el vehiculo, con independència de este detalle, està correctament identificado. Cabe ressaltar que el resto de datos que constan en la notificación son correctos.
¿Realmente se trata de un error que no es recurrible?
¿Si puedo recorrir, puedo hacerlo por defecto de forma e incluso pedir el sobreseimiento y archivo de la denuncia?
Ha mi hijo menor de edad la policía local, le puso una multa por conducir un ciclomotor sin espejo retrovisor, en principio todo parece correcto, pero el boletin de denuncia es de la DGT, que suele ser utilizado por la Guardia Civil, y cuya autoridad sancionadora es el director provincial de trafico, y creo que en las vias urbanas cuando se es sancionado por la policía local, con los boletines habituales de sus respectivos ayuntamientos, la autoridad sancionadora es el alcalde, ya que me acerque a la direccion provincial de trafico y me digeron que ese expediente no exixtia, pero ahora me ha llegado la multa por correo ¿podria recurrir dicha multa por este motivo? y al tratarse de un menor de edad tendrian que haberme avisado ya que es una infracción grave, no tienen obligacion de comunicarlo a sus tutores. gracias de antemano un saludo.
hola el año pasado me multaron por mariscar, me cogieron en la carretera de vuelta a casa, eramos 3 amigos y íbamos en el coche de uno de mis amigos, la multa me llega a pasado un año y llegar con mi nombre mal escrito poniendo serfin en vez serafín y lo mas sorprendente es que pone que íbamos en mi coche y poniendo mal la matricula equivocándose en una letra,
en vez de poner coche de mi amigo
Muy buenas hace menos de 2 meses me pusieron una multa en la que ponía importe a pagar 80 euros con la reducción 50 euros. Hoy me llega una carta diciendo que el importe a pagar eran 200 euros y con la reducción 100 y que ya tengo pagado 40 euros.. que hago?
Hola, les quería hacer la siguiente consulta:
Me han multado por exceso de velocidad en fecha 12/09/14 y en el boletín de denuncia, en el apartado destinado al «HECHO DENUNCIADO», se ha consignado que la velocidad ha sido medida por el cinemómetro «MULTANOVA, Antena 1288, Fecha de verificación 06/10/2014»:
¿es recurrible o se pueden hacer alegaciones por haberse consignado una FECHA FUTURA de verificación del cinemómetro y si existen posibilidades de que sea anulada la multa por ese defecto?.
Espero su contestación.
Gracias anticipadas.
Hola. Me han multado por estacionar con una motocicleta de 15 de una calle peatonal. No me la entregaron en mano porque no estaba, y al leer la multa he visto que me pusieron mal la matrícula. Puedo recurrirla o es mejor esperar haber si no me llega la notificación (por no poder localizarme). Gracias.
Buenas tardes, m e han puesto una multa por no poner el ticket de zona azul en Gavà. AL mirar la multa describe mi coche como color gris, cuando en realidad es azul cielo. EL lugar de los hechos dice que fueron en la plaza Clua, cuando en realidad se llama plaza de Dolors Clua.
Además de todo esto, iba con mi hermano que es minusválido (con tarjeta) y se nos olvidó ponerla.
¿Hay alguna manera de recurrir dicha multa?
Muchas gracias de ante mano
Les explico mi caso para ver si pueden ayudarme, el pasado mes de julio, dejé el coche de empresa estacionado en una zona de carga y descarga, lo que no me percaté es que era de carga y descarga por obras y que no podía aparcar allí. Al volver al vehículo se lo había llevado la grúa con su consiguiente pago y ahora me ha llegado la multa, en ella en lugar de poner la calle Cisterna que fue donde ocurrieron los hechos me han puerto calle Bisbal, que estan en barrios distintos de la ciudad. Mi pregunta es si puedo recurrir y si puedo pagarla en plazo para que sea reducida al 50% y solo pagar 30 euros o el pago de la misma ya implica la aceptación de la multa.
Muchísimas gracias,
Multa y retirada con grua. Al aparcar en la acera frente un vado. Cuando no existe señal vertical que lo prohiba. Si esta la acera pintada de amarillo desgastado. El aviso es por llamada a la grua del propietario del vado.La matricula es correcta. El modelo y color erroneo. Pone renault magane. ¿es posible recurrir? Cuando se aprecia en fotos que el vehiculo no impide la salida y entrada en la cochera.
Hola e recibido una sanción por entrar a una calle en dirección prohibida, el caso es que en la notificación de la denuncia la matrícula está equivocada y no es la de mi vehículo. Podría recurrirla¿
A parque el coche en segunda fila y el el dueño del otro coche me dice que me a denunciado,aunque no vino la policía ni la grúa ..y yo le pedí disculpas y me fui .quisiera saber si me llegara una multa por parte de el particular..o como funciona esto..
hola, e recivido una multa en bicicleta por ir con cascos, en la multa pone que es por ir con los auriculares (ambos) y solo llevava uno, pone que estaba conectado al movil, pero no lo conprovaron, el color de la bici es naranja y no esta reguistrada a mi nombre, en la multa pone roja
Hola me pusieron una multa de tránsito por estacionar sin ticket pero las calles señaladas que pusieron son paralelas y no se cruzan ingresaron mal la dirección me puedo qiejar y me anulan la multa.?
Hola, me pusieron una multa en una calle adoquinada de «El Espinar» (Segovia), según el agente estacione el vehículo en una vía de doble sentido, la cual estaba sin señalización horizontal y sin señalizar en la acera que estaba prohibido estacionar, además en la copia de la multa, en el apartado Agente/Testigo solo aparece el número de placa sin haber firmado el mismo. ¿Es esto motivo suficiente para que la multa quede anulada?
Me han puesto un multa en un ligar y una hora en la q yo no estaba, estuve el día anterior y no soy consciente de haber pisado línea continúa . El día de la multa estaba viajando de Jerez a Naron, no tengo tickets , los pagos q realice fueron en efectivo, sólo dispongo de los whats App q envíe al llegar y una llamada telefónica realizada desde el fijo de mi casa
Holaa,
Me han multado por conducir por el andén de una autopista, una moto de tipo carnet A2. Yo dispongo del carnet de tipo A2 y lógicamente el carnet A1 y AM. Mi pregunta, es que en la denuncia que me han entregado los agentes, pone los datos de la moto pero en mis datos personales pone que mi permiso es el AM. Lógicamente este tipo de carnet, aunque también lo poseo, no concuerda con el tipo de moto, ni por el tipo de vía donde he sido multado. ¿La podría recurrir?
Estimado Juan José,
El defecto en el que incurre el agente es un defecto de forma, el cual puede subsanar de oficio. Quizás, se puede recurrir por otras circunstancias, pero que anulen la sanción por ese motivo no pueden. Muchas gracias y un saludo.
Buenas tardes
Hace un par de días me multaron y en el papel que me entregaron no han puesto el color del coche y han puesto mal el numero de la calle, poniendo 0. La multa fue por saltarme una linea continua, pero en el numero 0 de esa calle no hay linea continua. ¿Tiene alguna posibilidad la reclamacion?
Buenas tardes, me multaron hace unos meses por estacionar en linea amarilla, el caso es que yo no estaba en ese momento en el vehiculo, por lo que me dejaron la multa en el parabrisas, y se confundieron en una de las letras de la matricula.
Aun asi, me ha llegado esta semana a casa la notificacion, puedo recurrirla por defecto de forma?
Buenas, me acaban de multar por no tener pasada la ITV de mi motocicleta.
En la parte del «hecho denunciable» me pone el agente qe la firma que no he pasado la inspección técnica del vehículo desde el 3/12/13 se equivoca porque no la he pasado desde el desde el 3/12/12.
Ha confundido un año en las fechas de ITV
Podría ser recurrible??
Buenas tardes.
Me ha llegado una multa del ayuntamiento de granada.
Me pone, hecho denunciado: Circular por un carril reservado para
No pone nada mas, seria recurrible?
un saludo
Buenas tardes
En mi sanción por rebasar un semáforo en rojo, viene la carretera y el nombre de la calle, pero no el número. ¿Es recurrible? Gracias por todo.
Hola, me infracionaron por rebasar en raya continua pero al entrar al sistema para ver el monto de la infracción me doy cuenta que está mal escrito el número de placa; pero sí esta mi domicilio y todos los demás datos están correctos, además firmé; esta procede?
Saludos, estamos teniendo problemas con un agente de movilidad y queriamos que nos contestasen a dos preguntas.
1º ¿Puede ir un agente de movilidad todo el día de copiloto en la grua municipal y llevarse un automovil mal aparcado?
2º ¿Un agente de movilidad cuando se desplaza en moto puede ir solo o tiene que ir acompañado?
Muchas gracias.
buenas tardes
el otro día un mosso de escuadra de tráfico me multo porque llevaba un remolque enganchado a la furgoneta, según el para llevar ese remolque tendría que tener el carnet de remolques porque sobrepasaba el peso entre el vehículo y el remolque descargado, al día siguiente me estaba mirando la ficha técnica del remolque y resulta que mi remolque esta rebajado de peso, otro agente de trafico me dijo que erra verdad que asiera un escrito explicándolo y me quitarían la denuncia por que yo solo necesitaba el permiso b-96 a sin lo ice, el otro día me llego otra multa con el mismo nº de referencia pero esta vez me multaban por no tener el permiso b-96, encima tanto en la primera denuncia como en la segunda el agente se equivoco y puso que iba en dirección a Vic cuando yo iba en dirección a Ripoll por una autovía C17.
pueden volverme a multar cuando asido el agente que se a equivocado?
puedo recurrir la multa por defecto de forma por a verse equivocado en poner el sentido donde iba.
gracias
me multaron por ir sin seguro poniendome la multa a mi pero el titular del vehiculo es otro ,se puede recurrir por ser una denuncia por falta de forma??
gracias
hola, me han puesto una multa por aparcar en una acera, me la han dado en mano pero no me han pedido mis datos, en la multa se han equivocado en una letra de la matricula, puedo recurrirla.
Buenas,
en una sanción por estacionamiento cuando no saben quien es el conductor infractor y automáticamente le envian al titular del vehículo la multa a su nombre y además no está su nombre completo. ¿Sería viable recurrirla para evitar pagarla?
Buenos días,
Querría saber si habría posibilidad de recurrir una multa.
Se me impuso porque el agente decía que iba circulando, cuando no es cierto e iba con la moto apagada empujándola por una calle en dirección contraría, pero apagada y empujándola, por mas que le dije que era mentira y el lo había visto puso la sanción.
500€ y 6ptos me ha llegado, pero observo que los datos están excepto en el apartado que pone la matricula ( está correcta) pero está en blanco el campo marca y modelo del vehículo (no viene nada de nada en ese campo).
¿Habría posibilidad de recurso?
Muchas gracias.
Hola,
El mes pasado estaba de fiesta con mi novia… como yo había bebido cogió ea el coche, ya que ella había dejado de beber hacía ya tiempo y se sentía en condiciones.
Pues bien, nos paran en un control de alcoholemia y da positivo… nos dan la sanción, concretamente de 4 puntos y 500€.
Yo pago la sanción en el acto por teléfono usando mi tarjeta de crédito.
Ya nos habíamos olvidado del tema, cuando hace tres días llega una carta a casa con la misma denuncia por alcoholemia, pero, con una sanción de 1000€ y la pérdida de 6 puntos.
Ahora si bien hemos leído, en el reverso de la primera sanción, pone que en el momento del pago renuncias a todo tipo de recurso, pero también pone que el tema queda zanjado…
No se que hacer y agradecería ayuda.
Gracias
Sufrçi una sancion por aparcar en un lugar donde estaba prohibido aparcar los «mesos pars»(meses pares). Tras la alegación desestimada por multas con señales en otro idioma (valenciano), es desestimado el recurso y en la ratificación vuelven a describir los hechos denunciados en la primera notificación con un error en el numero de la direccion donde transcurrieron los hechos (notificacion el numero 11 (correcta descripción) y ratificacion el numero 48 (inexistente)). Puedo alegar un defecto de forma en un recurso de reposición?
mira cuando me hicieron el acta de infraccion, me pusieron mal una letra de la patente y la fecha tambien estaba mal, no se si debo ponerlo en el descargo o no. Tambien cuando me hacen la medicion de alcohol me hacen usar una pipeta vieja, no la cambió.
Buenas noches me dieron tres multas por que los pasajeros y yo no teniamos los cinturones de seguridad puestos pero en una de las multas la oficial puso su numero de placa incorrecto que puedo hacer?
Buenas tardes.
Me han multado por estar estacionada en el vado de mi casa.Cuando recogi del parabrisas la denuncia me fije que la direccion de la infraccion estaba equivocada. Salvo ese dato el resto estan correctos.
¿Invalida este error la multa?
Gracias
hola me pusieron una multa el 29 de julio me paro el agente por haberme saltado un semaforo, que solo lo vio el al parecer… me dijo que no me quitaria puntos, yo pague mis 100 euros pensando que quedaria en eso y ahora me ha llegado una carta certificada de que me quitan los puntos que no lo puso el agente pero que me los quitan que puedo hacer??gracias
Me han hecho una multa. En la misma mi direccion esta mal escrita, ya que consta otra ciudad. Es posible que sea anulable el, dado que esta mal redactada?
en el boletin de denuncia del agente, el hecho denunciado se refiere al artículo 85 de la L.S.V y al artículo 94 de R.G.V., la notificacion de la infracción hace referencia al artículo 39 – 2 letra E de la L.S.V., la redacción del hecho denunciado tampoco coincide.
¿Puedo considerar que la sanción esta viciada de la nulidad?
Buenos días el domingo 5 de octubre encontré una multa por aparcar en zona de carga y descarga. Me imagino que me la pusieron el dia anterior que era todavía laborable. Pero es cuando yo la encontré. La cuestión es que en el boletín de denuncia hecho con una pda pusieron 07/08/14 – 9.45 me fui a la comisaria y me dijeron que eso era un error del sábado 4 de octubre. Que si no podían cambiar la fecha que la tendrían que anular, que esperara a la notificación. He recibido la notificación con fecha valor del 21/10/14 pero la fecha de la multa que figura sigue siendo 07/08/14 – 9.45 ¿esto como se puede alegar? ¿se puede hacer algo? Muchas gracias
La policia me ha puesto una multa pero inventandose los hechos a su favor. Yo grite en alto «a tomar por culo«( y tengo testigos de eso) y en la multa me han puesto: insultos al agente de autoridad «que te den por culo«.Yo en ningun momento dije eso. Me quiere clavar 200€ por algo que se han inventado? Que puedo hacer? Por favor, contesten si saben 🙁
Buenas tardes,
Hace unos meses recibí una notificación por una infracción: circulaba a 132 km/h por una vía con velocidad limitada a 100 km/h. En la notificación se especifica claramente que «se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444». Al no detectar error alguno, pagué la multa con reducción del 50% y me retiraron 2 puntos. Hoy he sido informado de que ha habido una sentencia en contra del criterio de la DGT a la hora de aplicar los márgenes de error estipulados (5%) y he revisado la multa. Resulta que no se me ha aplicado el margen de error. Si se hubiera hecho, la multa habría sido de 100€ y 0 puntos, en vez de 300€ y 2 puntos.
Entiendo que al haber pagado he renunciado a la posibilidad de presentar alegaciones, pero es que el documento por el cual me han sancionado contenía una falsedad evidente, ¿qué opciones tengo? ¿Cómo puede ser que los ciudadanos estemos expuestos a este tipo de atropellos legales?
Muchas gracias
Mi hijo fue multado por infrigir el precepto CIR RD 1428/2003, Art. 117, apartado 2, y el hecho denunciado es «Circular con una persona de estatura igual o superior a 135 cms e inferior a 150 cms, en el asiento trasero del vehículo, que no utilizaba dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturon de seguridad, correctamente abrochado. El pasajero del asiento trasero, lado derecho, circula con su cuerpo justo detrás de la zona intermedia de los asientos delanteros. No lleva el cinturon sobre la clavicula y hombro derecho.»
Mi hijo tiene 22 años y mide más de 150 cms, mide 170 cms, pero si se inclinó hacia delante para intercambiar unas palabras con las personas que estaban en el asiento delantero. No está permitido inclinarse hacia delante ?
Me puede decir si tiene posibilidades de prosperar un recurso dado que el articulo 117 no se aplica a mi hijo ?
Buenos días. Me han puesto una multa de radar en el término municipal de Villanueva del Pardillo por conducir a 65 km en vez de a 50, pero la maquina no me ha dado copia. Es recurrible? Qué tengo que hacer ahora? Gracias.
Apreciada Pilar,
En respuesta a su consulta debemos indicarle que toda denuncia de tráfico es plenamente recurrible, ya que toda persona tiene derecho a recurrir un acto administrativo sancionador conforme al procedimiento administrativo sancionador de tráfico, con independencia de la infracción presuntamente cometida. Atendiendo en particular a su consulta que nos plantea, toda denuncia por exceso de velocidad debe ir revestida de una serie de pruebas para poder sustentar la incoación del procedimiento sancionador. En concreto, dichas pruebas son documentales, como la prueba fotográfica y el certificado de cinemómetro entre otras, y cuyas pruebas deben facilitarse de oficio junto con la denuncia. Por tanto, todas las pruebas citadas deben acompañarse junto con la denuncia, ya que si carece de ellas, el acto sancionador carece de toda fundamentación, y en consecuencia deviene dicho expediente nulo de pleno derecho, y debe en consecuencia archivarse el expediente en cuestión por carencia de pruebas objetivas y técnicas. Si desea recurrir la denuncia por exceso de velocidad, debe presentar un Pliego de Descargos ante el organismo sancionador, solicitando todas las pruebas que no hayan sido remitidas. Tiene veinte días naturales de plazo para impugnar la denuncia, desde el día siguiente al de la comisión de la presunta infracción -si le entregaron el boletín de denuncia en mano-, o desde que se le haya notificado en su domicilio. En dicho escrito puede alegar todas las cuestiones que considere oportunas y que considere injustas y no conformes a la realidad ni al Derecho, negando pues los hechos que se le imputan, que se aplique correctamente el margen de error de medición establecido por el cinemómetro, y solicitando todas las pruebas documentales que desvirtúen la comisión de la infracción por exceso de velocidad, entre ellas -y como fundamental- la prueba fotográfica que pueda acreditar dicho exceso.
Saludos
Buenas tardes,
Me han embargado 260 euros de la cuenta por una supuesta infracción de tráfico que no me había sido notificada y que, por tanto, se notifico en el BOP de mi provincia. ¿Dónde esta lo extraño del caso? Pues bin he llamado al organismo que gestionó el expediente y me dicen lo siguiente:
Primero. Que la multa estaba a nombre de INMACULADA (mi nombre es IGNACIO A.), los apellidos si coinciden con los mios y el DNI y domicilio. Por este motivo, seguramente, cuando trataron de notificarla en mi domicilio, ni yo ni mi familia la cogimos, pues no vive ninguna INMACULADA.
Segundo. También me dice la funcionaria, ante su asombro, que la infracción que aparece en el expediente es IR SIN EL CASCO pero que el vehículo denunciado es un TURISMO (mi coche, un peugeot 306).
Estos son los hechos, ¿Qué me recomendáis que haga? (recordad que me han embargado 266 eurazos) La funcionaria me dice que mande un simple escrito a la oficina explicando todo.
Estimado Nacho,
Según deduzco de sus explicaciones, Vd no sólo tiene en juego los 266 euros que le han embargado sino también la detracción de 3 puntos de su permiso de conducción si era Vd el conductor del vehículo. Considerando las circunstancias que describe, entiendo que es importante que presente recurso ya que se deducen serias irregularidades tanto en el proceso de notificación como en lo que se refiere a la propia identificación del vehículo.
Un atento saludo
Ayer me pusieron una multa por beber en la calle y cuando me dieron la denuncia comprobando los datos me han puesto mal el distrito, es decir, pone que pertenezco a un distrito equivocado, podría evitar pagar la multa por esto?
AYER RECIBI 6 MULTAS DE LA CAMARA DE VIGILANCIA DE UNA VIA PRIORITARIA EN LA CORUÑA. EFECTIVAMENTE SE PARO EN DOBLE FILA NI 5 MINUTOS PARA RECOGER A UNA PERSONA QUE SALIA DE TRABAJAR Y NOS IBAMOS DURANTE MAS DE 1 MES. MI VEHICULO ES UNA FURGONETA CITROEN Y EN 3 DE LAS MULTAS EN EL APARTADO «TIPO DE TURISMO» ME PONE TURISMO Y SOLAMENTE EL NUMERO DE MATRICULA (QUE SI CORRESPONDE) Y NO SE ESPECIFICA EL COLOR NI EL MODELO DE LA FURGONETA PONE QUE NO SE NOTIFICO POR ESTAR CONDUCTOR AUSENTE CUANDO EN NINGUN MOMENTO EL CONDUCTOR HA BAJADO DE LA FURGONETA. Y LAS OTRAS 3 SI PONE FURGONETA PERO NO SE ESPECIFICA EL COLOR NI MODELO , EN ESTAS PONE QUE NO SE NOTIFICO POR SER CAPTACION DE IMAGENES. YO NO SE SI SE PUEDEN RECURRIR. SON DE 200€ CADA UNA.
Buenas noches y felicitaciones por el blog.
He recibido una multa por exceso de velocidad, (captado por radar) circulando entre 71 y 80 km/h. Son 300 € y 2 puntos. La multa es emitida por el ayuntamiento de Sevilla y además de ser la multa en sí, es el requerimiento de identificador del conductor (2 en 1), de hecho en el documento figura la cuenta en la que ingresar, el importe, el plazo…
No aportan foto, ni certificados de revisión de los aparatos de captación de imagenes y además, si bien figura el lugar o avenida en la que se cometió la infracción, no aporta la altura, es decir, número, km, farola… ¿se podría recurrir por alguno de estos motivos?
Muchas gracias.
Hola, ayer recibí en mi domicilio un denuncia de trafico por circular a mas velocidad de la debida. En la misma notificación aparece mi vehículo conducido por mi, pero la fecha y la hora que pone en la notificación estaba trabajando y es imposible que yo estuviera conduciendo ese día por esa carretera, seguramente fue otro día pero me han mandado en una fecha equivocada.
¿Se podría considerar la denuncia como un defecto de forma?? Alegando y certificado mi empresa que ese día yo estaba trabajando, ¿es posible que se anulara el expediente?
Gracias!!
Hola en mi caso seria por no entenderse casi nada de lo que pone,no tiene coherencia ,es viable recurrila? gracias.
Buenas noches! Han multado a mi padre por exceso de velocidad con un radar movil en 2012 y nos acabamos de enterar. Me han dado una copia de la foto y en el margen superior izquierdo aparece 19.12.14 y debajo la hora 23:41:20. ¿ese primer dato sería la fecha? Si fuera así, sería erronea, ¿es recurrible? Si es policía municipal ¿se recurre en el ayuntamiento?
Muchas gracias.
Hola.
Anoche me multaron por hacer botellón. En la denuncia en el apartado de la fecha del hecho, pusieron mi fecha de nacimiento. ¿ se considera defecto de forma ?
Un saludo y muchas gracias.
Hola buenas tardes me han multado como peaton con el articulo 4.2 por depositar objetos q hagan peligrosa la libre circulacion y dice que por depositar vayas de señalizacion en carretera, mi pregunta es las señalizaciones no deben tomarse con otro articulo? Ademas que yo nunca en mi vida he tenido una vaya de señalizacion y no me veo cargando una. Es posible recurrir esta multa?
Buenas tardes, recientemente fui sancionado por exceso de velocidad (sin puntos) y al mirar la copia para pagarla por pronto pago encuentro que donde se debe indicar la fecha únicamente pone «Jaén».
Podría recurrir por defecto de forma? ¿Qué pasos debo seguir? Hoy hace 17 días desde la sanción. Indicar también que firme la denuncia en el momento de la sanción.
Muchas gracias y un saludo.
Hola. Hoy me an multado por elestado de los neumático. Y mi sorpresa es que cuando e mirado la matrícula de mi coche creo que está mal. Pues mi matricula es. Ib. Islas baleares. Y el agente a puesto.pm. gracias.
Hola,
Me multaron por CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO EN VIA DIVIDIDA EN DOS CALZADAS, cuando la realidad es que la vía sólo tiene una calzada de sentido único, y se me acusa de circular en sentido contrario en dicha vía. Es recurrible? Ya se hizo un pliego de descargo en que han pedido informe a la policía local y estos se ratifican en los hechos y respecto al motivo de la sanción dicen: «en el boletín se hizo constar la circulación en sentido contrario al estipulado, al entender que era el que más se ajustaba a los hechos acaecidos». Esto es normal? Tengo alguna posibilidad en el siguiente alegato? El agente debió haber redactado bien el motivo?
Un saludo.
Buenos días,
La pasada semana, en Madrid, aparqué en zona azul pagando el ticket de estacionamiento para una hora y media. Antes de la hora fin me encontré que me habían multado por tener «DISTINTIVO INCORRECTO»; resulta que se me había olvidado poner la primera letra de la matrícula de mi coche. La sanción es de 60 euros, ó 30 euros por pronto pago. ¿Podría recurrir esta multa? Me parece de lo más injusto habiendo aparcado en un sitio permitido y habiendo pagado por ello.
Muchas gracias de antemano!
hola.
En una multa por exceso de velocidad en el apartado datos del vehiculo la matrícula no es correcta, no coincidiendo con la de la foto, que evidentemente es la correcta.Es motivo para recurrir?
Muchas gracias
me han hechado una multa por aparcamiento indebido. Segun el boletin de denuncia que me dejaron en el coche los hechos denunciados ocurrieron el 24/09/2014 a las 15:33 cuando en realidad la infraccion fue el 28/09 a las 0:15 de la noche. Hable con la policia y me reconocieron que el agente debia de tener configurada mal la PDA porque realmente fue el dia 28/09/2014.
Hize un escrito denunciando el error y el reconocimiento por parte de la policia del error en la fecha y la hora, en especial porque el dia 24/09/2014 ni siquiera estaba en esa ciudad.
Aun ai la multa me ha llegado. ¿puedo reclamarla).
Gracias
Buenos días Manuel,
Por lo que nos cuentas estás ante un error o falta en la forma de la notificación que por supuesto de la que tienes que dar cuenta. Para que en una sanción no tenga cabida un recurso, tienen que ser todos los datos correctos tanto en la fotografía que se adjunta como en la propia notificación de los datos del vehículo. La matrícula es un motivo más que importante para alegar que no se estaba no sólo conduciendo en ese momento, sino que tampoco es el vehículo en cuestión, por lo que sí encontramos una buena vía para que su sanción prospere con un recurso.
Saludos
Me pusieron una multa por alcoholemia. Pero había un error de forma en el hecho denunciado: Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 m/l que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0,30mg/l. Importe de la multa: 1000 € y puntos a detraer: 6. Yo soy un conductor normal, no profesional con más de 30 años con permiso circulación. Consulté a tráfico y me dijeron que ese expediente estaba sobreseido. Ahora me envían otra denuncia subsanando los errores. ¿Debo pagarla? ¿Debo recurrirla?
Gracias y un saludo
Me han multado por exceso de velocidad con foto incluida. El agente me ha dado la denuncia con el apartado recibe copia negativa a firmar. Los datos del vehículo y el lugar de la infracción son correctos. Pero se han equivocado en un número del DNI y los datos de la persona corresponden a otro. Consultado un amigo G. Civil me dice que mejor que pague aunque no esté a mi nombre y así tengo la reducción del 50%. Ya que la otra persona recurrirá por ser de otra provincia y no ser titular del vehículo, entonces asociarán la denuncia a mi DNI y la tendré que pagar por 300€.Destacar que según me han dicho tienen foto. Que hago? Gracias y saludos.
Buenas, el martes me pusieron una multa por dejar la moto en la acera, me la dejaron sobre el asiento de la moto.
Creo que la denuncia no es correcta pues pone por parar en aceras, y que el conductor estaba ausente(supongo que deberia poner estacionar).
Tambien esta mal identificada pone que es un turismo en lugar de una moto y la marca tampoco es correcta.
¿Con todos estos errores es anulable?
Me multaron por aparcar en sitio prohibido en enero del 2013.Fui a la Caixa a pagar para conseguir la reduución del 50 % y mi sorpresa fue cuando el administrativo del banco me dijo: «señora… ¿qué va a pagar?, no aparece el importe…» Le dije: ¿y qué hago?. Me dijo: «espere que le llegue la notificación a casa y entonces paga» Y esperé, esperé…hasta que en octubre del 2014 me metí en la oficina virtual del ayuntamiento de mi ciudad y veo que tengo una orden de embargo de 255 € y que la dirección que tienen es la de mi antiguo domicilio que dejé hace 11 años. Mi domicilio fiscal es el actual desde hace 11 años, mis impuestos los pago del domicilio actual desde hace 11 años, mi DNI tiene el domicilio actual desde hace 11 años… pero resulta que tráfico tiene mi dirección antigua de hace más de 11 años (renuevo los carnets en mi tiempo y forma). Mi pregunta es: si no aparece en la multa el importe ¿pierdo el derecho a reclamar?¿se puede anular esa multa? ¿dónde puedo acudir para que me me asesoren?
Buenos días.
Hoy me han puesto una multa por aparcar durante unos minutos en zona señalizada con linea amarilla, por ser cercana a una esquina.
En el boletín que han dejado en el coche (no entregado en mano) pone CALLE: PRINCIPAL. No pone el nombre de la calle, que no es ese.
¿Es recurrible al no constar exactamente el lugar de estacionamiento?
Hola, me han multado por exceso de velocidad en una carretera secundaria, a la hora de rellenar la denuncia la marca de mi vehículo está bien escrita, pero el modelo no, habría alguna manera de alegar defecto de forma?
Gracias
buenas tardes mi pregunta es la siguiente me han multado por aparcar en el acerado y al redactar la hinfracion me han puesto el color del coche hequibocado me han puesto color negro y es beis puedo recurrirla gracias a me la dieron en mano gracias
hola,me gustaria saber si puedo recurrir una multa.el caso es que se llevaron el vehiculo que estaba aparcado sin seguro en una direccion en la puerta del taller…y me llega la carta sin haber firmado ni nada ya como ultimo plazo,sin poder pagar el 50% y dice que el vehiculo estaba aparcado en otra direccion distinta.
nunca estuvo aparcado en la direccion que me detallan y ademas no he tenido constancia de la carta y debo pagar el 100%.
gracias, un saludo.
Hola, me labraron una multa por estar estacionado en una obra en construcción un sábado a las 16hs lo cual no tiene actividad dicha obra. La Obra extensa abarca aprox 30 metros de frente en los cuales habían caballetes puestos en aprox 15 metros en los otros 15 metros no habian caballetes y los autos que estaban en este lugar como el mio eran llevados por la grúa. Cuando pague para llevarme el auto me queje porque la multa estaba redactada ENTRE CABALLETES y no estaba como dice entre los caballetes. Gracias por su atención.
Atte.
Eduardo
¿Tráfico puede subsanar la papeleta de una sanción que me pusieron? ¿Ante esto que derechos tengo?
hola, buen dia. hoy me llego una multa del 22/06/2014 por exceso de velocidad en la ciudad de santa fe, pero eso es imposible ya que nunca sali de cordoba. en la multa sale el dia y la hora pero no especifica el lugar, como puedo comprobar que nunca estuve ahi? muchas gracias
Hola, hoy llegó una multa por ‘realizar sus necesidades fisiológicas en el espacio público de la CALLE X’, como se imaginarán, me ‘pillaron’ orinando en la calle por la madrugada.
El problema que la calle donde pone que estuve orinando es la calle donde vivo, es decir se han equivocado al poner la calle.
¿Qué derechos tengo y que me recomiendan hacer?
Muchísimas gracias.
Hola,
La matricula de mi coche esta bien en el boletín de denuncia pero mal en la incoacion y propuesta del procedimiento. Presenté el pliego con unas impugnaciones y no me di cuenta de reclamar esa incongruencia y ahora falta que dicten la Resolución final. Podria reclamar esa incongruencia o seria una irregularidad no invalidante, es decir no quedaria nula la sancion…Gracias
En una multa que me pusieron de radar sin control de parada, fui a ver el expediente en el ayuntamiento y no existía boletin de denuncia, y me dijeron que estaba exento el agente de hacer un boletin de denuncia porque tenian un listado volcado del radar que es un formato de denuncia por volcado de un medio de captacion de imagenes pero el listado que me enseñaron aunque pone el nº de agente, sin embargo es un listado que no está firmado ni nada. Es legal que sustituyan la firma del policia por ese listado mecanizado en los casos de radar?
Gracias
me han multado por exeso de velocidad pero despues de leer la multa con mas calma me di cuenta de que se equivoco en el kilometro, tambien se quivoco en que dice que existia un señalamiento de que la velocidad maxima era de 60 km/hr pero en si el ultimo señalamiento es de 90 km/hr y yo hiba a 100 km/hr ¿creen que pueda impugnar la multa?
Hola, ayer eran las fiestas de mi facultad y estábamos todos bebiendo en la calle, me paró un policía y me dijo que le diera mis datos : nombre de padres, donde vivía, mi DNI (dicho el número, no se lo enseñe en ningún momento) y mi número de móvil. No me hizo firmar ningún papel y lo escribió en una libreta pequeña donde había muchos más datos de otras personas. Cuando se fue el policía dijo que ya vería que hacía, si denunciarme o no. ¿..Creéis que me denunciara o me pondrá una multa??? Gracias
Hola. El 22 de octubre 2014 me pusieron una multa de estacionamiento. En el ticket de la PDA que me dieron, habia un error en la hora de la infraccion: me la pusieron y entrgaron a las 20:00 y como hora de la infraccion pusieron las 18:40,cosa que es totalmente incierta puesto que estaba trabajando y yo personalmente vi cuando me estaban multando. En la notificacion recibida continua el error. Es mas, en el ticket de la pda pone hora de impresion 20:00.
Puedo recurrir con posibilidades de exito?
Gracias
Muy buenas:
Me ha llegado una denuncia por parte de un Ayuntamiento a mi domicilio por no llevar el cinturón de seguridad y en la causa de no notiticación figura «vehículo en ruta».
En la denuncia viene correctamente la marca del vehículo pero no aparece ni modelo ni color. ¿Se podría recurrir?.
Muchas gracias
Estimado Luis,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle que desde nuestro Dpto. Jurídico le recomendamos proceder a recurrir la denuncia que ha recibido en su domicilio dado que al haber sido parado su vehículo, los Jueces y Tribunales exigen a los agentes de a la autoridad un plus en cuanto a los elementos de prueba que han de aportar para acreditar que realmente ha cometido el hecho que se le imputa. Además la causa o motivo que le indican de no notificación de la denuncia en el acto, es de dudosa validez jurídica.
Un saludo.
Hola, mi caso, es que me han puesto una multa por estacionar en un paso de peatones, realmente solo lo rebasaba no mas del 20% de la totalidad del mismo sin invadir la parte desnivelada de la acera para el paso de personas con movilidad reducida. El caso es, que en la denuncia pone que el vehiculo estaba en dos calles, lo que entiendo que han querido decir que aparque en la esquina ocupando ambas calles… lo que no es cierto , ya que el coche estaba aparcado solo en una calle de forma contigua a la acera ( no en la esquina donde redondea la acera que es donde se juntan dos calles), por lo que entiendo que existe un error de forma en el escrito de la denuncia ya que mi coche no se encontraba en el lugar donde el agente indica, decir que la denuncia la dejaron en el parabrisas no me la entrgaron en mano. existe error de forma?
Estimada Tania,
En relación con la cuestión que plantea, comentarle, que le recomendamos proceder a recurrir la denuncia que le ha sido formulada, dado que indicar de forma cierta y precisa el lugar de la infracción, es uno de los requisitos establecidos por el art. 74.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ya que sólo de esta manera se podrá precisar la señalización existente en el citado lugar y la corrección o no de la denuncia que le ha sido formulada.
Saludos
Hola, recibi una multa con dos fechas. En el cuadro de fecha de denuncia aparece una fecha y en el hecho que se notifica aparece otra. Pedimos una aclaración de este tema y el agente en su informe, no sabe ni lo que escribe ya que en cada parrafo pone una fecha diferente. ¿Que podria hacer?. Un saludo y gracias por anticipado.
Buenos días Javier,
Atendiendo a la consulta que nos formula, debemos señalarle que es evidente que ha existido una confusión por parte del agente denunciante en el momento de la anotación de la fecha de la presunta infracción en el boletín de denuncia. Si tras la petición de aclaración con la copia del informe del agente, tampoco se han despejado las dudas, la consecuencia directa es que no hay seguridad jurídica alguna para que prosiga el expediente sancionador iniciado. Por tanto, si en el propio informe del agente existe una absoluta contradicción en la fecha de la denuncia, significa que hay por tanto un claro defecto de forma de elevada importancia que invalida la denuncia, y en consecuencia, dicho expediente sancionador debe ser declarado nulo de pleno derecho, ya que una contradicción tan clara y evidente de la fecha de la presunta infracción provoca o debería provocar un defecto de forma grave en la notificación, sea mediante boletín o mediante notificación en domicilio. En cualquier caso, desde Pyramid Consulting le recomendamos que se haga con la copia del informe del agente, y recurra la denuncia presentando un pliego de descargos, alegando el defecto de forma citado en relación a la fecha de la infracción, y adjuntando como prueba fehaciente, la denuncia y el informe del agente, para que el instructor pueda analizar que efectivamente se ha incurrido en una contradicción absoluta de fechas, una clara falta de información vital para el infractor, y en consecuencia, que se proceda a la anulación y archivo de la multa de manera inmediata. Debe recordarse que un defecto de forma (como su propio nombre indica ) es la errónea o ausencia de información en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías jurídicas mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico (en este caso). Nuestra recomendación es que recurra la denuncia adjuntando copia del informe del agente y de la denuncia como pruebas documentales de sus alegaciones en el Pliego de descargos.
Saludos
Buenas noches,
He encontrado un boletín de denuncia («Aparcado en zona peatonal») de la policia local en el parabrisas de mi vehículo.
El boletín está completo salvo por el hecho de que no incluye el importe a pagar. ¿Qué medidas me aconsejan que tomen?
Gracias, un saludo.
Carlos
Estimado Carlos,
En relación a su consulta debemos informarle que para que un boletín de denuncia sea válido y en consecuencia pueda incoarse con plenas garantías jurídicas un procedimiento administrativo sancionador, dicho boletín debe contener toda la información básica y fundamental para que el denunciado conozca la presunta infracción cometida en todos sus aspectos, así como toda la información necesaria de su vehículo, junto con el lugar de los hechos, fecha completa y hora, precepto infringido del RGC, importe de la denuncia etc… Evidentemente si alguno de esos datos esenciales de información se omiten o son erróneos, dan lugar a un defecto de forma en el boletín, ya que adolece de un vicio de nulidad. Todo boletín de denuncia o notificación de la misma, deben contener los datos y elementos mínimos, sin los cuales, la denuncia es nula de pleno derecho. En su caso, y como usted nos comenta, si en el propio boletín se omite un dato tan importante como el importe a satisfacer, el original y el resultante con la bonificación del 50 %, se entiende que existe un defecto de forma, el cual puede no obstante ser subsanado si usted recurre por el instructor del procedimiento con posterioridad, sin concederle la gravedad de la ausencia de dicha información en el boletín. No obstante, recomendamos desde Pyramid Consulting que impugne la denuncia por defecto de forma, el cual no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico en este caso. Le recomendamos que adjunte copia clara y visible del boletín en el recurso a presentar, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error o de defecto de la información plasmada en el mismo, en este caso una ausencia de información vital para el ciudadano, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, anulando y archivando dicho expediente sancionador.
Saludos
Ayer me multaron por pasarme una señal Pare. La infracción no tiene de manera legible la fecha de citación, el lugar donde se ubica el juzgado de policia al cual debo asistir.
¿Puedo anularla?
En el boletín de denuncia entregado aparece una vía y punto kilométrico diferentes a donde me han denunciado por no llevar cinturón de seguridad. El punto señalado en el boletín está a unos 100km de distancia de donde han transcurrido los hechos, en otra comunidad autónoma y aun siendo autovía trascurre por zona urbana.
Es recurrible con éxito?? Gracias.
Hoy he recibido una notificacion de denuncia del Ayuntamiento de Gernika-Lumo(Vizcaia): Hecho denunciado; estacionar en zona O.T.A sin ticket o tarjeta de residente con fecha 09/09/2014 y con la matricula y modelo de mi vehiculo correstos.
Bueno pues el caso es que yo no tengo relación ni de amistad, familiar ni laboral con dicha localidad, reconozco que si he estado dos veces en esa localidad, la última hace 8 u 10 años.
Compliocado, como puedo argumentar el recurso.
Un Saludo
me multaron por no llevar cinturon en la parte trasera del vehiculo , pero al revisar la multa se equivocaron en la letra ultima de la matricula , es una s y colocaron una z la puedo recurrir y la fecha de pagar el 50 po ciento es el dia 13 de diciembre 2014 ,,, osea mañana tengo tiempo de recurrirla
gracias por la atencion
Estimado John,
Te comunicamos que estás en todo tu derecho y en el tiempo todavía estipulado para poder recurrir esa multa de tráfico al existir un defecto de forma. De todas maneras le indicamos que cuando se acoge al pronto pago o a la reducción del 50% de la sanción, ya no tiene la posibilidad de recurrir. Es una opción u otra, no se combinan ambas. Le deseamos la mejor de las suertes y ante cualquier duda de asesoramiento, cuente con nosotros.
Saludos
Buenas noches: aller dejé el coche estacionado durante 45 minutos mientras fuí a cenar con mis suegros en una calle cortada por obras en la acera donde están las vallas de la obra(y la hilera de vallas no tiene puesto ninguna placa de prohibido aparcar) habiendo 6 coches mas y me denuncian a mi y a otro coche a los demas no los denunciaron ( lo se a ciencia cierta porque los ví denunciando y fuí rapido cuando ya me habían denunciado) bueno pues en mi boletín no aparece ni importe ni el reducido y mi modelo de coche es erroneo y en el hecho denunciado pone que e estacionado en doble fila siendo claramente erroneo porque no habia ningun coche en ninguno de mis laterales y tampoco era zona amarilla ni nada.
Se puede recurrir? Cual es el metodo para recurrirlo . Gracias
hola buenas, me han puesto una multa x estacionar en minusválido con matricula. pero en el papel que me han dado el amarillo. se han equivocado en la dirección del estacionamiento,donde en esa supuesta calle, no hay ningún aparcamiento de minusválido con matricula. puedo salvarme de pagarla?
Hola, esta mañana recibí una notificación de multa de un estacionamiento no permitido.
La cuestión es que en la marca del vehículo han puesto A.U.D.I. lo cual es un defecto de forma puesto que esas siglas no se corresponden con ninguna marca de vehículos, y en el modelo no han puesto nada.
¿Es posible recurrir con éxito esta multa?. Muchas gracias
Buenas amigos de multayuda, a mi me han puesto una multa por estacionar en doble fila pero se han equivocado a la hora de poner el apartado del articulo. Me pone hecho denunciado articulo 22 apartado L (que significa estacionar en un vado) cuando aparcar en segunda fila es articulo 22 apartado C (aparcar en segunda fila). Por otro lado, el numero de la calle no coincide con el que estaba el coche estacionado en segunda fila. Me han puesto el nuevo 47 que es esa misma calle pero del lado contrario (es una gran calle de dos carriles por sentido divido por una mediana con palmeras) y me han puesto que ha sido en el 47 (lado impar derecho) que hay un telepizza, y yo estaba en un burguer (lado par izquierdo).
Tnedria visos de prosperar el recurso? Por que son 200 euros con descuento del 50, pero creo que veo claro el que se hayan equivocado en tantas cosas y creo que seria bueno recurrir indicando esto y que se ratifique el agente en su denuncia del numero de la calle y tal para tirarlo por ahi… que opinais? desde ya muchas gracias y un abrazo.
En el nuevo 47 no, en el numero 47. En resumen en hecho denunciado dicen estacionar en doble fila, pero en precepto denunciado tal y como lo han puesto ellos es aparcar en vado.
Y perdon por escribir tanto, pero en esa calle no existe vado alguno.
Hola amigos de Multayuda, hace unos dias fuí sancionado por hablar con el movil. El caso es que el agente puso la fecha de la denuncia en enero del año 2005 (hace casi 10 años!), e igualmente puso la hora por la noche, cuando la infraccion se produjo por la tarde. La fecha límite de pago, por tanto, se establece en febrero del 2005. No firmé la denucia. Este hecho invalida la multa? podríais aconsejarme que hacer? Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenas noches, ayer me pusieron una denuncia por consumir alcohol en la vía pública. En esta pone mis datos bien, pero en el DNI la letra está mal puesta (en vez de una V han puesto una W) Quería saber si hay alguna forma de librarme de la multa, ya que tener que pagar ese dineral me parece totalmente desproporcionado. Muchas gracias y un saludo.
Hola, me han puesto una multa por mal aparcamiento, pero se han confundido en un numero de mi matricula. Es posible recurrirla para no pagarla?? Saludos
Hola mi caso es que me lo llevo la grua cuando recogi el coche al pagar la grua me entregaron la multa y me pude fijar de que la calle esta incompleta en vez de poner la calle Presidente ayente puso solo ayente ¿se podria recurrir esta multa por ese defecto?
hola, si me resuelven esta duda de manera que pueda recurrir y ganar juro que les contrato.
me ha multado el ayuntamiento por saltarme un semáforo y me lo han entregado en mano un agente de la guardia urbana.
articulo 146.a – RGC (no obedecer el conductor de un ciclomotor o motocicleta el semáforo rojo y pone SIN PELIGRO)
mi duda es que pone que soy conductor de ciclomotor mientras en realidad estaba conduciendo un turismo, que es lo que han puesto en la multa en el apartado de vehículo, es reclamable?
tambien en la multa no pone el importe a pagar, pero el agente me lo dijo de forma oral, es reclamable que la zona del importe este vacia? (la del importe, la del importe reducido y la data limite del reducido)
Estimado Marc,
Atendiendo a la consulta que nos plantea en el blog de MultAyuda, desde Pyramid Consulting le informamos que en relación a la cuestión concreta que nos manifiesta y según nos pone de relieve, existe un defecto de forma en el boletín de denuncia entregado a usted por parte del agente denunciante. En teoría el precepto presuntamente infringido no es el correcto, ya que está describiendo que la conducta de saltarse un semáforo la ha cometido con un ciclomotor, cuando en realidad usted conducía un turismo, siendo por tanto un vehículo con una categoría y clasificación diferente. Por tanto, el precepto infringido indicado en el boletín de denuncia no es el correcto, y se ha producido un defecto de forma claro y evidente, ya que usted no conducía en ninguna momento un ciclomotor. Otra cuestión es que el instructor del procedimiento sancionador no considere especialmente relevante este defecto en el tipo de infracción y lo subsane sin darle especial relevancia, sin que la denuncia supongo la nulidad de pleno derecho, al ser la misma comisión o infracción aunque sea con un vehículo distinto del que se plasma en la denuncia. Todo dependerá pues y en buena medida del instructor y del funcionario que examine las alegaciones. Evidentemente y lo relevante del tema es que el precepto infringido indicado en el boletín no es el preciso ni el correcto que debe aplicarse para imputar al responsabilidad por la comisión de este hecho. En relación a la otra cuestión que plantea en la consulta, el importe de la infracción, debe también consignarse e indicarse en el boletín, el cual debe contener toda la información precisa, clara y fundamental, ya que si no, existe una omisión de un dato fundamental en toda notificación de denuncia como es el importe abonar. Además, también debe indicar el boletín el plazo límite para pagar con bonificación del 50 %. Son pues, demasiadas omisiones de información básica y un error grave a la hora de plasmar el tipo infringido conforme la normativa de tráfico en el boletín que le han entregado. Así pues, la viabilidad a la hora de que sean estimadas sus pretensiones son -o deberían ser- muy elevadas, y por tanto, que deba archivarse y anularse la denuncia por defectos de forma de especial importancia.
Esperamos haberle sido de utilidad y ante cualquier duda o consulta que quiera hacernos, quedamos a tu entera disposición.
Un atento saludo
Buenos días, en mi caso el 22 de Diciembre me llega una multa de 18/08 durante nuestras vacaciones en La Coruña, por estacionar en zona de minusválidos, grave 200€. Al tratarse de coche de renting, la multa llega a mi empresa solicitando identificación, ya realizada. Los datos son correctos pero no especifican lugar de la infracción, dice estacionamiento público Valdoviño, para mi que el Guardia Civil firmante desconocía ubicación exacta. Es recurrible por ello? Cuándo empiezan a contar los 20 días para el pago bonificado? Mis disculpas a todos los usuarios de estas plazas y aunque suene a tópico no lo vi, creo fue en la playa y estoy seguro que en mi plaza no ponía nada,aunque lo mismo en la de al lado sí y englobaba varias…
Buenas,me ha llegado una notificación de multa de un acceso restringido por área residencial, la foto ni se ve el color del vehículo, ni marca,ni se ve el conductor, además tengo una denuncia interpuesta el año pasado por sustracción de los papeles del vehículo, la puedo recurrir?
Hola.
La pasada semana me sancionaron por tasa de alcohol pero en la denuncia que me dieron el municipio es erróneo.
Queda sin efecto la sanción..??
Hola, me denunciaron con 50€ por exceder el tiempo de estacionamiento regulado. La denuncia refleja sitio, día y hora pero la matricula de mi vehicule es incorrecta, pusieron K en vez de X.
Que hacer?? Se paga o se omite por no ser mi matricula??
Gxas
Hola.
La semana pasada me denunciaron por tasa de alcoholemia…
En la denuncia la dirección del municipio es errónea.
Puede quedar sin efecto la sanción..??
Gracias.
Hola me han sancionado por tener la itv caducada el coche estaba estacionado en la calle y yo ausente ,en la notificación viene el nombre de la calle que tenia antes del cambio por la ley de calles franquistas y que ahora no existe esa calle puedo recurrir un defecto de forma al no existir esa calle en el municipio gracias
Estimado Ramón, habiendo recibido la notificación en el domicilio correcto únicamente figurando en la misma el nombre de la calle anterior, no sería un defecto de forma suficiente para la anulación del expediente. Saludos
Buenos días,
He recibido una notificación de multa por circular a 77 km/h en un tramo limitado a 50 km/h, pero en realidad ese tramo está fuera de poblado y no hay señalización que limite a 50 km/h. Por lo tanto el límite es de 90 km/h.
¿Cuantas posibilidades tengo de que me quiten la multa si presento alegaciones?
Muchas gracias
Hola,
El otro día me pusieron 2 multas juntas y quería saber si me aconsejáis recurrirlas. Me detuvieron para hacer un control de alcoholemia el 1 de Enero y dí 0.0, seguidamente uno de los agentes me dijo que el neumático delantero izdo. tenía poco dibujo y yo le respondí ingenuamente que hacía 2 días había ido a la ITV y ya me lo habían comunicado, que tenía 1 mes para cambiarlo, me pidieron el papel de la ITV y resulta que sólo podía circular para ir al taller. Pues bien, de esto me pusieron 2 multas: 1 por circular sin la conformidad de la ITV y otra por llevar el neumático desgastado (hecho por el cual no pasé la ITV!!!). Entiendo yo que un hecho denunciado se deriva explicitamente del otro y no pueden sancionar dos veces por el mismo punto.
Aparte de eso resulta que las 2 multas las redactó el mismo agente (misma caligrafía) y en una está como denunciante y la otra pone como denunciante su compañero y él firma como testigo aún habiendo redactado él la multa. Creeis que prosperaría reclamar por error de forma? La persona que firma como denunciante no es la que ha redactado la multa
Gracias por vuestra ayuda
Buenos días Jose,
Como defecto de forma se entiende un error sustancial en la notificación que hace el agente, faltando a la veracidad de la matrícula, modelo, color o cualquier dato personal del supuesto infractor. El hecho de que el agente firme una multa que ha redactado él, no se consideraría como defecto de forma.
Saludos
Me levantaron una multa en carretera federal por revasar en linea continua, Pero los datos estan incorrectos, Placas una letra erronea, Serie varias numeros incorrectos, Motor varios numeros incorrectos, pero mi direccion y nombre y licencia estan correctos, Puedo recurrirla?
Estimado Carlos,
Por lo que nos cuentas existen numerosos errores en la denuncia que aconsejamos que pueden ser de gran interés para lograr éxito en un recurso. Se tratan de defectos de forma y en concreto la matrícula, modelo es especialmente importante que estén correctos. Aconsejamos que recurra y ante cualquier duda que se le presente, no dude en contar con nosotros para cualquier tipo de ayuda.
Un atento saludo
Buenas tardes me han sancionado por aparcamiento indebido, aparcar en zona prohibida año impar,pero en el boletin han puesto 5/01/2014 en lugar de 5/01/2015…puedo recurrir?
Gracias
Buenas tardes Gabriel,
Tal como nos cuentas efectivamente se ha cometido un error en tu caso, denominado más concretamente defecto de forma que afecta a los puntos más importantes que no se deben equivocar en una denuncia, afectando a la matrícula, color, fecha, hora y modelo del vehículo que supuestamente es infractor. Si en tu denuncia se erra en la fecha, en concreto en el año, aunque parece a todas luces un despiste fruto del reciente y estrenado año, tienes un buen motivo para recurrir y que esta sanción tenga su éxito porque es uno de los puntos que tienen que ser suficientemente claros e inequívocos para que prospere la denuncia.
Un atento saludo
Buenas tardes,
Estando estacionada en la autopista, me pusieron una multa por estacionamiento en zona no habilitada para ello, y al hacerme prueba de tóxicos y dar positivo, al cabo de unos días, recibo multa por infringir el art.27.1 del rd 1428/03 «no podrán CIRCULAR por las vías…
En el momento en que me hicieron la prueba estaba estacionada(fui multada por estacionamiento indebido), no estaba CIRCULANDO.
1- Si no me vieron circular porque estaba estacionada, ¿pueden suponer esa circunstancia y multarme de todas formas?
2- Presenté alegaciones y pedí pruebas, me contestaron pero no las leí devolvieron la carta certificada de correos y está publicado en testra.
¿Me convendría solicitar que me las remitan de nuevo y presentar alegaciones a la propuesta de resolución por, o esperar a la resolución y presentar recurso de reposición, o no hacer nada y esperar un error de notificación?.
Gracias.
Hola buenas! Ante todo felicitar por la página! Me han multado esta noche por aparcar en carril de circulación. En la denuncia que me han dejado en el coche (Ya que no estaba dentro) pone que fue día 16 y en realidad era 18. Querría saber que tipo de pruebas se pueden presentar para demostrar que el día de la multa no fue el correcto.
Un saludo y muchas gracias!
Estimado Alejandro,
Tal como nos cuentas efectivamente se ha cometido un error en tu caso, denominado más concretamente defecto de forma que afecta a los puntos más importantes que no se deben equivocar en una denuncia, afectando a la matrícula, color, fecha, hora y modelo del vehículo que supuestamente es infractor. Si en tu denuncia se erra en la fecha, tienes un buen motivo para recurrir y que esta sanción tenga su éxito porque es uno de los puntos que tienen que ser suficientemente claros e inequívocos para que prospere la deuncia.
Un atento saludo
HOLA, EL PASADO DIA 2/01/15 ME MULTARON POR APARCAR EN UN PASO REBAJADO SIN SEÑALIZAR, NI PINTADO AMARILLO, NI SEÑAL VERTICAL NI NADA, Y EN EL BOLETIN DE LA DENUNCIA ME PUSIERON FECHA 2/01/14.
LA VOY A RECURRIR PERO NO SE QUE PONER EN EL PLIEGO DE DESCARGO.
GRACIAS
Estimado David,
En primer lugar para recurrir con mayores garantías de éxito y dado que según nos comentas la prohibición de aparcar en la calle brillaba por su ausencia con una muy mala o inexistente señalización, aportaría fotografías del lugar además de incluir el error de la fecha el pliego de alegaciones aportando de esta manera un principio de prueba de que en la fecha que le indican, se hallaba en otro lugar.
Un atento saludo
Hola buenas ,mi caso es el siguiente, podría librarme de una multa de alcoholemia que al leerla en casa me di cuenta que se les olvido poner el resultado de la prueba. ..0.79mg por aire expirado…y me han llamado de la comisaría amablemente para haber si puedo pasarme que se le olvido algo. Tengo obligación de ir si me cita por teléfono? También se les olvido poner la cuantía de la multa y los puntos retirados, vamos que están mis datos y los del coche, y una frase que pone conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa superior de.. (y ahí acaba) XD
Buenas tardes;
he recibido una sanción de alcoholemia en la que la marca y el modelo del vehículo no corresponden con la realidad. la matrícula esta la han redactado bien, puedo reclamar dicha sanción alegando algo sobre los errores cometidos?
saludos y gracias.
Buenos días,
Ayer al ir a por el coche, me dí cuenta que tenía en la luna una notificación de denuncia por estacionar en lugar para minusválidos, el caso es que no me había dado cuenta de la señal y encima el suelo no estaba marcado de ninguna manera.
Al observar la notificación vi que en la denuncia habían puesto 20/01/2015 en vez del día de ayer 19/01/2015.
¿Qué puedo hacer? Son 200 € y os aseguro que no me dí cuenta de la señal y no le presté atención al no ver el suelo pintado.
Muchas gracias.
Buenos días Alberto,
Entendemos que no se diera cuenta y que fuese un despiste o fallo el aparcar en la plaza de minusválidos. Esa justificación no le serviría para recurrir aunque el error de la fecha sí que podría ser una buena baza. Sería interesante al formular el pliego de alegaciones aportara Vd un principio de prueba de que en la fecha que le indican, se hallaba en otro lugar.
Un atento saludo
HOLA EL OTRO DIA ME PUSUIERON UNA MULTA Y EL IKMPORTE DE ESA MULTA DECIA QUE ERAN 80 EUROS,FUI AL BANCO Y PAGUE 40 DADO QUE TENIA LA DEDUCCION DEL 50%EL PROBLEMA ES QUE SUMA ME DICE QUE LA INFRACCION ES DE 200 EUROS Y QUE ME FALTA 60 EUROS POR PAGAR YA QUE CON LA DEDUCCION SERIAN 100 Y AY PAQUE 40.LA PUEDO RECURRIR YA QUE YO HE PAGADO LO QUE PONIA EN LA HOJITA VERDE.
Buenos días Jose Alberto,
Lo que nos cuenta es ante todo curioso, dado que si en su notificación se especifica claro el importe de la sanción no se entiende que ahora le reclamen más dinero. Seguramente se trate de otra sanción pendiente, la cual si no se la han notificado, es un problema de la administración o sino de un error que en cualquier caso merece ser recurrido.
Saludos
Hola,el otro dia le pusieron una multa a mi mujer por ir en el asiento trasero sin cinturon.al llegar la notificacion pone que es por no utilizar el conductor el cinturon (117.01) .este defecto es recurrible?muchas gracias.
Buenas tardes Jordi,
En su caso se repite un error del agente en el fondo de la denuncia. Resulta recurrible aunque el hecho de que un pasajero tampoco lleve el pertinente cinturón de seguridad, también es objeto de multa de tráfico, por lo que seguiría siendo objeto de denuncia.
Saludos
Buenos días,
El pasado 16-01-15 me pusieron una multa por aparcar en zona reservada de motos. Las líneas de separación de las motos están muy gastadas (aunque se ven en las fotos que tomé). El coche se lo llevó la grúa así que son 156.85€ (grúa más parquing) y 90€ por la multa de aparcamiento.
Otro tema es que en el modelo del coche han puesto Peugeot 206 en lugar de Peugeot 307. No especifican el color, pero la matrícula está correcta.
Quisiera saber si hay alguna posibilidad de recurrirla con éxito o mejor debería pagar y aprovechar el descuento en la multa de aparcamiento de 45€.
Muchas gracias por su ayuda.
Buenas tardes Faustino,
Según su caso que nos expone, existe un error en los datos, en concreto el modelo del vehículo. Al estar la matrícula correcta y datos como la fecha u hora, puede ser un poco más difícil defender su postura, porque aunque ha habido un error si el resto están bien aparentemente podrán justificarlo aunque igualmente tiene una primera baza para la defensa a la que le sumaríamos nosotros unas fotografías de las líneas de separación de las motos si están tan desgastadas como nos indica. No podemos asegurarle en este caso concreto un completo éxito porque si en las fotografías se ven las líneas, es fácil que no resulten válidas como justificación. Indicarle que al escoger la opción del pronto pago, rehusa de la posibilidad de defenderse, son incompatibles. Esperamos que se resuelva de la mejor forma y ante cualquier duda que se le presente, no dude en contar con nosotros.
Saludos
Buenas tardes,
Estando estacionada en la autopista, me pusieron una multa por estacionamiento en zona no habilitada para ello, y al hacerme prueba de tóxicos y dar positivo, al cabo de unos días, recibo multa por infringir el art.27.1 del rd 1428/03 “no podrán CIRCULAR por las vías…
En el momento en que me hicieron la prueba estaba estacionada(fui multada por estacionamiento indebido), no estaba CIRCULANDO.
1- Si no me vieron circular porque estaba estacionada, ¿pueden suponer esa circunstancia y multarme de todas formas?
2- Presenté alegaciones y pedí pruebas, me contestaron pero no las leí devolvieron la carta certificada de correos y está publicado en testra.
¿Me convendría solicitar que me las remitan de nuevo y presentar alegaciones a la propuesta de resolución, o esperar a la resolución y presentar recurso de reposición o no hacer nada y esperar un error de notificación?.
Gracias.
Hola.acabo de coger de parabrisas de mi coche una multa de la zona azul por no tener tiket, y veo q tiene mal puesta una letra de la matricula de mi coche.puedo recurrirla.muchas gracias
Estimada Adriana,
En relación a la cuestión que nos plantea en la web, queremos informarle que si usted ha recibido una denuncia con un error en la matrícula que es uno de los puntos fuertes que todo conductor y por supuesto controlador debe tener en cuenta,se entiende que ha existido -por parte del Ayuntamiento de la localidad en donde fue denunciado- lo que se conoce en términos jurídicos como un “defecto de forma” de la notificación. La imputación de una denuncia de tráfico a una persona que no tiene ningún tipo de responsabilidad por ello, es fruto en la mayoría de casos porque el agente denunciante anota erróneamente en el momento de la infracción, la matrícula del vehículo infractor. En consecuencia, existe un error o “defecto de forma” grave en la notificación de denuncia, es decir, existe un error en la propia denuncia de algún elemento esencial que identifica al vehículo, a la persona presuntamente infractora, al lugar y fecha de la infracción, al precepto infringido etc…
En el caso que usted nos comenta, el error es absoluto, ya que se les está imputando una infracción de tráfico a un vehículo con una matrícula diferente de lo que es la suya.Desde Pyramid Consulting le recomendamos encarecidamente que impugne y recurra la denuncia por defecto de forma manifiesto, el cual constituye o -debería constituir- la nulidad de pleno derecho del acto administrativo sancionador, por adolecer la notificación de denuncia recibida de errores muy notables que invalidan la multa. Para fundamentar y apoyar el recurso contra dicha denuncia, es básico y muy recomendable que adjunte la copia de la denuncia que ha recibido, para que el órgano sancionador observe que la matrícula de la infracción no corresponde con la matrícula del vehículo presuntamente infractor, y en consecuencia ha existido un error que se ha plasmado en la denuncia. La viabilidad del recurso, entendemos que es bastante elevada de que prospere, ya que los elementos erróneos de la notificación de denuncia son de máxima importancia para no ser tenidos en cuenta.
Saludos
Hola!
Hace unos días me multaron en la zona de estacionamiento regulado (S.E.R.) de madrid. En el parquímetro introducí por descuido el numero de matrícula con un dígito erróneo y en la multa aparece como que estacioné sin el pago correspondiente, como si no hubiera distintivo en el vehículo. ¿podría recurrir la multa?
Gracias.
Hola me han multado por aparcar encima de la acera a las 21.15 de la noche.al comentarselo a un vecino me dice que hay una «»ley»»» que no se multa de 20 a 8.y encima no me ha puesto el agente la hora en la que fue todo me ha dicho el hombre que sin hora la multa queda anulada es esp cierto? ?? Gracias y un saludo
Hola me he encontrado una denuncia en el parabrisas por estacionar en doble fila,mi coche es un ford focus y pone ford mondeo tampoco pone el color,podria recurrirla y si no fuese asi y al no entregarmela en mano cuando la reciba en casa puedo pagarla tambien con descuento,gracias.
Hola, me han multado por dejar el coche en un paso inferior (Artículo 94 de CIR R.D. 1428/2003). En la multa pone «Estacionar en un paso inferior». En el artículo de antes pone: «…en los túneles,pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal <>» sin embargo, en este caso no hay esa señal de túnel que menciona. ¿Podría recurrir?
hola, me an multado esta mañana y encima me cachean y registran el coche, me e kedao parao!! segun la multa, porque no se iva a ir sin multarme, es el articulo 74.1. dice; hacer un cambio de dirección con peligro para el resto de usuarios, no advirtiendo a los otros vehiculos que circulan detras. perdona!! puse el intermitente y encima mira como se an cebado conmigo los cabronazos de los mossos, es una injusticia. ah y lo mas bueno 200e de multa, en serio tio!! podriais echarme una ayuda o saber si se puede hacer alegaciones? ? un saludo
Buenas,me pusieron una multa por velocidad(67km/h) en vía limitada a 50,pero el radar estaba limitado a 40 como se puede ver en la foto.
Después de recurrir los 300€ y 2 puntos que me pusieron,me mandan corregida a 100€ y sin retirada de puntos.
Mi pregunta es si esa corrección es válida usando la misma foto en la que figura el limite del radar a 40km/,siendo el de la vía de 50km/.
Muchas gracias.
hola me llego una maulta de mi moto por andar sin casco pero la guardia urbana nunca me ha detenido, cuando me llega la multa a mi casa veo que el apellido esta mal escrito, no tiene numero de documento, y no esta firmada.. tiene alguna validez??
Hola el otro día la policía municipal me paro y me hizo la prueba de alcolemía, la cual di positivo 0,51 y la multa es de mil euros pero en la copia de la multa pone 100 no mil que hago?? Grax
Hola, me han puesto una denuncia, y han cambiado el orden de las letras, por lo que aparece otro modelo y marca de vehículo que no es el mio, los datos restantes son correctos,( nombre, dirección, dni…. etc.)
que debo hacer, ¿la pago o le llega la denuncia al vehículo que aparecer o que?
En mi multa, pone que mi coche estaba aparcado en «plaza parrote»
cuando sucede lo siguiente:
1.- no existe ninguna plaza con ese nombre, es «calle parrote»
2.- mi coche no estaba aparcado en la calle citada, sino en otra muy próxima.
Puedo recurrir la multa por este motivo alegando nulidad del art. 62 lsv?
muchas gracias, un saludo.
Hola
Tanto en el boletín de denuncia como en la notificación de denuncia no aparece el modelo de coche. La matricula y la marca del vehículo son correctas. Es una multa por estacionar en la acera. Me gustaría saber que si en caso de recurriir, por falta de información/datos, tengo probabilidad de que me retiren la denuncia .
Gracias por su ayuda
Hola, La G.C. me ha denunciado por circular por el arcén. El caso es que la matrícula de mi moto empieza por «GI», como pone la ficha técnica, y en el boletín de denuncia hah puesto «GE», cosa que no entiendo, la verdad.¿Es motivo para que prosperara un recurso? Gracias
Esta madrugada me pararon en un control de alcoholemia donde di negativo en alcohol pero positivo en cannabis y cocaína. He de decir que habían pasado más de 6 horas desde la consumición y que las cantidades fueron mínimas (dos caladas y dos rayas, no soy consumidor habitual) por lo que ya no iba bajo los efectos de las substancias.
En la copia de la denuncia aparcen mal todos los datos del vehículo: matrícula, marca y modelo incorrecto. Se debieron confundir con otro coche de los que tenían parados también.
Me aconsejais recurrir o pagar con la reducción del 50%??
MUCHAS GRACIAS!
Hola que tal, soy de Mexico.
Tal vez puedas ayudarme, mi situación es que me impusieron una multa por circular sin claxon, fue asi por que me ayudaron ya que mi licencia esta vencida y me pusieron esta multa ya que es mas barata, la cosa es que escribieron mal mi nombre y las placas en la boleta y en la linea de captura aparece mal mi nombre y el numero de placa. El domicilio que esta anotado en la boleta no es en que vivo actualmente, es un domicilio pasado. La pregunta es si la multa procede?
Gracias y saludos¡
en una denuncia que me han puesto. el agente al dármela poniendo todos los datos correctamente me dice que el importe es de 280´00 euros como lo expresa en la denuncia y que si la pago en un plazo de 15 días se queda en 140 como a si lo pone en la denuncia. yo la abono en el plazo establecido y al poco tiempo recibo una carta de trafico diciendome que es de 2800´00 y reducida en 1400´00. se puede recurrir. un saludo. y gracias de antemano
hace un año un policía en moto me paro me retuvo los documentos y me hizo acompañarlo a un cai para allí esperar a una persona de transito al hacerme la prueba de alcoholimetria di positivo grado 1 este procedimiento es legal
si no lo es que puedo hacer aun q yo acepte los cargos para poder retirar la moto que puedo hacer muchas gracias de ante mano
Me han puesto una multa por alcoholemia, pero en el papel se han equivocado al redactar, porque pone que tengo que dar 0,25 mg/l en aire aspirado pero soy novel y en mi caso es 0,15 mg/L. Podría recurrirla?
Hola. Me han puesto una sanción por aparcar en carril o parte de la vía reservada a la circulación. Yo me encontraba en una cafetería y el dueño me alerto de que me estaban multando. Al salir el policía no me notifico la sanción en el acto estando obligado a ello pues en ningún momento se daban las excepciones que la ley contempla. Cuando me dio el boletín de denuncia me di cuenta que por su forma de escribir ni el año de la fecha ni la hora son legibles 100 por 100 pues el año parece 2026 y la hora las 27:50. También me di cuenta que la calle que indica no se corresponde con la calle donde estaba estacionado (yo estaba en felipe II y el en el boletín aparece IV que es otra calle de la ciudad pero esta en la otra punta). Además al ver la matricula lo que es un 9 parece un 4. Es posible alegar esta sanción por defecto formal o cualquier otra causa?? Gracias
Hola.
En mi multa con fecha 9/12/2014 que me ha llegado esta semana argumenta: «circular con el vehiculo reseñado por un tunel, paso inferior o tramo de via afectado por la selak de tunel, suficientemente iluminado sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce. Infracción observada desde helipcotero DGT» un tanto curiosa la multa, pero la inconcluencia esta en el lugar de la denuncia que pone: A42 klm 255.5 ourense sentido creciente. Y en ese punto km no existe ningun tunel. El mas cercano se encuentra a 12 klm (que supongo que seria de este mi infracción).
supongo que son motivos suficientes para alegarla. Pero lo que quería saber es si ellos alegando la foto tendrian la razon.
Muchas gracias de antemano.
Hola:
Hay alguna posibilidad de que prospere un recurso para no pagar una multa por poner un cantidad económica como sanción superior a la que marca la ley por dar una tasa de alcohol de 0.54. La sanción establecida es de 500 euros (250 pago en 20 días) y en la multa pone una sanción de 1000 euros (500 euros por pronto pago).
Un saludo.
Gracias.
Hola,
Me pusieron una multa en la que el articulo de la ley sobre tráfico no era el correcto, el articulo del reglamento de circulación tampoco, el punto exacto de la infracción tampoco se especifica claramente (pone Avenida ….S/N, siendo una avenida de mas de 2 km) y en la identificación del agente aparece su numero pero tapado con el garabato de su firma lo que lo hace ininteligible. Tras recurrir al ayuntamiento (la multa era de un municipal), reconoce que se ha equivocado en el articulo del reglamento pero que se ratifica en la sanción. ¿Como lo veis para seguir recurriendo? Gracias!
Buenas tardes. El pasado mes de julio me multaron porque circulaba a 118 km/h en un pequeño tramo de 60 km/h. Obviamente iban a pillar y eramos muchos los que estábamos allí esperando el boletín. Me lo dieron y lo firme, 300 e y 2 puntos. La pagué dentro de plazo por lo que con la reducción pague 150 e.
En noviembre me llego una notificación donde indicaba que la multa era finalmente de 400 e y 4 puntos y que si lo pagaba en plazo debería abonar 50 euros.
Decidí presentar alegaciones y tras hacer las dos posibles ahora me reclaman el total de 400 euros cuando yo tuve en su momento voluntad de pago y cuando no pido la anulación de la multa, sino del incremento que me pusieron después.
Puedo reclamar algo mas? Me dice que tengo un mes para un recurso de reposición pero continua la sanción? Puede ser que si reclamo me pidan además el recargo del 20 %, ya quw solo me dan 15 días para pagar.
Muchas gracias.
Buenas tardes,
Me han puesto una sanción por estacionamiento prohibido (en la señal pone «los dias de partido», supongo que no puedo reclamar por ello aunque yo sea de otro municipio y no sepa los dias que en ese pueblo se juega un partido.
Pero en el cuerpo de la denuncia hay un apartado que «precepto infrigido» y el agente lo ha escrito sólo en catalán y otro apartado que pone «Hecho denunciado», y se lo ha dejado en blanco.
Aparte también veo que pone articulo 1548 pero no pone de que normativa es el articulo, ej. RGC, LSV,OOMM. ¿si no se de que ley es el articulo como voy a defenderme? ¿Puedo reclamar por alguno de estos motivos?
Me Han multado, por no respetar una señal que no lo habia visto, pero han equivocado en poner la fecha correcta, en lugar de 06/03/15 pusieron 06/04/15 y aún estamos en el mes 03 ( marzo). ¿ Qual seria major pagar la multa aprovechando el descuento 50% o recurrirla?.
Muchas gracias.
Hola, me han multado por conducir con un carnet colombiano y no haber hecho el canje al español siendo residente. He firmado la multa y al llegar a casa me he dado cuenta que mi matricula es correcta pero los datos de modelo del vehiculo y color son incorrectos. Tengo alguna posibilidad de recurrirla? Muchas gracias
Hola
me multaron por estar estacionado el vehiculo en parada de autobus. En la denuncia que me entregaron pone que soy multado con 200 puntos. Pero al llegar la multa a casa lo corrigieron y pusieron 200 euros. Puedo recurrir eso? lo ganarè?
Gracias
Hola, ayer deje mi ciclomotor aparcado encima de la acera media hora, cuando baje de casa y vi la multa me dado cuenta de que sólo han escrito la marca del ciclomotor y además mal escrita y no han puesto ni el modelo ni color. Me gustaría saber si se puede recurrir ya que son 90€ o 42€ si lo pago antes de tiempo. Gracias
Hola buenos días, a mi hace unos días me multaron por ir en sentido contrario, pero en el folio de la infracción se equivocaron y pusieron mi nombre mal, ya que pusieron Erick y mi nombre en mi acta de nacimiento es Erik, podría ser motivo de anulación de folio??
Hola me gustaría saber si en una prueba de alcolemia al dar negativo y pedirme mis datos me equivoco en la fecha de nacimiento pasa algo
Hola, acabo de recibir una multa de otro ayuntamiento diferente al que vivo en carta certificada, multa por aparcar en carga y descarga, he leido y releido la multa y he visto un error de identificacion del vehiculo dice: Marca vehiculo: YUKE y el vehiculo en cuestion es NISSAN JUKE, en matricula pone 005009-GZN, mi matricula es : 5009GZN.
El tiempo desde que ocurrieron los hechos al envio de notificacion de pago es correcto.
Quisiera que me asesoraran si debo recurrir y de que forma.
Gracias
Hola,
El sábado 16/03/2015 me multaron por no parar por completo en un Stop, a pesar de que no venia ningún coche al cual le tenia que ceder el paso. El agente a la hora de hacer la denuncia se equivoco y en vez de poner «no detenerse en el Stop» puso por No detenerse en el ceda el paso. El me digo que era un error y que en su historial lo iba a corregir. Se puede recurrir este tipo de errores???
Gracias de antemano.
Hola.
Hace unas semanas aparque el coche en un carga y descarga unos minutos y al de unas semanas he recibido en casa una multa por esa infraccion (cuando cometi la infraccion, en el coche no me dejaron notificacion). He revisado la multa y hay un error en la matricula de mi coche no coincide el ultimo numero ¿para recurrirla que deberia alegar?
Buenos días,
El caso es que el otro día me multaron por no tener pasada la ITV, en la multa aparece «ambulancia» como clase de vehículo, cuando es una furgoneta que presta un servicio personal. Esto se debe a porque antiguamente, si fue utilizada como ambulancia. ¿Podría recurrirla?
Muchas gracias de antemano
Buenos días Octavio,
Al recurrir debe acompañar la ficha técnica y permiso de circulación del vehículo y de figurar ambulancia debe acreditar que ya no se emplea para ese fin. Por tanto si el destino actual del vehículo es otro, ya que se emplea como uso privado y no en el ejercicio de actividades económicas como de ambulancia la sanción por no haber pasado la ITV no sería procedente si desde la última revisión han transcurridos menos de 4 años.
Un atento saludo
Los verificadores de la POFECO, levantaron acta de verificación en mi establecimiento comercial, supuestamente porque se les negó que llevaran a cabo la verificación, pero al momento de anotar el domicilio de mi negocio, lo hicieron de manera incorrecta. Mi pregunta es: Es valido que me multe la PROFECO, si el domicilio que anotaron los verificadores en el acta es incorrecto?. Me podrían decir cual es la fundamentación legal para defenderme contra esa multa en un recurso de revisión? y si es posible me podrían orientar con un formato?. Muchas. Además de que nunca se les negó que actuaran, simplemente se les pidió que esperaran un momento en lo que llegaba yo al negocio. Mil gracias…
me han multado por dejar el vehículo en doble fila, para comprar no he perdido el vehículo de vista y no he tardado más de 2 minutos en volver, además estaba mi mujer( también conductora) en el vehículo. Cundo me marcho tengo un coche de la policía municipal detrás que me increpa y el agente me dice que viene la grúa, que ya estoy sancionado. Le digo que si lo estoy que me dé el boletín y ya el agente se pierde los papeles. Cuando llego a casa con intención de reclamar el hecho porque me multa por estacionamiento, compruebo que en el boletín pone el articulo el apartado, todo relleno, excepto el reglamento o ley por el que me sanciona.
¿Debo reclamar por que no es un estacionamiento, o puedo hacerlo porque no dice a qué ley pertenece el artículo?
Gracias de antemano y perdón por extenderme.
Ami me cursaron una infracción por conducir a exceso de velocidad (167kmh) y en el parte policial esta escrito mi nombre pero pusieron en ruta de mi hermano quien es el dueño del vehiculo, de que manera podría favorecerle el echo de que el parte poseea esa falla?..de ante mano gracias por cualquier ayuda.
Digo el rut de mi hermano y no el mio
Hola!! A ver si me podéis orientar.
El 25/05/14 me multaron por sobrepasar la tasa de alcohol. La multa me fue notificada en tiempo y forma. Presenté un recurso alegando una boberia con el fin de alargar el procedimiento y conseguir el dinero para pagarla. La resolució a ese recurso, fue que la sanción quedaba anulada, debiendo devolverse a su procedencia para su correcta notificación puesto que no consta en el expediente que los hechos denunciados hayan sido notificados correcta o completamente por el agente u órgano instructor. El caso es que me ha vuelto a llegar casi 10 meses después del hecho como si fuera la primera vez, con su reducción del 50% y todo. Podría recurrirla esta vez por notificación fuera de plazo o algo?
Muchas gracias de antemano.
Buenos días Sandra,
Pudiera recurrir nuevamente en el plazo de 20 días, que estimo que le otorgan al darse nuevamente la fase de denuncia, pero esta vez correctamente notificada y subsanada. Si le desestimaran le notificaran la Resolución sancionadora que será recurrible en el plazo de un mes. Apure dicho plazos a efectos de dilatar el procedimiento y que la finalización del mismo sea superior a un año. Ya que en dicho momento se habrá producido la caducidad del expediente. La caducidad comienza desde la incoación del expediente hasta la notificación de la resolución sancionadora. Si no en todo caso puede alegar prescripción entre actos.
Saludos
Hola me han multado.En la multa cuando redactan el nombre del lugar de lo acontecido no coincide con el lugar de la foto.Esposible redactar una alegación por no escribir el nombre correcto de la calle?
Estimado Thony,
Claro que es posible y le recomendamos que dé ese paso, avance con un recurso, dado que se trata de un error del lugar, un defecto de forma y con un buen asesoramiento, seguramente que obtenga la razón con el debido recurso. Para cualquier cosa que necesite en este procedimiento, no dude en contar con nosotros. Le ayudaremos encantados.
Un atento saludo
Buenas, me ha llegado una denuncia del Ayto. Burgos, en la que figura un precepto y artículo OMC Art 12.A, curiosamente esa OMC (Ordenanza Municipal de Circulación) no está en vigor, es una propuesta. Y sin embargo, en el exterior del documento remiten a la Ordenanza ORA (en la cara del sobre, que una vez abierto contiene la denuncia). Es decir, el precepto denunciado no se ajusta a la OMC, pues ésta no existe -salvo en forma de propuesta-. La «denuncia» la formuló un controlador de la ORA que firmó el «ticket» él mismo (ella, para ser más exactos) y figura el nombre de la individua en la denuncia. Desde mi punto de vista es nula de pleno derecho, pues denuncia por un precepto que, no existe legalmente. Ruego consejo.
Hola. Me han puesto una multa de aparcamiento, pero no los números de la sanción no están claros. No se sabe si es un uno o un dos. ¿Qué debo hacer? ¿Puedo negarme a pagar los doscientos, puesto que parece que ponga cien? Un saludo.
Buenos días.
Hace unos 20 días la Policia Local me denunció por mal estacionamiento, estando yo ausente. Sin embargo, la notificación de la denuncia me la han enviado a un domicilio en el que no resido, ni estoy empadronado, ni el permiso de circulación del coche figura, hace más de 6 años.
¿Debo entonces darme por notificado de la sanción, y recurrirla por defecto de forma, o directamente no darme por notificado?.
Muchas gracias.
Buenas tardes.
Me han multado por pasarme un semáforo en rojo en una rotonda.
Ya la he pagado por beneficiarme del descuento del 50%.
Pero en el boletín hay un numero de mi DNI que no esta bien, donde debe ser un 5, pone un 3.
Puedo recurrirla, aunque haya pagado?
Aunque no me devuelvan el dinero (100€), pero que me quiten los cuatro puntos.
Gracias.
Estimado Antonio,
Sentimos comunicarle que al haberse acogido a una opción la del pronto pago, ha descartado la otra vía, la del recurso. Si uno paga y acepta la multa de tráfico, no es posible luego recurrirla. Decirle que con ese error de DNI, defecto de forma, sí se podría haber recurrido con éxito, al tratarse de uno de los datos clave del conductor. La próxima vez (ojalá que no la haya) que se encuentre en esta tesitura, pídanos consejo, le asesoraremos encantados de la mejor opción.
Saludos
Buenas tardes
me acaban de multar vor ir a exceso de velocidad, pero ya al leer la multa en la descripción de mi auto pone que es tipo sedan y mi auto es hatchback. Mi pregunta es si puede procedar la multa con ese error?
Hola buenas. el otro dia me pararon en un control y di positivo en THC, habiendo fumado el dia anterior ( unas 20 hrs )y por supuesto sin estar bajo los efectos de la sustancia.
Soy fumador habitual, no me encontraron signo fisico de estar bajo efectos de cannabis, ni ninguna sustancia encima que pudiera comprometerme.
Hay varios puntos que no me cuadran y quisiera saber si seria conveniente recurrir o resignarme a pagar :
– el detector no es capaz de decir cuanto tiempo ha pasado desde que consumi cannabis, por lo tanto no estaba bajo efecto de ninguna droga ( en el acta no pone nada de eso, sólo se refiere a «circular con presencia de drogas en el organismo»
– el agente que firma como TESTIGO la diligencia anexa a la denuncia ( resultado del test ), es el mismo que firma la multa como DENUNCIANTE, de modo que el agente denunciante/notificador firma como agente testigo en la diligencia anexa con el resultado del test.
– de poder recurrir, que alegaciones deberia tomar en mi caso? tengo entendido que el drugtest5000 no dicta cuanta sustancia llevo en el organismo ni cuanto hace que la consumí, de modo que no habría forma de verificar que conducia bajo sus efectos.
gracias por la ayuda de antemano, un saludo
Hola..me ha llegado una multa.me ha identificado mi empresa antigua como conductor en 2 multas. .yo no era quien llevaba ese vehículo ese dia pero aparte en la multa pone calle martinete y esa calle no existe en ese municipio.existe la calle del martinete..Como puedo recurrirla
Hola, buenas tardes. tengo una duda.
Se ha llevado el coche la grua por no poner el ticket de la O.R.A. Pero el artículo que lo regula es el 38 de la L.S.V y aquí me han puesto que he infringido el 39. ¿podría conseguir anularla?
Muchas Gracias
Buenos días, quería consultarles. Aparqué en un lugar de carga y descarga en mi zona de la SER, sin percatarme de que había una señal que lo indicaba. Además, como vivo en el centro de Madrid y utilizo muy poco el coche lo dejé aparcado allí una semana entera.
Han empezado a llegarme multas, pero NO SON TODAS IGUALES: en unas se indica que el precepto infringido es el 38 LSV/61 ORD.MOV (estacionar en lugar prohibido debidamente señalizado) y en otras el 39 LSV/61 ORD.MOV (estacionar en zona y horario de carga y descarga sin realizar operaciones con esa finalidad). Además, en unas el lugar de la infraciión el número 38 de la calle y en otras el 42.
En todos los casos, los denunciantes son agentes controladores del SER.
Existe alguna posibilidad de éxito si recurro alguna de ellas por defecto de forma, o porque sancionen infracciones diferentes?
Muchas gracias
Buenos días, he recibido una multa en la que pone en el boletin: Circular a 74 km/h limite 70 km/h en fecha 19/03/15
En la foto aparece 79 km/h. ¿se puede recurrir o me la mandaran correguida?.
Gracias.
Este fin de semana me han multado por beber en la vía pública y en la multa pone que ha sido en c/ cruz pero la calle se llama c/ de la cruz y me he dado cuenta al mirar la dirección de la discoteca en mi casa. puedo recurrirla por no especificar bien el nombre de la calle?
Hola, Hoy me han multado por aparcar en un parkin de un centro comercial, zona minusvalía, estando muy desgastado la zona del suelo que lo señalaba.Sin saber tampoco que en estos sitios te podían multar.Pero la multa tiene todas las características de mi coche,aunque no aparece ni la FECHA ni la HORA de la multa.
Puedo recurrir????
Gracias.
ME HA LLEGAD UNA MULTA POR EXCESO DE VELOCIDAD, Y LA DIRECCIÓN DÓNDE DICE LA MULTA SE COMETIÓ LA INFRACCIÓN NO COINCIDE CON LA DE LA FOTOGRAFÍA, ES OTRA VÍA TOTALMENTE DISTINTA, AUNQUE EN LA FOTO SI APARECE MI CICLOMOTOR Y SE VE CLARAMENTE LA MATRICULA. SE PUEDE ALEGAR QUE HAY UN DEFECTO A LA HORA DE REDACTAR LA MULTA?
Me pueden poner una multa por dejar mi vehiculo en una via de acceso a un garaje sin obtaculizar el transito del mismo, teniendo los 4 intermitentes, habiendo una persona dentro del coche y tardar 2 min. en volver al coche. ademas en la multa que el agente me entrega en mano no aparece el nombre de la via.
Gracias.
Estimado Pedro Vega,
Por lo que nos dejas ver y según las características que describes, estamos ante una parada y no estacionamiento al encontrarse todos los ingredientes reunidos. Intermitentes, persona dentro del vehículo y un tiempo no superior a los dos minutos. Su caso es totalmente recurrible y más si en la denuncia no aparece la calle que es un dato clave para la demostración de que se obstaculizaba el tránsito de la misma.
Ante cualquier duda que tenga en el procedimiento, le daremos nuestro asesoramiento personalizado encantados.
Un atento saludo
Buenas tardes,
Me han multado por exceso de velocidad en vía urbana, realizando la notificación el agente en el acto.
Al revisar el boletín de denuncia observo varias cosas que me llaman la atención:
En precepto infringido de las dos casillas (Art 50 y Art 52) marca la de Art. 52 R.G.C pero a continuación pone Art. 50, Apart. 1 Opción 5A por un importe de 400€ y 4 puntos a detraer.
En el momento de la denuncia solicité la fotografía pero no me la dieron y me dijeron que tendría que pedirla. ¿Es esto correcto?
En los datos pone el modelo y n/s del cinemómetro, pero no hace referencia a su homologación ni a los posibles márgenes de error aplicados.
Además, en el hecho denunciado pone circular a 79Km/h estando limitada a 50Km/h lo que correspondería según he visto a 300€ y 2 puntos.
¿No existiría indefensión? ya que, en el supuesto de que efectivamente fuese a 79Km/h al recurrrir por el error en el importe habría perdido el derecho a la reducción del 50% en el mismo.
¿Como debería plantear el recurso?
Agradezco de antemano su respuesta
Hola.
He recibido una multa por aparcar mal(zona exclusiva para Policía Local)en zona de seguridad bien señalizada. En esta misma jefatura de policía local voy a intentar paliar dicha multa ya que fue el tiempo de tomar un café-que es verdad-.es el mismo agente que me sanciona el que me atiende pero no puede quitarme la multa porque, según él, lleva un número de registro y no hay escusa para intentar evadirla. Le pregunto si la puedo pagar en esta jefatura y me dice que no y me indica en otro lugar. Sigo un rato en conversación intentando convencerlo para que me la anule y sin venir a cuento me dice que puedo abonarla, la mitad, aquí mismo en esta jefatura (no le recordé la dirección que me dijo momentos antes) la abono, hace un garabato de pagado, nº de agente y ya está, mi pregunta es la siguiente: NO LLEVA EL BOLETÍN MI NOMBRE, NI DNI, NI HE FIRMADO, ¿ES LEGAL?, ¿A QUIEN DE LA JEFATURA EN SUPERIOR DEBO DIRIGIRME PARA AVERIGUAR SI DICHA MULTA A PROSPERADO O SI POR EL CONTRARIO EL AGENTE SE HA QUEDADO CON EL DINERO? gracias y un cordial saludo.
Hola,a mi me puse una multa de 200€ y me retiro el coche en torrejon de ardoz,el coche estaba aparcado en calle PIRITA esquna conC/TIMON y en la multa que me ha egado a casa escribe la calle PIRITIA CON TIMON,pregunta es si pongo el recurso se anula la multa por este error ? ,un saludo y muchas gracias
Hola. Me ha llevado el coche la grúa por estar en un carga y descarga durante la noche. Al leer la denuncia ponía que estaba aparcado en una zona donde no se permitía estacionar desde el Domingo a las 23:00 hasta el lunes a las 6:00 y el suceso ocurrió la madrugada del viernes. En la señal si que ponía que no se debía aparcar pero la denuncia es incoherente. Tendría posibilidades si la recurro? Gracias.
Hola!
Me ha llegado una multa por «no recoger los excrementos de mi perro de la vía pública». Me informaron dos agentes de paisano de la denuncia, pero me ha llegado la notificación indicando que el hecho se produjo en una dirección totalmente distinta de donde ocurrió. ¿Tiene posibilidades de prosperar el recurso por este error?
Gracias!
Hola buenos días, ayer me han puesto una multa por no haber pasado la ITV, 26 días de retraso, tras las oportunas anotaciones en la PDA, no fue posible entregarme la correspondiente copia porque no funcionó el dispositivo de impresión, por lo que el agente tuvo que transcribir lo apuntado en la PDA a un boletín de denuncias de toda la vida.
Para ello tuvo que borrar (tachar a bolígrafo) el código de barras y la numeración que aparece en el ángulo superior derecho y anotar el número de la denuncia que le daba la PDA.
Por otro lado al poner la marca del vehículo (BMW R 1150 RT) puso BMW RT 1150.
Tendría alguna posibilidad de alegar y eximirme de su pago (100€)
Muchas gracias
hola:
me ha llegado una multa al trabajo del coche que yo utilizo,es por exceso de velocidad,por rebasar la velocidad permitida en la via por la que circulaba,en la multa redactada pone que: por circular a 75 km/h por una via limitada a 70 km/h y en la foto adjunta pone que circulaba a 80 km/h.
¿podria recurrir la multa por incongruencia en las velocidades?
Hola. Me ha llegado una multa de estacionamiento, pero la calle la han puesto mal. Les ha faltado poner una palabra en la calle ( Jose Celestino, en vez de Jose Celestino Mutis) asi que esa calle no aparece ni en Madrid.
Asi que podría recurrirla? Pone que he cometido infraccion en un sitio que ni existe. Tampoco me dejaron notificacion en el coche ese día ni nada.
Gracias
Buenos días Irene,
Este error de defecto de forma, es un buen ejemplo para recurrir y tener éxito, dado que al no existir la calle y tampoco dejarte ninguna notificación, cuentas con bazas de peso para desmontar toda presunción de veracidad, considerando además que los controladores de la ORA no cuentan con ella y sin pruebas, menos pueden aplicarte la sanción.
Para encauzar el tema y que cuentes con todo el asesoramiento, te abrimos nuestras puertas a todo lo que necesites para ganar este procedimiento.
Un atento saludo
Me ha denunciado el radar por circular a 142km en una autopista, en el concepto pone teniendo limitada la velocidad a 100km/h. existe una limitación genérica en vía interurbana, luego da los datos del numero del radar.
Mi pregunta, han cometido un error, al sancionarme por ir a 142 km/h en una vía de 100 km/h, en vez de sancionarme por ir a 142km/h. en una vía de 120 km/h. Ahora tengo que identificar al conductor porque por supuesto no me la notificaron en el acto.
Ya me dirás. gracias.
Me han multado por aparcar encima de una acera, que esta a su vez no cumple los requisitos minimos de medidas estipulados en EL BOE. En el acta por retirada, los datos particulares, son los de el domicilio de madre del cual me fui hace ya 12 años, hasta donde sé tienen la obligación de indagar porque tienen medio de saber el domicilio actual del dueño del vehículo, y estos aparte de estar mal, prácticamente son ilegibles, esto echándole imaginación y por otra parte en el boletín de la denuncia no consta ni mi nombre ni pellidos ni el color del vehículo cuando hay casillas para estos datos. Puede considerarse esto defecto de forma y recurrir la sanción? Gracias.
Me han quitado el carnet de conducir x dar positivo en la prueba de alcoholemia, pero la fiscal al redactar el informe se confundió en la hora, resulta q me para la policía local a las 12’30 y en el acta pone q la primera prueba me la hacen a las 11’37 y la segunda a las 11’47, la puedo recurrir
la direccion general de trafico por un error reconocido por ellos me multa y me embarga hacienda,tras darse cuenta del error ordena a hacienda la devolución,si les pongo una demanda puedo conseguir algo o me costara mas caro el collar que el perro,merece la pena denunciar aun teniendo yo la razón?
Que pasa cuando a uno le cursan un parte enpadronado y el color del veiculo era de otro color
Buenos dias
Me llego una sanción por via de apremio, por falta de comprobante horario en zona azul, del año 2010, y con matrícula de un vehículo desconocido. Presente recurso alegando que no tengo ningún vehículo y por tanto debería anularse la sanción, asi como que no me fué notificada. Me responden en síntesis, que es un procedimiento tasado y que no entran en el fondo, que el recurso es fuera de plazo, que me notificaron y publicaron en el tablon de anuncios (Barcelona) y que puedo ir a la via contenciosa.
¿Es posible, que me tenga que meter en pleitos por un vehículo que ni tengo, ni conozco ni por supuesto he estacionado? o por que alguién haya cometido un error al identificar el conductor…. Puede considerarse un acto nulo?? Donde debería dirigirme…?
Estimado Ángel,
Por los datos que facilita puede deberse a un error en la numeración del DNI y que a la hora de asignar el administrado a la deuda pendiente, se haya deslizado algún número.
Si es así y el expediente en origen tiene un defecto como ese, la posterior vía de apremio deviene nula.
Ahora bien, desconocemos detalles como si alguna vez condujo el vehículo (por ejemplo que fuera de alquiler), o si lo vendió en su día, a pesar de que ya no lo tenga, por lo que entrarían en juego otra serie de factores que podrían llevar a determinar su responsabilidad.
Desde PYRAMID CONSULTING podemos ofrecerle un asesoramiento más completo si contrata nuestros servicios y nos facilita más información al respecto.
Un atento saludo
Hola, me ha llegado una notificacion pidiendo que identifique al conductor por una multa de exceso de velocidad, no viene la foto. La hora de la denuncia es erronea, ya que a esa hora el coche estaba en mi garaje (aunque no lo puedo demostrar). El tema es que se equivocaron en la hora, poniendo que fue por la mañana cuando en realidad pase por esa carretera por la tarde (hay una cifra mal en la hora). ¿Puede anularse la multa o es un error subsanable?
Me acaba de llegar por primera vez el documento de pago de una sanción que me pusieron en fecha 08.07.2013. Además veo que hay una letra de la matrícula errónea. ¿Puedo recurrirla? ¿Qué debería alegar en el escrito?
Gracias.
Hola, la policia local me puso una multa por la utilizacion del movil cuando estaba parado en el semaforo, la pago al dia siguiente, despues de haberla pagado me da por revisar bien la multa y encuentro que falta la matricula del vehiculo. ¿Que puedo hacer? ¿Podria recurrirla? ¿Esa multa la pueden tramitar?
Gracias
Hola, hace unos dias me multaron por mirar el mobil cuando estaba parado en un semáforo. Entregue mi carnet de conducir y cuando me dio la multa y el carnet, cogio y se fue. Vi que han puesto mal la ciudad donde vivo, puedo recurrirla? o si no la pago y dejo que pase el tiempo, no me tendria que llegar nunca la citación porque irian a otra ciudad a entregarla no? Aunqe si buscaran con mi dni donde vivo, podrian entregarmela bien (dudo que alguien se ponga a hacer eso) Espero su opinion.
Gracias
buenas tardes! (por decir algo)me han multado por no guardar la distancia de seguridad.. me la han dado en mano pero veo que en mis datos la dirección está mal ( en concreto el municipio).
Es recurrible? O pago ya el 50% ?
mil gracias!
hola buenas. resulta que el año pasado me pusieron una multa al circular con un fusil de pesca submarina sin licencia. Tampoco llevaba los papeles del coche y llamaron a la centralita y el modelo del coche era erroneo. Estuve un rato alli con el guardia civil hasta que se canso y me dijo que me fuera pero que estaba sancionado y me fui sin firmar nada. Bueno pues resulta que ahora me ha llegado la notificación de inicicación de expediente sancionador pero en los datos del vehiculo viene un seat cordoba cuando mi coche (ya vendí) era un peugeot 307. Se podría recurrir esta multa? gracias
Buenos días! A mi hija le han multado por no llevar puesto el cinturón de seguridad cuando viajaba en el coche de un amigo en el asiento trasero. La multa figura a nombre de mi hija pero los datos del coche son incorrectos. ¿Hay posibilidad de recurrirla y que sea invalidada por defecto de forma o algo parecido? Muchas gracias. Un saludo!
Buenos dias
ayer domingo me encontre una multa tras dejar aparcado el coche en un vado de una tienda con horario de 9 a 13 y de 16 a 19 la cual no abre domingos. En la causa concreta por la que no ha sido posible detener al vehiculo pone «Acto religioso /Via Crucis» un poco mas atras hay una Iglesia… Es correcta dicha multa? Siempre he aparcado en los vados comerciales con horario los dias festivos.
Saludos.
Hola! El otro día multaron a mi marido y en donde pone firma denunciado pone negativa a firmar y a mi marido en ningún momento le dijeron que firmara, por lo que no se negó.
Buenos días Sheila,
La firma o no del boletín no constituye un defecto de forma, pues la entrega del mismo ya implica la notificación en el acto, siendo la firma irrelevante a esos efectos.
Un atento saludo
Buenas tardes. El día 5 de Junio paré mi coche durante menos de 5 minutos con luces de emergencia mientras entraba a una tienda antes de su cierre. Me dejaron una multa que he querido pagar por internet, pero en ella hay fallos. Por un lado, la fecha que escribió el agente es 5/5/15, (un mes anterior). Por otro lado, no viene anotada la matrícula de la coche ni la marca, ni mis datos dado que yo no estaba. ¿Cómo me van a notificar la denuncia si no tienen ningún dato? ¿Es posible que ellos tengan datos de mi vehículo o míos si no figuran en la multa? Muchísimas gracias
Buenos días Patricia,
Generalmente el boletín de denuncia que se deja en el vehículo es carente de datos y no tiene más valor que el de abrir el expediente, si bien no puede ni debe considerarse notificado hasta que no le entreguen la denuncia por correo certificado, momento en que podrá pagarla con el debido descuento.
Saludos
Hola , buenas noches, esta tarde 11 de Junio me han puesto una multa en mi ausencia por aparcar en doble fila.
La multa tiene un error en el número de la calle han puesto 72 en vez de 42, lo curioso es que no hay numero 72 en esa calle, no hay tantos números.
Se podría recurrir por este error
Gracias y un saludo
Buenos días Jose Antonio,
Por supuesto que es un error por el que se puede recurrir y suficientemente probatorio en su caso para que le sea retirada la multa de tráfico. Se trata de un defecto de forma que además al no existir ese número, puede tirar por tierra el testimonio del agente y de esta forma desarmar su presunción de veracidad. Es fácil comprobar.
De todas formas, para que cuente con el mejor asesoramiento y guía le recomendamos que contacte con nosotros. Defenderemos su razón, con esta prueba el éxito está en camino. Saludos.
Hola, a mi hijo de 16 años le han multado en la región de Murcia por consumo de alcohol en vía pública. La sanción es de 150 euros, aunque la única prueba de ello es la presencia de las bebidas alcoholicas, que procedieron a vaciar, apuntaron sus datos y multaron a un grupo muy numeroso (en él incluido mi hijo). Hay algun recurso que utilizar para evitar la multa o la posibilidad, como muchos dicen de que esa multa nunca llegue, en el caso de que llegue, tengo tiempo para pagarla con descuento, o para recurrir?
Buenos días.
Tengo un vehículo comercial con tarjeta de transporte y el 11/06 me lo retiró la grúa de un carga y descarga donde lo tenía aparcado. El 12/06 lo recojo del potrero y veo que el aviso que me dejaron en el parabrisas es completamente ilegible (no se calcó la denuncia) no pudiendo apreciar si fue un agente de la movilidad quien me denuncio. Se puede recurrir dicha multa.
Estimado Mario,
Tal como nos indica en su cuestión, estaríamos en su caso, en un importante defecto de forma, al no poder verificarse los datos clave de la multa. Le aconsejamos que recurra dicha sanción y que ante cualquier duda que se le presente, se ponga en manos de expertos que le asesoren en todo el procedimiento. Nosotros nos brindamos a ayudarle y a que obtenga la razón.
Un atento saludo
hola. mi caso es que me denunciaron al estar mal aparcado y al llegar la denuncia e visto que la matricula no coincide por una letra. se puede recurrir? como hago el recurso. es de un policia local.
espero su respuesta gracias.
Buenos días Oscar,
El error en su caso que se ha cometido es muy relevante a la hora de recurrir con éxito una multa. Se trata de un defecto de forma importante que afecta a la identidad del vehículo sancionado. Para hacer convenientemente el recurso, le aconsejamos que se ponga en manos de expertos, dado que los ejemplos que circulan por la red son genéricos y pueden dificultar en un momento dado la defensa. Nos brindamos a ayudarle y asesorarle en todo momento, para que obtenga la razón. Con ese error, cuenta con todo a favor.
Saludos
Hola bueno días! A mi me multaron por aparcar mal, aunque eso es lo de menos en la multa.
El problema es que la dirección de mi casa está mal apuntada , solo pone la calle no mi piso ni mi portal. El DNI y todo lo demás está bien , entonces no se si al estar mal puesta la dirección no llegaría a mi casa o bien buscarían mis datos correctamente en su base de datos.
Muchas gracias.
me han multado por darme a la fuga en un control de alcoholemia. Pero esa noche hice todo lo contrario. Paré en el mismo y me pidieron el carnet de conducir, me sorprendió que no hiciese ninguna consulta con el mismo. Luego soplé,pienso que dió inferior a 0,15 porque no me lo notificó. Me dió el carnet de conducir y me dejó ir. Todo super rápido y luego dos semanas después me llega una multa de que esquivé el control. Pero en la multa está todo correcto y aparece mi matrícula.
Yo creo que se han equivocado y pusieron mi matrícula en una multa en la que no tengo nada que ver…
que debo hacer?
Hola, el otro dia me pusieron una multa por alcoholema, pues bien, en el apartado de fecha de la muta pone: 14/3/2015 , yo en ese entonces no tenia ni el carnet, ya que mi fecha de expedición es el 7/4/2015, ademas no tenia ni los 18 años. Por otra parte no entiendo la mitad de las palabras(por mala letra) que pone en: «hecho denunciado y observaciones». ¿ puedo recurrir esta multa por error de forma?. Muchas gracias.
Hola. Me pusieron una denuncia en ourense por aparcar en un vado. La denuncia viene q los hechos se produjeron en calle s /n cuando en realidad fue en número 8. Es defecto de forma. Como hacerlo? Otra cuestión, la señal de vado no la vi, ya q no me fije, al no estar la acera rebajada ni una línea amarilla al menos avisando. Pero es q es un vado para un bajo que lo usa de almacén pero no entran vehículos ya que el escalón para acceder a dicho bajo es descomunal. Encima me llevaron el coche en la grua.donde obstaculizada yo una entrada cuando se utiliza como carga y descarga? Gracias por ayudarme
Otea cosa. La señal de vado no se parece a la del Rgc.gracias
Me han notificado una multa de trafico por tener aparcado frente a mi casa, un vehiculo de mi propiedad averiado y sin seguro, haciendo referencia al art. 2.1 del RDL 8/2004, pero en el boletin de denuncia los agentes hacian referencia a una normativa totalmente diferente y articulos diferentes, aunque el motivo era el mismo. ¿ puedo pedir la nulidad de la denuncia ?
Me ha llegado una multa a mi casa por una fiesta que monte, la policía llego al piso a las 11.30 de la noche, la multa a tardado casi dos meses en llegar. Hasta ahí todo normal. Al abrir la carta he visto que todos los datos estaban bien menos la dirección (solo se han confundido de calle y han puesto una calle cercana) ¿podría reclamar por eso? muchas gracias
Hola, me han multado por estacionar en un carril de salida, en la denuncia pone bien los datos, pero en el color pone gris en lugar de beige (marron claro, o dorado) se puede recurrir. Gracias
Soy extranjero, del reino unido pero vivo y trabajo en Madrid. Me han multado 600 (!) euros por beber una lata en la calle, aunque no la estaba bebiendo cuando me multaron. Pidieron mi DNI pero solo tenia mi tarjeta de conducir de inglaterra que solo pone mis direcci’on de inglaterra, mi nombre y mi fecha de nacimiento. No les di mi direccion de espana. En la hoja que mi dieron inventaron una direccion. Mi pregunta es, como no saben mi NIE, ni mi direccion, tengo que pagar la multa? Me pueden encontrar con solo mi nombre y fecha de nacimiento? muchas gracias
Hola,
Me han dado en mano el papel amarillo de una denuncia de tráfico, en la denuncia pone que estoy ausente.
La denuncia es por aparcar en el arcén, totalmente retirado de la vía, sin interrupir el tráfico, ni suponer un peligro, no era vado, ni carga y descarga, ni minusválido.
La clave es 150 el precepto infrigido 061, aparcar en lugar debidamente señalizado.
En la hoja amarilla de la denuncia pone que me retirarán puntos, consulte los baremos y por esa infracción no me pueden retirar puntos, puedo presentar alegaciones porque no se correponde la sanción con la infracción?
Si cuando me llegue la carta certificada lo han subsanado, ¿puedo presentar una alegación porque no coincide lo que me han entregado y el papel amarillo? Es decir, tengo opciones de ganar?
La moto estaba averiada, pero no tengo nada con que demostrarlo.
Gracias
Hola buenas noches. Me han multado esta misma noche por circular en direccion prohibida por una calle en la zona de la puerta de Alcalá. La calle por la cual queria acceder estaba cortada por un dispositivo de la policia municipal de Madrid. Le he preguntado a un agente qué podía hacer para acceder puesto que llevaba un pasajero que reside en esa calle y el maletero lleno de equipaje. Le comenté que si podia acceder por la paralela y cruzar la calle perpendicular que es bastante corta aunque en dirección prohibida. Me dio su aprobación y al realizarlo otro agente estaba en la esquina de la calle prohibida el cual me ha multado por circulación indebida. No ha querido dialogar y ha establecido la multa en 500 euros y 6 puntos por circulación en dirección contraria. Poseo documento grafico de la calle cortada por una valla de la policia y el maletero lleno de equipaje. Además en la notificación de la multa se ha confundido en la letra de dni. Se puede reclamar?. Qué posibilidafes reales de éxito tiene esta reclamación si se efectúa? Muchísimas gracias de antemano.
Perdon, como aclaración a mi comentario. Por pasajero me refiero a una persona que me acompañaba en el vehículo. No soy taxista ni chófer. Gracias.
BUENAS TARDES:
Tengo un vehículo sin seguro ni ITV aparcado habiendo pagado mi impuesto municipal pagado rigurosamente,
Me han multado por las dos faltas informadas anteriormente llegando una carta a mi domicilio, 1000€ de multa hasta ahí correcto, pero en la dirección de la denuncia se confundieron no existiendo dicha calle ni en mi municipio sino en otro, ¿de que forma se podría recurrir de ser posible? ya he dejado ese vehículo en un garaje familiar privado para evitar molestias a los vecinos que según informan en las dependencias policiales ha sido el motivo de multa, ya que a simple vista no estaba sucio ni visible.
Felicidades de antemano por vuestra enriquecedora página:
Motivo de la sanción: No utilizar adecuadamente el conductor del vehículo el correspondiente casco de protección homologado o certificado. lleva el casco desabrochado.
Sanción:200€ y 3 puntos
clase: Motocicleta
clase carne: B
Via:N-344
Podía recurrir por no ser la carretera correcta puesto que era la paralela una via de servicio de sentido único y el tipo de carnet poner el B y no el A?
me orientarías o podrias darme directrices de como realizarlo si uds. ven que se podria recurrir antes de que acabe la bonificacion del 50 por ciento es decir de 100 €.
muchas gracias
Estimado Jose,
Respecto de la notificación de denuncia que le ha sido cursada, y en atención a los datos que nos ofrece, comentarle que previsiblemente ésta se encuentra afectada de nulidad, dado que el lugar de la infracción es un dato exigible y necesario que debe contener toda denuncia, conforme a lo dispuesto en el artículo 74.1.c de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, sin perder de vista, además el error sobre el tipo de licencia de conducir que también parece que existe.
Nuestra recomendación, es proceder a presentar escrito de alegaciones en el plazo concedido al efecto, poniéndose en manos de profesionales, previamente, para que efectúen un análisis pormenorizado de su denuncia y valoren el resto de alegaciones a efectuar y la petición de prueba a formular.
Le recordamos que los abogados integrantes del Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting somos especialistas en esta materia.
Un saludo.
Saludos,
Recibí una multa por acampar en la playa con autocaravana,la recurrí, puesto que estaba dentro de lo establecido, y me la han quitado, pero he vuelto a recibir contestación diciendo que llevo razón, pero que me la cambian por estacionamiento ilegal, aunque no hay ninguna señal que lo estableciera. ¿Sería legal cambiar la redacción de acampar por estacionar en una multa? Gracias
Hola me multaron hoy por algo que no es cierto (utilizar un carril de emergencia cuando en realidad acababa de entrar en la autopista) y en la descripción pudieron que con el automóvil adelantaba por el carril de emergencia en realidad yo conducía uno escooter, preso recurrir?
Hola, me ha llegado una denuncia por «parar en doble fila», todos los datos de la denuncia están bien, excepto la hora que pone las 03:35, sin embargo, vi como me echaron la foto y eran las 11:10 am. Me gustaría saber si podría recurrirla con éxito ya que existe un fallo de forma.
Muchas gracias.
Hola, me ha parado la guardia civil por una infracción de tráfico: adelantar en linea continua con la moto.
Al final el agente me comunicó que iba a hacer la vista gorda por esta ocasión, pero seguidamente me registrsron y me encontraron 3 porritos de marihuana…
El agente de metió en el coche supuestamente para redactar el acta, pero ni me pidió que firme ni me dió copia, ni siquiera me la enseñó!
Tiene pinta de que se van a pegar una fumada a mi costa… Pero con un poco de suerte no me llega la multa verdad?
Hola, me han denunciado por alcoholemia y en la multa que me entregaron pone que son 500€ y 4 puntos cuando deberia aparecer 1000€ y 6 puntos. Supongo que se debe a que no indicaron que soy conductor novel.
Puede considerarse como defecto de forma tal hecho?
Gracias.
Hola, buenas tardes, el otro día me pusieron una multa en el parabrisas diciendo que obstaculizaba parcialmente un vado, la cuestión es que el bordillo no estaba pintado de amarillo y yo aparque entre las líneas blancas, correctamente sin darme cuenta de que la línea amarilla estaba delante, no en la acera, la cuestión es que lo que ellos llaman parcialmente, son 20 cm, fué por requerimiento…. Pero la policía al anotar el número de vado se equivoco y anotó el de al lado….. Tengo fotografías de todo. La tengo que pagar???Pone que si recurro pierdo la opción de pagarla a precio reducido, me han puesto 200 €….
muchísimas gracias.
Buenos días Amparo,
En primer lugar, le recomendamos que valore detenidamente el pago de la multa, ya que si se efectúa, renuncia a efectuar alegaciones en defensa de sus intereses. Teniendo en cuenta la exposición de hechos que usted indica, desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder a recurrir la multa que le ha sido formulada, dado que no sólo no le han consignado correctamente los datos relativos a la infracción cometida, siendo el lugar exacto de la infracción, un dato esencial, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 74.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, sino que además posee un principio de prueba, como es la fotografía tomada por su parte, para desvirtuar la infracción que se le imputa.
No obstante, además de estos dos motivos, sería interesante que un profesional en la materia, analizase de forma pormenorizada la denuncia que le ha sido formulada, en atención a localizar nuevos motivos de recurso que pudieran suponer la anulación del expediente, dejando sin efecto la sanción aparejada.
Un atento saludo
Buenas tardes. Estoy bastante indignada.
Un radar móvil detectó mi vehículo con exceso de velocidad en un tramo (justo cuando la carretera deja de ser autovía de 120km donde absolutamente nadie reduce la velocidad) que se convierte en un tramo de 80km. El radar me cogió supuestamente a 131km. Me pararon más adelante para entregarme la notificación. En dicha notificación, además de equivocarse en la fecha del hecho, se me indicaba que el importe a pagar era de 150€ y 2 puntos de pérdida del carné. Bien, pago mi multa y a las pocas semanas, recibo en el domicilio de mi madre una carta certificada diciendo que el agente se había equivocado con la sanción, y que debo pagar otros 50€ más y que la pérdida de puntos es de 4, no de 2 como me indicaba la agente en la notificación. ¿Cómo puede equivocarse un agente a la hora de multar? Los números de los kilómetros a los que circulaba también se ven borrosos porque también se equivocó inicialmente. Pero sin embargo la pagué, y ahora me duele pagar aun más y que encima me quiten 2 puntos más de carnet. Me da mucho miedo recurrir nada porque no quiero tener que pagar finalmente 400 euros de multa en lugar de 200… ¿tengo alguna posibilidad? Nunca vi la foto del radar porque me acogí al pronto pago por supuesto… pero aun habiéndola pagado, podría recurrir para que se me aplicara el margen de error del radar móvil?
Hola,
Tengo el siguiente problema. Un ciclista comete una infraccion y la Guardia Civil lo multa, la bicicleta solo es identificable por marca y modelo. A la hora de identificar al conductor de la bicicleta, este entrega su DNI y los agentes lo introducen mal. Supongo que al poner mal el numero, el resto de datos se rellenan mal automaticamente. El ciclista firma la notificacion sin acompañarla de numero de DNI ni nombre y se la entregan.
¿El ciclista puede recurrir la multa de alguna forma? ¿La persona que «oficialmente» ha cometido la infraccion tiene alguna forma de defenderse?
Buenos días,
¿Es subsanable un error en la consignación del importe de la sanción en una multa de tráfico notificada en el acto?
Cordialmente,
Estimado usuario,
En principio, en las denuncias, hay elementos que se consideran subsanables o que incluso podrían llegar a ser objeto de modificación o rectificación a lo largo del procedimientos. No obstante, en la práctica y en particular si la modificación de la sanción le perjudicara podría ser objeto de impugnación por dicho motivo, máxime si eventualmente Vd incluso hubiera aprovechado el pago bonificado con el importe consignado de modo inicial y posteriormente la Administración intentara reclamarle diferencias. Es conveniente que nos remita la documentación que de que disponga a fin de poder indicarle con mayor precisión, el cauce a seguir.
Un atento saludo
Mi caso es el siguiente: Iba en el asiento trasero sin cinturon de seguridad.
La hora esta incorrecta pone 23:30 y fue a las 00:30.
Yo aparezco como titular/conductor de la denucia(con los datos correctos)
El agente redacta como hecho denunciado: Circular el acompañante del asiento trasero sin cinturon de seguridad. (Yo mismo soy el acompañante ya que yo no conducia)
Da a entender que conduzco yo… pienso que deberia de poner: Circular C O M O aconpañante del asiento trasero sin cinturon de seguridad.
El coche que aparece en la denuncia no esta a mi nombre ni soy segundo conductor es mas conducia mi amigo.
¿Existe error de forma en este caso?
ola buena lo que pasa esque habia una señal de prohibido cambiar de sentido pero si se podia girar ala izquierda y yo cambio de sentido i no me fije que habia una camara de vigilancia y mi pregunta es si la camara me a visto se me puede kitar puntos del carnet??
todo eso a pasado en la cuidad y no en la autopista
Buenas,
Hoy me han puesto dos multas, una por exceso de velocidad y la otra por tener la itv caducada.
El caso es que cuando he llegado al trabajo me he fijado que los dos recibos de las multas que me ha dado el guardia civil pertenecían a la multa de la itv caducada. Es decir, en lugar de darme un recibo para la multa por exceso de velocidad y otro recibo para la itv caducada, he recibido exactamente el mismo recibo duplicado de la multa por itv caducada.
Querría saber si podría no pagar la de velocidad ya que no me han dado el recibo y no tengo forma de pagarla.
Muchas gracias de antemano,
Hola, la policía caminera del chaco que esta en el puente Gral. Belgrano me hizo una multa por que tengo vencido el pago municipal anual, no así la licencia misma que vence en el 2017. Se puede hacer algún descargo para evitar pagar la multa ya que la licencia todavía no esta vencida. Al mismo tiempo me labraron otra acta porque al oficial no le gusto la patente colocada en el guardabarro trasero de la moto siendo que la misma esta ubicada en la parte trasera de la moto y bien visible y en esta multa pone que la licencia vence en el 2017 y mi fecha de nacimiento es del 01/01/0001.
Buenas tardes,
Me han sancionado por exceso de velocidad con radar movil. El agente me ha entregado la multa, pero han puesto mal la matrícula y por consiguiente el modelo de coche.
Es recurrible? Si hacen uso de las fotos y revisan la matrícula podrían mandar de nuevo la multa? Perdería el descuento si esto se demora?
Gracias de antemano.
Muy buenas,
Hace un tiempo, aparcando en zona azúl, tuve que ir a cambiar un billete de 20 ya que la máquina no lo aceptaba, al volver del primer bar que vi, saqué mi billete y al ir a ponerlo al coche, ya tenia una multa. pasaron 13 minutos.
Más no acaba aquí, fui al parquímetro y al ver que había un botón que dejaba anular la multa, pagué. Aun así me vino la multa. la recorrí una vez con mi seguro porque decía que tenía todo a mi favor, pero me ha vuelto a llegar.
Buenas. Quería saber si puedo recurrir una multa que me ha llegado a casa por exceso de velocidad en Ciudad, en la foto aparece una velocidad de 78 km/h pero posteriormente en el hecho de denuncia aparece que soy multado por sobrepasar la velocidad de 50 km/h yendo a 73 km/h me gustaría saber si puedo reclamar y si tuviese alguna posibilidad recurso, gracias
hola, el otro me dieron un acta denuncia por beber en la vía publica, pero los agentes dijeron que era una formalidad que no llegaría la denuncia, como puedo saber si es realmente así.
Hola,
La guardia civil de trafico me ha parado diciendome que estaba manipulando el telefono mientras conducia, me pidio el carnet de conducir y me dijo el sr. agente: «No te puedo dar la multa porque no tengo papel». Ya se que voy a la desesperada pero puedo tirar por ahi para recurrir y evitar la multa o si no hay defecto de forma me la como?
Gracias de antemano
Muy buenas días,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle, que existe obligación legal de notificar las denuncias en materia de Tráfico y Seguridad Vial en el acto. Ahora bien, si media causa justificada, la notificación puede hacerse en un momento posterior, en el domicilio del denunciado. En el caso que nos ocupa, como no le hicieron entrega del boletín de denuncia en el acto, no debe entender que ha sido denunciado, ya que no tiene en su poder un acto administrativo que así lo dictamine. Por tanto, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le aconsejamos que espere a recibir noticias de la denuncia que presumiblemente le ha sido cursa, la cual, quizás ni tan siquiera se tramitó por el agente de la autoridad. En caso de que le sea notificada la denuncia en su domicilio, será motivo de recurso el hecho de no haberle notificado la denuncia en el acto, entre otros, ya que el hecho de no tener “papel”, no es causa recogida en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que excuse la notificación en el acto de la denuncia.
Un saludo.
me pusieron una multa pero me cambiaron el apellido puedo hacer algo
hola buenas, hoy me han dejado en el parabrisas una multa por mal aparcamiento, supuestamente por aparcar frente un porton con bado el cual tiene enfrente una señal de prohibicion. la señal se encontraba como a 4 metros de mi coche y el coche evidentemente no estaba frente el porton, la cuestion es que en la hoja de la sancion apenas se lee nada, solo se puede ver borroso los numeros de la matricula del coche y ni siquiera se leen las letras de esta. que puedo hacer? estoy obligado a pagar algo que ni se lee???
Buenos días me han multado por aparcar una scooter en la acera. Esta de más de 1,5 M de ancho y la moto aparcada en paralelo pegada a la pared .
Cuando he recibido la notificación de la sanción, observo que no pone la hora en la que me han colocado la sanción.
Puedo recurrirla por defecto de forma?. Gracias
Buenas tardes Manu,
Podría recurrir alegando ese extremo pero ese defecto no sería en todo caso un vicio invalidante de la sanción, si después lo subsanara la Administración . No obstante puede recurrir solicitando medios de prueba como puede ser un informe de ratificación del agente, que si no se diera si podrían anularla al no constar otro medio de prueba, como puede ser una fotografía. Ese informe es preceptivo máximo cuando no consta hora y no se puede acreditar si su moto estaba o no en el lugar, ante la indeterminación de la fecha.
Un atento saludo
Buenos días. Hace un par de días, me llego una multa por beber en la vía pública con una sanción de 150€. El caso es que, en el momento en que me multaron, el policia me pidió el DNI, se pasó como 15 minutos apuntando cosas, me devolvió el carnet de identidad y, se fue que con el otro agente. Mientrastanto, el otro agente, nos preguntó qué estábamos consumiendo y nos pidió que lo guardáramos (un par de botellas que no teníamos abiertas). El caso es que ni se me preguntó nada, ni se me hizo firmar nada ni me dieron ningun papel (y solo me multaron a mi cuando eramos 7 bebiendo). Al mes, me llega una multa a mi casa, donde no aparece ni mi DNI, y mi nombre está mal escrito «Isidro Aria Pérez», cuando debería ser «Arià Pérez Isidro», tal y como constata mi DNI. ¿Se puede recurrir? Gracias de antemano!
Hola, me pusieron una multa por exceso de velocidad falsa, que recurri. Ahora me llegan las pruebas, y en el informe del agente denunciante en el que se ratifica en su versión, en nº de agente firmante no coincide con el nº de agente denunciante. Puedo recurrir de nuevo? Puedo demandar al agente por falsedad documental?
Muchas gracias.
Estimada Bea,
Puede recurrir mediante recurso de reposición en el plazo de un mes. En dicho recurso haga constar que el agente denunciante no es el firmante en el informe de ratificación del agente, tal y como se puede verificar en el boletín de denuncia. De esta forma pone en duda la veracidad de dicho informe y por tanto de la única prueba que obra en el expediente, ya que intuyo no consta fotografía en el mismo. Al agente de la autoridad se le presume presunción de veracidad pero ha de ser el mismo. Hágalo de ese modo ya que no veo procedente plantear una denuncia, (no demanda) contra el agente denunciante ya que esto es otro procedimiento distinto por vía penal ante sede judicial y no la vía administrativa donde se encaja la multa impuesta.
Saludos
buenas tardes, me dirijo a vosotros porque creo que tengo un defeco de forma en cuanto al procedimiento en la realizacion administrativa de una sancion que me impusieron el día 31 de julio a las 09:00 de la mañana en roquetas de mar, por tener estacionado mi veiculo en una zona en la que estaba provisionalmente prohivido estacionar (carteles de quita y pon), lo que quiero saber es si cuando me dan en mano la copia de la denuncia y resulta que en ella se les olvida poner el articulo y el importe de la sancion, y resulta que cuando voy a pagarla ( pronto pago 50% menos), me dicen en el banco que la multa esta imcompleta y que no me pueden cobrar dicha multa. Acto seguido voy a la comisaria a decirle a los administrativos de alli para el recurso de multas que la multa esta imcompleta y ellos muy atentos me piden mi copia y ponen a boli el importe y el articulo. mi pregunta es la siguiente; es legal esta manipulacion y alteracion de la multa en mi copia?, gracias por su atencion esperando su respuesta.
Buenos días Roger,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle que el hecho de no indicar por parte del agente denunciante en el boletín de denuncia los datos indicados, es una arbitrariedad, dado que son datos exigibles conforme a lo dispuesto en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, así como tampoco es muy lícita la cumplimentación de datos a posteriori. Ahora bien, el problema con el que se encuentra ahora, es probar que la cumplimentación de datos la ha efectuado un funcionario de policía y no usted u otra persona. Por tanto, nuestro consejo, es que en caso de verse en una situación similar, se ponga en manos de profesionales para recibir un correcto asesoramiento sobre los posibles motivos de nulidad de que se ve afectado su expedientes, así como las opciones de defensa.
Un saludo.
Hola,
El dia de hoy me cursaron un parte por ir en contra del transito.
Revisando el parte unos minutos mas tardes me percate que el lugar no era el correcto, y ademas le explique al carabinero que me pase unos 20-50 metros de la calle que iba porque andaba perdida. Es un pasaje chico que tiene doble via y luego se convierte en via contraria. Explicandole la situacion al sr no cedio e igual me curso el parte.
Quisiera saber: por la direccion que no era la correcta y con fotos explicandole al juez/a lo sucedido con las calles podria haber una reducción del parte, ademas del 25% por recurrir antes de los 5 dias. O definitivamente que tenga nulidad absoluta? .
De ante mano muchas gracias
Estimada Belen,
En relación con la consulta que nos formula, comentarle, que desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder a recurrir la denuncia que le ha sido cursada, dado que la cual, como bien indica adolece de defectos de carácter formal que pueden suponer la nulidad del expediente. Ahora bien, dado que la legislación italiana penaliza la desestimación del eventual recurso a presentar con un considerable incremento de la sanción impuesta, le recomendamos que no efectúe el escrito de alegaciones por su cuenta, sino que se ponga en manos de profesionales, como son los abogados de Pyramid Consulting, expertos en el recurso de este tipo de multas en Italia, en aras de proceder a la correcta defensa de sus intereses y procurar la nulidad de actuaciones.
Un saludo.
Hola, he recibido una multa hoy mismo con una cuantía muy elevada, donde dice «conducción negligente crea peligro para si mismo y el resto de usuarios, conducción en sentido contrario en vía de sentido único». La hora de la denuncia 11:40 de «x» día y yo tengo fotos en las que salgo retratado desde las 11:20 a las 11:53 estaba tomando algo con mi pareja en un bar, incluso tengo la grabación de las cámaras de seguridad del local donde se nos ve perfectamente disfrutando del desayuno. ¿cuáles son los pasos a seguir, puedo hacer algo con ese material verdad? Aconsejenme, estaría muy agradecido.
Buenos días Bruno,
Le recomendamos recurra la sanción mediante un pliego de descargo en plazo de 20 días desde que le notificaron, en dicho recurso no solo ha de negar los hechos sino que ha de aportar el material fotográfico de que disponga. Es importante que en dichas imágenes conste la hora de la infracción. Por otro lado para acreditar que su imagen se corresponde con su identidad aporte copia del DNI. Por otro lado por si se tratara de un error en la identificación del vehículo por parte del agente denunciante solicite prueba suficiente es decir fotografía o informe de ratificación del agente.
Saludos
Hola buenas! En enero de 2014 recibo en mi domicilio la iniciación de un expediente sancionador por estacionar en zona de carga y descarga, si bien ya venía con el nombre del propietario del vehículo como responsable de la infracción estando este mismo ausente cuando ocurrieron los hechos.
Si bien en la hora de la denuncia indica las 12:40h recurriendo en base a la imposibilidad de encontrarme en dicho lugar a esa hora,me llega al domicilio una nueva denuncia con la hora correcta a las 17.11h sin haber contestado al recurso de la primera denuncia.
Recurro esta denuncia q coincide en numero de expediente con la primera que recibí y me llega la resolución indicando que el agente se ratifica en la misma y no me da ninguna opción de recurrir.
No abono la misma por la cantidad de irregularidades.
Pues año y medio después me llega la notificación de pago de la denuncia con recargo.
Que puedo hacer ante tales irregularidades.
Buenos días,
El otro día me paró la Guardia Civil porque unos metros antes un vehículo radar me hizo una foto por superar el límite de velocidad. Me identificaron y multaron.
Al leer la denuncia uno de los números de la matrícula es erróneo.
¿Podría recurrir por eso?
Buenos días Blanca,
En tu caso claro que podrías recurrir y con éxito esta multa de tráfico, dado que el error que han cometido contigo es un defecto de forma. Uno de los motivos principales para invalidar una denuncia al tratarse de un elemento de identificación necesario y obligatorio en su corrección. Te animamos a que sigas adelante con tu defensa y cualquier cosa que necesites, cuentes con nosotros para llevar adelante este procedimiento.
Un atento saludo
Buenas, me a llegado por correo certificado una denuncia, cuando abrí la carta pude comprobar que mi nombre esta confundido con mis apellidos, me han identificado de un coche que no e conducido ni estado en el lugar de los hechos que es lo mas aconsejable que haga.
Buenos días Luis,
En su caso decirle que está ante un caso de manual para recurrir con éxito una multa de tráfico. El error que han cometido con usted es de defecto de forma al no estar bien puestos sus apellidos, elemento necesario y básico de identificación a lo que se le suma que no estuvo en el lugar de los hechos. Tendrán que probar mediante fotografía que se trata de su vehículo y usted tendrá que aportar todas las pruebas que le alejen del escenario. Si necesita más información o ayuda en este procedimiento, estaremos encantados de ayudarle y guiarle.
¡Mucha suerte y saludos!
Buenos días:
Me han multado por estar mal estacionado, y, en la multa, en el espacio reservado para firmar el denunciado (yo en éste caso), han puesto una especie de garabato (firma, que no es la mía), ¿se puede recurrir cuando me llegue por defecto de forma?
Gracias.
Buenos días Esteban,
En relación con la consulta que plantea, desde nuestro Dpto. Jurídico consideramos que el eventual defecto que usted quiere alegar para conseguir la nulidad del expediente no es determinante, ya que la firma o no firma de un boletín de denuncia tiene las mismas consecuencias, la no aceptación de la responsabilidad por los hechos cometidos. Ahora bien, lo que realmente es determinante, si le hicieron o no entrega en mano del citado boletín de denuncia, ya que si el agente se lo entregó es un acto recurrible a todos los efectos, ya que conforme a lo dispuesto en las Ley de Tráfico y Seguridad Vial es una denuncia, contra la que puede presentar alegaciones o proceder al pago con descuento de la sanción. En caso de que no le hicieran entrega en mano del boletín de denuncia, tan pronto como reciba la denuncia en su domicilio, le recomendamos que se ponga en manos de profesionales, como son los abogados del Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting con sede en Madrid y Barcelona, para que procedan al estudio de su expediente y valoren los opciones reales de defensa de su multa.
Un saludo.
Hola me han puesto una multa por exceso de velocidad. Cuando he llegado a casa y la he revisado me he dado cuenta que mi segundo apellido esta incorrecto en su primera letra y que el modelo de mi coche tambien es incorrecto no asi la marca, mi pregunta es se puede recurrir? o sería perder el tiempo.
Muchas gracias
Buenos días,
Ayer por la mañana fui multado por pasar un semaforo en rojo con la bicicleta (Era en ciudad, sin nadie cruzando el paso de cebra ni dispuesto a ello, pero en fin, se conoce que toca pasar por caja de cara a la extra de navidad).
El tema es que los agentes me dieron el papelito y salieron zumbando, sin darme tiempo ni a leerlo (Pone que se me entrego copia y no quise firmar, cuando me lo dieron y se largaron, sin preguntar).
Ahora veo que figuran 4 puntos a detraer, y me pregunto, sabiendo que no es posible la retirada de puntos circulando en bici:
– ¿Recurro la multa por defecto de forma, al no proceder la retirada de puntos?
– Pago la multa para reducir al 50%, en ese caso, ¿Me quitarán los puntos?
Lo que no quiero es que me retiren los puntos, ni recurrir para que no me los retiren y que me toque pagar la multa completa, 200€, que no esta la cartera para esos sustos.
Gracias por adelantado!
Buenos días,
En la notificación de la sanción administrativa el policía local se ha equivocado de artículo y en vez del 37.17 de la LO 4/2015 ha puesto el 37.18 que no existe.
¿Es eso causa de nulidad de la sanción?
Muchas gracias!
Estimado Javier,
En relación con la consulta que plantea, comentarle, que efectivamente es motivo de nulidad, dado que la conducta infractora consignada en el boletín de denuncia, debe tener apoyo y cobertura en un precepto legal. No obstante, aunque la defensa del asunto puede parecer sencilla, no lo es tanto, motivo por el cual, le aconsejamos que ponga su denuncia en manos de abogados profesionales y expertos en el recurso de multas de tráfico y seguridad vial como son los abogados del Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting.
Un atento saludo.
Me ha llegado hoy una notificación a casa (correos) entregada en mano por el cartero de una multa por no obedecer una señal (multa grave) del pasado mes de mayo. He ido a pagarla hoy mismo, ya que acepto la sanción, pero me crispaba que no me hicieran el descuento en el banco por pagarla dentro de los 15 de reducción del importe de la multa. Me he dirigido entonces a comisaria de la policía local (denunciante) y me han informado aquí de que era la segunda vez que me mandaban la multa, que la primera constaba con fecha de junio, pero que el cartero me dejó una nota por estar ausente. No he tenido nunca en mi poder dicho aviso ni sé de su existencia, por lo que he ido al organismo autónomo de recaudación de la Diputación de Badajoz a poner una reclamación.
Qué otras opciones tengo??
Gracias, saludos
Buenas tardes Juan José,
En relación con la consulta que nos plantea, la opción de pago con descuento sólo se contempla cuando el acto notificado es una denuncia, y efectuarlo supone renunciar a hacer alegaciones en defensa de sus intereses. El hecho de que la denuncia no le fuera notificada de forma efectiva, puede ser objeto de recurso, siempre y cuando en el acuse de notificación que obre en el expediente se pueda ver que el funcionario de Correos no ha acudido a su domicilio al menos en dos ocasiones, en tres días consecutivos y en distinta franja horaria, mañana o tarde. Dado que se trata de un asunto muy técnico, le aconsejamos que se ponga en manos de profesionales, como son los abogados de Pyramid Consulting, en aras de valorar las opciones de defensa y anulación a la vista del expediente administrativo en manos de la Administración.
Un saludo.
¿Que pasa si en la multa no pone los datos del vehiculo? ¿Es valida? (es por no llevar cinturon de seguridad?
Buenas tardes Verónica,
En relación con esta cuestión, comentarle que la identificación del vehículo denunciado es un elemento indispensable para la validez de la denuncia cursada. Ahora bien, habría que ver que datos o datos se omiten para determinar si el expediente se encuentra afectado de nulidad o podría ser anulable, dado que no que no tiene la misma consideración que se omita la matrícula, que la marca o color del mismo. Antes de efectuar cualquier tipo de gestión o acción, le aconsejamos que se ponga en manos de profesionales, como son los abogados del Departamento Jurídico de Pyramid Consulting, en aras de que efectúen un análisis pormenorizado de su expediente.
Saludos
Hola:
He recibido una multa por correo certificado por exceso de velocidad (78 km. en un tramo de 60) donde había radar fijo. En la multa aparece una foto donde sólo se ve la matrícula del coche y los focos encendidos, del resto del coche no se ve nada, está toda la foto negra. Indican que la infracción fue a las 16:29 (no hace falta ir con las luces encendidas) y yo a esa hora estaba a más de 300 km de viaje con mi familia. Sí pasé por esa carretera pero fue más tarde de las 21 horas.
No tengo ninguna prueba que indique que a esas horas estaba a 300 km. salvo fotografías típicas de viajes turísticas (en los datos de cuando se hicieron las fotos aparece la fecha y hora) y un ticket pagado en un bar (fue en efectivo, no pude pagar con tarjeta).
Con todo esto ¿se puede alegar para retirar la denuncia presentando esas fotos o puede servir como prueba que a las 16:29 en Agosto, en ese tramo, es imposible que salga todo oscuro porque no había ningún túnel y es de día?
Gracias
Buenos días Ángel,
En su caso entiendo que el supuesto que plantea es plenamente recurrible, ya que parece puede existir un claro error o bien en la fecha y hora o bien en una lectura errónea de la placa, sin olvidar un eventual caso de placa duplicada. Realmente si las fotos a las que alude y de las que dispone, de algún modo saliera su vehículo serían determinantes, al figurar en la fecha y hora de las citadas fotos, el vehículo en un lugar completamente distinto, caso que no fuera así, el que Vd aportara simples fotografías perdería fuerza, pues quizá no Vd, pero el vehículo podría haberse encontrado en el lugar de los hechos conducido por otra persona. En definitiva, entiendo que tanto de forma como de fondo hay opciones de recurso, sería importante ver los medios probatorios de que dispone. Es recomendable que nos remita su notificación para estudiar el asunto con más detalle.
Un atento saludo
Buenas tardes.
Hace un par de días se llevó mi coche la grúa, la recogí ayer y me dieron una copia de la multa que me llegará a casa… Revisándola la matrícula es correcta, el modelo del coche es correcto y el color es correcto también, en cambio en donde indica la clase (imagino que será la clase de vehículo) está escrito como «motocicleta»
Mi pregunta es, si esa multa se puede recurrir y si así, a parte de recurrirla, también si puedo recurrir además el dinero que pagué para retirarla del depósito de vehículos.
Gracias por la ayuda.
Buenos días Javier,
Con relación a su consulta, indicarle que la existencia de defectos formales en la denuncia pueden servir de argumento para poner en entredicho la credibilidad de la misma y exigir en mayor medida una intensa actividad probatoria. En este sentido también le puedo indicar que tanto el justificante de ingreso por concepto de grúa como la infracción base objeto del procedimiento, pueden ser ambas objeto de recurso, por lo que le invitamos a que nos remita sus antecedentes.
Un atento saludo
El pasado 18/09/2015 me denunciaron con el coche de mi mujer por tener la ITV caducada hacía unos días. Al entregarme la notificación eléctronica hay errores que creo que pueden recurriese aunque no se si se podrían ganar : La fecha que acompaña al nº de expediente figura como 31/01/05 hora 00:00 , fecha límite de pago con reducción 20/02/05 y en el recuadro de firma aparece NEGATIVA A FIRMA , cuando no se me indico tal opción, es recurrible ?? Gracias
Buenos días Eusebio,
Con relación a su consulta, indicarle que las denuncias por ITV, operan con cierto automatismo, pues si conforme a la ley le corresponde pasarla, poco se puede decir respecto a ello. Ahora bien, siempre es conveniente que nos remita la denuncia y la documentación del vehículo, ello por si en función del destino que figure en el permiso de circulación, se pudiera destacar alguna especialidad. No obstante, en este caso, se hace alusión a fechas muy dispares (posiblemente derivadas de un error), en este sentido se podría valorar igualmente aprovechar esos defectos formales para alegar eventual prescripción.
Saludos
Buenas. Hace unos dias me multaron dejando a mi hijo en el colegio por estacionar bajo una señal de prohibido estacionar. Solo me multaron a mi pero habían más coches estacionados y la señal de prohibido estacionar es una antigua señal de rotonda que han repintado con el prohibido estacionar. Es válida esa multa? Gracias
Buenas tardes Leticia,
Indicarle que podría recurrir mediante pliego de descargo en el plazo de 20 días desde la notificación de la misma, solicitando prueba suficiente. El hecho de que varios vehículos estuvieran estacionados de manera irregular y sólo le sancionaran a usted no lo convierte en multa inválida. No obstante recurra en primer término negando los hechos y solicitando prueba suficiente como pudiera ser fotografía o informe de ratificación del agente válido que acredite la comisión de la sanción.
Para ofrecerle una atención totalmente personalizada o darle solución a cualquier cuestión que se le presente en el camino, indíquenos su teléfono de contacto y le atenderemos a la mayor brevedad posible, para que no se pase ningún plazo. Gracias por la confianza depositada.
Un atento saludo
Buenas, y muchas gracias de antemano.
Quería haceros la siguiente consulta: me multaron por exceso de velocidad con un radar movil.
Al examinar la multa he apreciado una pequeña incorrección en el «lugar de denuncia», donde sucedieron los hechos, que figura de la siguiente manera:
Vía: correcta. Punto Km: correcto. Con dirección a: incorrecto (figura un municipio que ni siquiera se encuentra en esa vía, esta a gran distancia, dentro de la provincia, pero no forma parte de la vía en cuestión).
El resto de los datos son correctos.
Debido a ese pequeño error en el lugar de denuncia ¿que posibilidades tengo de que me admitan el recurso a trámite y se anule la multa?
Muchas gracias de nuevo.
Buenos días.Hace unos días me multaron por exceso de velocidad de 70 km/h en una vía de 50.Me pusieron una multa de 200€ y 2 puntos,al ir a pagarla me dijeron que estaba equivocada y que tenía que pagar 300€ y los 2 puntos y que me llegaría la notificación a casa.¿puedo recurrirla?¿es válida? Gracias.Un saludo
Buenas tardes Tamara,
En primer lugar muchas gracias por contar con nosotros y esperamos que con esta respuesta despejemos del todo tus dudas. En efecto, tal como nos comentas, puedes recurrir esa multa de tráfico dado que la multa inicial que te pusieron estaba incorrecta. El importe con la infracción no es el tipificado en el cuadro de velocidades que establece el Reglamento General de Tráfico. El importe es de 300 euros, pero al ser la equivocación suya, cuentas ya con un argumento de peso para recurrir y nosotros te aconsejamos en ello, ya que cuenta con un error que puede invalidar perfectamente la sanción.
Desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting te aconsejamos que recurras dicha multa y nos ponemos a tu disposición para lo que necesites en este proceso, o ante cualquier duda que pueda surgir en el camino.
Un atento saludo.
Muchísimas gracias. Asi lo haré.Un saludo
Buenos días; en primer lugar darles la enhorabuena por su trabajo.
He estado leyendo muchos casos, pero no eh encontrado mi supeuto.
La denucia que tengo es por aparcar en un paso de peatones. Así fue, aunque fueron 15 minutos por descarga, pero la fecha y la hora no es correcta.
Como medio de pruebo de esto tengo la denunia que me dejaron los agentes en el parabrisas.
¿tengo opciones de recurrir la denuncia?
muchas gracia spor todo
Buenos dias, muchas gracias por vuestro trabajo. Me gustaria hacer una consulta, me han puesto una multa de aparcamiento y en el nombre de la calle pone esto: c/jocs olimpics. El nombre correcto es: avd del jocs olimpics.
Por ese error de calle en lugar de avenida podria recurrir la multa??
Gracias y un saludo.
Buenos días Marc,
Con relación a la consulta que efectúa lo mejor siempre es que nos remita la notificación a fin de poder hacerle una adecuada valoración, es indudable que uno de los elementos esenciales en las denuncias de tráfico es indicar de modo concreto el lugar de la infracción, si éste no está debidamente reseñado, puede ser un defecto muy importante que unido siempre a otras deficiencias en la actividad probatoria por parte de la Administración, pueden suponer la nulidad del acto.
Gracias por su confianza. Ante cualquier duda que se presente, estaremos encantados de atenderle de manera personalizada y directa si nos deja su teléfono de contacto, ¡mucha suerte!
Un atento saludo.
Buenas tardes me multaron por exceso de alcohol en sangre 0’29 en la multa que ne extendió el agente(papel amarillo) pone q la sanción es de 250€ y sin puntos pero la carta que ha llegado pone q son 500€ y 4 puntos se puede reclamar? Es un error de transcripción?gracias
Buenos días Rubén,
Su denuncia tiene la suficiente relevancia como para que, si lo estima, nos la remita a la mayor brevedad. Es importante ver la documentación del expediente, en principio le puedo indicar que habrá que presentar alegaciones sobre lo que le indica el acuerdo de incoación de Jefatura debidamente notificado. Habrá que pedir una serie de pruebas importantes para la defensa de este tipo de expedientes, en particular, tickets, certificaciones del aparato medidor….y desde luego poner de manifiesto esa discordancia existente entre el boletín que extiende el denunciante y la incoación posterior que puede servir para poner en entredicho el procedimiento seguido.
De cualquier forma y ante todo tipo de duda o consulta que le surja durante el proceso, estaremos encantados de atenderle si nos deja su teléfono y contactaremos a la mayor brevedad posible, para darle la mejor atención y más personaliza.
Saludos
Buenos días,
Me ha llegado una multa por velocidad: por haber circulado a 135km/h en el km 67,7 donde la velocidad máxima permitida es de 90km/h. Sin embargo, la foto no coincide con ese km, la foto está sacada en el km 69, así lo indican las señales de la carretera, donde la velocidad màxima permitida es de 100km/h. ¿Me recomendáis recurrir? ¿En qué artículos debería de basarme para ello?
Muchísimas gracias por ayudar a tanta gente de forma eficaz!
Un saludo,
Carla
Estimada Carla,
Los expedientes por infracciones de velocidad debe tramitarse con especial diligencia por parte de la administración pues son varias las pruebas que debe facilitar para la acreditación de los hechos. La fotografía, elemento esencial que deben cumplir varios requisitos para poder ser considerado un elemento probatorio, no parece que en su caso se haya tomado con las debidas garantías. Desconocemos asimismo si han sido tenidos en cuenta los márgenes de error del cinemómetro o si la velocidad específica de la vía estaba correctamente señalizada.
Le invitamos a que nos facilite la documentación que le han notificado para su estudio y valoración. También ante cualquier nueva duda o consulta si nos pasa su teléfono nos pondremos a la mayor brevedad posible en contacto para que no se pase ningún plazo.
Un atento saludo
Buenos días.
Circulando con una bicicleta de carretera fuí denunciado por agentes de la guardia civil, por circular, según ellos, fuera del arcén estando obligado a utilizarlo con 200,00 euros.
La denunica fue intencionada puesto que me informan que me venían seguiendo varios kilómetros con la intención de denunciarme.
He presentado alegaciones y pruebas fotográficas del punto kilómetrico del lugar de la denuncia, señalizado como vía ciclista y perfil irregular o en mal estado, siendo la denuncia ratificada por el agente y confirmada por tráfico. He presentado recurso potestativo a la espera de constestación.
Tengo intención de presentar demanda contencioso, la pregunta es, tengo opciones de que me anulen la sanción. Saludos.
Estimado Jose Manuel,
Si plantea demanda contencioso administrativa por este motivo el Juez podría estimar la misma si entiende deficiente la prueba aportada por el organismo que es a quien le compete la carga de la prueba. No es válido un mero informe de ratificación del agente, máxime si usted a los largo del expediente no sólo negó los hechos sino que aporto prueba en contrario, como pudiera ser una serie de fotografías que indican otra circunstancia distinta. Si la resolución sancionadora no fuera motivada como tienen obligación y no aclarase determinados extremos controvertidos también podrían estimar la demanda.
Ante cualquier nueva duda, le ofreceremos una atención directa y personalizada si nos deja su teléfono de contacto. Mucha suerte y gracias por su confianza.
Saludos
Muy buenos días José Manuel,
En relación con la consulta que se nos plantea, informarle que las opciones de contencioso van a depender de la prueba del agente que obre en el expediente, es decir, si ha ratificado o no su denuncia y en qué términos. En el caso que nos ocupa, al haber negado usted de forma taxativa la comisión de la infracción y haber aportado prueba en contrario de los hechos cuya comisión se le imputa, el agente debe de aportar durante la tramitación del expediente un plus, no siendo sólo válida la versión de los hechos que indica en el boletín de denuncia. Ahora bien, si usted se decide a impugnar la resolución dictada ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, le recomendamos que se ponga en manos de profesionales expertos en la materia, como son el gabinete que compone el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, dado que debe de estar asistido por Letrado y es un procedimiento que revista una enorme formalidad.
Ante cualquier duda que presente, estaremos encqantados de ayudarle, por lo que si nos deja su teléfono de contacto, le llamaremos y atenderemos de manera personalizada. Un atento saludo.
Hola, y buenas. Mi caso es el siguiente:
Me llegó una multa por $300 por actos turbatorios y desórdenes, pero al leer con mayor atención la carta, he notado que mi numero de documento esta mal escrito. En vez de ser xx.x48.xxx lo escribieron así xx.x49.xxx. En este caso, que podría hacer y a que artículo recurrir para poder «anular» de cierta forma la multa? Espero su respuesta y gracias por su tiempo. Atte.: Diego Mercado
Buenos días. He sido multado por beber alcohol en la vía publica injustamente, pero aparte de eso en la denuncia el DNI me lo han puesto con un numero mal, la fecha de nacimiento me han puesto 13/04/59 (no se de donde se la han sacado porque nací el 15/06/1994) y la calle donde resido es legible pero hay que echarle bastante imaginación.
Que debo hacer? Recurrir? Tengo posibilidades? Quizás si recurro demuestro que si soy yo esa persona… Pero si no recurro igual me llega.. Que me aconsejan?? Creo que la fecha de nacimiento es completamente distinta y el DNI también es incorrecto…. Que me aconsejan? Gracias
Hola, me pusieron una multa por saltarme un semáforo, pero en el boletín amarillo de la multa que me han dado esta mal la hora (30min antes de la que era realmente) el modelo, la marca y la matricula de mi moto, que tengo que hacer para recurrirla? en estos casos se suele salvar uno de pagarla?
Buenas tardes me ha llegado una multa por aparcar en una zona de carga y descarga es un sitio en el cual no e estado en mi vida (Benalmádena) siendo yo de Madrid, en la notificación que me ha llegado se ve confuso uno de los números de la matrícula, motivo por cual creo q es el error, y también pone otra marca de coche y el modelo, pero la multa ya me a llegado, que puedo hacer
Buenos días
Me multaron en el mes de abril, por circular en el centro de Sevilla por una zona donde está prohibida la circulación, excepto para servicios publicos.
Existen varios defectos, que le enumero a continuacion:
-La notificación de la denuncia no llega a mi domicilio, puesto que la mandan al número 1 de mi calle, y yo vivo en el número 4. El vecino nunca recibió la notificación (o eso dice) de esa denuncia en la cual hay que identificar al conductor.
-Manda posteriormente la denuncia por no identificar al conductor, tras varios envios certificados nuevamente a mi vecino, se la entregan en buzón al tercer envio y esta vez si el vecino me la entrega. La multa pasa de 70€ a 140€, cuando jamas puede identificar al conductor ya que nunca recibí la primera denuncia.
-Además tampoco puedo recurrir la denuncia inicial, ya que además de estar mal redactada el lugar donde está la placa de prohibido circular (entiendo que es defecto de forma), resulta que dentro de esa zona donde no se puede circular hay habilitados 2 aparcamientos para minusvalidos, a los cuales yo acudía (tengo tarjeta de minusvalido) y ese es el único acceso a ellos.
¿Qué tipo de recurso puedo formular para todo este cúmulo de despropositos?
Gracias, un saludo
Estimado Santiago,
Debe recurrir en el plazo de 20 días desde que su vecino ha recibido esta notificación. En este momento, ya que lo que tiene es un incumplimiento por no identificar sólo puede recurrir en ese sentido,(haciendo valer que la falta de identificación es porque nunca la recibió correctamente en tiempo y forma) ya que la multa por circular por área restringida ya no existe. Estimo que usted en Tráfico tiene inscrito su domicilio correctamente, es decir el número 1 y no el 4, de ser así solicite en su recurso los acuse de cartería del primer requerimiento del expediente de origen. En estos acuses constara la firma de vecino y su domicilio y de ese modo acompañando su permiso de conducir o copia del domicilio inscrito en Tráfico revelará la defectuosa notificación producida por la Administración.
Ante cualquier nueva duda o necesidad de atención personalizada, lo haremos encantados si nos deja su teléfono de contacto y así evita esperas. Gracias por su confianza.
Un atento saludo
Hola, han multado a mi padre por pasarse de altura en la carga de un camión. Pero el guardia sea equivocao y ha puesto artículo 13, se puede recurrir?? Esque no sabe que tiene que pagar
Buenos días Margarita,
El boletín de denuncia tiene que detallar de manera clara, el hecho denunciado, la infracción correspondiente, el precepto legal vulnerado en su caso entre otros extremos. Por ello puede recurrir alegando la incongruencia del hecho denunciado con el artículo citado. Por otro lado solicite pruebas de la comisión de la infracción tales como la ratificación agente.
Ante cualquier nueva duda estaremos encantados de atenderla y para que evite esperas si es un problema urgente, si quiere puede dejarnos su teléfono de contacto y la atenderemos lo antes posible de manera personalizada.
Gracias por su confianza,
Saludos
Hola,
Me multaron por tener la ITV caducada. En la multa, dónde pone «importe a pagar con descuento» pone: -100€. Entiendo que hay un error al poner el importe en negativo. En otras multas sale así, por lo menos.
¿Se puede recurrir? Gracias.
Estimada María,
La sanción normal por no tener pasada la ITV es de 200 euros, es normal que le indiquen que si la paga bonificada son 100 euros, como resultado de aplicar la bonificación del 50% por pronto pago prevista en la Ley.
Ante cualquier otra nueva duda o necesidad de asesoramiento, le atenderemos encantada si nos deja un teléfono de contacto a la mayor brevedad de tiempo posible. Gracias por su confianza.
Un atento saludo
Hola
El dia 11 un dia antes de la fiesta Nacional de España QUE CASUALIDAD
Me quita la grua mi moto que la tenia bien aparcada teniendo un cartel de propaganda entiendo que se puede poner ya que los taxistas ahora llevan publicidad en la multa me pone Estacionar el vehiculo en via publica como soporte publicitario GRUA 95€ MULTA 90€ Como se puede reclamar
Gracias por interesarse tanto por los internautas
Saludos
Buenos días Javi,
Es muy importante que nos remita sus notificaciones a fin de realizar un valoración exacta de las denuncias, le digo esto, porque en general la materia a la que alude se halla regulada en normativa sectorial y pueden existir variaciones, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, por ejemplo se prohíbe la publicidad en vehículos particulares, solo está permitido en vehículos destinados al transporte público de viajeros, ejemplo autobuses o taxi. Los vehículo comerciales admiten la referencia al nombre comercial de la empresa pero en ningún caso publicidad de productos. No obstante lo expuesto, es importante ver su documentación y ver que precepto realmente están citando como infringido, si es por colocar publicidad, por estacionar etc y poder así intentar realizar una correcta defensa.
Ante cualquier nueva duda o necesidad de asesoramiento, le atenderemos rápidamente si nos deja su teléfono de contacto para no perder ningún plazo que pueda servir. Muchas gracias por su confianza.
Saludos
Hola ! Me acaban de poner una multa por aparcar en un vado. En la multa no indica en ningún momento mis datos sólo los del coche y en observaciones creo leer que pone «conductor delante se deja copia» y en la casilla de los datos del conductor se encuentra tachada de puede recurrir?
Estimada Jessica,
El contenido de las denuncias de tráfico se regula en el artículo 5 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: “ la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción, la identidad del denunciado, si fuere conocida, una relación circunstanciada del hecho, con expresión del lugar, fecha y hora y el nombre, profesión y domicilio del denunciante. Cuando éste sea un agente de la autoridad podrán sustituirse estos datos por su número de identificación (artículo 75, apartado 3, párrafos primero y segundo, del Texto Articulado)
A tenor de este precepto, si le han denunciado estando Ud. ausente, sus datos personales no van a constar y no por ello tendríamos un motivo de anulación de la denuncia. Tenga en cuenta además que si ha recogido la notificación del parabrisas estamos ante un acto no recurrible que carece de valor jurídico. Para la presentación de alegaciones debe esperar a recibir la notificación en su domicilio. Le invito a contactar con nosotros para el estudio y valoración de la documentación de que disponga.
Ante cualquier otra duda, si nos dejas tu teléfono de contacto, te atenderemos lo antes posible de la manera más personalizada. Gracias por tu confianza.
Saludos
Buenas tardes,
He recibido un INICIO DE EXPEDIENTE SANCIONADOR por hacer ruido en casa (según los agentes) a las 6 de la mañana, voy a presentar recurso al mismo porque los hechos no son como los descritos en el expediente pero además, al repasar el expediente que hemos recibido pone que los motivos son por NO respetar el descanso del vecindario y de evitar la producción, lo cual recae en una incongruencia ya que o no respetas el descanso o evitas la producción de ruidos. La ordenanza del caso que nos ocupa indica :
Art. 46. Normas de conducta.—1. Toda persona tiene la obligación de respetar el descanso del vecindario y de evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia.
El error entiendo que es al redactarse pero mi pregunta es si es motivo para pedir la nulidad del expediente o no. O si es mejor recurrir como que no hemos hecho lo que dicen o incluir todo en el recurso.
Gracia de antemano.
Un saludo
Hola, ayer me multaron porque llevaba a mi hija menor de 12años y 1,44cm de estatura con el cinturón abrochado, en el asiento d copiloto. Puedo recurrir? Firmé porque no me acordaba lo que media. Gracias
Buenas tardes Cristina,
Su hija no podría viajar en el asiento delantero bien si hubiera sido menor de 12 años o si aun siendo mayor de esa edad midiera menos de 1,35 cm. Por tanto puede ir de copiloto. Recurra en el plazo de 20 días desde que se lo hayan notificado. Si tuviera algún informe médico u otro donde conste su altura acompáñelo como documento nº 1. Y solicite informe de ratificación del agente donde le haga constar cómo calculo la altura de la niña estando la misma sentada,etc.
Si necesita ampliar su información o que contactemos de manera detallada, déjenos su teléfono de contacto y le atenderemos lo antes posible.
Gracias por su confianza,
Saludos
Buenas.
Me ha llegado una multa por aparcar en una acera en una fiesta de pueblo (una romeria), el agente fue tomando fotos de los coches y cuando le pregunte me dijo que ahi no se podia aparcar que habian carteles y que iban a multar a todos. Lo de los carteles es verdad pero de noche y como estaban no se veian nada la verdad.
Bueno la pregunta es si puedo recurrir por las siguientes cosas, en el hecho denunciado alega lo siguiente –«–«- -«Estacionar en el lugar indicado( presupongo que se referira a la foto proque a mi no me ha venido foto ninguna), obligando a otros usuarios a realizar maniobras antirreglamentarias» cosa totalmente falso porque simplemente estaba encima de una acera donde no estorbaba a nadie no habia garajes ni vados ni nada por el estilo.
-El vehiculo al que pusieron la multa osea el mio, lo compre hace 6 7 meses y esta a mi nombre y en la sancion viene de nombre el antiguo conductor.
-Finalmente en fecha de denuncia viene hora :21 00, cuando yo a esa hora ni habia llegado al sitio.
Mi pregunta es si puedo reclamar por algunas de estas cosas
Buenos días Oliver,
Según deduzco, en su denuncia concurren suficientes anomalías como para que merezca la pena que nos la envíe y estudiar con detalle las posibles alegaciones, que pasarían en todo caso por pedir pruebas, pruebas de la señalización, del informe del denunciante que se pronuncie sobre la hora de la supuesta infracción y sobre los elementos añadidos como “el obligar a otros usuarios a realizar maniobras no reglamentarias”. Las pruebas son esenciales, sin ellas la Administración no debería confirmar nunca la sanción. Para cualquier otra duda, cuente con nuestra atención y si necesita su respuesta de la manera más urgente, déjenos su teléfono de contacto y no tardaremos en informarle de lo que necesite.
Un atento saludo
me ha llegado luego de 7 años un embargo bancario de 163 e por ir con auriculares en la bici y quiero recurrirlo…. os parece correcto esto?
EXPONE
Con fecha 21/04/2008, la Jefatura Provincial de Tráfico del Ayuntamiento de BCN, ha sido denunciado por una supuesta infracción de tráfico con Nº de expediente 2008-048-5874. El denunciado, haciendo uso de su derecho a recurrir contra la misma, y estando dentro del plazo establecido, formula el presente RECURSO ORDINARIO para lo cual
EXPONE:
1. Que la notificación de la presunta infracción no ha sido notificada en tiempo y forma reglamentaria, ya que desde la fecha de la denuncia 21/04/2008 el denunciado no ha recibido notificación de la presunta infracción hasta la fecha de 23/10/2015 en que recibió la notificación de embargo bancario 000007412778 de 163,57€ referida en el presente recurso; con lo cual han transcurrido más de tres meses y tratarse de una infracción leve (seis para las graves y un año para las muy graves), según el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto 320/1994, de 25 de Febrero y, modificado por Ley 5/1997, de 24 de Marzo, (B.O.E. 72/1997 de 25 de marzo ) de Reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La infracción ha prescrito y, por tanto, ya no puede ser sancionada por haber transcurrido en exceso los plazos previstos por el artículo 81.1 de la LTSV (Ley de tráfico de la Seguridad Vial) entre la fecha de la infracción y la notificación- Fecha de la recepción en el domicilio o publicación en el BOE que fue consultado y no aparece publicado más que un requerimiento de información del año 2015 61270084881.
2. Que no es cierto lo que consta en la citada resolución, ya que los hechos no ocurrieron de la forma en que lo denuncia el ayuntamiento, no fueron firmados ni aceptados en ningún momento. No estaba manipulando el móvil ni auriculares, el agente solo me paro para comprobarlo porque pensaba que llevaba cascos pero luego al ver que no era así, ya que el estaba a una distancia muy considerable lo comprobó y me confirmo que no haría ninguna sanción, Asimismo el agente de la autoridad denunciante no ha ratificado su denuncia, por lo que se debe considerar un defecto grave en el procedimiento.
Por todo lo expuesto anteriormente, el denunciado SOLICITA: que se proceda a la devolución del importe embargado 000007412778 de 163,57€ referida en el presente recurso. Que teniendo por presentado este escrito tras los trámites que estime necesarios, DECLARE EL SOBRESEIMIENTO DEL EXPEDIENTE.
En Barcelona, a 27/10/2015
Estimado Mark,
Para empezar decirte que el recurso ordinario en este tipo de procedimiento no existe, por otro lado el organismo al que te diriges no es correcto y entrando en el fondo hay que alegar preceptos más específicos en un recurso como éste, en vez de normas generales ya que son insuficientes e igualmente es necesario añadir jurisprudencia específica en la que se puedan apoyar todos los fundamentos de derecho. Mi recomendación es que la pongas en manos de nuestro departamento especializado ya que con toda la documentación que tengas se puede entrar en más detalles sobre el fondo y la forma que son especialmente importantes para que nos estimen el recurso y el expediente resulte sobreseído y archivado.
Mi consejo es que nos haga llegar la multa a la menor brevedad, ya que vale la pena recurrir, el embargo es bastante elevado y las posibilidades de estimación en este caso son notablemente altas, por lo que no dude en enviárnoslo, dado que tendrá muy buenos resultados.
Si cuenta con alguna otra duda para iniciarse en este camino, déjenos su teléfono y le llamaremos lo antes posible para darle la atención más personalizada y así no incurrir en faltas de plazos.
Un atento saludo
Buenas a un grupo de amigos y a mi nos multaron por acampar en propiedad municipal. EL agente nos dio la notificación donde ponía «Articulo 7 infracción leve al reglamento para la protección dominio publico Ribadesella» Nos dijo que serían 50€ al ser leve.
Hoy me ha llegado la carta donde viene la multa y pone que es una infracción grave (de 300,01 a 1000 €) con una cantidad de 300,01€. Además han cambiado el articulo de la multa ahora pasa a 6.2. No entiendo por qué. ¿Hay algo que se pueda hacer?
Hola, me gustaría saber si es recurrible una multa por error en el el acta de la denuncia. El agente a la hora de ponerme la denuncia puso mal la matrícula ; confundió una letra. La denuncia es por no llevar la targeta de transporte. La sanción es de 4001 euros. Por favor, ayuda
Estimado Alejandro,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle, que en base a la información que nos ofrece, desde nuestro Dpto. Jurídico, estimamos que como bien apunta, el expediente es perfectamente recurrible, ya que el dato de la matrícula, los dígitos y letras, es un dato esencial que se debe de indicar de forma correcta en todas notificación cursada dirigida a incoar un expediente sancionador. Ahora bien, teniendo en cuenta, que se trata de un expediente de elevada cuantía, le recomendamos que se ponga en contacto con expertos en la materia, como el gabinete de abogados de Pyramid Consulting, para el análisis, estudio y recurso de su expediente.
Un saludo.
Hola me sacaron una multa por infraccion al horario de cierre que tipifica la ley de bares, el.problema es que pusieron mal la fecha de redaccion de la multa en el momento que me la hacen y no coincide con la fecha del dia en el tiempo presente que me la hicieron. Ejemplo me hacen hoy la multa y ponen la fecha de 5 meses atras, y aparte despues hago un descargo pidiendo la nulidad y tienen 10 dias para responderme como yo tengo los 10 dias habiles para el descargo el problema es que ellos despues de un mes y medio me mandan la multa sin sin responderme nada, tengo algun amparo frente a esto?
Hola,
La otra noche me pararon la Guardia Urbana d Barcelona porque supuestamente no llevaba el cinturon
Al mostrarles que si lo llevaba pero por debajo de la axila me multaron igualmente con 200€ y 3puntos
En la multa indica CODIGO 1401 ARTICULO INFRINGIDO 117.1 RGC
CIRCULAR SIN UTILIZAR, DEBIDAMENTE ATADO, EL CONDUCTOR EL CINTURON DE SEGURIDAD
Mi cinturon estaba perfectamente atado/anclado
No creo que se pueda hacer mucho pero les agredeceria una respuesta
Gracias
Estimado Mario,
En relación con la denuncia que le ha sido cursada, desde nuestro Dpto. Jurídico le recomendamos proceder a recurrir el boletín de denuncia que le ha sido entregado, negando taxativamente los hechos cometidos, y ofreciendo la versión de los hechos que nos indica. De esta forma, aunque la denuncia haya sido cursada por un Agente de la Autoridad (Guardia Urbana),y atendiendo a lo dispuesto en la legislación vigente y por la reciente jurisprudencia en materia,este se verá obligado a ratificar su denuncia ofreciendo una versión detallada de la acción que realmente motivó la denuncia. En caso de que la ratificación no sea detallada o no se produzca, cuenta con muchas opciones de anulación del expediente en vía administrativa o judicial. No obstante, dado que la denuncia lleva aparejada pérdida de puntos, le aconsejamos que se ponga en manos de profesionales en materia, como es nuestro gabinete de Letrados.
Un saludo.
Hola. Me han abierto un expediente sancionador por no tener la ITV del coche. En el boletín que se me entregó en mano los datos del vehículo reseñado son completamente erróneos, tanto respecto a matrícula como modelo de coche. Merece la pena recurrir?
Estimado usuario de nuestro blog,
En base a la información que nos indica, el consejo por parte de nuestros abogados del Dpto. Jurídico, es que proceda a recurrir la denuncia, ya que de acuerdo con lo dispuesto en el art. 74 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, el dato de la matrícula, es uno de los datos esenciales que se han de indicar en toda denuncia para que esta sea un acto válido de inicio del expediente.
Un saludo.
me ha multado la Ertzaintza. Hay un error en la caducidad de último día de pago.
me he dado cuenta al pagarla. ¿Puedo denunciarlo por defecto de forma?
Estimado Aitor,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle, que si ha efectuado ya el pago de la sanción con descuento, no es posible recurrir la denuncia ni por el motivo que nos indica ni por ningún otro, dado que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, establece que con el pago de la sanción en fase de denuncia, el interesado renuncia a efectuar todo tipo de alegaciones de carácter formal y material. Por el contrario, si usted no ha abonado la sanción, el defecto que usted indica, si es alegable, dado que conforme a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, entre los datos que se le han de indicar está la fecha y plazo de pago de la sanción.
Un saludo.
Hola buenos dias.
me han multado por exceso de velocidad.
la carta me ha llegado a casa
Pero la hora que pone a la que me han multado, no es la hora a la que en teoria cometi la infraccion por que a esa hora estoy trabajando y es imposible. ademas tengo camaras de seguridad en el trabajo que podrian corrovorar que estaba trabajando incluso podria ser que la camara del parquing grabara mi coche a esa hora.
vale la pena recurrirla por que la hora no cuadra?
gracias de antemano
Buenos días Andrea,
En atención a la información que nos facilita, si usted tiene la certeza de que a la hora indicada en el denuncia que le ha sido formulada, ni usted ni su vehículo estaban en el lugar de la denuncia y además puede probarlo con documento gráficos, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le recomendamos proceder a su recurso. El interesado y denunciado puede aportar en el curso del procedimiento todos los elementos de prueba que desvirtúen la comisión de la infracción que la Administración le imputa. Por este motivo, le recomendamos que se ponga en manos de profesionales, como son los abogados de Pyramid Consulting, para valorar la estrategia de defensa de su expediente y los elementos de prueba que sería aconsejables aportar en el curso del expediente.
Un saludo.
Hola. Me han puesto una multa por estacionamiento en doble fila. No me la han entregado en mano la sanción por conductor ausente y en el color del vehiculo me han puesto gris cuando el color es azul. Se puede alegar por este motivo?
Buenas tardes,
Me han puesto una multa por posible infracción del art. 154 – 5A NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN, PROHIBIDO ESTACIONAR (HORARIO ESCOLAR).
Estoy valorando recurrirla por Defecto de Forma y decir que «la sanción se encuentra viciada de la nulidad del artículo 62.1 e) por tratarse de un acto dictado prescindiendo del procedimiento establecido al efecto», ya que hay una señal vertical que se encuentra ubicada al principio de la calle en ese lado de la acera (señal de prohibido estacionar) no tiene ni aparece ninguna referencia al horario escolar, además mi vehículo estaba estacionado unos metros después de pasar una intersección de 2 calles (viniendo desde la señal) y según La Ley de Tráfico la señal R-307. «Parada y estacionamiento prohibido. Prohibición de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.»
Habla del final de la prohibición de estacionamiento en la intersección mas próxima que yo había superado.
Cree que podría plantear las 2 opciones defecto de forma por lo del horario escolar y haber superado la intersección mas próxima??
Gracias y un saludo
Hola, hoy me han multado por decir que me he saltado un semaforo en rojo cuando estaba en ambar, he revisado la multa y se ha equivocado al poner el color de mi vehículo, el policia ha puesto negro cuando es azul marino. ¿Es recurrible?
Buenas, he recibido una multa por exceso de velocidad en la cual se aporta la foto, pero el problema es que en los datos de la multa indica una carretera que no es la real. El punto kilométrico sí está bien pero no la anterior, ya que pone km 700.1 y en la carretera que se indica en la multa no existe ese km (tiene una longitud de unos 100km). No sé si es recurrible con el fin de que se archive, ya que me están poniendo una multa en un lugar que no existe. Espero su respuesta y gracias de antemano. Un saludo.
Buenas, he recibido una multa en la que mi apellido está mal escrito (una letra mal). ¿Puedo librarme de ella? Si es así, ¿qué tengo que hacer?.
Aunque mi apellido está mal escrito, aparece mi DNI y mi dirección.
Gracias de antemano. Un saludo
Hola, he recibido una multa con erro en el% de la bonificación, pone 30% pero la reducción en cantidad la hace de 50%, se puede recurrir por defecto de forma? Gracias
Hola, mi marido trabaja en una empresa de Segovia y los lunes y martes van ha descargar a avila (el resto de los días no van). Un lunes estaba descargando y le multaron por estacionar en doble fila, la sanción se la entregaron en mano. Trajo la denuncia y comprobamos q la fecha estaba mal, pusieron 30 de mayo y esto ocurrió en marzo. No recurrimos, ni la pagamos esperando q nos llegará a casa la notificación formal. Resulta q el 3 de diciembre le envían a casa una providencia de apremio con el importe de la multa más el recargo. Hable con el centro de recaudación de avila y me dijeron q no hacia falta q me llegase a casa la notificación formal ya q el guardia se la entrego en mano,y la pregunte si el número de los boletines de denuncias van Correlativos(como las facturas), porque si es así podrán comprobar q esa denuncia no es válida. En esa fecha mi marido se encontraba en segovia, ya q no trabajaba. Me dijeron q recurriera si no estaba de acuerdo. Y mi pregunta es; ¿puedo recurrir la multa?
debo de pagar una multa en la que me ponen circular a 60km/hora cuando la velocidad estava limitada a 91 km/hora…???
Si se han equivocado al escribirla debo pagarla??
Buenos días Rosana,
Por supuesto que no tendrías que pagar esta multa de tráfico porque a todas luces representa un grave error y resultaría prácticamente seguro el éxito en el recurso, más si en la zona que se te multó la limitación de velocidad era de 90 y hay señales que lo demuestren. Para cualquier duda o consulta que tengas, estaremos encantados de asesorarte y si lo prefieres déjanos tu teléfono y nosotros contactaremos para ayudarte en este procedimiento.
Gracias por la confianza depositada,
Un atento saludo
Me ha puesto una multa la policía nacional por, según ellos, pasarme sin parar un paso de cebra. No había nadie en la calle, sólo una pareja de nacionales que iban charlando tranquilamente y estaban frente al paso de peatones, a unos metros. Yo iba al cole a llevar a mi hija. Eran las 8.45 de la mañana y ví como uno de ellos al pasar anotó los datos de mi coche. Ahora me llega la denuncia y hay un error creo que de bulto. Pone que el color del coche es plata, siendo azul oscuro.
Alego defecto de forma o presento alegaciones diciendo que no había nadie en la calle, que iban charlando sin prestar atención, que vivo allí cerca y que en ningún momento puse en peligro la vida de nadie. Gracias de antemano.
Buenas tardes:
Como no he puesto signo de interrogación en el párrafo anterior quiero decir que tengo dos opciones: o alego defecto de forma en la denuncia (de poner color plata a ser azul oscuro hay mucha diferencia, creo yo) o bien presento alegaciones contra dichos policías: no había nadie en la calle, ellos charlaban sin prestar atención si venía algún coche para cruzar el paso de cebra ( iban de los Juzgados a la cafetería de enfrente, como todos los días…).
Buenas tardes, me han puesto una multa este verano trabajando de mensajero con una furgoneta de la empresa. La multa fue por que me meti en una calle contramano y me encontre a la policia. El agente me pidio el dni y los datos del vehiculo etc. Y ahora me llega la multa, la firmo para recogerla, y aparece mi Codigo postal mal, el nombre de mi calle mal, y mi DNI mal. Ademas, me llega con recargo del 10% por no haberla pagado antes de Noviembre, y me ha llegado ahora la notificacion. ¿Podría reclamarla o no tendria opcion de ganarla?
Buenas. Me han multado y en dicha multa no consta ningún dato excepto los datos del coche y la descripción de la infracción. Es decir, no consta ni artículo por el que me sanciona ni su importe ni nada de nada en esa hilera de datos. Es posible recurrirla? ¿es posible que no se haya tramitado? si se ha gestionado, cómo puedo saber el importe que he de pagar para hacer el pronto pago y reducir su precio. Gracias por su atención.
Buenos días y gracias por su atención.
A mí hace dos años se me sancionó, consta en denuncia, por exceso de velocidad, circular a 71 km/h estando limitada la velocidad a 50 km/h, medida por un radar móvil instalado en vehículo. Y se aplica el margen de 5km/h establecido en la norma de 2006. Recurro y digo que en el caso de esos radares el margen es 7km/h pasando la sanción de grave a leve sin pérdida de puntos.
Ahora, de cara al juicio que tengo el próximo enero, en el expediente administrativo que me han dado para prepararlo consta q
Buenos días.
Creo que lo que expongo a continuación es un tema interesante para todos.
Hace dos años me sancionó el (Ayuntamiento de Madrid) por exceso de velocidad, circular a 71km/h estando limitada la velocidad a 50. Se aplicó un margen de error del radar que midió la velocidad de 5km/h. Resultado: sanción grave, 300 euros y pérdida de 2 puntos.
Pero en la denuncia consta «radar móvil, instalado en vehículo», por lo que recurrí diciendo que en ese caso el margen de error es de 7/km y no de 5km/h, según norma de 2006, con lo que la sanción pasaría a leve: 100 euros sin pérdida de puntos.
Se desestiman alegaciones y recurso en vía administrativa.
Recurro en vía judicial y el próximo enero tengo el juicio. Me acaban de dar el expediente administrativo y en él consta que el radar móvil «estaba en función estática», supuesto en que procede la reducción de 5 km/h.
Pero esta es la primera noticia que tengo sobre que el radar estaba en función estática: ni en la denuncia, ni en la desestimación de alegaciones, ni en la desestimación del recurso de reposición se me indica esa circunstancia.
Entiendo que se me ha producido una total indefensión al desconocer el factor determinante de la infracción cometida.
¿Cómo lo veis?
Es inaudito que el Ayuntamiento no indique todos los extremos del hecho denunciado, teniendo ocasión de hacerlo hasta en tres ocasiones. Si me hubiera informado correctamente desde el principio no me hubiera metido en un juicio con pago de tasas, honorarios de abogados, etc.
Ya informaré de cómo ha ido el juicio.
Gracias por la atención
Hola!
Me han multado por «No obedecer un señal de prohibición», indicando el artículo 154.14, y revisando el mismo éste indica que debe poner què señal es la que se incumple. Además de esto, en la fecha se ha obviado el año (aunque supongo que cuando la envíen a casa esto no pasará) y se indica una dirección que no es la correcta, pues la calle donde me han multado empieza en una rotonda y yo ni siquiera había llegado a la misma, estaba en un tramo previo cuyo nombre es diferente al indicado en la multa. Debo recurrir? Gracias!
Hola.El otro dÍa me multaron por llevar las ruedas con demasiado uso(cosa que es verdad)-El caso es que me multaron en una carretera y me han puesto en numero de la carretera mal( me multaron en la n640 y pusieron n540).
Debería hacer un pliego de descargo por defecto de forma o pagarla, ya que tengo hasta el mes que viene para que me hagan el 50%.
Gracias y un saludo
Buenos días,
he recibido una notificación de multa al domicilio de mi madre y, ya la he recogido de correos. Cuando abro la notificación compruebo con cierta sorpresa que el domicilio que figura en la multa coincide con el de la dirección a la que lo han enviado pero no con los datos del vehículo, cuyo permiso de circulación está en mi domicilio actual (desde hace más de 7 años). ¿Tengo alguna posibilidad de recurrir la multa?
Gracias,
Buen día
he recibido una infracción por exceso de velocidad, pero en la boleta y en la linea de captura aparece un numero de placa totalmente distinta, es posible que sea nula?
gracias
saludos.
Buenas !
Me han multado por rebasar un semáforo en rojo en bicicleta.
En el boletín al NIE le falta la última cifra .No he firmado el boletín.
Que me recomienda en este caso ?
Buenos días:
Esta mañana me han puesto una multa por no llevar el cinturón, pero el agente se ha equivocado al poner la cruz en el motivo y ha puesto que me ha multado por mal estacionamiento.Han puesto que me quitan tres puntos y que sepa no se quitan tres puntos por estacionar mal a no ser que dificulte el paso,cosa que en todo caso no sería así.
¿Cuál sería la posibilidad de ganar un recurso?
Hola buenos días:
acabo de recibir una notificación de una sanción administrativa en la que la fecha de período de pago es hasta el 15/02/2015 cuando entiendo que debería ser hasta el 15/02/2016. Es posible solicitar la anulabilidad de este expediente?
Gracias y un saludo
Buenos dias:
Me han multado por aparcamiento, en la multa pone:»Estacinar un vehiculo obstaculizando un vado señalizado correctamente», este vado no existe, puede ser que obstaculizase una salida (un poco) pero no existe vado, he hecho fotos para recurrir la multa.¿tendre posibilidades? tendria que hacer alguna alegacion precisa?gracias y un saludo.
Buenos días Amanda,
Es una multa con muchas posibilidades dado que realizar fotos al lugar de los hechos tiene un gran valor probatorio para los tribunales, ya que en infracciones de aparcamiento la jurisprudencia considera de gran importancia la prueba fotográfica y casi imprescindible para que se entre a considerar cometida la infracción. Mi recomendación es que nos envíe la multa al departamento jurídico para que añada a esa prueba fotográfica los artículos de la ley de tráfico que le den una base sólida al recurso, así como las sentencias estimatorias más interesantes para que el recurso se tenga en cuenta y alcance un resultado favorable.
Saludos
Hola. Hoy al salir de trabajar he visto que estaba la policía y mi coche cruzado en la carretera. Me comentan que ha caído y ha colisionado a un vehículo cercano. Me han multado por no dejar la marcha metida y las ruedas giradas. Añado que la marca de vehículo de la notificación que me dio el guardia es incorrecta. Gracias.
En el informe/denuncia de la policía pone que NO quise declarar.
Sin embargo en el expediente que vi en el juzgado aparece mi version de los hechos, de donde venía y que había bebido varias cervezas.
Esta contradicción puede tener alguna repercusión ?.
Gracias
Hola mi caso es el siguiente, mientras esperabamos un amigo para salir un viernes por la noche, (somos universitarios) estuvimos 6 a las 12:00 en mi piso tocando una guitarra y no duro más de 10 minutos hasta que se presentaron en mi puerta 4 policias locales con mala leche. El caso me acaba de llegar la multa pero yo ni estoy empadronado aquí ni gano dinero…pero eso es un caso aparte.
El caso es que en la notificación que ha llegado a casa de mis padres (en otra comunidad autónoma) han puesto el DNI mal, tanto la letra como uno de los números, y creo por lo que he estado leyedno es motivo de recurrir.
PD:Me multan con 250 euros y si pago en 15 días 175.
Gracias.
Me llega una multa de radar con foto de mi coche, pero en la descripcion del lugar indica que estaba circulando al revés ( dice que iba hacia de donde venía ).Es correcto ó es recurrible ?.
¿ Cómo puedo saber que era mi coche el que hizo saltar el radar y no otro que circulaba en el sentido que indica la multa ?.
Gracias por su respuesta
Hola buenas noches, me pusieron una multa de tráfico pero el agente denunciante no escribió su número de identificación, pero si firmó. Quería saber si puedo recurrir o simplemente al no estar el numero de identificacion, la multa pasa a ser nula.
Muchas gracias!
Hola… me pusieron multa por dejar estacionada la moto en la vereda… yo no estaba presente en el momento que dejaron la multa, en la redacción donde especifica el tipo de marca se equivoco… se puede hacer algo al respecto… gracias
Buenas noches, ayer cuando llegué a mi coche tenía una multa de 200 euros reducibles a 100 por tener dos ruedas encima de la acera.El caso es que la calle se llama Doroteo y Manuel Vaquero, y en la multa aparece Doroteo García vaquero, sí..como el queso.¿Sería recurrible esta multa?.Muchas gracias
Buenas tardes.
Me han denunciado por acceso indebido a una rotonda y en la denuncia por correo me pone Marca: Mercedes – Modelo: Benz , cuando es Marca Mercedes-Benz y Modelo Vito.
¿Puedo recurrir por defecto de forma?
Saludos:
me ha llegado una multa de estacionamiento,donde se me denuncia por aparcar en zona señalizada para uso exclusivo de minusvalidos,
en la denuncia no se especifica el numero de la calle (ZMB./TRVA.),ni el modelo de mi vehiculo(solo la marca),en dicha calle hay 4 aparcamientos reservados para minusvalidos distanciados entre si unos 50 metros y en direcciones opuestas.
¿puedo alegar que falta la marca de mi coche o que no se especifica en cual de ellos estaba estacionado?
Muchas gracias!
Hola a todos.
El pasado 22 de enero me pararon y me sometieron a un control de alcoholemia el cual di positivo con la siguiente medición: 1ª Prueba 0,34 y en segunda prueba 0,28.
Me notifican los resultados y me doy cuenta que me han puesto una multa de 1000 euros y 4 puntos y observo que el agente a utilizado el art. 20-1-5M el cual se utiliza solamente para conductores reincidentes. En los demás casos tendría que haber utilizado el 20-1-5E que sanciona con 500 euros y cuatro puntos.
Ahora pregunto: Este error cometido por el agente en la confección del boletín de denuncia y a la postre, notificación de la misma en el acto, puesto que yo no soy reincidente, es motivo de anulación de denuncia de oficio si la administración se percata del error o es necesario que presente un recurso solicitando el archivo por notificación defectuosa?
Muchas gracias a todos
Buenas,el savado viaje a cadiz, iva con un furgon y pasando por san fernando coji la salida 11 de la ca-33 (acseso a san fernando norte).
Al tomar la salida tienes como unos 50 metros para decicir por cual de los dos caminos tomar(los dos con curbas bastantes cerradas.(que te impiden ver como sigue el camino).
obte por tirar a la derecha y habia un aviso de galibo de baja altura ya dentro del carril, me encontre con que no entraba puesto que decia que la altura maxima es de 2,75.
Siendo de noche sin visivilidada y na salida de autovia donde los coches ivan a una media de 50 kilometros hora obte por una de las mejores obciones ,llamar a la policia y que me ayudase en mi situacion, efectivamente ,cortaron la via pudiendo asin dar la vuelta y salir de alli.
Para mi sorpresa me denunciaron con 200 euros.
En el boletin tambien pone erroneo el tipo de vehiulo.
¿puedo recurrila?
Mi opinion es que deberian de ayudarnos en la medida de lo posible no aprobechar cualquier situacion para denunciarnos.
discula por mis faltas de ortograficas
Hola buenas noches el viernes noche me pararon en un control de alcolemia di positivo pero hay un error en la notificación ya que el resultado de la 1a prueba es 0,56 mg/l y el de la 2a es 0,22 mg/l entonces entraría dentro de los límites establecidos, puede tener resultado positivo al recurrirla ?
Gracias.
Muy buenas,
El caso, es que me han puesto una multa por no pasar la ITV (entregada en mano) ya no está dentro del plazo para pagarla con descuento. Me gustaría saber si el hecho de que mi segundo apellido Guillén esté escrito como Guillem es suficiente para que sea solicitada su anulación como «defecto de forma».
O de que manera y bajo que concepto puedo solicitar su anulación.
Gracias
Hola!
Me ha llegado una multa por saltarme un Stop, no me han enseñado foto, ni me pararon. Aparte el número donde indican que está el Stop no existe. Hay opciones de anularla?
Perdón se me olvidaba!
Muchas gracias 🙂
Estimado Joel,
Gracias por plantearnos su duda y contar con nosotros. Encantados de poder ayudarle. Según comenta, estamos ante un caso claro de defecto de forma en donde existe una equivocación en la localización de la infracción y por tanto de la sanción. Le recomendamos que recurra, dado que es uno de los datos que tienen que aparecer por fuerza con la máxima precisión y en caso contrario la multa de tráfico no sería válida. Cualquier ayuda que requiera en el procedimiento, quedamos a su disposición para facilitarle el trabajo.
Un atento saludo
Hola buenas tardes, me han multado por «no respetar señal de prohibición de estacionamiento» pero en la marca y modelo del vehículo, pone «Citron C4» y la clase y el color no es legible lo que pone, mi coche es modelo distinto es un citroen C5, ¿lo podría recurrir?
Hola! Muchas gracias por la respuesta pero tengo otra pregunta.
Me llego a casa multa y no me pararon, ni foto y dirección incorrecta,
Al leer información tb he visto que no me piden que identifique al conductor, creo k se llama «atribución arbitraria de responsabilidad» . La pregunta es si recurro indicó error de forma y atribución arbitraria de responsabilidad o primero alegó una cosa y luego la otra y que vaya pasando el tiempo? Gracias
Hola, me pusieron una multa por mal aparcamiento en Septiembre pasado. El caso es que no me ha llegado la denuncia, y en el TESTRA tampoco aparecen los datos de mi coche.
Resulta que me doy cuenta ahora que lo que me dejaron en el parabrisas fue la copia para el agente denunciante, no la copia para el denunciado.
¿Puede tener eso que ver en que no me llegue la multa?
Muchísimas gracias de antemano, gran labor.
Hola! Hace unos días me han multado y el número de patente de mi vehículo difiere en un número, ejemplo AAA555 y en realidad es AAA556, pero mis datos personales estan bien. Tiene valor la multa? muchas gracias. Saludos desde Argentina
Hola
Me han puesto una multa sin Control ni dígito de Control (era por tener el carnet de conducir caducado). En la multa pone que si pago en los 20 días siguientes a la presente notificicación me aplican una reducción del 50%. El caso es que quiero pagarla y no me la aceptan en ningun banco ni por teléfono, ni web ni en tráfico (al no tener digito de control ni control). Me estoy volviendo loca porque unos me dicen que tengo que esperar a que me llegue la multa por correo y otros me dicen que me vaya a Albarracin 33…he llamado al 060 y cada uno me dice una cosa
Cómo puedo pagarla?
Hola
Me detuvo una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico según el agente por cambiar de carril sin usar el intermitente, me pidió mi documentación y la del vehículo. Le entrego ambas, vuelve al rato y me trae dos sanciones: la primera por «no advertir el proposito de realizar la maniobra de cambio de dirección con las señales ópticas correspondientes»(art. 75.1 c. cir R.D. 1428/2003 importe 200 euros y 0 puntos) y la segunda por «circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación» (art. 2.1 SOA R.D. 8/2004 importe 1000 euros y 0 puntos).
Le advertí que el vehículo tenía seguro a todo riesgo renovado anualmente desde su compra y me dijo que la base de datos era de la DGT y no de ellos y que tenía 20 días para recurrir, CIRCULE!!
Hoy he revisado que nuestro seguro está plenamente en vigor y mirando la sanción me acabo de dar cuenta que TODOS los datos del vehículo en AMBAS sanciones son INCORRECTOS, puesto que el agente se equivocó en una letra de la matrícula y todos los datos corresponden a otro vehículo que no es el mío. Por supuesto en ambas sanciones pone que «no desea firmar» puesto que me las trajo impresas sin más desde que le di la documentación. Ahora me siento INDEFENSO totalmente, puesto que tengo que demostrar que no conducía un vehículo que no me pertenece y arriesgarme a que la DGT desestime mi recurso y tener que pagar 1200 euros, cuando tenía previsto pagar 100 de la multa del intermitente (por no discutir) y recurrir la sanción del seguro mostrando que lo tenía, pero claro ahora me han multado por un vehículo que no he conducido en mi vida y que probablemente NO TENGA seguro, Los datos de mi carné son todos correctos ¿QUE HAGO? Gracias
Hola, Hace un mes circulaba con mi coche recien importado para llevarlo a colocar las matrículas españolas. En ese momento circulaba con unas matrículas provisionales italianas en vigor, vencian al dia siguiente.El motivo esgrimido por el agente es que eran de cartón, cierto, pero es que ese tipo de matrículas italianas son así, son las legales que me dieron en tráfico en italia.Por ello iban dentro de un forro plastico, que no impedía en absoluto su correcta visión, para evitar su deterioro ya que en el viaje llovia y so corría el riesgo de que se rompieran y volaran.
Un agente Local me paró y se llevó el coche con grua por:»circular sin placas de matrícula conforme al articulo 71.6 del texto articulado de la ley de tráfico». EL expediente se traspasó a la J.P.T.
El caso es que, evidentemente, recurrí esa multa a trafico u en la denuncia que me envían han cambiado el concepto por otro que pone «circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura e identificación. Circular sin placas de matrícula»
El caso es que antes de recibir la notificación de tráfico yo ya había recurrido la denuncia esgrimiendo la legalidad de las placas que portaba y las pruebas pertinentes pero ahora tengo la duda de si tráfico puede ir contra mi por llevar ese plástico recubriendo la placa.
Puede tráfico cambiar el hecho denunciado? Como lo recurro?
Gracias
Estimado Jorge,
Efectivamente Tráfico puede rectificar y cambiar el hecho denunciado. Entiendo que con esta nueva notificación le habrán con concedido un nuevo plazo para presentar alegaciones. No obstante, el hecho de cambiar el hecho denunciado deduce por sí solo que el expediente sancionador no se ha tramitado de forma correcta. Por ello, le recomendamos con el fin de analizar la nueva notificación, nos haga llegar la misma, puesto que en estos casos, una prueba fundamental que la Administración estaría obligada a remitir es el informe de ratificación del agente que le impuso la sanción.
tengo una motocicleta de 125cc a nombre de mi hijo de 14 años.Me pararon y por notener la itv al dia me multaron.Ha llegado la denuncia y quiero que venga a mi nombre ya que mi hijo:1ºno tiene permiso de conducir,2ºno sabe conducir,3ºes menor.
Serìa posible que la sanciòn me la pusieran a mi que soy su padre y por lo tanto responsable del menor.GRACIAS
Estimado José María,
Las denuncias por ITV recaen legalmente en quién sea titular del vehículo, ahora bien, cuando los hechos afectan a un menor de 18 años (como es su caso), los padres o tutores responden solidariamente por la multa impuesta, por lo que no sólo por voluntad suya sino que también legalmente es Vd responsable de la sanción.
Saludos
Saludos
ME ACABA DE LLEGAR UNA MULTA DE TRAFICO DONDE INDICA QUE ESTABA ESTACIONADA EN DOBLE FILA SIN CONDUCTOR , NO TENGO CONSTANCIA DE QUE SE ME MULTASE PERO FIJANDOME EN LA CALLE DE LA INFRACCION ES UN PASAJE PRIVADO Y LO PONE EN LA ENTRADA , RESULTA QUE ES LA URBANIZACION DONDE YO VIVO , ME PUEDEN MULTAR Y ENTRAR EN UN PROHIBIDO APARCAR PASAJE PRIVADO QUE PONE EXCEPTO VECINOS?
Buenas tardes Jessica,
Aunque parezca sorprendente no es la primera persona que se encuentra con una circunstancia así. En PYRAMID CONSULTING hemos defendido en juicio casos como el que nos cuenta ya que no pueden sancionar por estacionar en doble fila en zona privada.
Por tanto, le recomendamos contacte directamente con nosotros con el fin de poder asesorarle en todo el procedimiento administrativo.
Hola,Hoy me he encontrado con la desagradable sorpresa de una notificacion de multa en el parabrisas de mi coche .
Al no haber aparcamiento en las cercanias y tener algo de prisa aparqué unos minutos en un chaflán con el bordillo pintado de amarillo con la suerte que tras mi marcha debieron pasar los protectores de la ley y realizar correctamente su trabajo …..hasta hay estariamos de acuerdo , pero en la multa realmente pone » Dejar un vehiculo obstaculizando la utilizacion normal de los pasos rebajados para los disminuidos fisicos » y esto no es correcto … en esta zona no existe tal paso para disminuidos solamente esta el bordillo pintado de amarillo , el mencionado paso se encuentra varios metros mas adelante y curiosamente no esta pintado de amarillo.
La consulta es como debiera actuar dado que la cuantia por aparcamiento en zona para discapacitados es mas elevada que la de aparcar en zona amarilla .
Pueden modificar la multa ? o al estar mal redactada pudiera carecer de validez legal.
Espero tu opinion a ver como resuelvo esto , gracias de antemano.
Un saludo
Estimado Raúl,
efectivamente, por lo que expones en tu consulta, parece que la denuncia adolece de un grave defecto de forma como es el error a la hora de especificar el hecho infractor. En estos supuestos, lo más recomendable es presentar el correspondiente escrito de alegaciones, por lo que háganosla llegar a la mayor brevedad posible con el fin de analizar la denuncia en detalle. No obstante, le adelanto que en estos supuestos, dependerá del organismo sancionador, el cual puede resolver desde procediendo a rectificar la misma hasta declarando la nulidad de la sanción.
Un saludo
Buenas tardes!
Me pusieron denunciaron hace aproximadamente un año por alterar el orden público siendo completamente falso. Además, se equivocó al escribir mi nombre, y la multa era completamente ilegible (tuvimos que utilizar una lupa para leer algo de lo que ponía..). Ahora quieren quitarme del banco 128euros. por favor, hay algo que pueda hacer para recurrirla? No tengo la copia de la denuncia porque hace un año por lo menos…. fallo mío. ¿Ayuda? POR FAVOR!
Buenas tardes, Marina:
le tuvo que llegar la notificación de incoación de expediente sancionador en su domicilio después de que le diesen el boletín de denuncia a usted en la calle, de igual forma que la providencia de apremio, la cual es totalmente recurrible. De no ser así estarían creándole una situación de indefensión y por tanto vulnerando el procedimiento reglamentariamente establecido, ya que usted tiene derecho a conocer de que se le acusa y por supuesto a defenderse con el recurso pertinente. En el caso de que haya fallado el proceso de notificaciones le exigiremos al organismo sancionador que retrotraiga las actuaciones al momento inicial si no le han notificado correctamente las distintas fases del expediente. Por ello póngase en contacto con nosotros a la menor brevedad ya que cuanto más avance el asunto menos posibilidades de paralizarlo tendremos. Desde Pyramid recurriremos en su nombre poniéndonos en contacto con la Administración para que nos aclare todos los detalles de su asunto y lo defenderemos apoyándonos con jurisprudencia al caso.
Un saludo.
Buenas tarde;
tengo una multa por exceso de velocidad en ciudad, tomada por un radar, en la hoja de denuncia pone vel. captada por el aparato …… 88 kmh, luego pone importe sancion de 300 € y en otro recuadro, por circular a 83 kmh. cuando fui a pagarla en el plazo reducido del 50% me dijeron q estaba mal redactada, que no coinciden la velocidad puesta y que el importe no son 300 , son 400. Me dicen que van a buscar al agente q la puso para que la haga de nuevo y me llegara al domicilio la nueva. ¿esto es correcto? yo creo q es un defecto de forma, por equivocacion del agente, digo yo que recurriendola la anularian? Gracias
Estimado Javier,
En relación a esta multa por exceso de velocidad, analizando los datos que nos ha facilitado, informarle que en efecto es recurrible en el sentido de alegar un defecto de forma, además de solicitar a la Administración pruebas, bien como cuestiones de fondo que podemos alegar para intentar anular la sanción. Respecto al radar, lo esencial será comprobar si este consta de certificado de verificación periódica y si se ha aplicado el correspondiente margen de error. No obstante, le recomendamos que nos remita la notificación recibida, para un estudio más detallado y personalizado.
Un saludo
Hola. Resulta que aparque en entrada de vehiculos. Resulta que al llegar yo estaba la policia local. Le pedi que no me la pusiera. alegando que habia estado unos 20 minutos y que no habia visto el vado. Aun asi me entrego la notificacion. Pero al leerla minutos despues. Compruebo que no es mi multa porque toda la informacion es de otro vehiculo. ¿se puede recurrir si no dispongo de la informacion ? ¿ o si se ha equivocado el agente al entregarme la hoja?
Buenos días, Juan José:
Con los datos que nos facilita, se trataría de un defecto de forma, por lo que la sanción sería totalmente recurrible. Por eso, le recomendamos hacernos llegar la información al respecto, a fin de asesorarle en más profundidad.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a la máxima celeridad.
Un saludo
Buenas, me hicieron una multa pero pusieron mal el DNI y uno de mis nombres.
corresponde que la pague??
Buenos días, Milton:
Eso es lo que se conoce como un defecto de forma, por lo que la sanción sería perfectamente recurrible. Le recomendamos que nos haga llegar toda la documentación, para tramitarlo adecuadamente desde nuestro Departamento Jurídico.
Un saludo
Buenos días , ayer por la tarde estuve hablando por teléfono mientras circulaba cuando los agentes de movilidad me dieron el alto, me denunciaron y la sanción a imponer son 200 € y 3 puntos. El vehículo es una fiat ducato ( furgón ) y en la denuncia aparece como turismo ,¿se puede recurrir de alguna manera? Gracias de anteman. Un saludo
Buenos días, Isaac:
Si bien el defecto en cuanto al modelo del vehículo es subsanable, además de ponerlo de manifiesto cabe recurrir en orden a solicitar el informe del Agente como prueba básica. Estas denuncias, al ser apreciadas por el Agente en el acto sin ningún tipo de soporte gráfico, son susceptibles de ser apreciadas con algún índice de subjetividad por lo que hay que incidir en ese aspecto, a falta de conocer más datos concretos sobre lo sucedido, y que estaremos encantados de conocer si opta por nuestro asesoramiento. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted.
Un saludo
Hola, estando mal aparcado llegué cuando el municipal me estaba poniendo la multa, hablé con él y me dijo que no me la ponía (no me dió el papel) y se fué. Ahora me ha llegado la multa pero la dirección que pone no es la misma que donde se produjo el hecho. No firmé nada, y el sitio es una semirotonda muy ancha donde no hay disco de prohibido aparcar, si linea amarilla. En la multa pone «estacionar obstaculizando la circulación».
Gracias.
Buenos días Juan Antonio, respecto a su consulta, desde el departamento jurídico de Pyramid Consulting le recomendamos que nos haga llegar la sanción recibida con el fin de presentar alegaciones en defensa de sus intereses. De esta manera, solicitaríamos a la Administración una serie de pruebas esenciales, entre otras la ratificación del agente que le sancionó. Un saludo.
Esgtimado:
Hola como estas?
Una consulta, se me realizo una espirometria, cuatro veces, a la cuarta vez arrojo una lectura de 0,54, que es lo que figura en el acta. Sinembargo, no se indico el numero de espirometro empleado. A mi entender no solo esta mal redactada, y falta informacion que de las garantias y legitimidad al debido proceso. Digase, con que espirometro me lo hicieron? cumplian con especificaciones? controles? funcionaba correctamente? se le realizaban los controles segun lo establesen las normas? cual es el historial de ese espirometro donde reunen todos los controles que se le hicieron? de que marca y modelo era? lo verifico y certifica un ente externo autorizado? cual? como se compro? existe trazabilidad en todo el proceso que garantice y de transparencia a los datos que en el acta figuran? etc etc… son mis dudas en este sentido. Puedo recurrir?
muchas gracias
saludos
Andres
Buenas tardes, Andrés:
En relación a su consulta, indicarle que cualquier defecto de forma será motivo para presentar alegaciones, a lo que habremos de sumar que en las mismas, se solicitarán toda una actividad probatoria que acredite tales hechos, como son los tickets, el certificado que acreditara el correcto funcionamiento del etilómetro, su certificado de verificación primitiva y periódica, así como los márgenes correctores que han de aplicarse al resultado.
Por ello, recomendamos nos remita su denuncia a la mayor brevedad con la finalidad de analizar los defectos que nos ha relatado, así como que se ha cumplido con las previsiones legales establecidas.
Saludos
Buenas tardes,
Me han puesto una sanción por ir en un ciclomotor sin el casco, en este caso yo iba como acompañante. La sacanción la ha puesto la guardia civil en una travesía. Tras firmar la denuncia y leerla posteriormente, me encuentro que ésta tiene bastantes errores, como por ejemplo:
– No coincide la direción indicada con el domicilio.
– Figuro como conductor, cuando realmente era el pasajero. Esto puede suponer que me quiten 2 ó 3 puntos del carnet de conducir, sin ser el conductor del ciclomotor-
Buenos días José, en relación con su consulta le informamos de que en este caso la responsabilidad recae sobre el conductor, por ello le recomendamos nos remita el boletín de denuncia con el fin de presentar alegaciones. Si lo desea, déjenos un número de tel´feono y nos pondremos en contacto con uste a la mayor celeridad para darle un asesoramiento más personalizado.
Un cordial saludo.
Hola
Esta tarde he recibido una multa por mal estacionamiento de un municipio de Girona.
Ni yo ni mi coche hemos estado nunca en la provincia de Girona, resido en A Coruña.
De hecho, en la fecha de la multa mi coche se encontraba guardado en un garaje privado, dado de baja del seguro.
Por otro lado, en la notificación aparece la matricula y el modelo, pero no aparece el color.
Como puedo recurrir?
Buenos días, se puede recurrir la multa negando los hechos y solicitando a la administración que aporte unas serie de pruebas para acreditar la realidad del hecho denunciado. Le invitamos a que nos envíe su multa para una mejor valoración por parte del departamento jurídico.
Saludos
Buenos días, se puede recurrir la multa negando los hechos y solicitando a la administración que aporte unas serie de pruebas para acreditar la realidad del hecho denunciado. Le invitamos a que nos envíe su multa para una mejor valoración por parte del departamento jurídico.
Saludos
buenos días ayer me pararon en un control de alcoholemia y di positivo con 0,30 pero al redactar la multa puso una letra de la matricula mal.
Se podría recurrirla?
Buenos días, Joseba:
Eso es lo que se conoce como defecto de forma. Por lo tanto, se podría recurrir perfectamente. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Un saludo
Buenos días,
A mi hijo de 14 años le han multado por circular con bici por la acera, en la denuncia no figura el dni, el chaval se identificó de palabra sin mostrat ningún documento, como es lógico tampoco consta matrícula del vehículo, ¿es recurrible esta sanción?. Gracias.
Estimada Elena,
Efectivamente las ordenanzas de movilidad de cada Ayuntamiento pueden prever sanciones por circular con la bicicleta sobre la acera. Es cierto que una vez entregada la sanción en mano, la misma se entiende notificada indicando el plazo de 20 días tanto para abonarla como para recurrir. En su caso, recomendamos nos haga llegar el boletín que le entregaron a su hijo puesto que la misma es recurrible. Además habrá que analizar el boletín de denuncia, puesto que como nos indica, al parecer faltarían datos identificativos en el mismo.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted.
Un saludo
Buenas tardes. Gracias por su labor de información.
Me ha llegado a mi domicilio una notificación de iniciación de expediente de infracción. El hecho que se notifica es «CIRCULAR A 76 km/h, TENIENDO LIMITADA LA VELOCIDAD A 50 km/h. EXISTE UNA LIMITACIÓN ESPECÍFICA FIJADA POR SEÑAL. CINEMÓMETRO 60801 MULTARADAR C ANTENA 60801 QUE HA SIDO SOMETIDO AL CONTROL METROLÓGICO LEGALMENTE ESTABLECIDO ART. 83.2 LTSV”.
La multa es de 300 euros y detracción de 2 puntos. El precepto infringido es el 52.1 del Reglamento General de Circulación.
Se acompaña fotografía del vehículo y fotocopia del certificado de verificación periódica.
En principio lo veo todo bien, salvo dos detalles:
1. El art. 83.2 de la LTSV, citado en la denuncia, establece que “Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico, seguridad vial y circulación de vehículos a motor estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la normativa de metrología.” Esta norma creo que es la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, que estable entre otros que estos aparatos tienen un margen de error de +/-7 km/h.
En el certificado que me han enviado no se hace mención por ningún sitio a este margen de error, que, si se aplicase, la velocidad sería de 69 km/h y la multa de 100 euros sin detracción de puntos.
¿Podría ser causa de recurso este detalle?
2. El precepto infrigido, art. 52.1 del Reglamento General de Circulación, se refiere a velocidades prevalentes.
a) A través de las correspondientes señales.
b) A determinados conductores en razón a sus circunstancias personales.
c) A los conductores noveles.
d) A determinados vehículos o conjuntos de vehículos por sus especiales características o por la naturaleza de su carga.
A mí se me indica el art. 52.1 sin especificar a,b,c ó d.
En todo caso parece más aplicable el art. 50 del mismo Reglamento que habla de límites de velocidad en vías urbanas o travesías.
No sería más acertado que se refiriesen directamente a la LTSV que dice expresamente:
Artículo 76. Infracciones graves.
Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta ley referidas a:
a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV.
En conclusión ¿Sería recurrible la multa por estar mal tipificado el precepto infringido?
Muchas gracias.
Buenas tardes. Otra pregunta en relación con otro multa casi seguida a la anterior e impuesta al mismo vehículo, aunque con otro conductor por si fuesen tan amables de darme su opinión.
El vehículo fue parado por un agente de tráfico en el lugar de los hechos. Se indica en el boletín de denuncia “CIRCULAR A 91 km/h, ESTANDO LIMITADA LA VELOCIDAD A 60 km/h. EXISTE UNA LIMITACIÓN ESPECÍFICA FIJADA POR SEÑAL. CINEMÓMETRO MULTANOVA MULTARADAR C, ANTENA 60801 QUE HA SIDO SOMETIDO AL CONTROL METROLÓGICO LEGALMENTE ESTABLECIDO (ART. 70.2 LTSV.)”.
La multa es de 300 euros y detracción de 2 puntos. El precepto infringido es el 52.1 del Reglamento General de Circulación.
El agente entregó sólo el boletín de la denuncia. No, copia del Certificado de Verificación del cinemómetro ni la fotografía del vehículo.
En esta multa observo varios detalles, que creo en principio recurribles, pero no sé si merecerá la pena:
1. ¿Se puede pedir, antes de pagar, que envíen copia del certificado y de la fotografía, para poder verificar que efectivamente la multa es correcta?
2. Otro dato curioso es que todos los artículos citados en denuncia (70.2 LTSV,relativo al metrónomo, es de la derogaa Ley de Tráfico y Seguridad Vial, no de la actual aprobada por RDL 6/2015).
Asimismo, en el dorso mencionan varios artículos de la LSV que también están derogados. No obstante, en el anverso ponen una «Nota Informativa» que dice que «las referencias normativas incorporadas al reverso de este Boletín de dununcia se entenderán referidas a los nuevos preceptos que contemplan dicha regulación en el actual Texto refundido de la Ley sobre Tráfico …, aprobado por RDL 6/2015… en vigor desde enero de 2016»
Entonces, ¿por qué no pone ya directamente los nuevos preceptos de dicha Ley 6/2015?
Muchas gracias.
Buenas tardes, BArtolomé:
Sobre las cuestiones que plantea en la primera pregunta, en efecto es recurrible por el margen de error ya que no se acredita por Tráfico que se haya aplicado, y el artículo 52.1 RGC aplicado es correcto, ya que es referido a límites específicos de velocidad (establecidos por señal, apartado a)), como es su caso.
Sobre la segunda pregunta, no cabe solicitar las pruebas sin evitar el pago, salvo que acuda en persona a Tráfico y solicite la vista de las mismas, siempre y cuando lo haga, claro está, dentro del plazo de 20 días naturales para recurrir. Si no acude en persona, solicitar las pruebas por escrito implica la pérdida de la bonificación.
Sobre la última cuestión, la referencia a artículos derogados puede ser debida a que no han cambiado la plantilla del texto acorde a la nueva ley, recogiendo una cláusula general de remisión quizá por razones de tipo presupuestario. Lo correcto en todo caso es que la denuncia a su nombre reúna todos los elementos pertinentes incluido el artículo sancionador, pero el reverso del boletín que entregan en mano es meramente informativo y en principio, aunque no es correcto, no tiene mayor trascendencia.
Saludos
Hace 3 años me pusieron una multa el agente me la quiso entregar en mano y yo no la cogí. 3 años despues me han embargado el importe de la multa mas otros gastos, a mi jamas me han notificado la multa en mi domicilio pq he visto que a la dirección le falta el nº de portal y la puerta de la planta del domicilio , me lo acaban de comunicar ahora cuando ya me han embargado y corregido en boligrafo los datos por fuera del sobre de notificacion de correo. Ademas de que tampoco he tenido Notificacion de providencia de Apremio, por lo cual creo que eso es ilegal. He conseguido el expediente en el Ayuntamiento y veo que en el boletin de la multa no viene bien la direccion de mi domicilio como expuse antes ni coincide mi fecha de nacimiento, veo 2 intentos de entrega de correos pero no notificadas por error del domicilio ya que está imcompleto.
Puedo poner algun tipo de recurso ?
Muchas Gracias.
Estimado José Antonio,
Según lo que nos comenta, usted nunca ha firmado y nunca ha retirado la multa del día de la presunta infracción, ni siquiera le han notificado nada en los días siguientes. Por tanto, le recomiendo a remitirnos el expediente de forma que nuestro departamento jurídico pueda estudiar en detalle la multa y los actos que el organismo le envió y valorar cómo actuar en este caso concreto.
Un cordial saludo,
Me han puesto una multa en la que el artículo del Precepto Infringido del RGC no se corresponde con el texto del hecho denunciado y también hay discrepancia entre el texto del hecho denunciado y otro artículo (del texto refundido) señalado en ese recuadro cuyo apartado también es erróneo. Entiendo que este error de forma no es subsanable por la autoridad sancionadora si efectúo recurso. Me gustaría saber vuestra opinión. SALUDOS
Estimado Moisés,
Con referencia a su pregunta comentarle que no todos los errores de forma son causa de anulabilidad o nulidad de las multas de tráfico. En este caso concreto sería aconsejable que nos remitiera el expediente para valor en detalle los errores cometidos por parte del organismo. Al mismo tiempo avisarle que en caso de presentación de recurso se pierde la posibilidad de abonar la multa con el descuento aplicable por pago voluntario.
Un Saludo
Buenas tardes, me encontré una denuncia por aparcar en carga y descarga en el parabrisas de mi coche, y la dirección que figura en esta está mal escrita, escribieron ctra. vilumara (que no existe) en lugar de ctra. vilomara. Se puede recurrir o presentar alegaciones, grácias de antemano
Estimado lector,
Deduzco que lo único de que dispone, de momento, es el mero boletín (sin que figure identificado conductor alguno), por lo que sería un acto que por ahora no es recurrible. Tendrá que esperar la incoación del expediente a nombre del titular para comenzar los trámites. Respecto al error tipográfico al que hace referencia posiblemente será corregido en el acto de incoación. La multa, por su naturaleza, será plenamente recurrible cuando reciba la denuncia formal, ya que habrá que pedir una serie de pruebas que demuestren la infracción. El error al que Vd alude puede ser puesto de manifiesto y que sirva de ayuda a poner en duda la verosimilitud de los hechos denunciados, en particular si la Administración no refuerza convenientemente las pruebas en su contra. Recomendación: que nos haga llegar en su momento la denuncia ya que ésta es plenamente recurrible.
Saludos
Hace 2 meses y pico me dejaron el boletín de una multa en mi coche por estar mal aparcado. En él faltan las tres letras de la matrícula, de hecho todavía no me ha llegado a casa. ¿Es posible que no me llegue por ese motivo? ¿Si me llega se podría recurrir?
Buenos días, Nuria:
El boletín que le han dejado en el coche no se considera notificación de la denuncia. Debe esperar la notificación por correo certificado en su domicilio. Siendo notificada debidamente tendrá posibilidad de pagar con descuento o presentar alegaciones para intentar anular la multa.
Un Saludo
Saludos.
Felicitaros por esta magnífica web. Tengo una multa que me dieron en mano, por estacionar encima de la acera, realmente estaba delante de la entrada de mi parking y al subir y bajar de casa, me encontré a los policías multándome, les dije que iba a entrar pero me multaron igualmente. Al revisar la multa, comprobé que la matrícula era errónea hay 2 dígitos cambiados de orden. Igualmente me ha llegado la multa se puede hacer alguna reclamación / alegación? Muchas gracias.
Buenos días, Eduard:
En relación a su consulta, lo primero, indicarle que debemos ver dicha notificación pues no sólo habrá que comprobar que se haya rectificado el error material de la matrícula, sino también ver la fase del procedimiento en que nos hallamos pues quizás estemos ya en resolución sancionadora y no en fase de alegaciones ya que la denuncia le fue notificada en el acto.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que no se puede estacionar en los accesos a los parking ni vados ya que los mismo sólo habilitan para su acceso al inmueble, no para estacionar en dicho espacio. No obstante, el Agente denunciante tendrá que acreditar que el vehículo estuvo estacionado y no parado, como alegaríamos.
Saludos
Me han puesto una denuncia por una infracción de tráfico, mal estacionamiento, no me la han notificado ya que estaba ausente, pero la misma carece de datos del denunciante, si fuese un particular, o número de identificación del Agente Denunciante. También carece de la cuantía de la sanción por lo que no puedo abonarla. Pregunta la falta del Agente es un defecto de forma y puede ser recurrido., Grancia
Estimado usuario,
En relación con la consulta que nos plantea, indicarle que el art. 87.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, establece los requisitos y datos que debe contener toda denuncia:
2. En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:
a) La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción.
b) La identidad del denunciado, si se conoce.
c) Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
d) El nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional.
Entre estos datos, se ha de indicar el nombre, apellidos y domicilio del denunciante si es particular o controlador, dado que si se trata de un agente de la autoridad (policía, agente de la Guardía Civil), basta con que se indique su número de identificación profesión. Por tanto, si en la denuncia que le ha sido notificada se omiten estos datos, le recomendamos proceder a recurrir su denuncia, e instar la nulidad de actuaciones. No obstante, le aconsejamos que se ponga en manos de profesionales que le asesoren una vez visto y analizada la notificación que le ha sido cursada.
Saludos.
Hola. Me han multado por llevar la ITV desactualizada la semana pasada (mes 8) y hoy me he fijado q la multa pone mes 10. Q hago? Si quiero pagarla en estos dias para pagara la mitad no da por la fecha. No la pago? O espero pagarla según la fecha q tiene el papel osea en el mes 10?
Estimada Sandra,
Por lo que nos refiere, parece que estamos ante un supuesto de defecto de forma en la notificación por error en la fecha, por lo que la misma sería totalmente recurrible. Le invitamos nos haga llegar la misma con el fin de analizarla y ver la viabilidad del recurso. Si su intención no obstante es abonarla, nuestra recomendación es que se ponga en contacto con el organismo sancionador, el cual le facilitará las instrucciones para el pago en este caso.
Un saludo
Buenos dias,
Me ha llegado una multa por estacionar en una parada de autobus, poniendo erroneamente la calle y el numero.
La calle a la que se refiere ni hay parada de autobús ni cabe un autobus, ya que es una calle del centro y sin salida.
¿Tengo posibilidades de que el recurso prospere?.
Saludos.
Buenas tardes, Aran:
En principio eso sería un defecto de forma, por lo que se podría recurrir en base a ello. Si quieres, déjanos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para asesorarte de una forma más personalizada.
Un saludo
Me pusieron una multa por exceso de velocidad el día 22/8/17 a las 11:26 en el km 44 de una carretera en sentido decreciente.
Ahora me ha llegado una multa por conducción temeraria el mismo día, pero a las 11:25 en el km 36 de dicha carretera en el mismo sentido, decreciente. Es decir, un minuto antes pero 8 km más lejos.
¿Puedo recurrir esta segunda multa por defecto de forma?
Muchas gracias
Buenas tardes, Sergio. Sí es posible su recurso. Desde Pyramid Consulting te recomendamos nos remitas la documentación para mejor estudio y defensa de tus intereses. Un saludo.
Me han multado por mal estacionamiento, con lo cual estoy de acuerdo, pero en el boletín de denuncia el agente denunciante pone «no retirada por grúa».
Sin embargo lo han retirado al deposito.
¿Podría presentar alegaciones contra la empresa de retirada?
Buenas tardes, Juan Antonio:
Efectivamente, si conserva el justificante de haber pagado la retirada del vehículo del depósito podría realizarse el recurso. Desde el Departamento Jurídico le aconsejamos nos envíe la multa lo antes posible para valorar el expediente.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle un asesoramiento más personalizado.
Un saludo
Buenas me ha venido una notificación de Hacienda local. Como que me embargaran la cuenta. Yo quería hacer algún escrito para fraccionarlo pero me he dado cuenta que mi dni no corresponde al mío hay un número y la letra cambiada.aunque mi nombre y dirección si son las mías. La pregunta es pueden embargarme o no ?
Estimada Laura, recomendamos se ponga en contacto con Pyramid Consulting para remitirnos dicha notificación, dado que tendremos que averiguar si se trata de una multa de tráfico y comprobar, en ese caso, si las notificaciones se practicaron correctamente para poder presentar algún recurso en defensa de sus intereses. Si lo desea, déjenos un teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted. Un saludo.
Buenos días,
en mi caso me han multado por no ceder el paso en una rotonda a un vehículo que circulaba por la misma. No tengo ni idea de cómo sucedió porque el agente no me paró en el momento, la multa me llegó un mes y medio después.Es una infracción considerada como grave, 200€ y 4 puntos. A mi me parece muy injusto y me siento indefensa ante la situación porque no me paran, no hay pruebas, únicamente tengo que asumir que he cometido una infracción que ni recuerdo y que no sé cómo sucedió porque es lo que alega el agente.
Voy a recurrirla seguro, pero me gustaría saber cómo enfocarlo.
Gracias, un saludo.
Buenos días, Sandra:
Existe la posibilidad de la notificación posterior de una multa a su infracción en el caso de que al conductor no se le haya puesto de forma presencial por el agente (notificación en domicilio, publicación en el BOE o a través de DEV). Desde la notificación de la denuncia por la vía que sea contaremos con 20 días naturales para acogernos al descuento por pronto pago pero por esta vía se renunciará a formular alegaciones y se perderá la opción de defensa, por lo que siempre es interesante presentar alegaciones solicitando las pruebas que corroboren la comisión de la infracción imputada.
En cualquier caso, si quieres que te ampliemos la información de forma más personalizada, déjanos un teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo.
Un saludo
Buenas noches:
Me multaron por no realizar correctamente un stop (yo creo que lo hice bien), el coche de la policía venia por una carretera perpendicular y en marcha por lo que no creo que pudiesen ni distinguirlo porque era de noche. En cualquier caso, me pararon me pidieron documentación y me denunciaron. No firmé la denuncia porque no estaba deacuerdo solo la recogí. Al llegar a casa me di cuenta que en el nombre del conductor no estaba el mio sino el de mi madre que es la propietaria (por cierto mi madre no tiene ni permiso de conducir) el dni si estaba correcto era el mio y en nombre de la propietario ponía: la conductora.
Preguntas:
– TEngo razón para recurrir dicha multa por ese error. Si fuese así ¿cuando lo hago y como? Porque si lo hago antes de que llegue al domicilio pueden decir que identifique al conductor y ya está.
– Si no puedo recurrir por eso, puedo alegar que al igual que se confundieron en la identificación del conductor , a pesar de que se le entrego toda la documentación, pudieron hacerlo en el hecho de que hubiese realizado bien el stop, rebatiendo así su presunción de veracidad.
-Podría haberme negado a coger la multa
Agradeciendo por adelantado su atención
Un saludo
Buenas tardes, en primer lugar, informarle que la denuncia no le va a ser notificada en el domicilio, ya que al haberse entregado en mano por parte del agente, en ese momento empezaría a contar el plazo para formular alegaciones o pagar con descuento. Dispone por lo tanto de un plazo de 20 días desde la fecha de la infracción. En cuanto a las posibles alegaciones, habría que estudiar su multa con más detenimiento, por lo que le invito a que nos la remita. En cualquier caso, como indica, habría que hacer alusión tanto a los defectos de forma que existen en el boletín que le fue entregado, así como al fondo del asunto, negando los hechos y solicitando ciertas pruebas que acrediten la realidad del hecho denunciado. Saludos
Hola. me llego un multa a casa que ponía que no llevábamos un cinturón en una vía de una ciudad. Para empezar, en la multa solo viene la matricula. ni color ni modelo ni nada. Tampoco viene numero de agente y segundo que nosotros no hemos ido a esa ciudad para nada. En mi opinión debieron de ver a algún coche y al escribir la matricula se confundirían y escribieron la de mi coche. Recurrimos a la multa con pruebas de que nuestro coche esta en un pueblo donde vive mi madre que era su cumpleaños presentando su DNI donde se confirma el la fecha de nacimiento. Al parecer sin habernos entendido de que nuestro coche era imposible que estuviese en el lugar que redacta la multa, nos contestan que si no he sido yo que identifique al conductor. volvemos a recurrir con escritos por la familia y firmados confirmando que estábamos en el cumpleaños de mi madre y nos llega otra multa, esta vez de mas de el doble de importe que la primera y la causa es por encubrir al conductor. Esto todo es legal? Seguimos luchando pero creemos que al final vamos a perder. Que mas podemos hacer? en todas las multas nunca viene numero de agente ni modelo del coche. solo matricula.
saludos.
Estimada Vicky,
Nuestra recomendación es que nos remita tanto la denuncia como los escritos presentados para hacer una correcta valoración de su expediente ya que, efectivamente, según el artículo 87 de la Ley de Seguridad Vial, en la denuncia deberá constar la identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción, así como el nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional, más aún cuando han negado que su vehículo se encontrase en el lugar de la supuesta infracción, por lo que además se habrá de solicitar el informe de ratificación del agente denunciante.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle un asesoramiento más personalizado.
Un saludo
Buenas la semana pasada me pararon los mossosy me hicieron la proeva de alchol di 0,0 peo seguidamente me hicieron el drogostest y di positivo en THC cuando fume al dia anterior por la noche y estamos por la tarde sobre las 20.00,me hizo una prueba y me dijo que di positivo,seguidamente me hizo otra para mandarla al laboratorio y alli decidiran si iva vajo los efectos del cannabis,total que me dejo marcharme con el coche y no me dio ninguna multa…y cuando se ivan me dijo creo que no ta ido tan mal…me quede muy precupado llevo dias ansioso..espero respuestas gracias!!!
Estimado Daniel,
En primer lugar Daniel, considerando que las ingesta de drogas hace que los efectos de éstas en el organismo perduren y que pueda dar positivo incluso aunque hayan pasado varios días, le recomendamos no conducir en tales condiciones. Si a pesar de ello conduce y da positivo, le recomiendo que se ponga en manos expertas ya que el asunto tiene su entidad, por ejemplo usted habla de pago inmediato y por nuestra parte no recomendamos que se pague ya que pueden existir motivos importante de recurso ( si le han entregado algún tipo boletín, le recomiendo que nos lo remita para su valoración). Respecto al domicilio, lo normal es que Tráfico le remita la incoación del expediente al domicilio que tenga registrado en la DGT, no obstante si tiene dudas sobre los el domicilio que pueda tener registrado, le recomiendo que a la mayor brevedad lo compruebe y si es necesario lo actualice, para de este modo poder tener la seguridad de recibir correctamente sus notificaciones. No obstante lo expuesto, caso de que contratara nuestros servicios, le puedo indicar que llevaría incluido un servicio de búsqueda de posibles notificaciones a su nombre en boletines oficiales que le asegurarían el conocer posibles notificaciones garantizando así su defensa.
Como verá, se trata de un caso complejo. Por ello, si lo desea déjenos un número de teléfono para que nuestro equipo se ponga en contacto con usted a fin de darle un asesoramiento más personalizado.
Un atento saludo
Buenas tambien le comente al mosso que si me multan alfinal que me mandaran la multa a la direcion de mi pareja..total el mosso lo apunto.. y ahora ya no vivo alli vuelvo a vivir con mis padres, como me entero si me multan o no ?muchas gracias.mas que nada para agarrarme al 50% y pagar la mitad….
Buenos dias.
El pasado 17 de febrero me impusieron una multa por conducir bajo los efectos del alcohol, con una tasa de 0,34. Conducia un coche Emov de alquiler.
En la multa que me entregó el agente en el acto indica Vehículo Marca Citroen Modelo Emov.
¿Podría ser recurrida la multa al estar mal identificado el modelo del vehículo?
Estimado Antonio, su multa es plenamente recurrible y le recomendamos nos la remita para su valoración concreta. Los motivos de impugnación de una multa de esta naturaleza son amplios (forma como se hicieron las mediciones, si los instrumentos de medición se hallan correctamente verificados, etc…) Respecto a la cuestión relativa al modelo de vehículo, al tratarse de una multa que le han notificado y entregado en el acto, pierde fuerza considerándose defecto subsanable, si bien es un elemento más que se puede citar a fin de poner en entredicho la diligencia y exactitud de cómo se efectuó la denuncia y las mediciones realizadas.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a fin de darle un asesoramiento más personalizado.
Saludos
Buenas
Te dejo un email de contacto.
ivan8918@hotmail.com
Hola: me han puesto una multa por estacionar en zona reservada para carga y descarga, pero la fecha indicada es el 16/01/2017 en lugar del 2018, se puede recurrir por prescipción de la misma.
Estimado José Antonio,
Si le pusieron la multa realmente el 16 de enero de este año parece que lo que existe es un error de transcripción por parte del agente denunciante en la fecha de la sanción, no obstante le animo que nos la remita para su recurso puesto que además de reseñar dicho error solicitaremos que le envíen las pruebas correspondientes, principalmente la prueba fotográfica del estacionamiento prohibido, que deberá haber tomado obligatoriamente, con más importancia aún si el que le impuso la denuncia fue un controlador de la O.R.A., sin cuya fotografía la multa impuesta carecerá de validez probatoria.
Un saludo
Hola. Hoy me han multado haciendo un giro a la izquierda para entrar a mi campo habiendo línea continua. Lo que me e dado cuenta que pone en la denuncia que fue en el km 17’400 cuando la entrada a mi campo es el 16’400. Del 17’2 al 17’7 es imposible girar a la izquierda ya que hay guardacarril y no hay entrada a ningún lado. Se podría recurrir está multa al estar mal redactado los km.gracias
Estimado Dionisio,
Efectivamente el hecho de no venir especificado el lugar de la infracción es motivo de recurso, por lo que le invito a que nos remita la documentación con el fin de analizar el recurso.
Saludos
Buenas tardes,
Quisiera realizar una consulta, me han impuesto una multa de alcoholemia, en la misma aparecen mis datos pero no la dirección completo, falta la localidad, calle y cp. Aunque se que por este motivo no podría reclamar la nulidad de la misma por ser errores fácilmente subsanables. Lo que me ha llamado la atención, es que los resultados de las dos pruebas que te hacen con el alcoholismo, y que te entregan como si fueran unos tickets, en el primero aparece otro nombre y en el punto kilométrico y lugar de servicio aparece otro lugar, que el agente ha corregido a bolígrafo, pero que se puede distinguir debajo.
Podría recurrir la multa debido a este error.
Gracias
Un saludo
Estimada Alaceia,
Efectivamente un error en la descripción del lugar de la infracción como del sujeto son motivos suficientes para interponer alegaciones. Recuerde que tiene un plazo de 20 días desde que le hicieron entrega de la sanción, por lo que recomendamos nos remita la documentación a la mayor brevedad para valorar una correcta interposición de alegaciones.
Saludos
Buenas tardes,
Ya he pagado la multa porque se me pasaba el plazo para alegar y para interponer alegaciones, no se si aunque la haya pagado puedo realizar algún tramite que, aunque tarde, se me devuelva el importe abonado.
Cuando me entregaron la multa no la firme porque me di cuenta de este error.
Indicarme si puedo reclamar por alguna vía, y os remito la información
Un saludo
Hola de nuevo:
Si ha efectuado el abono con descuento una vez entregado el boletín de denuncia, el expediente se dará por finalizado no cabiendo alegaciones. Sí que es cierto que puede ocurrir que le remitan de nuevo la denuncia a su domicilio por correo certificado. Si este fuera el caso, remítanosla a la mayor brevedad.
Un saludo
Buenas tardes,
Lo que me ha llegado es la notificación de la perdida de puntos, no se si se puede hacer algo en este caso.
Un saludo
Como le indicamos, para un mayor análisis del expediente, le recomendamos nos lo remita a la mayor brevedad ya que me temo que con esta información tan escasa no podemos ofrecerle más ayuda.
Un saludo
Hola buenos días me han multado por aparcar en zona de bus pero esta mal redactada la multa pone que la marca es mercedes y es un BMW habría forma alguna de recurrirla?
Estimado José Joaquín, el Agente está obligado a detallar en la denuncia la identificación correcta del vehículo con el que se hubiese cometido la infracción, parece que en este caso ha confundido un dato importante como puede ser la marca del vehículo. Además de indicar dicho error se solicitarían las pruebas obrantes en el expediente a efectos de impugnar una posible defecto en las mismas. Por lo tanto le recomiendo que nos remita la denuncia recibida a efectos de asesorarle con el recurso de la misma. Saludos
buenas: Ayer me pusieron una multa de aparcamiento y el agente se confundió al poner la calle…en vez de escribir MOCTEZUMA puso calle MONTEZUMA con n y la calle montezuma obviamente no existe…cabe recurso? gracias.
Estimado Javier, efectivamente especificar el lugar de la infracción es uno de los requisitos que debe constar en toda denuncia tal y como indica el artículo 87 de la Ley de Seguridad Vial, por lo que recomendamos nos remita la misma con el fin de asesorarle para presentar las correspondientes alegaciones.
Si lo desea, déjenos un teléfono de contacto y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted a la mayor brevedad.
Un saludo
buenas:
Por otro lado la multa me la encontré en el parabrisas no me la notifico nadie…tengo ahora 20 dias para realizar el pronto pago? y despues otros 20 dias desde que me la notifique por carta en casa?.gracias.
Buenos días, Javier:
Los 20 días empiezan a contar a partir del momento en el que recibe la sanción en su domicilio por correo certificado o es publicada en el BOE. La notificación en el parabrisas no inicia el proceso, puesto que ni siquiera aparecerán los datos del sancionado.
Saludos
Buenos días, a finales del año pasado la policía local me multó por no respetar un ceda el paso. Me identificaron y firme la recepción de la multa. Procedí a pagar los 100€ al día siguiente y me olvidé del tema. Ahora me llega una notificación de que me han retirado 4 puntos de mi carnet. Consultado el Ayuntamiento lugar de la denuncia me informan que sí, que es de aquella denuncia, la única que tengo. El caso es que en el boletin que me entregaron no figuran puntos a quitar, la casilla está en blanco. En mí domicilio no he recibido ninguna notificación de que me fuesen a quitar puntos. ¿Puedo alegar del algún modo?
Estimada María,
Con su explicación, entendemos que nos encontramos ante un error del boletín sancionador, el cual recibió en el acto de la sanción, produciéndose así un error en la notificación. Por todo ello, agradeceríamos que nos facilitase la documentación que dispone, boletín y carta de pérdida de puntos, para así poder estudiarlo de manera exhaustiva y analizar las posibles alegaciones frente al organismo pertinente.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para ampliarle la información.
Muchas gracias y un saludo
El 1/09/2017 pusieron una multa al coche de la empresa por el motivo de estacionar habiendo placas portatiles de prohibido estacionar. El Agente se equivocó y en el boletín puso fecha 01/08/2017. No me la entregaron en mano, la dejaron en el coche. Yo pagué la multa para beneficiarme del descuento por pronto pago pero posteriormente registré una alegación porque en fecha 01/08/2018 el coche estaba en el parking municipal y se podía comprobar con las cámaras.
En un principio no me contestaron pero ante mi insistencia me acaban de contestar lo siguiente: «que el Agente denunciante considera que el error de la fecha es subsanable pero realizando el pago de la denuncia pone fin al procedimiento sancionador»
No entiendo muy bien la frase pero creo que dice que como he pagado hemos terminado. Es correcto, puedo alegar algo o debo conformarme?
Buenos días Miguel,
Efectivamente, al proceder al pago de la multa con bonificación pone fin de inmediato al procedimiento puesto que usted está aceptando la infracción, es por ello que no ha recibido nada posterior para poder alegar o para poder presentar recurso indicando que en la denuncia existe el error de la fecha de la infracción. Un saludo.
Buenos días,
El pasado 30 de diciembre me multaron por circular sin seguro (el seguro no me notificó correctamente la decisión de no renovar y me multaron apenas 10 días después de que el seguro, sin yo saberlo, perdiera validez. De esto me entero en el momento de la multa, claro). Me ha llegado la multa y el nombre de la calle está mal escrito, resultando el nombre en una calle que no existe. ¿Qué opciones tengo para recurrirla?
Muchas gracias por su tiempo.
Buenos días,
La compañía aseguradora tiene obligación de comunicar la decisión de no renovar la póliza con una antelación de dos meses, teniendo que ser la misma por correo certificado (de acuerdo con la doctrina del Tribunal supremo). Todo ello de acuerdo con los dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley del Contrato de Seguro:
2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador.
En caso de que no le renovasen por impago de la prima del seguro, el mismo entraría en suspensión durante el plazo de un mes. No obstante, durante el periodo de suspensión de un mes, el seguro seguiría constando de alta en el FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados).
Por lo que si se trata de alguno de estos dos casos, sería defendible, argumentando que la responsabilidad en todo caso sería de la compañía aseguradora, que debía de haberle comunicado la baja por correo certificado, dos meses antes de su vencimiento en caso de que no decidieran renovarle (sin que pueda comunicar la baja en el FIVA si no lo ha fehacientemente), y en caso de impago, al haber transcurrido solo 10 días, igualmente debería de seguir constando dado de alta en el FIVA.
Artículo 23.4 del Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor:
4. En los supuestos de contratos prorrogables, o de impago de las primas fraccionadas, no podrá ser comunicada la baja del vehículo (en el FIVA), respectivamente, en tanto no se haya ejercido el derecho a oponerse a la prórroga del mismo o no haya sido extinguido o resuelto el contrato, en los supuestos y con las formalidades previstas en la Ley de Contrato de Seguro.
En cuanto al nombre de la calle, la Ley de Seguridad Vial indica que es obligatorio hacer contar el lugar exacto de la comisión de la infracción, por lo que si el lugar es incorrecto o no es concreto, es alegable que la denuncia no cumple con lo establecido en el artículo 87 del Texto Refundido de la Ley de Seguridad Vial.
Saludos
Tengo una denuncia por ir a 116 con limite de 100 pusieron mi fecha de nacimiento mal, como si tuviera 2 años
¿Se puede reclamar?
Gracias de antemano
Estimado Francisco,
Hemos de informarle que nos encontramos ante un requisito formal. Esto implica que este error puede alegarse, pero al ser un error subsanable, el mismo no afecta a la sanción en sí. Tal y como dispone el artículo 48.2 de la Ley 39/2015:
“2. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.”
Por lo tanto, las alegaciones no afectarían al proceder de la sanción.
No obstante, le invitamos a enviarnos la documentación para ver qué otro motivo hay para presentar alegaciones. Si lo desea, déjenos un número de teléfono para explicarle más concretamente cómo debe proceder.
Saludos
Buenas,
Me han denunciado en mano (no he firmado) por el Hecho: «CIRCULAR POR UN CARRIL INCUMPLIENDO LA OBLIGACIÓN DE ABANDONARLO, INDICADA EN EL ASPA DE LA LUZ ROJA DEL SEMÁFORO DEL CARRIL» pero la denuncia que me entregó el GC está mal impresa. El precepto infringido esta ilegible en toda la linea, incluyendo el Articulo, el Apartado y los puntos a detraer. Aparentemente se movió en la impresión, la cual tuvo que repetir varias veces por problemas con la impresora. ¿Debo alegar o no?
Gracias
Estimado Fernando, el artículo 87 de la Ley 6/2015, en su apartado tercero, establece los datos específicos que todo boletín de denuncia debe contener en el momento de entrega al conductor del vehículo denunciado, entre ellos, la infracción cometida, sanción y número de puntos cuya pérdida lleve aparejada. Desde Pyramid Consulting le recomendamos nos remita la denuncia para asesorarle a recurrir la misma en el mejor sentido. Saludos
Hola, me han puesto una multa por no obedecer una señal de obligación. Pero se han equivocado en la calle y el tipo de vehículo, han puesto turismo y es un todoterreno. También al poner una dirección diferente a la de mi DNI y mi domicilio actual. Podría recurrirla? Un saludo y gracias
Hola Bibi, su denuncia es plenamente recurrible. Los defectos que aduce sin duda son muy importantes a la hora de anular la sanción y van a obligar a la Administración a tener que extremar la actividad probatoria para desvirtuar la presunción de inocencia que le asiste. Le recomendamos que nos vaya remitiendo su denuncia, si lo desea déjenos un número de teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Saludos
Buenas. Una consulta. Hoy me han puesto una multa la dgt por llevar una franja en el Cristal delantero, de papel con el que se tintan los cristales traseros. Según la mulata es por el articulo 11 pero en el boe de la dgt el articulo 11 no habla de nada de eso. Muchas gracias
Estimado Javier:
Por las circunstancias concretas que nos indica, se trata del art. 11 referido corresponde a Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, que dice:
Las condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos de motor, sus partes y sus piezas, para que puedan ser matriculados o puestos en circulación, con las limitaciones, excepciones y especificaciones que se establecen en la reglamentación que se recoge en el anexo I, son las que se indican en los puntos siguientes:
Y en este caso, apdo 3:
3. Los elementos transparentes del habitáculo que afecten al campo de visión del conductor no deben deformar de modo apreciable los objetos vistos a su través, ni producir confusión entre los colores utilizados en la señalización vial.
Saludos
Me llega una notificación de denuncia a mi hija, por consumo de bebidas alcohólicas en un parque público. ella alega que llevaban botellas de alcohol en bolsas, pero que no estaban consumiendo, pero supongo que su versión contra la de un agente de la autoridad, no tendrá recurso posible.
En la notificación de la sanción esta la dirección, DNI, nombre y primer apellido bien, pero el segundo apellido no, ponen un apellido que no corresponde. Mi pregunta es ¿ se puede recurrir con posibilidad de anulación, por no coincidir los datos, o es mejor pagar el importe reducido y no complicar más las cosas?.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Buenos días, Juan Antonio:
Si bien no se trata de una multa de tráfico, en las que estamos especializados, nuestro bufete le podría asesorar a este respecto. Si nos deja un número de teléfono les pediremos a nuestros compañeros que le llamen para asesorarle acerca de cómo proceder.
Un saludo
hola! me van a llevar a juicio por pasar la tasa de alcohol permitida. Pero todos los datos se han llevado a cabo con mi DnI caducado. Es posible que se invalide la denuncia por esto?
Buenos días,
El hecho de no haber renovado el carnet de identidad no impedirá que se lleve a cabo el juicio.
Saludos
hola, me hicieron una multa en la cual pusieron fecha 6 de abril (lo correcto seria (6 de mayo), se confundieron en el ultimo numero de documento y me entregaron una copia el cual se completó con lapicera ya que el papel carbónico no estaba completo y al escribir pusieron mal el numero de licencia, o sea que el acta original no coincide con la copia el redacción final.
ese acta, tiene validez?
Estimado Claudio, según se establece en el artículo 87 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de Octubre, será obligatorio consignar los datos correctos del agente denunciante en el boletín de denuncia. Por tanto, en base a dicho error y al de número de expediente le recomiendo que nos haga llegar la sanción para que le podamos asesorar.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle un asesoramiento más personalizado.
Un saludo
ola me ha llegado una multa que esperaba desde hace un mes y medio, fue una prueba de drogas que me hicieron y me dio positivo e incluso me quitaron el coche y ahora lo curioso es que en la notificacion en los echos pone » no someterse a la prueba drogotest» puedo recurrir ya que lo spuntos y la cantidad me afecta igual.
Hola. Me han multado en el metro de Barcelona. Y la verdad no tengo para pagarla. El caso es que yo presenté una fotocopia de mi pasaporte. Pusieron mis dos nombre y mi primer apellido. Pero en el número de identificación no pusieron el número de pasaporte, sinó el número de serie, que no corresponde con mi número de identificación. No sé si eso da motivo para no pagar la multa x error en el número de identificación.
Buenos días, Jorge:
A pesar de ser un defecto de forma, es subsanable, por lo que no afecta a la sanción en sí.
Saludos
Interesante contenido, muy recomendable, muchas gracias por la información de esta web. Gracias.
Hola en mi caso me multo la guardia civil por hablar por el movil, no se me entrego la multa por tener prisa (iba al hospital con un niño pequeño con una herida que habia que coger puntos y abundante sangre), pero al llegarme todos los datos de identificacion del vehiculo estan mal, me refiero a:
En la matricula cambian una M por una N
La marca y modelo del coche es un todoterreno KIA Sportage y ellos han puesto un turismo citroen xsara 1.6
Me ha quedado claro que por un solo fallo de matricula o modelo no tengo posibilidades, pero en este caso tengo alguna posibilidad? Ademas el vehiculo que conducia esta a nombre de empresa de un familiar por lo que en principio no podrian buscando por mi nombre ver los datos correctos del vehiculo.
Gracias¡
Estimado Juan,
Le informo que la sanción es recurrible, puesto que puede alegar que el vehículo sancionado no es el suyo, al no coincidir ni matrícula ni modelo, teniendo presente también que pueden modificar de oficio estos datos. Por lo tanto, si quiere puede ponerse en contacto con nosotros y podemos comentar la sanción de una manera más clara con su escrito oportuno.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le asesoraremos de una manera más personalizada.
Muchas gracias y un saludo
Buenas,me han multado por mal estacionamiento por el articulo 94 2.e:«estacionar sobre la acera,paseos o demas zonas destinadas al paso de peatones»pero esto no se ajusta a la realidad ya q mi coche estaba estacionado en una isleta elevada destinada al encauzamiento de la circulación y q no wsta destinado al paso de peatones y q viene tipificado en el art 91.2e:«Estacionar en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico»;es recurrible la sancion?
Gracias
Estimado Manuel,
Con relación a su consulta comentarle que en principio su multa es recurrible, pero habría que solicitar prueba fotográfica y ver si la multa fue puesta por un agente del SER u otra entidad. Según el organismo que la haya emitido hay diferentes recursos que se pueden presentar. Por tanto, le aconsejo remitirnos su expediente para valorarlo en detalle. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le explicaremos cómo proceder.
Un Saludo
Me han denunciado por conducir dando positivo en un control de alcoholemia con una tasa de 0.94 en denuncia mis datos están correctos pero en la citación para el juicio el nombre no es el mio es el de mi hermano pero si que figura mi dni , así que mi pregunta es si se puede hacer algo.
Buenas tardes,
En relación a su consulta indicarle que el error en el nombre puede ser un defecto de forma subsanable en el acto administrativo, no obstante puede hacernos llegar la citación judicial y mis compañeras especialistas en Penal podrán asesorarle. Un saludo.
¿Una multa donde no aparece fecha y hora es válida o es anulable por defecto de forma??
Buenos días,
Conforme el art. 87.2.c) de la Ley de Seguridad Vial en las denuncias por hechos de la circulación deberá constar, en todo caso, una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
Por tanto, la multa sería recurrible.
Saludos
Hola buenas noches, me ha llegado a casa una notificación de inicio de expediente sancionador, mi nombre es Adam Jesús Navarro Guijo, y en la notificación han puesto Don Jesús Navarro, Adam.
Es posible recurrirla?
Buenos días Adam,
Este error no afecta a la sanción en sí, por lo tanto, por este motivo no es recurrible. Por ello, si quiere puede enviarnos el tema de la sanción y ver si es recomendable recurrirla. Muchas gracias.
Buenos días, me multaron por pasarme el semáforo en rojo (mentira, en realidad me lo pasé en ámbar) los agentes me hablaron de muy mala manera y se burlaban del color del semaforo. En la multa han puesto que mi coche es un Seat Ibiza blanco (en realidad es negro) y mis dos apellidos mal escritos. Puedo recurrir la multa por esos defectos de forma?
Gracias
Buenas tardes, Tania.
Efectivamente son hechos a alegar a la hora de presentar el recurso, además de otros motivos en cuanto al fondo del asunto y la solicitud de pruebas oportunas que acrediten el hecho denunciado. No dudes en remitirnos la notificación para defender tus intereses de la manera más conveniente. Si lo deseas, puedes dejarnos un número de teléfono y te explicaremos cómo proceder.
Saludos
Buenas tardes, por el contrario, mi aseguradora me ha dicho que no son motivos para que me quiten la multa y no se que hacer.
Como puedo contactar con vosotros para dejaros mi número y hablar? No me gustaría dejarlo aquí a la vista.
Gracias por todo,
Tania
Hola, Tania:
Puedes dejar aquí tu número, y no lo haremos público, sino que directamente se lo pasaremos al equipo. Si no, puedes llamar al 915232315 y preguntar por Nuria Carmona.
Saludos
hola buenas tardes, me acaban de multar, el transito puso fecha incorrecta de hace 2 dias»27-agosto»
al igual que otra hora, cren que se pueda anular?
Buenos días, Carlos:
¿Dónde le pusieron la multa? Un saludo
Buenas noches.
Esta tarde me han multado por dos razones, una por «Conducir un vehículo sin mantener la atención permanente a la conducción. Adelante sin dejar espacio de seguridad, al acceder a una rotonda». La segunda por haber superado el periodo de validez del seguro y no llevarlo en regla. Fallo mío.
En el primer caso ellos estaban en la rotonda sin ningún tipo de visibilidad ya que me vieron adelantar por la izquierda y ellos tenían todos los coches delante por lo que no había manera de saber si tenía una distancia de seguridad o no. Además se supone que la distancia siempre deberá ser suficiente y proporcional a la velocidad y a las características y anchura de la calzada, siendo una nacional y estando lo coches parados a la entrada de una rotonda de dos carriles, entiendo que no se necesita un metro y medio para adelantar.
En la segunda no hay nada que objetar, la moto no se había cogido en mucho tiempo y se ha dado por hecho que estaba asegurada.
En ambos caso se indica que mi permiso de circulación es el B, cuando realmente con un «B» no se puede conducir una motocicleta como la que llevo (Tengo el A2). Después el agente se ha dado cuenta del error, pero la multa estaba impresa.
¿Qué opciones de recurso tengo?
Muchas gracias de antemano.
Buenas tardes,
Es la Administración quien tiene la carga de la prueba, por lo que, ha de emitir las pruebas oportunas que acrediten el hecho por el que se le sanciona. Que la notificación indique un permiso diferente, es un defecto que la Administración subsanará en cuanto se ponga de manifiesto, sin que sea un argumento suficiente en aras a la anulación de la sanción. El recurso iría orientado a la solicitud de la práctica de determinadas pruebas, por ello, no dude en remitirnos la denuncia para presentar el correspondiente escrito ante el Organismo que le sanciona.
Saludos
Hola,me hicieron unas multas por mal estacionamiento y no llegaron a mi domicilio por que el codigo postal que coloco la ciudad de Buenos Aires esta errado. Yo soy de Colegiales y colocaron Belgrano. Justo me llego una copia que un vecino me acerco y eso me llevo a chequear online. La pregunta es la siguiente; puedo alegar ese error por parte de la municipalidad y que se manifiesta en la falta de notificacion para mi defensa y pedir la nulidad de las mismas?
Buenos días, Ariel:
Si entendemos bien, usted está en Argentina. Lamentamos no poder ayudarle, pero nosotros sólo cubrimos el territorio español.
Un saludo
Me pusieron una multa de aparcamiento pero en la denuncia pusieron el nombre de otra calle distinta y el número de vado correcto. La recurrí y me lo denegaron alegando que tienen una foto y reconociendo que la calle es errónea. ¿La denuncia es legal?
Estimado Celso,
Con relación a su consulta comentarle que lo que usted indica es uno de los motivos por los cuales se puede recurrir una multa de aparcamiento. Habría que ver quien puso la multa si es un agente del SER o un agente de la policía. Le ruego de remitirnos la multa, las alegaciones presentadas y la respuesta del organismo para poderle asesorar de forma completa.
Un Saludo
Como les hago llegar la multa y las alegaciones? Fue un policía local.
Buenos días, Celso. Déjenos un número de teléfono si le parece bien, y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para explicarle cómo proceder.
Un saludo
Hace tres años y medio colisione con unos coches aparcados en la calle al no haber alumbrado y haber bebido algo. Vinieros los mossos de Escuadra, me realizaron la prueba de alcoholemia y no me supieron mostrar lo que daba ni lo notificaron en la denuncia. En esta solo consta que el accidente se ocasiono por ir bajo los efectos del acohol, pusieron mal mi dni, firmaron en donde no tocaba y yo en el espacio que me dejaron que es donde tenía que firmar el agente. En su día asesorado por un abogado solo me presenté al juzgado para indicar unas palabras que bien no recuerdo por la tecnicidad pero venia a ser como que no sabia de ello. Hace tres semanas me llamaron del Juzgado para ir a buscar un auto en el que me solictan 3 años de retirada de carnet y una multa de 2.400Eurs alegando que tenía 0,62. He recurrido al mismo abogado y aun estamos esperando a que la Fiscalia entrege la causa al procurador designado que se solicitó puesto que como he comentado no se me mostró ningun dato del grado de alcoholemia, fui al hospital y me hicieron un informe dando 15 en la escala de Glasgow. En fin, cualquier opinion profesional se agradece.
Buenos días, Alejandro:
Ante una prueba de alcoholemia, será necesario que presenten los tickets del etilómetro debidamente calibrado. Sólo así habrá prueba de que efectivamente esa era la condición.
Un saludo
Hola
Quería saber hasta qué punto es recurrible con éxito una denuncia por alcoholemia tras la que sólo se ha recibido el boletín de denuncia, pero no los tickets del resultado de de las dos pruebas realizadas en el etilómetro (y menos aún el documento que contiene la información de su revisión,etc).
Aunque cuento con un testigo, veo difícil demostrar la no existencia de algo, salvo que siempre vayan grapados dichos tickets y se vea que el boletín no tiene marcas de haberse extraído las grapas…
Ni siquiera mostraron el resultado de la tasa en la pantalla; las tasas de las dos pruebas coincidieron con exactitud; dio el aparato un error por reinicio entre la primera y la segunda (que me sonó a un «es tan raro que ahora haya dado negativo, que va a soplar por tercera vez»…y me toco hacer tres pruebas),etc.. Vamos, un poco chapuza y hasta sospechoso todo.
Pensé que a mi acompañante le habrían dado los tickets de la prueba, pero no fue así
Muchas gracias de antemano por la ayuda y, sobre todo, por el gran servicio que prestan
Buenas tardes Manuel,
Informarle que deberían haberle entregado los justificantes. En caso de no tenerlos o dudar de haber dado positivo en la prueba, es recomendable reclamar, puesto que se verán obligados a aportar todas las pruebas, desde los controles del alcoholímetro hasta de la prueba que le realizaron.
Un saludo.
Hola,
He recibido una multa por exceso de velocidad. En la misma pone que me ha captado la ANTENA 7311, pero en el anverso de la multa aparece el informe de ensayos del cinemómetro con número de serie 73011.
¿Al no coincidir los dos números puedo reclamar la multa?
Muchas gracias
Buenos días, Luis:
Realmente el número de antena del cinemómetro y el de ensayos no tienen por qué coincidir, lo importante es que los datos de ambas referencias del dispositivo coincidan tanto en el certificado como en la denuncia.
En cualquier caso, le recomendamos que nos haga llegar la sanción para buscar posibles motivos de recurso.
Un saludo
Hola, muchas gracias por contestar! 🙂
¿Podrían facilitarme una dirección de correo electrónico para poder enviarles sanción?
Un saludo
Buenos días, Luis:
Si es tan amable de facilitarnos un número de teléfono, una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted.
Un saludo.
Hola!
Me han multado por exceso de velocidad. Ir entre 51-60 km/h en via limitada a 30km/h.
En la comunicación especifican en lugar de la infracción como Crta N-II, km xxx, pero en la foto la dirección que sale es diferente.
Aconsejáis recurrir?
Muchas gracias
Buenos días,Toni:
En atención a su consulta, el art.87 de la Ley 6/2015, establece los datos que todo Agente debe consignar en el boletín de denuncia, entre ellos, lugar o tramo, no quedando correctamente delimitado el lugar de la infracción, cabe recurso; además, existen otros motivos de recurso en este tipo de infracciones tales como la correcta aplicación de los márgenes de error,… por lo que le recomendamos nos remita su denuncia para defender sus intereses.
Saludos
Me ha llegado una sanción por agencia tributaria por no pagarla en su momento hace dos años, pero he llamado y me dicen una dirección en la cual yo nunca he vivido allí ni me consta que la dí. Entonces esta multa nunca me llegó a casa y no pude pagarla. Puedo recurrirla?
Estimada María,
Los organismos notifican en la dirección que aparece para el vehículo en Tráfico, por tanto le recomiendo que pida cita en el 060 y acuda a solicitar su dirección a efectos de notificaciones, y en caso de que no fuese su domicilio actual deberá cambiarlo para que le lleguen las notificaciones en la dirección donde resida actualmente. En caso de que en Tráfico figure su domicilio correcto le recomiendo que nos remita la notificación de la Agencia Tributaria para que podamos asesorarle y presentar recurso en su nombre.
Un saludo.
El Ayuntamiento de Barcelona me ha multado por tocar el claxón y el importe de la multa es de 300 euros. Según este organismo, el delito denunciado es por»uso dispositivo acústico contraviniendo prohibición». Aparte de ser una cantidad desorbitada, considero que ha sido una multa injusta ya que sólo di un toque al claxón muy rápido a modo de aviso al conductor que estaba delante mío.
A mi buzón sólo ha llegado la denuncia con la sanción integra es decir, sin descuento. Las dos supuestas notificaciones previas yo no las he recibido .Esta multa ya está publicada en el BOE
En el Ayuntamiento me han dado una fotocopia del justificante de recepción de la notificación. Y he podido comprobar que en los dos intentos de notificación,ha sido imposible entregarlos(siempre según ellos). En dicho justificante, en el apartado de observaciones, había dos casillas marcadas:
Primera:»falta piso y puerta «. Lo cual es cierto ya en la denuncia sólo pone la dirección y el número de la calle, pero no la planta y el número de piso.
Segunda:-Ponía que «no había buzón», lo cual es totalmente falso.
En el permiso de circulación he comprobado que figura mi dirección completa, es decir que incluye planta y número
No me niego a pagar la multa, pero siempre y cuando ésta tenga descuento:ya que por problemas en la notificación no se me ha dado esta oportunidad.
¿Podría recurrir esta multa por este fallo en la notificación? Y si fuera así ¿podría pedir la anulación completa de la multa o sólo pedir que se me diera opción de pagarla con descuento.?
Buenos días Isabel,
En efecto el expediente es plenamente recurrible por defectos de notificaciones, ya que según parece y la detallada información que facilita, no se han tenido en cuenta los datos obrantes en registros públicos como es el de tráfico. No obstante también deben tener en consideración los datos del padrón municipal, de forma que si en su certificado de empadronamiento comprueba que en efecto los datos que figuran también están completos, la actuación administrativa es completamente defectuosa y debería por tanto anularse la deuda completa, sin que el pago bonificado fuera la alternativa a valorar.
Un saludo.
Hola
Me he encontrado una multa hoy en la moto que había dejado en el taller porque me dieron la ITV desfavorable, en la multa el policia ha puesto: «No haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentaria. Aparece ITV caducada desde 09/2014».
El caso es que no es así porque la ITV la fuí a pasar ayer me la dieron desfavorable. Puedo recurrir la multa?
Gracias
Buenos días Vanesa,
El hecho de que no haya superado la revisión le imposibilita para circular con el vehículo de la misma forma que si no la hubiera pasado, ya que el efecto es el mismo: el vehículo no se encuentra con las condiciones técnicas suficientes, de modo que el recurso no va a prosperar por el hecho de que sí haya pasado la revisión.
Un saludo.
Hola me multaron debido a el polarizado de mi vehiculo, la luneta y el parabrisas no tienen polarizados solo las ventanas acompañante y pasajero. En la multa labrada colocaron Motovehiculo
Buenas tardes Lucas,
En relación a su consulta indicarle que no está permitido tintar las lunar traseras, sólo es posible tintar las lunas traseras ,ni las ventanillas laterales delanteras ni la luna frontal pueden tintarse. Además de que es requisito imprescindible que las láminas que se vayan a colocar estén homologadas, mediante un certificado que le expide el taller que las coloca. Para valorar el posible recurso de su multa no dude en enviarnos la sanción para que desde el Departamento Jurídico podamos asesorarle.
Un saludo.
Holaa, me han puesto hoy 3 multas de una, la primera es que iba en bici sin casco, pero tengo 17 años y puedo demostrarlo, asique recurrire sin problemas. La segunda es que mis luces se habian quedado sin pila y yo no era consciente de ello, pero en la multa me han puesto que no llevaba las luces(carece de alumbrado), esto, mas una direccion de domicilio incompleta(solo la calle y el numero, sin portal ni piso) y mas que se han equivocado en la ultima letra de mi dni, queria saber si es mejor recurrir o pagar el 50%, y el tercer multa, es que llevaba auriculares y les doy la razon pero se han equivocado en mi dni(ultima letra) y en la marca de la bici(rodas en vez de audaz) queria tambien saber si es mejor recurrir o pagar el 50%. Por favor tengo 17 años y no estoy preparado para pagar una multa de 600 euros asi derepente, muchas gracias de antemano
Buenos días Carlos,
Si bien los defectos de identificación tanto del vehículo como personales que apunta en los boletines son defectos formales, aparte de que pueden ser subsanados, no impiden su identificación como conductor, pues le entregaron las denuncias en el acto.
Sobre la denuncia de alumbrado y la de auriculares, es preciso solicitar el informe del agente como prueba, ya que se trata de denuncias formuladas en el acto por un agente, por lo que le invitamos a que nos las envíe sin dudar para su tramitación y asesoramiento por nuestro Dpto. Jurídico.
Un saludo.
Me han puesto una multa i el agente no ha puesto su nunero de identificacion. Hi he leido que es obligatorio, puedo recurrir la multa??
Hola Joel,
En efecto, un dato que exige la Ley es la identificación del denunciante, al menos con su número identificador. Por tanto, su denuncia es recurrible.
Si quiere que le demos mayor asesoramiento sobre cómo recurrir la multa, déjenos un número de teléfono y una persona del equipo se pondrá en contacto con usted para explicarle cómo proceder.
Saludos
Buenas, el otro dia la grua retiro mi vehiculo. En la denuncia recogida en el deposito (carta rosa)indica q ha sido por obstaculizar un paso rebajado para peatones (91.2d rgc)(en el boletin no pone el color del coche, solo hay un numero de agente (no legible) unidad DIX¿? Y firma comun).
La sorperesa ademas viene de que en el parabrisas del coche tengo una notificacion una multa de dos dias anteriores con otro número de boletin de denuncia, alegando que obstaculizo el paso en una interseccion (art 91 2m)
La pregunta es ¿me van a llegar dos multas por la misma infraccion? Yo no he retirado el coche en ningun momento. En la primera de ellas se indica que no hay retirada de grua.
¿Pueden retirarme el vehiculo si en la multa original pone q no?
¿como puedo alegarla devolucion de las tasas de la grua?
Muchas gracias
Buenas tardes, Cruz:
En relación a los tickets rosas y en el parabrisas, no son formas válidas de notificación y para recurrir la sanción deberás esperar que te lleguen a casa a nombre del titular del vehículo. En el caso de un estacionamiento con retirada de grúa hay que separar dos sanciones: por un lado la sanción por mal estacionamiento que como te indico debes esperar que llegue a nombre del titular, una vez llegue podrás optar entre pagarla con descuento o recurrirla; por otro lado está la tasa de grúa que se paga cuando se retira el vehículo del depósito, esta se puede recurrir en el plazo de un mes aportando el justificante de pago. Le recomiendo que si desea recurrir nos remita al departamento jurídico toda la documentación de la que dispone para poder analizar su caso concreto. Si quiere, puede dejarnos un número de teléfono y le explicaremos cómo tiene que proceder.
Muchas gracias
HOla, me pusieron una multa por estacionar incorrectamente (por lo visto pusieron unas señales circunstanciales de no aparcar en un periodo de horas por un desfile), la multa que dejaron en el coche pone una fecha diferente a la real.
Ha llegado la multa al domicilio con la fecha correcta.
Tengo posibilidades si la recurro por defecto de forma?
Gracia
Estimado Pedro,
Respecto a su multa, hemos de indicarle que es posible el recurso, puesto que deben aportar el hecho en sí, con fotografías o bien con una documental sobre la señal, la cual entendemos que en caso de existir es diferente a la multa que le han “impuesto” la sanción. Por ello, le animo a que nos envíe la sanción para poder recurrirla. Si lo desea déjenos un número de teléfono y le indicaremos cómo debe proceder.
Un saludo
Hola,
Hace cosa de un mes me multaron por estacionar en doble fila. Al llegar a mi vehículo había una notificación en papel pero sin ningún dato (identificación del agente, cuantía de la multa, datos del vehículo, etc.). Después de 25 días ha llegado una notificación a mi domicilio con la cuantía y todos los demás datos. Mi pregunta es, puedo recurrir la multa por falta de información en la notificación primera? Gracias por vuestra ayuda.
Buenas tardes, Gemma:
En relación a su consulta, el artículo 89 de la Ley 6/2015 establece que las denuncias se notificarán en el acto salvo se den ciertas circunstancias, entre ellas, que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
Frente al boletín de denuncia que le dejan en el parabrisas del vehículo, no cabe recurso alguno. Es en la notificación de denuncia que recibe en su domicilio donde debe constar, en todo caso, la identificación del vehículo, del denunciado si se conoce, una descripción del hecho con expresión del lugar o tramo, fecha y hora y el nombre, apellidos y domicilio del denunciante o número de identificación profesional en caso de que haya sido impuesta por un agente de la autoridad. No obstante, existen otro tipo de fundamentos legales para recurrir su sanción independientemente de los defectos de forma en que pueda incurrir la Administración, que son subsanables, por lo que no dude en remitirnos la misma a fin de defender sus intereses de la manera más conveniente.
Saludos
Buenas tardes me han puesto 4 multas el mismo día en mi motocicleta por infringir distintas normas según el agente, en las 4 multas pone:
Clase de permiso: B en vez de A2.
Se podrían recurrir para ser anuladas
Estimado Lorenzo, comentarle que este error es subsanable y por ello no afecta a la sanción en sí, pero que estas puede que sean recurribles por otros motivos, por lo que le animo a que nos las envíe para comentarle el análisis jurídico de las mismas. Muchas gracias y un saludo.
hola, tengo una multa de la policia federal quise pagar en linea y me di cuenta que el el no. de placa pusieron una «D» y lo correcto es un 0 con esto podría proceder a no pagarse.
Estimada Danna:
Entendemos que nos estás planteando esta cuestión desde fuera de Europa. Nosotros actualmente sólo recurrimos sanciones dentro de la UE, por lo que lamentablemente no podemos asesorarle.
Un saludo
Me han parado y me han denunciado entregándome en mano una denuncia en la que se han equivocado al escribir mis dos apellidos (el segundo apellido es compuesto y lo han escrito en la denuncia como primer y segundo apellido). Además en la denuncia está equivocado el color del vehículo. ¿Puedo esperar que esa denuncia no se tramite por no coincidir los datos del nº de DNI con el nombre y apellidos de ese DNI? Obviamente no firmé la denuncia y me entregaron la copia.
Buenas tardes, Jose María:
El artículo 87.2 de la Ley de Seguridad Vial exige que en la denuncia que inicie el procedimiento se indique claramente la identificación del denunciado así como la identificación del vehículo denunciado.
En principio, al disponer la Administración de la matrícula y del nº de DNI son errores subsanables que pueden rectificar volviendo a notificar la denuncia. No obstante, al estar notificado en mano la denuncia, se ha iniciado el procedimiento comenzando en plazo de 20 días naturales para la presentación de alegaciones. Por ello, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para analizar las posibilidades de defensa. Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le indicaremos cómo proceder.
Saludos
Buenos dias, me ha llegado hace unos dias una multa. Sin embargo aparezco con mi antigua direccion, un antiguo apellido que ya no poseo (era de mi padrastro) y ademas sin numero de identificacion ya que en ningun momento facilité dni, pasaporte u otro. Seria posible recurrirla? Es una multa por fumar cannabis en un parque (consumo en la via publica ) Muchas gracias.
Buenos días, Álex:
Por favor, déjanos un número de teléfono (no lo publicaremos) para que un abogado pueda ponerse en contacto telefónico contigo.
Un saludo
Hola me an puesto una multa de test de drogas y se an confundido en poner la provincia y en el Tíket del test e dado THC y anf y en la multa solo han puesto tch sería recurrible?
Estimado Héctor:
Además de por el error que apunta, conviene recurrir y solicitar el informe del laboratorio para comprobar de forma definitiva en qué ha dado positivo, ya que estos primeros resultados son meramente indiciarios. Por otro lado deben demostrar que se han respetado todas las cautelas relativas a la conservación y tratamiento de las pruebas, por lo que en todo caso es siempre aconsejable recurrir y solicitarlas.
Saludos
Hola!
Que pasa si en mi multa escrita redactaron correctamente el número de mi placa, pero al momento de querer sacar en línea el Boucher de pago, mi multa tiene otras placas? Qu de puedo hacer? Mi multa fue por exceso de velocidad en una carreteras federal.
Gracias
Estimada Andrea:
Entendemos que la multa de la que hablas no fue impuesta dentro de la Unión Europea. Por eso, lamentablemente no podemos atenderte.
Un saludo
Buenas tardes,
a mi hijo lo han parado los agentes de tráfico en un control habitual , es consumidor habitual de marihuana (consumo propio) a muy pequeña escala , de hecho está dado de alta en un club de cannabis legal; en el control le han requisado la marihuana que llevaba para su consumo (menos de 2 gr) y le han impuesto una sanción de 600 € , el articulo infringido es el 36.16 ; lo cierto es que han puesto mal los datos del vehículo tanto el modelo (es un Ibiza y han puesto un León) como la matrícula en la que han cambiado claramente una «D» por una «C» ; sus datos personales son correctos.
¿se puede recurrir la sanción?
Buenos días, Antonio:
Por lo que nos indica, estamos ante una sanción por el hecho de “consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares” regulado en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Por tanto, le aconsejo contacte con nuestro Despacho para que le puedan asesorar al respecto y le puedan preparar una buena defensa.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted a la mayor celeridad.
Saludos
Buenas tardes:
Me ha llegado una multa de trafico certificada en la que cuando detallan los hechos sucecidos no expecifican ni el dia ni la hora en la que me pararon , si especifican por donde circulaba y los datos del vehiculo pero no cuando…puedo recurrirla?
Muchas gracias de antemano
Estimada Joana, le informo que la sanción es recurrible, ya que según lo estipulado en el art. 87.2 LSV: “En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso: c)Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
Por tanto le recomiendo que nos remita la multa para que podamos asesorarle la mejor forma de recurrirla.
Un saludo
Buenas tardes,
Me han multado por exceso de velocidad, por ir a 81km/h en zona de 50km/H, RADAR móvil, multa en mano. En la multa está mi dirección mal solo pone la provincia y es incorrecta.
He mandado un escrito a la DGT solicitando multa corregida y foto del vehículo. También e solicitado certificado de verificación del radar.
Me informan que para darme esa información mi solicitud contaría como alegación y perdería el derecho al pago reducido del 50% y me dicen que el error en la dirección no es invalidante.
Esto es así?
Yo no he hecho ninguna alegación solo he solicitado la multa corregida para poder abonarla, y los documentos indicados para comprobar que todo es correcto.
No me facilitan esta información si no es perdiendo el derecho a la reducción del 50% no me dan más opción.
Pueden hacer esto?
Quedo a la espera de respuesta. Mi límite de pago reducido es este viernes 5.
Quedo a la espera
Gracias
Buenos días Maheva,
La existencia de un error sobre la dirección postal de la persona infractora es un defecto subsanable, y al solicitar la subsanación junto con pruebas de la infracción (como son la fotografía y el certificado de verificación del radar) se considera que estás interponiendo alegaciones contra la sanción, por lo que perdería el derecho al pago con descuento.
De todas formas, si aún no ha enviado el escrito de alegaciones, le recomiendo que nos remita la multa para que nosotros podamos realizar una valoración jurídica más exhaustiva e indicarle otro tipo de cuestiones como lo es la aplicación del margen de error en la velocidad captada.
Gracias,
Un saludo.
Buenas tardes,
Muchas gracias por la respuesta, ya procedí al pago de la sanción con reducción. Aún así, he vuelto a solicitar a la DGT toda la información que les solicité. Ya no como un escrito de alegaciones, sino como una solicitud de información. A ver si optengo respuesta.
Muchísimas gracias por todo. Cuando tenga algún otro problema os consultaré.
Un saludo
Buenos días:
He recibido un boletín de denuncia en el que el precepto infringido no se corresponde con el hecho denunciado y éste tan siquiera existe en el R.G.C. El hecho denunciado expone no identificarse ante los agentes estando implicado en un accidente de circulación y asocian el precepto infringido 129 2 5D, el cual no existe ni tipifica ninguna sanción en el R.G.C. siendo el correcto el precepto 129 2 5B. ¿Sería anegable nulidad por vicio por precepto inexistente? Un saludo.
Buenas tardes,
En relación a su consulta indicarle que ese tipo de defecto puede ser subsanado por la Administración, por lo que desde el Departamento Jurídico para poder ayudarle a defender su sanción le animamos a que nos la remita.
Muchas gracias,
Un saludo
Hola, la otra mañana me denunciaron por tener la ITV caducada, justo cuando iba a pasarla a otra población sin cita previa, de hecho la tengo pasada unas horas después. El agente dijo que daba igual, estaba caducada. En la denuncia se han confundido y han puesto como datos del conductor a mi padre, su nombre, fecha de nacimiento y donde vive. ¿Es recurrible este tipo de errores?, por que imagino que aunque este pasada la ITV el mismo día, eso no se puede recurrir.
Estimado Jose,
Con relación a su consulta comentarle que en principio la multa va a nombre del titular del vehículo, por tanto, se debería de comprobar el titular del vehículo. Nunca se puede imponer una multa de ITV al conductor si no es también propietario. Por tanto, si el vehículo va a su nombre es una sanción recurrible. Si tienes dudas, por favor, remítanos la multa lo antes posible.
Muchas gracias,
Un Saludo,
Hola, el pasado 20 de Junio nos multaron por ITV caducada, importe 200€ y pagamos 100€. Hasta ahí todo bien, pero posteriormente llegó al domicilio un expediente con el mismo número pero por importe de 500€ (250€ con descuento). Fuimos a tráfico y nos dijeron que el agente se había equivocado y teníamos que pagar los 150€ pendientes. ¿Esto sería recurrible? Si los propios agentes no se saben la ley… Además, el boletín y el expediente que llegó posteriormente se contradicen en la fecha de la ITV. Gracias!
Buenos días, Mari Ann:
En el caso que nos comenta, al tener el mismo número de expediente, prevalece el que tiene fecha anterior. Si dispone del justificante de abono, sería indicado presentar alegaciones poniendo de manifiesto la duplicidad por el error del agente y que el expediente ya debería estar archivado por pago. No obstante, le insto a que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para para poder hacer una valoración en profundidad.
Saludos
Buenos días,
Recientemente me ha llegado un acuerdo de iniciación de expediente sancionador.
Dicha carta recoge los hechos y describe las drogas que fueron incautadas ( marihuana y psilocibina )
El caso es que la palabra psilocibina viene mal redactada poniendo “psilobicina”
Es posible recurrir por defecto de forma?
Muchas gracias por su atención.
Buenos días Enrique,
Comentarle que en caso de que le hayan impuesto una multa por conducir con presencia de drogas en el organismo, el hecho de que se haya escrito el nombre de una sustancia de forma errónea se trata de un mero error subsanable, por lo que no poducirá la nulidad o anulabilidad del expediente sancionador.
Un saludo
Buenas tardes:
He recibido una notificación municipal de sanción por aparcamiento en zona reservada a autobuses escolares.
La infracción fue denunciada por un responsable de la Zona Regulada (zona azul, OTA,..), quien sacó tres fotos donde se aprecia claramente la infracción, vehículo y matrícula.
La notificación contiene un LUGAR DE INFRACCIÓN con una dirección ERRÓNEA: se menciona una calle que se encuentra a 3km de donde se cometió la infracción y que, de hecho, pertenece a otro ayuntamiento colindante.
¿Se puede recurrir con éxito, sobre qué base: defecto de forma, inseguridad jurídica, otros? Con esas evidencias flagrantes, ¿tiene posibilidad de éxito?
Gracias
Estimada Maite,
Con relación a su consulta comentarle que efectivamente aportando las coordenadas de Google map podríamos demostrar que hay un error y podrían anular la multa. Tened en cuanta que hay 20 días desde la fecha de notificación para poder presentar alegaciones, por ello, nos debería de remitir el exp. cuanto antes.
Muchas Gracias,
Un saludo.
Buenos días,
Recientemente iba circulando con mi moto y un semáforo se puso en ámbar cuando estaba a cierta distancia, así que empecé a frenar el vehículo cuando me percaté por los retrovisores de que un coche de gama alta que circulaba detrás de mí no frenaba y se me acercaba peligrosamente. Pensando que me iban a chocar, aceleré y acabé rebasando el semáforo, que ya estaba cambiando a rojo. Automáticamente el mismo coche que me había intimidado encendió las luces azules de Guardia Urbana y me dieron orden de detenerme a través de un megáfono. Me pusieron una multa por rebasar luz roja sin peligrosidad en donde consta otro modelo de motocicleta, pone «color: otros», y la dirección no se corresponde con la del lugar donde acontecieron los hechos. La dirección que consta en la denuncia se refiere a una calle que ni siquiera dispone de semáforos. Vale la pena recurrirla?
Muchas gracias por su labor.
Saludos.
Buenos días Cristina,
En relación a la sanción que nos comentas, todas las multas son recurribles. Si la multa te la dieron los agentes en mano, tienen presunción de veracidad pero no es absoluta. En el caso de que te captara la cámara del semáforo y te haya llegado a casa, deberán probar que dicha cámara ha pasado todas las revisiones y además aportar entre 3-5 fotografías de la secuencia. Si decides finalmente recurrir, te recomiendo que mandes la documentación al departamento jurídico para que podamos ayudarte en el caso concreto.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas, a mi me pusieron una multa ayer por beber en la calle, que serían 100€, pagando 50€ en el plazo establecido. Esta mañana al leer la multa bien he visto que el domicilio, si el mio es por ejemplo el nº 13, han escrito el nº 17. Que no va a llegar la multa a mi casa, vaya, sino al edificio de al lado. ¿Qué hago? Ah, y también se ha inventado mi edad.
Muchas gracias
Buenos días,
Para responder a su consulta realizada a través de nuestra página web, necesitaríamos que nos facilitase el ayuntamiento en el que fue multado y así poder indicarle dónde dirigirse en el caso de que no le llegue a su domicilio el inicio del expediente sancionador y le publiquen por edictos la sanción.
En cuanto a la edad, aunque ésta sea errónea, no es un error invalidante.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días,
Se trata del ayuntamiento de Madrid
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días,
Siendo la sanción del Ayuntamiento de Madrid, el órgano que lo gestiona es la Subdirección General Económico Administrativa de Madrid Salud, sita en Avda. del Mediterráneo 62, 3ª planta. Si cree que no le va a llegar a su domicilio, le recomiendo que se acerque a esa dirección que le indico y explicarles que en el boletín de denuncia hay un error en el domicilio, para poder acogerse a la reducción por pronto pago si desea abonarla.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas, me han multado la semana pasada por aparcar la moto al lado de un sitio de minusvalido, la cuestion es que al pagarla el agente al redactarla a se a equivocado en el mes, la multa me la ha puesto en agosto, y el a apuntado julio, es valida?
Buenos días David,
En efecto, su multa es plenamente recurrible y consignar una fecha y hora de infracción correcta es un dato formal muy importante; errores en esos detalles, pueden servir de base para alegar y poner en duda el criterio del Agente y la percepción de los hechos por éste, siendo más necesaria que en otros casos la remisión de las pruebas que demuestren la comisión de la infracción. Le recomendamos recurso.
Muchas gracias,
Saludos.
Hola,
Me han multado por llevar la itv caducada (15 dias) y con justificante de cita. Entiendo que legalmente pueden hacerlo porque realmente estaba caducada.
El caso es que en la multa en vez de aparecer el coche con el que circulaba aparece otro que ya no tengo en propiedad. Es decir, yo circulaba y tenia caducada la itv de mi Seat Leon en propiedad y en lamuta a parece un VW Passat del que ya no soy dueño (hace 4 años). ¿entiendo que no tendria que pagarla?
Muchas gracias
Buenos días Sergio,
Debe tener actualizados en Tráfico estos cambios, si ya no es propietario del vehículo debe cambiar la titularidad del mismo pues, en caso contrario, seguirán dirigiéndose a usted como titular. Siendo el titular de la sanción, si no paga con descuento, o recurre, le reclamarán el pago de la misma por vía de apremio. Le recomendamos nos remita la documentación de que dispone a fin de presentar recurso y defender sus intereses de la manera más conveniente.
Muchas gracias,
Saludos.
Hola,
Revisando la multa, lo que ha puesto mal ha sido la matricula, de ahí que aparezca otro modelo de vehiculo, al coincidir con mi anterior coche he pensado que ahí estaba el error, pero el error ha sido que en vez de poner 4455 aba han puesto 4455 bab (no es mi maticula, es un ejemplo), es decir han mantenido los números pero «bailado» las letras.
En este caso, cual es la mejor opción? pagar (asi con pronto pago es mas barato en caso de que el recurso no prospere) y después reclamar? no pagarla ya que es 100% seguro que me la quitan si reclamo?
Muchas gracias
Buenos días Sergio.
El defecto que indica es subsanable, si corresponde la sanción. Puede tratar de resolverlo en contacto telefónicamente con el Organismo. El pago con descuento excluye la posibilidad de presentar recurso.
Muchas gracias,
Saludos.
Buenas tardes. Nos ha llegado una notificación de denuncia por estacionar sobre la acera. En el boletín indica la dirección, pero no el número, y se trata de una avenida de más de 4 kilómetros. Lo curioso es que fue a mi nuera. Había parado un momento y detrás de ella se detuvo un coche de policía. Ella preguntó si se bajaba y el policía le dijo que no, que continuara, pero le sacó una foto y denunció la infracción, llegándole a mi mujer, que es la propietaria. ¿Qué se puede hacer en estos casos?
Buenas tardes,
Me colocaron una denuncia por aparcar en zona comercial, donde no sirve el distintivo de residente, y la matricula está mal redactada por una letra. Si lo dejo pasar me evitaré pagar la multa?
Buenos días Markel,
En relación a su consulta indicarle que el error en la numeración de la matrícula puede ser un error subsanable por lo que seguramente el Organismo o Ayuntamiento le enviará la sanción con la corrección de la matrícula. Cuando reciba la sanción puede enviarnos la misma para que valoremos el posible recurso.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas noches.
Tengo varias multas en CABA y GBA, pero en todas ellas en donde indica el año del vehículo ponen «AÑO: 0». Podré solicitar la nulidad de las mismas por tal motivo? Gracias de antemano.
Buenos días Pablo,
En relación a su consulta entendemos que es un error del Organismo que puede ser subsanable, no obstante para poder ayudarle desde el Departamento Jurídico le recomendamos nos remita las sanciones y podamos ayudarle a la defensa de las mismas.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas noches,
Me han multado por aparcar en un sitio indicado como «Parada de Furgones» pero en la descripción en el Boletín indica «Estacionar en zona destinada a parada de transporte público». ¿Puedo recurrir esa multa ya que el hecho denunciado no corresponde a las señales de tránsito que se encuentran en el aparcamiento? ¿Debo esperar a recibir la multa en mi casa? Porque solo tengo el la hoja amarilla que dejaron en el parabrisas, no tiene mi nombre ni datos, solo la matricula.
Gracias
Buenos días Alejandro,
Cabría la posibilidad de presentar alegaciones al respecto solicitando pruebas a la administración; por otro lado, el boletín dejado en el parabrisas no equivale a notificación de la denuncia por lo que deberías esperar a que la misma sea enviada a tu domicilio.No obstante, para estudiar el caso concreto, una vez recibas la misma en el domicilio te aconsejamos nos la remitas para ver la viabilidad con todos los datos que se contengan en la misma.
Muchas gracias,
Un saludo.
estaba checando mis adeudos de placas y me aparece un error, coincide mi placa pero la marca y modelo no es el mismo. por ejemplo sale que tengo una harley davidson 2019 y es una italika 2016, por aparcar en una parte azul, yo no me acuerdo de esa infraccion es mas nunca he dado mi licencia de conducir.
Buenos días Alejandro,
En estos casos es vital aportar la documentación acreditativa de los datos completos del vehículo (permiso de circulación y ficha técnica), ya que puede existir un error a la hora de tomar los números de la placa y por ello el modelo del vehículo no coincide.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me hicieron una multa en un lugar y después me llevaron a otro lugar, en el cual me la labraron ahí como que yo cometí la infracción ahí y siendo en otro lugar en realidad, y como que yo no tenía tarjeta verde, lo cual no la tenia porque transferi una semana antes pero si tenía papel de compra venta y transferencia y título en trámite, lo que si no tenia era el seguro, y me puso 2 faltas y me mando una multa de concurso y yo presenté todo menos el seguro y pusieron cosas que no eran y me dijeron que era por el seguro y me hicieron firmarla debería pagar
Buenas tardes Federico,
Al objeto de poder asesorarle de la mejor manera posible, le instamos a que formule nuevamente sus cuestiones, ya que en algunos puntos son un poco confusas. Sería preciso que concretase el contenido de las denuncias, sin perjuicio de exponer más detallada y cronológicamente cómo suceden los hechos.
Muchas gracias,
Un saludo.
A la mayoría deberían poneros otra multa por no saber escribir. 🙂
Hola buenos días ,quisiera información sobre una multa de aparcamiento ,que sinceramente no se puede aparcar ,pero en la denuncia pone que estaba subido el coche en la acera (cuando no existe dicha acera) .Asi mismo ,comprendo que posiblemente no tenga mucha fuerza ,pero coincide con que el coche estaba aparcado en una zona que no entorpecia para nada ni circulación ni de tráfico ni de personas ,que sí ,que no se puede aparcar ,pero como digo ,coincidía con que iba al funeral de mi padre y en ese momento no había aparcamiento en la plaza que existe junto a la iglesia y decidí dejarlo allí .Entonces considero que esta denuncia está basada en mentiras como lo de la acera y que interfería para el tráfico vehicular y de personas .
He hecho una reclamación al ayuntamiento ,porque la denuncia es municipal , y se lo pasan por el sitio que todos nos imaginamos ,como podría salvarme de dicha denuncia ,son 200€ y no se me entregó en mano ,me llegó mediante correo ,muchas gracias por su atención y espero su respuesta. Un saludo de Eduardo
Buenos días, Eduardo.
En relación a la consulta que nos plantea, en fase de alegaciones debió solicitar como medio probatorio entre otros, el informe del agente así como una prueba fotográfica que avale la denuncia impuesta. Desconocemos si usted solicitó las mismas. Por tanto, ante la resolución de esas alegaciones que ha recibido, cabe presentar un recurso de reposición, por lo que si estuviéramos en plazo, le ofrezco la posibilidad de contratar nuestro servicio y presentar nosotros dicho recurso, y así, ver si la Administración finalmente nos da la razón y procede a anular la sanción. No dude en contactar con nosotros para cualquier asunto que estaremos encantados de resolver cualquier tipo de duda que le surja.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola,
Me han denunciado por aparcar en la acera (a nivel de acera), segun ellos articulo: RGCIR 91 2-M 5Q Estacionar el vehículo constituyendo un peligro para la circulación (deberá especificarse el peligro creado). –Sancion: 200euros, Pronto pago: 100 euros.
Despues de recurrir la multa, el informe policial dice que el policia debio sancionarme por este otro articulo: RGCIR 94 2-E 5E Estacionar sobre un paseo o zona destinada al paso de peatones.Sancion: 80 euros Pronto pago:40 euros.
¿Puede tener defecto de forma la denuncia?. Muchas gracias. Un saludo. Alberto.
Buenos días, Alberto. En relación a su consulta indicarle que no existe defecto de forma, la Administración tras tramitar sus alegaciones ha calificado correctamente la infracción, corrigiendo su proporcionalidad reduciendo la sanción de la misma. No obstante, no dude en remitirnos la resolución notificada a fin de una correcta valoración de la misma y defensa de sus intereses. Saludos.
Hola,
Os corrijo la respuesta, la Administración tras tramitar sus alegaciones NO ha calificado correctamente la infracción, corrigiendo su proporcionalidad reduciendo la sanción de la misma…sigue la sancion de 200 euros y la califican como GRAVE, solo el informe policial dice que deberian haberme multado por otro articulo…
Por eso digo, ¿que si puede existir un defecto de forma o hago el recurso pidiendo rectifiquen y me apliquen bien el articulo con el pago de 80 euros y ser LEVE?.
Espero su rspuesta. Gracias. Un saludo. Alberto.
Buen día,
Me han puesto un comparendo por una fuga de liquido que había en las barras de suspensión delanteras de mi moto, pero en el comparendo especifican el código de infraccion C3, en donde la informacion es totalmente incoherente ya que no esta relacionada al problema de mi moto si no mas bien por «obstaculizar un carril», sabiendo que ellos me detuvieron en un reten, hay alguna manera de impugnarlo o apelar?
gracias.
Buenas tardes Bryan,
Si es por un parada en lugar prohibido, dispone de 20 días naturales desde que recibe la denuncia para presentar alegaciones solicitando la práctica de pruebas, entre otras, informe del denunciante y fotografías. Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para analizar el hecho denunciado concreto y analizar el procedimiento.
Mu chas gracias,
Un saludo.
Buenos días
He recibido una multa por superar el límite de velocidad, captado por un radar móvil.
Sin embargo en la denuncia no se indica correctamente el lugar de la infracción. Únicamente se indica la calle (Lehendakari Aguirre) pero no el lugar (número 0.0).
Obviamente no hay número cero en dicha calle.
Quería saber si es posible recurrur alegando que en la práctica totalidad de dicha calle, salvo en un tramo de unos 50 metros, la limitación de velocidad es de 50 km/h, y no de 30 km/h que es por la que me multan.
Por tanto, teniendo en cuenta que la multa no indica en qué punto de la calle se hizo la infracción, y que las fotos, estando muy oscuras, tampoco permiten determinar en qué punto de la calle saltó el radar, no se puede poner dicha multa con un límite de 30 km/h.
En su lugar, reconocería y acepto las multas que me deberían corresponder aplicando el límite de 50 km/h, la cual pagaría sin alegación alguna.
¿Sería viable?
Gracias
Buenas tardes Román,
Efectivamente en su caso podríamos enviar escrito de alegaciones contra la sanción, alegando entre otros, el motivo de la falta de indicación del lugar exacto donde supuestamente se produjo la infracción y por ende la falta de acreditación de la comisión de la infracción, ya que al no saber el lugar exacto donde se produjo, no pueden corroborar la existencia del límite de velocidad.
De modo que, le recomiendo que nos remita la notificación para que desde el departamento jurídico le hagamos una valoración más exhaustiva.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas tardes, recibí una multa por salir un día que no era mi pico y cédula, no marcaron el cuadro de apelación, no pusieron ni si ni no, es legal la multa si no esta completamente diligenciada?
Buenos días, María:
No comprendemos bien tu consulta. ¿Es una sanción impuesta en Europa?
Un saludo y gracias
buenas noches queria consultar que puedo hacer , tengo 2 multas por exceso de velocidad pero en el acta dice LC y mi numero pero es DNI y sexo masculino y soy femenino . La foto esta solo que el vehiculo lo conducia mi papa , hay alguna manera impugnarlo o apelar?La multa es partido de almirante brown bs as
Estimada Noelia:
Lamentablemente no podemos solucionar su consulta, puesto que nuestros abogados son expertos en sanciones de tráfico de Europa.
Un saludo
Hola!
Me han puesto una multa por aparcar en una zona en la cual no se podía estacionar, el dato es…que tanto en el boletín que dejaron en el parabrisas y la notificación que llegó a casa sin ser correo certificado y que salió del la jefatura de trafico un día 12 y llego un día 20 (osea que ya he perdido 8 días del pronto pago y tampoco habría manera de demostrar que yo he recibido esa notificación en mi domicilio al no ser correo certificado) viene mal especificado el modelo del vehículo, el resto de datos son correctos, ¿sería aconsejable recurrir dicha multa?
Un saludo y gracias.
Buenas tardes Jose,
Efectivamente si la notificación le ha llegado por correo postal ordinario, no tienen la certeza de la recepción de la misma, por lo que probablemente se la intenten notificar de nuevo, bien por correo certificado o bien mediante publicación edictal. Por otro lado, en relación con el error que señala en la sanción sobre los datos del vehículo, he de indicarle que se trata de un error subsanable, no obstante, le recomiendo que nos remita la sanción para que desde que el departamento jurídico efectuemos una valoración sobre la viabilidad de recurso.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, me han parado con la mascarilla en el brazo saliendo de un parque a las 11:30 de la noche, y me han pedido el DNI para confirmar mis datos. Posteriormente me ha dado permiso para marcharme. Cuando me iba he oído propuesta de sanción en la radio, pero no me han informado de nada en ningún momento. Puedo apelar o recurrir dicha propuesta si se llevara a cabo? Gracias
Buenas tardes Alfonso,
Puede que le llegue la sanción, pero en caso de que así se produzca, tendrá el plazo de 15 días para poder alegar lo que considere oportuno. En caso que esto ocurra, puede contactar con nosotros para poder asesorarle. Muchas gracias y un saludo.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas,
Ayer la policia me detuvo por tenencia de alcohol en via publica y en el boletín declaro dicha infracción como una infracción muy grave cuando realmente esta calificada como leve.
Teniendo en cuenta este error, la multa sigue siendo valida?
Muchas gracias
Estimado Otto,
Indicarle que este tipo de errores son subsanables de oficio por parte de la administración. Por lo tanto, cuando reciba la notificación de la sanción, quizás la misma sea calificada como leve, en caso de no ser así, se puede proceder a presentar un escrito de alegaciones.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, tengo una resolución de una multa por ruidos de 150€ via policia local ayuntamiento, presente alegaciones y ahora me han enviado la resolucion y han bajado de 400 a 150. Pero hay un apartado que menciona el Real Decreto 1398/1993 y menciona el Articulo 16 con los apartados 4 y 5 . Pero ese articulo no tiene apartados ni 4 ni 5. El 17 si. Se podira recurrir la nulidad de esta resolucion?
Estimado Óscar:
Puesto que no se trata de una sanción de tráfico, hemos tenido que consultar su caso con el despacho de abogados multidisciplinar con el que colaboramos. Ellos nos han dicho que, si es posible, nos mande todas las resoluciones y escritos presentados para poder darle una respuesta.
Si quiere, puede dejarnos un número de teléfono (no lo publicaremos) para que directamente se pongan en contacto con usted y le indiquen la dirección de email a la que lo tiene que hacer llegar.
Un saludo
Hola! Me multaron en Valencia por circular en bicicleta con cascos. No tenía mis documentos, pero al percatarme de la multa escribieron mal mi identificación y mi apellido. Además, utilizaron el número de mi pasaporte (soy estudiante extranjero) y no el NIE.
Para rematar, escribieron mal la dirección de mi domicilio que es en Madrid.
Saludos!
Buenos días Jose,
Si no paga la multa, dadas las circunstancias, lo normal es que no llegue a mayores, toda vez que si la identificación y domicilio son incorrectos, no podrán notificarle, ni ejecutar la sanción llegado el momento.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días.
Tengo una duda sobre una multa de velocidad que me han puesto, yo tengo coche desde 2018 el cual cuando lo he comprado he puesto mi dirección actual (febrero de 2018), en junio del 2019 me he mudado y cambiado toda la documentación correspondiente para efectos de notificaciones y padrón municipal, ahora me han multado a finales de enero de este año 2020 y la multa la han notificado a mi antiguo domicilio el cual yo había cambiado y tengo la documentación que lo certifica.
Mi pregunta seria por este error administrativo es recurrible o se puede anular la multa?
Han pasado casi 8 meses desde que ha sucedido y me he enterado por el antiguo dueño que es una persona mayor que me ha llamado para decirme que tenia una notificación certificada de correos.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Perdonar he olvidado decir que tampoco han podido identificar al conductor ya que hablando con el ayuntamiento que ha impuesto la sanción y me han dicho que me llegara la carta para identificarme o identificar al conductor de mi vehículo.
Muchas Gracias
Un saludo
Buenos días Juan,
En lo referente al domicilio del vehículo, es preciso que notifique el cambio del mismo también a la DGT, no siendo suficiente con un nuevo empadronamiento. Si, efectivamente, llevó a cabo el cambio del domicilio el tráfico y le han notificado en el anterior, se podría recurrir. En cualquier caso, si han recogido la notificación, es recomendable que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para su estudio.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas tardes.
El día 13 de agosto a la 1 de la madrugada fui sancionado por circular a 115 km/h sobre límite de 50 en vía extraurbana, fue con un coche de empresa para la que no trabajo.
– En la notificación que llega a la empresa para identificar al conductor, sale fecha del día 13 de agosto y 500 euros de sanción.
– En la notificación de sanción que me llegó por correo, sale 13 de agosto y 600 euros de sanción.
– Si me voy a la web de la DGT para pagar la sanción, con el mismo expediente, sale 12 de agosto y 600 euros de sanción.
Creo que hay una irregularidad en el proceso pero no tengo claro que sea un defecto de forma. Entiendo que pagar la sanción consiste en asumir que he hecho lo que he hecho, solo que el día 12 de agosto a la 1 de la madrugada ese coche estaba completamente detenido y yo durmiendo.
Saludos.
Buenos días Javier,
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico, para valorar la posibilidad de presentar alegaciones. Sería importante disponer de alguna prueba de que el vehículo no se encontraba en el lugar de la denuncia en la fecha y hora indicadas. Además, tenemos que comprobar si por parte de la Administración se han aplicado correctamente los márgenes de error del cinemómetro y solicitar como pruebas los certificados de revisión del radar que acrediten que el mismo funcionaba correctamente.
Muchas gracias,
Un saludo.
me han multado el dia de hoy, tengo un scooter xiaomi y subí a la acera.. pero el articulo que esta en la denuncia es 71.T3 – OCVV código 1721…. pero he estado buscando las infracciones y dicho articulo no esta dentro de las infracciones valga la redundancia del OCVV
Buenos días José Luis,
Es extraño ya que dicho artículo se refiere a infracciones en materia de mercancías peligrosas, por lo que entiendo que debe haber un error. Le recomiendo que realice una consulta al organismo a través de su página web a efectos de que le aclaren el precepto infringido.
Muchas gracias,
Un saludo.
buenas tardes el tema es el siguiente.
Yo iba en moto y me vino una pareja de la guardia civil y me denunciaron por que decia el agente que iba hablando con el movil le dije pero agente si el movil lo tengo en el bolsillo como voy a ir conduciendo y según usted marcando y hablando con el movil.
Respuesta del agente, soy agente y es mi palabra sobre la suya.
No me notifica la multa por que no llevaba boletín le hace una foto a la matricula de la moto con su móvil y me dice ya te llegara la denuncia.
Me acaba de llegar la denuncia y pone Marca Honda Modelo Adv750 Clase Coche Fune.
Además pone que he sido denunciado en la via A45 cuando yo no iba por tal vía lo tengo en el Mapit de la moto que me pone la ruta que ejecuto, me pone que iba conduciendo con el móvil en la mano derecha marcando con el manos libre, como iba conduciendo con el movil en la mano derecha si voy en moto, como acelero.
Venia un poco mosqueado de algún servicio y lo pagó conmigo.
Buenas tardes Francisco,
En su caso podemos enviar escrito de alegaciones contra la sanción, negando los hechos y solicitando una serie de pruebas que corroboren la infracción, ya que es a la Administración a quien corresponde la carga de la prueba. Le recomiendo que nos remita copia de la notificación de denuncia recibida cuanto antes, para que desde el departamento jurídico podamos hacerle la valoración jurídica y proceder a presentar recurso.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas
Me han puesto una multa en la moto por estacionar en una acera. Tengo un boletín y pone que la cuantía son 8 euros, mientras que si voy a la web de Ogt me pone que son 80 euros. Puedo hacer algo para que no tenga que pagarla o pagar solo los 8 euros?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola.
He recibido una multa, pero el plazo de pago para poder hacerlo con el 50% de descuento ya habia finalizado.
Como puedo pedir que me den mas plazo???
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Hola , gracias de antemano por su ayuda. Me han dejado una denuncia en el parabrisas por aparcar en un lugar que no indica que no se puede aparcar y donde a diario se aparcan coches. En el boletín que han dejado no indica ni mi nombre ni mi dirección ni ningún dato del conductor o dueño del vehículo. Puedo alegar defecto de forma?
Gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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buenas tardes.
me ha llegado una sancion, que dice:
Art.91 -2 RDL 1428/2003 Parar un vehiculo en mediana, separador, isleta y otro elem.de canaliza del trafico. Calificacion Grave.
Motivo de No notificacion: AUSENTE. 200€
y no estoy de acuerdo. porque la situacion fué que estaban circulando por una calle que pasa por delante de la jefatura de policia local, y por motivos de la circulacion me quedé parada detras de otro vehiculo, fuera de la salida del aparcamiento de la policia, en un rallado amarillo. y el trafico avanzaba lento una vez que estaba alli parada.
Entonces 2 agentes intentarón salir del aparcamiento en un coche policial Sin luces de emergencia, solo las azules fijas. Y sin esperar a que yo acabara de pasar, intentaron meterse entre mi vehiculo y el que estaba delante, y yo me arrimé un poco mas al de delante, para acabar de pasar. (este detalle les molestó)
el policia que conducía saco un brazo por la ventanilla y me dijo que me apartase, y me paré y pasó delante mi, fijandose en mi matricula.
a 200 m. se para en el semaforo y yo detras, y salió a decirme que no podia obstaculizar una salida de patrullas, y que supiera que estaba sancionada y si queria que fuése a recurrirlo, pero no me dio ninguna notificacion en el momento.
Yo no estoy conforme y no se si puedo recurrilo con mi versión real , porque ellos no se intentaban incorporar avisando que iban de emergencia y no consideré que tuviese que apartarme para que se incorporase el vehiculo policial, ya que yo estaban circulando en
la via, y he parado por causa del trafico, pero de todas formas si han pasado delande de mi.
en la sancion que recibí se entiende que yo estaba ausente y que tenia el vehiculo parado en una mediana o otro elemento de canalización.
¿lo puedo recurrir con argumentos de peso, o es mejor que la pague?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Hola! Me acaban de poner una multa por aparcar el coche en la acera; y es así, el coche estaba en la acera, pero la calle que está redactada en la multa no es correcta (es otra calle). Como podría recurrir eso?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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Hola muy buenas, me han puesto una multa por meterme en dirección prohibida, en la multa se han equivocada y me han puesto fecha del año anterior. Que tengo que hacer?
Gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, buenos días.
Hace unos días, me dejaron en el parabrisas del coche una notificación de sanción por apartacar en zona habilitada para carga y descarga. En primer lugar, no es cierto, puesto que hay una señal vertical que indica que dicha zona empieza a partir de unos 50 cm a la izquierda de mi coche. Además, me pusieron en la notificación un número de calle que está unos 20 o 30 metros de distancia de donde había aparcado, y en donde no hay señal ni zona de carga y descarga. ¿Se puede recurrir? Gracias.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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Buenas. El sábado pasado le pusieron una multa a mi pareja, aparcó en un carga y descarga y no especificaba que el sábado era laborable, pero bueno, tema aparte, le dejaron una copia de la multa en el parabrisas del camión que casi ni se ve, el problema es que el agente no puso su nº de identificación ni la firma, solamente la información del vehículo y el día y la hora y el porqué de la multa. Al no poner el agente su información, es recurrible?
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Buenas tardes,
Me denunciaron por no poner el intermitente al desincorporarme de la vía por orden del agente. En la denuncia la matrícula y el modelos eran erróneos, la matricula por una letra y el modelo no tenía nada que ver, con lo cual reclame por defecto de forma. A los 2 meses me llego la contestación sin corregir esos datos haciéndome saber que el agente se había ratificado en dicha denuncia como que todos los datos estaban bien, con lo cual volví a recurrir. Y ahora después de 7 meses transcurridos después de la multa y que el agente se ratificase erróneamente, me ha vuelto a llegar la multa esta vez con los datos corregidos. ¿Qué opciones tengo yo de recurrir en esta serie de errores por parte de la DGT?
Gracias, un saludo.
Estimado amigo,
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Hola buenas noches.
El pasado 1 de agosto de 2021 tuve un siniestro vial con mi moto. El caso es que al entrar en una rotonda e la salida siguiente había gravilla , yo tenia que salir en la siguiente y no me percate de la gravilla ya que tenia un coche delante, la moto me hizo un extraño y solté el gas para no derrapar ,seguidamente se me fue la moto al bordillo haciéndome caer rompiéndome las dos muñecas.
Vino un coche de la G.C. , la ambulancia y dos motos de la G.C. estuvieron hablando con mi compañero y se fueron, seguidamente mi compañero se asomo a la ambulancia y me notifico que me habían denunciado.
CONDUCIR SIN LA DILIGENCIA, PRECAUCION Y NO DISTRACCION NECESARIOS PARA EVITAR TODO DAÑO PROPIO O AJENO. MOTIVO SINIESTRO VIAL, INFRACCION NO OBSERVADA POR EL AGENTE. SE CONSIDERA CONDUCCION NEGLIGENTE SI AL CIRCULAR A VELOCIDAD INADECUADA A TRAZADO DE LA VIA, ROTONDA GIRATORIA.
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hola: expongo mi hecho. me acaba de multar un agente de movilidad en Santander por que dice que he hecho un cambio de sentido en un lugar no adecuado para su efecto. Pero es falso! yo circulaba en moto en una calza de 1 carril por sentido con linea discontinua y he parado a la derecha en una zona de aparcamiento en bateria, despues he puesto la moto mirando hacia la calzada ,he puesto el intermitente IZQUIERDO y he cruzado la linea dicontinua para incorporarme a la calzada en el sentido contrario al que venia. es una maniobra legal… pero el me dice que no! que puedo hacer? si el ha mentido. UN SALUDO.GRACIAS.
hola buenas noches me han multado por saltarme un disco pare pero en la multa no sale a que juzgado debo ir ni el citado a comparecer. también colocaron mal la comuna donde ocurrió el hecho, que debo hacer?
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hola buenas, me multaron por dar positivo en thc, pero en la multa de notificación que me dieron, no pone correctamente ni la marca, ni el modelo de mi vehículo, ni el número de bastidor, ni la matrícula.
El hecho denunciado de la multa, es por circular con el vehículo RESEÑADO teniendo presencia de drogas en el organismo, pero los datos del vehículo RESEÑADO no son lo correctos.
¿Podría recurrir?
Estimado Antonio,
Se puede recurrir al efecto de solicitar pruebas de que se cumplen los requisitos legales exigibles, no solo en cuanto a la correcta formulación de la denuncia sino también sobre otros aspectos, como la verificación del resultado del test que le fue realizado. La multa por conducir con presencia de drogas en el organismo conlleva la pérdida de puntos del carnet de conducir, que serán detraídos automáticamente en caso de no presentar recurso. No dude en contactar con nuestro departamento de atención al cliente para ampliar información.
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Hola mi perro se me escapó y se metió en un parque infantil a las 12 de la noche con tan mala suerte q la policía local me ha cogido los datos xq no llevaba DNI. Cogieron mi DNI y mi nombre?
Pueden denunciarme igual?
Estimado Iván,
Si los hechos son constitutivos de infracción, el hecho de que no llevaras el DNI no te exime de la multa y pueden hacerte llegar la sanción al domicilio facilitado.
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