Si por mal redactada entendemos defectos puramente formales que puedan ser objeto de subsanación posterior, tales como un error gramatical o numérico, aparte de la conveniencia de ponerlos de manifiesto en desde el primer momento instando a su inmediata corrección, no adolecen de falta de legalidad como tales.
En la medida en que la mala redacción afecte al hecho denunciado y lo haga incomprensible o de contenido imposible, o a la tipicidad del artículo en virtud del cual se impone la sanción, o a la propia identificación del vehículo, entre otros motivos, habrá que considerar que la sanción se encuentra viciada de la nulidad del artículo 62.1 e) por tratarse de un acto dictado prescindiendo del procedimiento establecido al efecto.
me an multado pero en vez de poner javier como me llamo han puesto jesus es posible recurrirla?
Entendemos que la notificacion de la denuncia se la han entregado en mano y entre los requisitos establecidos en el art. 74 de la L.S.V. están en todo caso ( art. 72.2.b) “la identidad del denunciado si fuese conocida”. Evidentemente ha sido un error de transcripción de datos por parte del agente denunciante que ha de ponerse de manifiesto en las alegaciones al boletín de denuncia, pero sería importante saber si le han recogido su número de DNI, puesto que si no es así, le aconsejamos no presentar alegaciones a dicho boletín y no darse por notificado, dado que entendemos que el boletín no cumple todos los requisitos para constituir acto de iniciación del procedimiento sancionador.
Una amiga le isieron una multa y pudo por estar estruyendo el trancito que se puede hacer pregunta
Imposible descifrar lo que has escrito ahí.
Buenas me an multado por aparcar en linea amarilla pero ah escrito mal la matricula de mi coche por 1 letra y no es el modelo de mi coche elque pone en la denuncia , aparte de no entender lo que pone la multa solo linea amarilla gracias
Buenos días Jacobo,
En relación con la multa que nos indicas, en principio el error en una letra de la matrícula es un defecto subsanable. Sin embargo, la administración es quien tiene la carga de la prueba y debe aportar pruebas de que era tú vehículo el que se encontraba mal aparcado mediante fotografía u otro medio, ya que por el contrario no se puede acreditar que fuera tu coche. Te recomiendo que te pongas en contacto con el departamento jurídico para poder asesorarte en profundidad.
Muchas gracias,
Un saludo
Buenas, me multaron por dar 0,28, en la multa que me entregaron en mano no pone el numero de expediente, el cual necesito para pagar la multa desde el banco, seria recurrible?
Buenos días Miguel,
No nos indica de que Organismo deriva, no obstante le adelanto que el número de expediente es, en efecto, un elemento básico para identificar el caso y como bien dice necesario para, por ejemplo, hacer el pago de la misma. No obstante le puedo indicar que las multas por cuestiones de alcoholemia, suelen ser incoadas y notificadas formalmente por el Órgano instructor partiendo del boletín que haya extendido el Agente. No descarte enviarnos de todos modos la notificación recibida por si derivara algún extremo que se nos está escapando.
Muchas gracias,
Un saludo.
En mi multa aparte de que no corresponde ni marca ni modelo, tampoco está mi dirección completa
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
En una sentencia el dia que se entrega es el 15 pero en el papel pone 25 se puede hacer algo como darlo por nulo?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
buenas me han multado por alcoholemia y en la copia el ultimo número de DNI está equivocado, se podría hacer algo?
Estimado Pedro,
En las denuncias que realizan los agentes de la autoridad, estos tienen la obligación de consignar los datos de los denunciados de forma correcta. Para evitar que los procedimientos se dirijan contra personas distintas y para que no existan dudas sobre la autoría real de la infracción.
Si en el boletín de denuncia se le identifica correctamente con todos los datos (nombre, apellidos, etc) y solo es erróneo el último número del DNI, se puede considerar que la identificación se ha realizado correctamente y que no hay duda, sobre que usted era la persona a la que se realizó el control de alcoholemia.
Sin embargo existen otros motivos que se pueden alegar en estos casos, como la falta de acreditación de la homologación de etilómetro utilizado o que no se respetó el tiempo mínimo establecido entre pruebas (10 minutos).
Le aconsejo que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para poder analizar más detenidamente su caso y buscar diferentes opciones de recurso.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me hicieron una multa, pero en lugar de poner artículo 103, me pusieron el 113 que sanciona a los vehículos de carga con una fracción inexistente. Se tendrá que pagar de todas maneras?
Buenos días, Alejandra.
Si no está de acuerdo con la multa impuesta, puede presentar alegaciones. La Administración ha de demostrar la comisión del hecho denunciado. Le recomendamos nos remita la notificación recibida para defender sus intereses de la manera más conveniente.
Muchas gracias,
Saludos.
ayer me multaron por falta de luz trasera pero en la boleta pusieron un veicul doferente al mio, mi auto es sonic 2012 y dice jeep cheroke 1995 solo el numero de placas esta bien pero dice q tengo otra infraccion cuando no es asi que piedo hacer?
Buenas tardes José Ángel,
Si bien, el vehículo estaría identificado por medio de las matrícula, si se podría alegar el hecho de que hay un error en el modelo del vehículo. No obstante a la vista de lo que nos indica, le recomendamos que nos remita la multa en aras de indicarle los motivos de impugnación, y la viabilidad de su defensa.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me realizaron una multa por supuestamente estar en pico y placa pero al momento de mirar el pico y placa en la hora que ellos la hicieron ya no tenia pico y placa puedo hacer algo ?
Buenas tardes Johan,
Como cada país tiene sus propia señalización de restricción, deberá ajustarse a lo que le indiquen en cada caso, porque de lo contrario será sancionado. Debería consultarlo en el país donde le han puesto la multa.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas.me han multado por estar aparcada mi.moto en la acera… Pero la direccion de la infraccion no existe puedo recurrirla? Bueno la.calle si existe pero el numero de portal que han puesto no.
Estimado Javier, efectivamente el error en el número de la calle puede tratarse de un error de forma suficiente como para conseguir su anulación, por tanto le recomendamos que contacte con nosotros para que le podamos asesorar la mejor forma de recurrirla. Un saludo
A ni novio le han puesto una multa por no llevar la mascarilla y pone que iba por una vía pública, al aire libre o en un sitio cerrado con acceso al público cuando yo iba con él e íbamos dentro del coche y cuando salimos porque nos lo pidieron los agentes salimos sin ella puesta pero acto seguido nos la pusimos. Él y yo somos convivientes
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Esta mañana me han puesto una multa por superar el tiempo de estacionamiento en zona azul y en la multa an puesto mal la matrícula de mi vehículo es legal esa multa. Muchas gracias
Estimado José Carlos,
La multa se puede recurrir ya que los datos no se corresponden con los de su vehículo. No obstante, recomendamos esperar a la notificación en su domicilio para valorar la viabilidad. La multa que le han dejado en el parabrisas no implica el inicio del procedimiento, al no habérsele entregado en mano. Una vez que la reciba, puede enviarla a nuestro departamento jurídico y le asesoraremos sobre la misma.
Un saludo
Le hicieron una multa a mi hijo y escribieron mal el nombre y el apellido. Sirve para impugnar?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes : me han puesto una multa en otra población distinta a la mía y me a llegado la denuncia que la recogió mi madre al correo certificado y no coincide mi nombre pero si apellidos y también falta lla letra del DNI y el plazo de pago ya está vencido
Que puedo hacer muchas gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
L’ós mossos me han puestos una multa por alcolemia, però lo que han redactado,no pone con que aparató lo han hecho,sé puede recurrir
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
A mi me paso pusieron moto color negro era azul marino , alege confusión con otra moto y me la aceptaron .
Eso si lo hice en cuanto me llegó la multa a casa y no había foto ..
Si hay fotos mal asunto
Buenas me han multado por estar parado encima de la acera pero en la multa ponen otra calle distinta a la de donde estaba el vehículo puedo recurrir?
Estimado Juan Carlos,
La multa que usted nos comenta es perfectamente recurrible, ya que es la Administración la que debe probar que el vehículo se encontraba en la calle mencionada en el boletín de multa.
Puede ponerse en contacto con nosotros y remitirnos la multa en cuestión para poder analizarla e indicarle así todas las posibles opciones de las que usted dispondría.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola. Me colocaron una multa, y tiene colocado mal la fecha. Se equivocaron de mes. Se puede recurrir?
Buenas tardes Gabriel,
Uno de los requisitos que exige el Texto Refundido de la Ley de Seguridad Vial en su artículo 87.2, para que la denuncia sea válida y eficaz, es que en la misma se contenga la fecha y hora correcta de la comisión de la supuesta infracción. Por tanto, si existe un error en la fecha, podría considerarse el boletín de denuncia inválido. No obstante, la Administración puede corregir el error y reiterar, volver a notificar, la denuncia con el dato de la fecha corregido. Eso sí, es indispensable que la corrección y la notificación se haga dentro de los plazos de prescripción que le concede la Ley de Seguridad Vial a la Administración para volver a notificar.
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para ampliar la información.
Saludos
Buenas, me han multado por rebasar un poquito la linea de zona de carva y descarga, y en el boleto de denuncia estaba en el parabrisas pero vacio no ponía nada
Buenos días, Laura:
En relación a consulta, informarle que tiene que esperar a que le llegue la denuncia a su domicilio.
Una vez que la reciba le animamos a que nos la remita al departamento jurídico para que podamos asesorarle de la mejor forma sobre las posibilidades de recurso.
Saludos.
Buenas me pusieron dos multas, una por saltarme una senyal de obligación pero hay dos números mal en el DNI y la otra por la ITV pasada, pero el lugar de los hechos indica calle y número pero sin la localidad.
Además de algún error más, pero creo que los dos mencionados son bastante graves…..
Buenas tardes Abraham,
Examinando el caso que nos plantea , deberíamos ver esas notificaciones con más detalle para darle una información correcta y estudiar la posibilidad de recurso, puesto que si la Administración no ha indicado de forma correcta esos datos podríamos presentar alegaciones, pero no obstante, antes de realizar cualquier gestión, necesitamos ver las notificaciones recibidas. No dude en contactar con nosotros para informarle con detalle.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me multaron y puse mal la dirección de mi casa que puedo hacer para consultar el estado de la multa?
Buenos días,
En primer lugar, le recomiendo que proceda a efectuar el cambio de dirección postal, puesto que ésta se utiliza a efectos de envío de comunicaciones y notificaciones. Dicho cambio puede realizarse llamando al 060 o bien a través de Internet. Le adjunto un enlace de la Dirección General de Tráfico en el cual se indican los pasos que debe seguir: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/cambio-domicilio/
En cuanto a la consulta de su multa, puede ponerse en contacto con el Organismo que emitió la misma, facilitando sus datos personales.
Asimismo, le animo a que nos remita la multa para poder así ayudarle en la gestión.
Muchas gracias.
Un saludo
Me ha parado la guardia civil y me multaron pro pusieron mal la provincia de donde soy, vale la pena q recurra?
Buenos días,
El error que nos comenta en cuento a la provincia podría ser un motivo de alegación por defecto de forma, sin embargo, existen muchos más motivos por los que se pueden recurrir las multas. Por ello, le recomendamos que nos la envíe para así poder estudiar la viabilidad del recurso.
Un Saludo.
hola buenas me echaron una multa por dejar frente mi piso en doble fila con los cuatro intermitentes, cuando fui a meter coche al garaje comunitario no arrancaba por la batería y lo tuve que dejar toda la mañana hasta que compre batería y al ir a ponerla sobre la 13h medio día tenía una multa que en dicha multa pone el importe de 90€ si es pronto pago serían 45€ y no coincide el modelo del vehículo mio ni la fecha de dicha multa papel amarillo dejaron fecha el 25/03/2023 . la q hoy me entregaron fecha infracción el 25/04/2023 por lo cual llame a policía local comunicándoles que el coche estaba aparcado hay porque no podía moverle por avería con lo cual el agente que puso multa dijo que le daba igual que esa no me la quitaba que si les uviera llamado informando de que dejaba coche así por avería sería otra cosa que no me la quitaba.
podría recurrirla y no pagarla?
Estimado José Ramón,
En el caso que nos comenta, podemos presentar un escrito de alegaciones solicitando las pruebas para la defensa de la multa, alegando, además, la cuestión que plantea sobre la avería del vehículo.
Le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las opciones de defensa más acorde a su caso.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas . Gracias por la información y el accesoramiento.
Cual medio uso para ponerme en contacto con su departamento Jurídico?
Gabriel, si lo deseas puedes dejarnos un número de teléfono (no lo publicaremos) y le pedimos a una persona del equipo que se ponga en contacto telefónico contigo.
Un saludo
Hola me sacaron un parte por estar mal estacionado pero en el papel que dejaron en el parabrisas, aparecían los datos de otro vehículo de un modelo diferente al mío, la patente estaba bien pero el modelo del auto no corresponde ni la marca.
Buenos días, el boletín de denuncia se trata simplemente de un aviso, ha de esperar a recibir la notificación de denuncia. Una vez reciba esta cuenta con 20 días naturales para formular alegaciones, le recomendamos nos envíe la sanción a fin de interponer las mismas. Saludos
Hola buenas, me han multado en un mirador por estar en doble fila, y cuando llego la policía lo primero que hice fue quitar el coche de ahi (ya que estaba al lado del coche y ellos me vieron perfectamente montarme en él) y en la multa me pone que no se pudo entregar en mano cuando perfectamente me podrían haber puesto las luces/sirenas y haberme parado…. y ahora me ha llegado… podría recurrirla?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola , me han puesto una denuncia de un giro prohibido y han puesto a las calles alreves y segun notifical las calles que han especificado en la multa el giro si seria legal , Es posible recurrirla?
Buenas tardes Manuel,
En el caso de sanciones de este tipo, de apreciación subjetiva del agente, lo mas importante es que conste un informe de ratificación del agente para poder vencer tu presunción de inocencia. Respecto a los fallos en el boletín que nos comentas, se podría alegar también aunque puede ser un defecto subsanable por parte de la administración.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, me han puesto una pequeña multa por estacionarme en un lugar prohibido, pero escribieron mal los datos de vehículo, hay alguna forma de que proceda la anulación?
Buenas tardes Alondra,
Si le dejaron el aviso de denuncia en el parabrisas ha de llegarle la sanción al domicilio, por lo que, en caso de que anotaran de manera errónea los datos del vehículo en el boletín, es posible que no le llegue la sanción. Por otro lado, si le notificaron en mano, la sanción está a su nombre por lo que es conveniente que presente alegaciones. No dude en remitirnos la notificación a fin de asesorarle y defender sus intereses.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola me han puesto una multa por no aver hecho correctamente el stop lo hice como un ceda el paso al redactar la multa pusieron otra calle en la cual no hay ningún stop en toda la calle seria nula la multa
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han multado por dar positivo en alcohol, pero en la multa ni la matricula ni el modelo del coche coinciden,puedo recurrir?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola me denunciaron por no llevar seguro ( un error de devolución) , el agente se equivocó en los números de la matrícula y el las letras , puedo recurirla
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes.
Hace poco me pusieron una multa por no respetar la luz roja de un semáforo. En la sanción que fue entregada a mano, el agente se equivocó de artículo (en vez del art. 164 del Reglamento General de Circulación anotó el art. 143).
¿Puede ello suponer un motivo para invalidar el acto?
Muchas gracias.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me pusieron una multa mientra una en la moto
Pero el Oficial colocó en el
Tipo de carnet B
Y están los datos de la moto que
Debió poner carnet A
Puedo recurrir a esa?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
L’ós mossos me han puestos una multa por alcolemia, però lo que han redactado,no pone con que aparató lo han hecho,sé puede recurrir
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, Me multaron en Bilao a por cruzar una luz en rojo a las 3 de mañana. La multa me llegó un mes después y escribieron mal mi NIE y mi nombre ¿Debería pagarla? Aunque la dirección es correcta.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han puesto una multa en Santa Eugenia Mallorca. Toqué con la parte trasera una linea amarilla. La cuestión es que el policía redactó la multa y puso otra dirección y el problema es que la pagué… y un mes después me doy cuenta que tal vez la podría haber recurrido por este motivo, puedo pedir que me devuelvan lo pagado?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola mi perro se me escapó y se metió en un parque infantil donde está prohibido perros y al ir a por el me han cogido mis datos y no llevaba DNI… Me han dicho q van a informar y procede me denunciará… Pueden hacerlo sin mi DNI? Me han cogido nombre y DNI
Estimado Iván,
Si los hechos son constitutivos de infracción, el hecho de que no llevaras el DNI no te exime de la multa y pueden hacerte llegar la sanción al domicilio facilitado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han puesto una denuncia por conducir el coche de mi padre que falleció y no hemos transferido a otra persona y le explique que hasta que no nos llegará toda la documentación necesaria no era posible y aun así la puso.y encima me puso mal el apellido, en vez de carbajo puso carbajo.es recurrible?
Buenos días José Ignacio,
Desde el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo el coche, dispone de 90 días desde la defunción, para notificarlo a la Jefatura de Tráfico. En el caso de resultar ser el heredero del vehículo, hay un plazo de otros 90 días desde la emisión del documento que le acredite como heredero, para solicitar el cambio del permiso de circulación. Si no realiza estas gestiones en el plazo concedido al respecto, pueden sancionarlo.
Respecto al error en su apellido, no se considera defecto de forma, sino que es un error subsanable y no es motivo suficiente para anular una multa.
Muchas gracias,
Saludos cordiales.
Ayer me multaron por tenencia de estupefacientes. A la hora de apuntar los datos el número dni está erróneo pero los demás datos están correctos y no me notificaron nada en el momento. Habría forma de librarse de la multa?
Buenos días Cecilio,
En relación a la consulta que nos plantea, indicarle que deberá esperar a que le notifiquen la denuncia para presentar alegaciones y ver el error en el que ha incurrido la Administración. Por ello, si lo desea, cuando reciba la denuncia, nos la remite y estudiamos su caso concreto.Para cualquier consulta, no dude ponerse en contacto con nosotros.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas tardes hace 2días el día 29 de enero ,me pusieron una sanción de 4 puntos y 500e por llegar a dar 0’40mg en aire espirado ,al yo tener 10 años de carnet la multa no llega a los 6 puntos y 1000e ,pero horas más tarde en casa me di cuenta que hará unos 3 años tuve una pérdida de vigencia y después de recuperarlo me quitaron otros 3 puntos por circular sin cinturón con lo cual sigo siendo conductor novel y en este caso si pasa de 0’30 en aire espirado me tendrían que haber quitado 6puntos y 1000€ lo que he hecho a sido pagar ya los 250€ Que es la reducción de los 500 que me pidieron ,porque me dijeron los agentes que desde el momento que me notificaron tenía 20 días para pagarla y mi pregunta es, es posible que una vez que yo ya he pagado la sanción interpuesta por los agentes ahora tráfico haga una modificación y me vuelvan a hacer pagar y ha quitarme 6 puntos en vez de 4? Si es así perdería el carnet de conducir.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola! Me ha llegado una multa con un importe de 200€ por estacionar el coche en doble fila en una calle de única dirección, pero con la amplitud suficiente para que pasen más vehículos…pero sobretodo es que la foto de mi coche que aparece en la denuncia no coincide con la calle indicada en la notificación.
Mis dudas son: se puede reclamar o solicitar la nulidad de la denuncia?
Y por otro lado… existe diferencia de la cuantía de la sanción si la vía sobre la que se pone la sanción es diferente?
Buenas tardes Javier,
En efecto el defecto que indica es de gran relevancia para solicitar la nulidad del expediente. Le recomendamos que nos remita su multa para poder valorarla oportunamente junto las pruebas que le remite la Administración. Respecto a los estacionamientos pueden tener consideración de leves y estar sancionados con multa de hasta 100 euros, o de grave con sanción de 200 (como es su caso). La diferencia radica en que consideren que el estacionamiento se ha realizado en lugar que obstaculice especialmente el paso de otros usuarios, lugares de escasa viabilidad etc.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me pusieron una multa por saltarme un semaforo en rojo como viandante!
Falso! Me pararon por otra razon nada que ver, solo me identifico y me dejao marchar. Es legal eso? Se puede recurrir?
Buenas tardes Esteban,
En relación a su consulta, informarle que si por mal redactada se entienden defectos puramente formales que puedan ser objeto de subsanación posterior, como por ejemplo un error numérico, estos no adolecen de falta de legalidad como tales. Sin embargo, si la mala redacción afecta al hecho de denunciado y lo hace incomprensible o de contenido imposible, como parece ser su caso, habría que considerar que la sanción se encuentra viciada de la nulidad del artículo 47 Ley 39/2015, por tratarse de un acto dictado prescindiendo del procedimiento establecido al efecto. Por ello le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para poder hacerle una mejor valoración e informarle sobre las posibilidades.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola me han puesto una multa pero un letra de la matrícula no coincide tengo 20 dias para pagarla con descuento pero no estoy seguro de pagarla por que la matrícula no coincide y despues tengo miedo que haya problemas si necesito justificar el pago es posible que esa multa no sea válida y puedo recurrirla , saludos
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes, hace dos meses me hicieron un drogotest en Alicante la guardia civil donde di positivo en thc. Hoy me ha llegado la multa con un error en el nombre. Si recurro la multa alegando error en la forms puede salir adelante el recurso. Y dígame, por favor, si puedo alegar algún recurso más.
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola buenas man hecho una prueba de alcoholemia enaire y en la denuncia pone que es en sangre se han equivocado es legal puedo recurrir
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
hola me han puesto una multa i pone la carretera ,pero no el pueblo i punto kilométrico .puedo recurrirla.gracias
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola
me han denunciado por conducir bajo los efectos del alcohol. Me lleve la denuncia a casa y al dia siguiente al leerle , en el hecho denunciable, esto es lo que pone :
«circular con una de alcohol en aire espirado superior a 0,25mg /l que es la reglamentariamente establecida.»
Evidentemente falta la palabra tasa, y estoy pensando en recurrirla por defecto de forma.. podria llegar a prosperar el recuros?
gracias
Se trata de un error material, de hecho o aritmético, puesto que es aquel cuya corrección no implica un juicio valorativo ni exige operaciones de calificación jurídica, por lo tanto, ese error u omisión, por si mismo, no implica nulidad de la notificacion, sin embargo, debemos de valorar si el boletín de denuncia entregado en mano reúne todos los requisitos establecidos en el art. 74 de la Ley de Seguridad Vial para considerarlo como acto de iniciación del procedimiento sancionador. Gustosamente le atenderemos .
Hola. Le han puesto a mi hijo una multa en un control de alcoholemia, solamente le han efectuado la de drogas dando positivo. Olvidandose los agentes de efectuarle la prueba de alcohol.
En el recibo de la multa no sale que le han efectuado el test de alcohol, pero si el test de drogas.
Es recurrible?
Un saludo cordial..!
Buenos días, Antonio:
Cuando los agentes de la autoridad ordenan la detención de un vehículo pueden llevar a cabo dos tipos de controles: por un lado, el control de alcoholemia y, por otro lado, el control de drogas. La metodología de cada uno de ellos es diferente. En cuanto al control de alcoholemia, es necesario soplar a través del alcoholímetro, mientras que en el control de drogas, los agentes toman una muestra de saliva. Ambos controles pueden llevarse a cabo tanto conjuntamente como de manera individual, sin necesidad de que se tengan que realizar ambos a la vez.
Para mayor información, no dude en enviarnos la multa de la que nos habla.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola me pusieron una multa con patinete y en la denuncia me ha llegado con mi dni. Pero con el nombre de mi hermano puedo recurrir?
Buenos días Marcos,
Por lo que comentas parece un error del Organismo por un cruce de datos. Te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro Departamento Jurídico para la presentación de alegaciones. Habría que poner de manifiesto el error en los datos de la persona a la que se dirige a denuncia. Igualmente, las denuncias por circular con patinete son recurribles ya que la Administración está obligada a acreditar la infracción aportando pruebas, pruebas que se solicitarían en el escrito de alegaciones que presentaríamos.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me acaban de poner una multa de tráfico por manipular el movil aunque no estaba hablando por teléfono, al entregarme la multa no me han dicho si queria firmarla o no,a parte de eso no me han dado la opción de abonarla al momento. Además al llegar a casa la he revisado y el agente ha puesto que he cometido la infracción RGC 18-2,es decir conducir usando cascos o auriculares,pero luego ha redactado que ha sido por manipular el telefono movil¿,podria recurrirla al haberse confundido el agente en la infracción?
Estimado lector,
Con relación a su consulta sobre uso de móvil, debo indicarle que, en principio, el firmarla o no es intrascendente, por otro lado el pago bonificado de las denuncias en la actualidad se efectúa siguiendo la forma que establece el propio texto de la denuncia que le han entregado. La descripción del hecho es la que se recoge en el artículo, ya que éste alude de un lado a los cascos y auriculares y después contempla expresamente la prohibición del uso de dispositivos de telefonía móvil.
En todo caso, considerando la gravedad de la denuncia, que conlleva puntos, lo más razonable es que entregue Vd la gestión del expediente a un experto en la materia a fin de evaluar la presentación del alegaciones.
Saludos.
Hola me han puesto una multa por llevar las luces bajas apagadas en pleno dia. Lo cierto es que al momento de inclinarme para un costado las apague y el inspector no me escucho. Ahora veo el importe y es muy alto son casi 5 mil pesos. Soy estudiante y no tengo trabajo. Como puedo hacer para que me bajen el monto o dejarla sin efecto.
Estimada María Paz,
Con relación a su consulta comentarle que deberíamos de ver exactamente en qué parte le pusieron la multa y analizar la misma. Tendría la posibilidad de abonarla con descuento dentro de los primeros 20 días desde la fecha de notificación. Al abonarse con descuento no se podría interponer ningún tipo de alegaciones/recurso. Para poderle asesorar de forma mas detallada, por favor, remítanos la multa.
Un Saludo.
Buenas, me han puesto una multa por tener la vía pública sucia, se trata de una asociación.En la multa han puesto el nombre de la asociación y han adjuntado una foto poc aclaradora, el temas es que en la dirección que han puesto no concuerda con la nuestra ,pero la foto si. Habría manera de recurrirla??
Hola, Javi:
Esta sanción no es de tráfico, por lo que desde Multayuda no podemos ayudarte. No obstante, contamos con un despacho de abogados que seguro que podrían ayudarte. Si nos dejas un número de teléfono (no lo publicaremos) les pedimos que te llamen y te informen.
Saludos
Buenas,se me averio el coche,lo deje en doble fila.Llego la policia y me miro la matrícula,no tenia seguro. Total,k me echaron multa y avisaron a la grúa para retirar el coche,pero los policías me dejaron sola durante 10 min. Llegaron otra vez y me dijeron,nos vamos y usted ya espera a la grúa.Solo me dieron la multa por no llevar seguro. cuando llega la grua,no se podia llevar el coche sin estar delante los policías,tuvieron k llamar a otros,cuando llegaron pues ya se llevaron el coche,y estos me dijeron k si tenía todos los papeles,les dije k tenia la multa. estos me dijeron k si no tenia el acta para poder recoger el coche,les dije k no,k no me dieron nada mas .Total,k estos segundos tuveiron k llamar a otros para traer el acta para ser rellenada,y ya despues de 2h y medias,los segundos rellenaron el acta y me lo dieron para k se pudieran llevar el coche y yna copia para yo poder recoger el coche del depósito pero antes pasando por comisaria. Eato es legal o puedo recurrir k no hicieron bien su trabajo y me ha costado 750€ poder sacar el coche del dwposito? gracias
Estimada Patricia,
Aunque en principio no tener asegurado el vehículo conlleva una sanción, habría que examinar la documentación y ver si se han producido irregularidades en el procedimiento. Puede ponerse en contacto con nuestro departamento de atención al cliente para que podamos facilitarle un asesoramiento personalizado.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han puesto una multa por no ver a un peatón que venia corriendo y cruzó un paso de peatones entre dos coches. Mi nombre está bien pero ni el vehículo, ni la matrícula coincide. ¿Puedo recurrirla?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola. Me pusieron una multa por supuestamente saltarme un ceda cosa, que ya lo había pasado y a mi derecha no había nadie y apareció una agente motorizado y dice en la denuncia que no le cedi el pasa al agente número “tal ” pague la denuncia. Pero al leerla la matrícula esta incompleta, solo tiene los números, faltan las letras, podría recurrir y cómo lo hago?
Gracias un saludo
Buenos días, Violeta:
En este caso, al haber efectuado el pago de la sanción, ha perdido el derecho a recurrirla, pero para las próximas ocasiones, le recomiendo que nos remita la sanción para que desde el departamento jurídico realicemos una valoración e indicarle si es preferible interponer recurso contra la misma o que efectúe el pago con el descuento.
Gracias,
Un saludo
Buenas, habiendo realizado una parada, para recoger a un familiar, en la esquina de una parada de bus, de apenas unos minutos y sin yo salir del vehiculo, ha llegado la policia y me ha multado por estacionar. Les he comentado que no habia estacionado, si me daban el aviso y podia marchar, porque yo seguia dentro del coche y podia moverme, pero han redactado que yo habia estacionado, cosa que no es cierta. Deberia recurrir y en caso afirmativo, presentar alguna informacion adicional?
Gracias por echar una mano, un saludo
Buenos días Jota,
Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para valorar las opciones. En caso de que el agente le haya notificado en el acto el boletín de denuncia, dispone de 20 días para presentar alegaciones o para abonar la denuncia con descuento. En su caso, en caso de que quiera recurrir, le recomendamos negar los hechos, ya que en una parada de autobús está prohibida la parada, y solicitar pruebas a la Administración que acrediten el hecho denunciado (informe de los agentes, fotografías… entre otras).
Muchas gracias,
Un Saludo.
Ola ami me aplican una multa y no me entregan la citacion todo fue porque el policia dijo que me iba a multar por estar en un lugar que no podia circular el cual no era asi to le dije que me explique cual era la multa y no me dijo nada solo que me iba a multar el cual procede a darme los documentos y no me entrega citacion despues de un tiempo veo una multa por estar en lugares no permitidos la multa esta en el sistema mi pregunta es valido eso como podria aser
Estimado Byron, entiendo que nos indica que la sanción no se la entregaron en mano en el momento de la “sanción”, y ahora se la han notificado. Si es así, indicarle que esto es posible que ocurra y lo recurrible sería la sanción en sí, es decir, sobre lo que trata, pero la forma es correcta. Muchas gracias y un saludo.
Hola buenas tardes tengo un problema se llevaron la moto al corralon por que en lugar de la número de serie del chasis aparece el número de motor ya hice la aclaración en la fiscalia llevando la factura original y no me la quieren dar por q en repuve aparece otro modelo de la moto pero esa información la subió la agencia
Buenos días, Ulises:
Lamentablemente, con los datos que nos ofrece no podemos prestarle el asesoramiento adecuado. Le invitamos a enviarnos la sanción a info@pyramidconsulting.es especificando que ha hablado con nosotros a través de la web, y le darán la información necesaria.
Un saludo
Me pusieron una multa por pasarme un alto en donde no hay alto,se podria hacer algo?
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Olaa mi casoo es que han redactado mal.el.motivo de la multaa han puesto:circular con.un.vehiculo de tener concertado el seguro obligatorio,cuando su conduccion requiere permiso de la clase «b». lo que esta mal es el «de» se podria recurrir?
Es recurrible si bien nos encontramos ante un defecto formal y subsanable, siendo en todo caso la acreditación de que se tenía el seguro en vigor lo que realmente debe figurar en el escrito.
hola,el otro día me multarón por exceso de velocidad,al redactarla el agente se equivoco en la fecha,25/06/06.Puedo recurrirla?
Cualquier defecto de forma que presente un boletín de denuncia o en cualquier otro tipo de notificación es por supuesto susceptible de recurso y debe alegarse, al margen de otras posibles alegaciones relacionadas con la presunta infracción cometida. Si además se trata de defectos de forma esenciales de especial relevancia (como la fecha de la infracción) las probabilidades de que se archive el expediente y por tanto anulen la multa son elevadas. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los interesados. Es posible que se le notifique la denuncia en su domicilio con la fecha correcta ya que puede la administración considerarlo un error o defecto subsanable, pero en principio se debería archivar el procedimiento sancionador incoado.
Hola buenas noches , me labraron un acta por conducir sin el carnet de conducir , pero me labraron mal el acta me pusieron fecha de 2010 , siendo que hoy es 18 de mayo de 2019, la puedo recurrir o que puedo hacer ?
Estimada María Laura,
Todas las multas en principio pueden ser recurridas, en este caso que nos indica la fecha es un defecto subsanable por parte de la administración. Le recomiendo que se ponga en contacto con el departamento jurídico para que podamos estudiar toda la documentación y asesorarle más concretamente.
Un saludo
Hola, pues a mi me multaron la noche de san juan, por pasar un semáforo en verde, al cruzarlo unos agentes me detubieron,diciendo que cuando yo pasaba en el ciclomotor el semáforo esta en verde para ellos, sanción 200 euros y 4 puntos, llegue a casa y mi multa fue a las 00:10 de la noche del2e que eso es 24 horas de la multa, me fije que mi dirección de casa no es correcta, también en mi numeró de D.N.I. falta la letra, además no firmo el policía testigo, en mi fecha de nacimiento, nací en los 80 y puso que nací en el 2003, no se que puedo hacer con esto ayuda por favor. Gracias
Cuando nos entregan un boletín de denuncia en mano hemos de verificar en todo caso y en primer lugar si dicho boletín de denuncia cumple los requisitos estipulados en el art. 74.2 de la Ley de Seguridad vial, entre los que efectivamente están los que usted apunta: la identidad del denunciado, el nº de identificación profesional del agente denunciante, hecho denunciado, fecha, hora y lugar y en segundo lugar, los requisitos del art. 74.3 para las denuncias notificadas en el acto, por lo cual y según los defectos que usted apunta, le recomendamos fehacientemente presentar en todo caso, en el plazo de 20 días naturales desde la fecha de la denuncia, alegaciones, pidiendo además del informe de ratificación del agente, la fotografía de la presunta infracción. Además, debe saber usted, que dichas alegaciones son excluyentes al pago bonificado de la sanción, es decir, en este momento ha de optar entre el pago bonificado al 50% o la via del recurso.
Esperamos haber despejado sus dudas al respecto. No dude en contactar con nosotros para encomendarnos su gestión.
A mi hijo le han entregado un acta de denuncia por portar hachís para propio consumo. Facilito su DNI que no consta en el acta de denuncia, pero si constan nombre y apellidos y el lugar. Es válida esta denuncia firmada por el, en la que no consta su DNI? La sanción esta interpuesta por la guardia urbana de Barcelona.
Atentamente,
Laura
A mi pareja le han multado según el artículo 3.1 de la rgc con una sanción de 200€ y 6 puntos del carnet y en la descripción indican conducción negligente por coger cosas del asiento e invadir el arcén y el carril contrario en una carretera de 50km/h.
Según el rgc si la sanción es por conducción negligente la multa es de 200€ sin ningún tipo de sanción de puntos. Se podría recurrir?
Buenos días, Marta:
En relación a su consulta, indicarte que por la pérdida de puntos que nos comenta le habrán sancionado por conducir de forma de temeraria puesto que como bien indica si fuera por conducción negligente sería sin la retirada de puntos. Por todo ello le instamos a que nos envíe la sanción para que el Departamento Jurídico pueda valorar el posible recurso a presentar dentro de los 20 días desde que recibió la notificación.
Si lo desea, puede dejarnos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para indicarle cómo proceder.
Un saludo.
Buenas! A mi me han multado por exceso de velocidad en un radar movil, infraccion grave. El n° de antena de la foto pone 61010 y en ingraccion arrina pone 6110. Ademas en la foto no se aprecia la matricula. Se puede recurrir no? Gracias
Hola Julen,
En efecto, su denuncia es plenamente recurrible. La prueba de imagen es esencial en este tipo de denuncias y si la matrícula no se aprecia bien (unido a otras irregularidades) es elemento determinante para solicitar la nulidad de la sanción.
Si quiere, puede dejarnos un teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para indicarle cómo debe empezar el trámite.
Un saludo
Buenas tardes;
Me ha llegado una carta de la agencia tributaria , de la siubdireccion general de recaudación en la que me piden 55€ por recogida en la vía pública , creo que fue porque recogieron a mi gato que se calló y no tenía chip, yo ahí no estaba y mi compañero de piso dio mis datos pero los dio mal y en la notificación pone que mi dni es el mismo pero con otra letra , puedo librarme de ese pago ? Realmente yo no soy esa persona porque ese no es mi dni y a mi no me notificaron en persona porque no estaba
Estimado amigo,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar.
Si tiene problemas o dudas con sus multas, le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hace unos dias en un control de la guardia civil fui sancionado por “Circular con el vehiculo cuyos neumaticos no presentan dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento”. Le hice ver al agente por activa y por pasiva – inclusive mostrandole la factura de haber pasado unha revision general al coche hacia unos dias y que el taller me habia recomendado darle uso a los neumaticos hasta la entrada del invierno – No hubo manera el agente mantuvo que era un hecho sancionable y asi hizo el boletin,sancionandome por un solo neumatico. El tema es que el boletin carece de fecha y hora de la denuncia y que yo me negue a firmar el boletin (aunque si esta firmado por el agente redactor u otro agente testigo). Es recurrible esta notificacion ??. QUe deberia hacer Gracias
Efectivamente, el hecho de circular con el vehículo cuyos neumáticos no presentan dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento está sancionado por el Reglamento General de Circulación, si bien, como es sabido, todos los hechos denunciados han de quedar total y absolutamente acreditados y, por ello, desde luego la opción más acertada, en el caso que expones, es el recurso de la sanción ya que posees documentación que acredita que el neumático estaba en buen estado de uso y, será el Agente denunciante, quién en este caso, tendrá que demostrar lo contrario puesto que puedes presentar prueba que contradice el boletín de denuncia.
Asimismo, tal y como comentas, es claro que se vulnera la Ley de Seguridad Vial (art. 74.2.c) ya que el boletín de la denuncia no contiene fecha y hora, datos que son obligatorios en toda denuncia puesto que sino ésta sería anulable.
me ha venido una multa a casa y la dirección viene mal escrita…la puedo recurrir?
Estimado usuario:
Si la multa adolece de algún vicio se puede recurrir. En este caso que la dirección no esté correctamente indicada no ha sido obstáculo para que la recoja porque le ha sido entregada y en la medida que la ha podido recoger no ha habido una defectuosa notificación.
En cambio si a consecuencia de ese error se entregue en otra casa y allí usted diera desconocida sí se podría recurrir. No obstante quizá respecto a ese motivo no sea un vicio invalidante pero a la vista del documento podríamos encontrar otros matices objeto de impugnación o que pudieran darse a lo largo del procedimiento bien por defectuosa notificación o no cumplir los plazos establecidos.
Un saludo
Hola, en mi caso nunca me ha llegado notificacion de la multa porque la gente de trafico ha escrito mal el codigo postal y me he dado cuenta porque quiero vender el coche.
He recurrido pero dicen que tengo que pagar de todas formas . como tengo que hacerlo?
Buenos dias mi nombre es felipe arancibia, mi consulta es la siguiente: a mi pareja la multaron por no haber obtenido su licencia de conducir, pero el parte dice solo lo siguiente: conducir vehiculo motorizado sin haber obtenido. Eso dice nomas no pusieron sin haber obtenido su licencia de conducir. En el parte en si en ningun momento dice que no tiene licencia sino que dice solo sin haber obtenido. Nada mas. Es legal que el juez suponga que es sin haber obtenido licencia de conducir?
Buenos días Felipe,
Entiendo que le entregaron el boletín de denuncia en mano y ahí es donde el agente omite completar el hecho denunciado. No obstante le comento que se trata de un defecto subsanable por la Administración y que seguramente en la siguiente notificación que reciban conste el hecho completo. A pesar de ello le recomiendo que nos remita la multa para que podamos asesorarle de forma más concreta.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas. Me multaron en marzo y ahora me llega la multa, en la cual indica que un agente me multa en una calle a las 4:10 de la mañana; un agente regulando el tráfico en el fútbol. Como comprenderán a esas horas no hay fútbol, podría reclamarla?
Gracias.
Según el art. 74 de la actual y vigente Ley de Seguridad Vial, en las denuncias por hechos de la circulación deberá constar en todo caso la identificación del vehículo con el que se hubiera cometido la presunta infracción, la identidad del denunciado si fuese conocida, una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo , fecha y hora, y nombre y domicilio del denunciante que si fuese un agente de la autoridad, podrá sustituirse por su número de identificación profesional. Es por tanto, un requisito esencial la HORA de la presunta infracción, y si no le entregaron el boletín de denuncia en mano el día de la comisión de la presunta infracción, el agente deberá reseñar cual de los motivos del art. 76 le habilita para no haber notificado la denuncia en mano.
Por supuesto le recomendamos presentar alegaciones poniendo de manifiesto el garrafal error cometido en la tramitación del expediente sancionador.
Hola , el otro dia fui a dejar el nene a la guarderia y al salir me encontre una multa por estacionar en paso de peatones , cuando yo lo estacione detras del paso de peatones , digo yo que el gracioso que salio de aparcar ni se preocupo que al empujar mi coche lo dejaba en el paso de peatones , bueno al leer la multa esta todo bien menos el color , mi color es negro y en la multa pone que es color AZUL , tengo alguna posibilidad de recurrirla ?
Gracias y un saludo .
Según el art. 74 de la Ley de Seguridad Vial, en las denuncias por hechos de circulación, deberá constar, en todo caso , entre otros conceptos “ a) la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción” y dicha identificación consta de tres apartados : marca, modelo y color : para poder identificar sin lugar a dudas el vehículo. Asimismo, le recomendamos que, si no le han entregado el boletín de denuncia en mano, espere a que se le notifique la denuncia en legal forma a su nombre y en su domicilio , puesto que le requerirán para identificar conductor, como titular registral del vehículo, y una vez identificado conductor, podrá realizar las alegaciones al fondo del asunto, que a nuestro entender pasan por solicitar las pruebas fehacientes de los hechos denunciados : fotografía de la presunta infracción e informe de ratificación del agente denunciante.
Hola buenos días, esta mañana me han multado por mal aparcamiento, y en la denuncia se han equivocado y en vez de poner mi fecha de nacimiento pusieron la fecha de caducidad de mi permiso de conducir… ¿Puedo recurrirla por estar mal formulada?, evidentemente no he nacido en el 2020..!! Muchas gracias
Indicarle que en efecto la emisión de un boletín de denuncia debe reunir una serie de requisitos FORMALES, entre los que se encuentra el dato relativo a la fecha de nacimiento.
Por ello sí se puede alegar el error cometido, si bien también advertimos que además de ser subsanable, según el art. 63.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común:
2. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los interesados.
No determinaría la anulabilidad de la sanción.
hola la policia me detuvo en mi moto pero yo ya no iba andando me llevaron a la comisaria de ahy llamaron a la vial me dio positivo 2,95 pero no me dan la boleta esa de la vial y voy a ver la ifraccion al otro dia los polica habian puesto la priemerta parte de su decalracion mal mi dni y edad pero el de la vial habia puesto bien no puedo impunarla
Buenas tardes Fer,
Del comentario de los hechos que nos describe no podemos saber exactamente el hecho denunciado, ni tan siquiera sabemos si estamos ante una sanción administrativa o penal. Por tanto, le aconsejamos contacte directamente con nosotros con el fin de poder asesorarle de forma eficaz.
Un saludo
Estimado Fer,
Cualquier defecto de forma será motivo para presentar alegaciones, a lo que habremos de sumar que en las mismas, se solicitarán toda una actividad probatoria que acredite tales hechos, como son los tickets, el certificado que acreditara el correcto funcionamiento del etilómetro, su certificado de verificación primitiva y periódica, así como los márgenes correctores que han de aplicarse al resultado.
Por ello, recomendamos nos remita su denuncia a la mayor brevedad con la finalidad de analizar los defectos que nos ha relatado, así como que se ha cumplido con las previsiones legales establecidas.
Buenos días,
Me pusieron una multa por estacionar el coche con las cuatro ruedas en la acera, en la entrada de una nave abandonada. Lo que pasa es que allí todos los vecinos han aparcado desde hace años y continúan aparcando 24h al día. Por lo que no entiendo la justicia de esta infracción, dado que debería aplicarse siempre o nunca. Y en el caso que la comiencen a aplicar, deberían informar previamente a los vecinos?
También, en la multa yo leí 100€, y cuando voy a pagar me dijeron que eran 200€, estaba mal escrito.
Tengo derecho a reclamar por el error de la multa y pagar menos?
Felicidades por la web, es de un gran uso.
En respuesta a su consulta debemos señalar que a tenor de lo establecido en el art. 94.2 e) del Reglamento General de Circulación, ”está prohibido estacionar en la acera, paseo o zona destinada al paso de peatones”. A pesar de que como usted nos indica estacionó en la acera en la entrada de una nave abandonada, (y muchos vehículos estacionan allí sin ser sancionados) no faculta para que se pueda estacionar impunemente, ya que se trata de un lugar de estacionamiento prohibido. En cuanto a la diferencia del importe entre lo indicado en el boletín y la cantidad a abonar, se entiende que ha existido un defecto de forma en el boletín de denuncia, indicando erróneamente el importe. Otra posibilidad muy probable es que el instructor del expediente (que no el denunciante) haya revalorizado el importe objeto de denuncia, entendiendo que la denuncia no estuvo correctamente tipificada acorde a la conducta descrita, y en consecuencia haya modificado al alza el importe a abonar.
Me han puesto una multa por circular por el carril bic y me tiene bastante mosca. Primero , no he circulado por el carril bici, he circulado por la divisoria, que mide casi un metro, entre el carril bici y el carril normal para adelantar 10km/h a 3 filas de coches en un semáforo en rojo y sin que circulara ninguna bici. Les he hecho saber a los agentes que no se ateñia a la verdad su denuncia porque circular por la divisoria no es circular por el carril bici a lo que «muy amablemente» me han dicho que me calle la boca si no quiero que me cosan a multas. Viendo la multa han escrito mal la calle: Cjo. de cients 296, en lugar de «concell de cent» o «consejo de ciento» en la traduccion al castellano de la calle. Tampoco han rellando el modelo de moto. Ademas añadir que ponen que no he querido firmar la multa cuando en realidad le he preguntado que diferencia había entre firmarla o no a lo que el agente no me ha respondido y me ha entregado la multa. Tengo alguna posibilidad de no pagar la multa? Es una cuestión de dignidad , no me da la gana tener que pagar una multa absurda , que no dice la verdad y encima impuesto por dos agentes que te faltan al respeto. Añadir que mientras que me multaban varias motos han hecho exactamente lo mismo y cuando se lo señalaba ni los paraban ni los multaban.
En respuesta a su consulta, Pyramid Consulting le informa que la circulación de bicicletas en la ciudad de Barcelona queda expresamente regulada en el art. 14 de la Ordenanza de Circulación de peatones y de vehículos. La circulación de bicicletas por las aceras y zonas peatonales está prohibida siempre y cuando existan las zonas habilitadas al efecto (carril bici), por lo que si no circulaba por el carril bici en ese momento (teniéndolo muy próximo), la denuncia está correctamente formulada. Además, las señales de tráfico y semáforos también le afectan, la bicicleta es un vehículo como otro cualquiera, con los mismos derechos y las mismas obligaciones que los demás. Al tratarse de otro vehículo más, también pueden sancionarse sus posibles infracciones. Las Ordenanzas de Movilidad señalan que las infracciones serán sancionadas de conformidad con lo que establece la Ley estatal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El hecho de no firmar la multa implica únicamente su disconformidad con el hecho denunciado, pero la tramitación del expediente sancionador sigue su curso. Las opciones de recurrir dicha denuncia (y que se estimen sus alegaciones) son prácticamente nulas, debido al hecho de circular por una zona no habilitada para ello, y recordándole asimismo, que el agente denunciante tiene “presunción de veracidad”.
Buenos días.
Me ha llegado la notificación de una multa en la que en la redacción del expediente de incoación se confunden poniendo una localidad distinta a donde fuerón los echos, grapado al expediente esta una copia de la multa redactada por los agentes donde si aparece bien la localidad pero se confunden en el nombre de la calle. ¿Tengo posibilidad de que el recurso sea aceptado y anulen la multa?
Gracias.
En relación a su cuestión efectivamente tiene argumentos más que sólidos para recurrir la sanción ya que se ha producido una clara y absoluta vulneración del 74.2.c) de la Ley de Seguridad Vial de 18/2009, de 23 de noviembre.
El citado artículo establece que “En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso, una descripción sucinta del hecho, con expresión del LUGAR O TRAMO, fecha y hora”. Por tanto, el hecho de que no quede determinado el lugar de la denuncia hace que esta sea nula ya que si el administrado no sabe dónde ha sido sancionado difícilmente puede defenderse y aportar los medios de prueba oportunos.
Hola iba sentado en asiento de atrás cuando me pararon y me multaron por no llevar el cinturón, cuando recibí la multa al leerla pone
«Circular con una persona de estatura igual o superior de 135 CMS. e inferior a 150 CMS., en el asiento trasero del vehículo, que no utiliza dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturón de seguridad correctamente abrochado».
Tengo 30 años y mido 189 CMS puedo recurrir la multa ya que entiendo que esta denuncia es por llevar un menor sin la silleta y yo iba sentado en la parte trasera sin cinturón.
Saludos y blog excelente.
En relación a su consulta planteada, indicarle que en función de los hechos que nos expone, el presunto hecho infringido está contemplado en el art. 117 de la RGC. En concreto y tal como nos expone, si usted iba sentado en la parte trasera del vehículo sin el cinturón abrochado siendo su estatura superior a 135 cms, sí está obligado a llevar el cinturón de seguridad abrochado, tanto por su estatura como por su edad. En consecuencia, la presunta infracción sí corresponde con el hecho denunciado en el boletín. La cuestión se centra en que el tipo o redactado del artículo es amplio, y contempla además otros supuestos como el de la sujeción de los niños en función de su estatura. En la parte final del redactado del artículo manifiesta expresamente y con claridad: “o cinturón de seguridad correctamente abrochado”. Por tanto la denuncia está correctamente formulada ya que usted no lo llevaba. Al margen de la infracción cometida, desde PYRAMID CONSULTING aconsejamos siempre a todos los usuarios el uso del cinturón de seguridad en cualquier momento.
Hola le cuento mi caso.
Ayer iva con un coche, iba sentado en el asiento trasero, detras del piloto.
La guardia civil al adelantar se fijo en que no llevaba el cinturon y nos dieron el alto.
Solo me multaron a mi por no llevar el cinturon. Yo no proteste porque era verdad y me dieron la multa en el momento por unas maquinas muy modernas que llevan.
Pero hoy al leer la multa veo que algo no cuadra.
El motivo de la misma dice lo siguiente, textualmente.
«CIRCULAR CON UNA PERSONA DE ESTATURA IGUAL O SUPERIOR A 135 CMS. E INFERIOR A 150CMS EN EL ASIENTO TRASERO DEL VEHICULO QUE NO UTILIZA DISPOSITIVO DE RETENCION HOMOLOGADO ADAPTADO A SU TALLA Y PESO, O CINTURON DE SEGURIDAD, CORRECTAMENTE ABROCHADO»
La multa esta a mi nombre y con mis datos, me gustaria saber si esta bien redactado. Si ese articulo, creo q es el 5c, habla en general para todos esos casos, o no corresponde con lo que ocurrio realmente.
Muchas gracias espero su respuesta.
En relación a su consulta planteada, indicarle que en función de los hechos que nos expone, el presunto hecho infringido está contemplado en el art. 117 de la RGC. En concreto y tal como nos expone, si usted iba sentado en la parte trasera del vehículo sin el cinturón abrochado siendo su estatura superior a 135 cms, sí está obligado a llevar el cinturón de seguridad abrochado, tanto por su estatura como por su edad. En consecuencia, la presunta infracción sí corresponde con el hecho denunciado en el boletín. La cuestión se centra en que el tipo o redactado del artículo es amplio, y contempla además otros supuestos como el de la sujeción de los niños en función de su estatura. En la parte final del redactado del artículo manifiesta expresamente y con claridad: “o cinturón de seguridad correctamente abrochado”. Por tanto la denuncia está correctamente formulada ya que usted no lo llevaba. Al margen de la infracción cometida, desde PYRAMID CONSULTING aconsejamos siempre a todos los usuarios el uso del cinturón de seguridad en cualquier momento.
Me hen multa o por ir en moto por una calle de prohibido la circulación, con importe 90€, después de 7 meses me ha llegado a casa la multa con 200€ +10% de recargo» la puedo recurrir?
Buenas tardes, Manu:
A primera vista si el importe original de la sanción es de 90 euros, la reclamación de 200 euros más IVA sólo puede ser por que se haya incoado expediente por no haber identificado al conductor, pues el recargo sobre la cantidad inicial no puede ser superior al 20%, por lo que parece ser que la denuncia inicial se ha podido transformar en una de 180 euros.
A priori todo apunta que no le han notificado debidamente, procediendo a sucesivas publicaciones en el BOE, por lo que nuestros servicios jurídicos disponen de argumentos de defensa específicos para estos casos, siendo recomendable que nos haga llegar la reclamación en apremio para poder ofrecerle una completa tramitación de su expediente.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le asesoraremos acerca de cómo proceder.
Un saludo
Hola muy buenas,
El pasado lunes iva dirección de la universidad, y el radar movil me detectó que sobrepasaba el límite de velocidad de 100Km/h, más adelante la patrulla de mossos d’esquadra me pararon para ponerme la sanción.
El caso es que despúes de pedirme la licencia de conducción, hacerme la prueba de alcoholemia y salir negativa, me dieron la sanción.
Una vez llegué a la universidad me fijé bien en la multa, y observé que se equivocaron al escribir el modelo del coche y la MATRICULA, escribierno mal la matricula, yo estaba flipando…
La cuestión, me podria decir por favor si se puede recurrir? El problema que veo és que mi DNI está bien escrito.
Muchas grácias, espero la respuesta.
En relación a su pregunta y dada la incongruencia habría que recurrir aportando la ficha técnica y permiso de circulación del vehículo donde se acreditan los datos correctos de su vehículo. Para desvirtuarlo la Administración tendrá que aportar prueba en contrario como la fotografía o informe de ratificación del agente que le paró en el acto. Por otro lado habría que valorar si se respetaron los márgenes de error del cinemómetro.
Un saludo
Hola me han puesto una multa, no he firmado, me la han entregado en mano, pero al leerla veo que la direccion es erronea, y en datos del vehiculo pone que carece de matricula, que puedo hacer??
Entre los datos esenciales de la denuncia está la identificación del vehículo, por tanto sería motivo de recurso dado que sin el número de la matrícula, el objeto de la denuncia carece de entidad.
No obstante desconocemos el tipo de vehículo sancionado, por lo que nos sabemos si obedece a un error por parte del Agente o se trata de un vehículo desprovisto de los datos habituales de identificación.
En cuanto al domicilio, constando el nombre y apellidos y DNI, el error en cuanto a la dirección no se considera esencial y es subsanable.
Buenos días,
Quería hacerles una consulta sobre una multa que he recibido. Resulta que me ha llegado a casa una Notificación de Decreto de Incoación, de una infracción del Art. 65.4 k) del Reglamento, es decir, saltarme un semáforo en rojo. Me contiene en la notificación que fue captado por medios técnicos, entiendo que por radar, pero no se aporta ni foto ni nº de radar ni nada de nada. Si bien, lo más grave es que el órgano Instructor es la Policia Local de una localidad de la region de Murcia y el lugar de la infracción, según contiene en la notificación, es de Barcelona, de un pueblo de allí. Se podría considerar un vicio o defecto y poder evitar pagarla???puedo recurrir y tener posibilidades de no perder los 4 puntos???que debería hacer????
Muchas gracias por la ayuda,
Han puesto una multa a mi marido y al leerla he visto que la marca y color del coche no son los reales, en el apartado donde debiera haber puesto su numero de carnet de conducir han puesto su DNI, se puede recurrir?
Gracias.
La multa no esta firmada ha sido por una bombilla fundida y se la dio en mano.
Estimado usuario:
En relación a su pregunta:
La multa esta acompañada de la foto captada por un radar móvil, en la que solamente puedo observar el nº de mi matricula situado en el carril izquierdo (no se ve en absoluto los imágenes del coche, esta todo muy oscuro, sale la hora 21:12) y más adelante en el carril derecho se observa la matricula de otro coche (en la que se puede ver perfectamente la primera letra y las dos cifras de la matricula). Se puede recurrir este hecho, por no observar bien si es mi coche y segundo, por salir dos matriculas en la misma foto, a pesar que la del carril derecho no se vea entera?
Respecto a la posibilidades de recurso y la fotografía se podrían solicitar una serie de pruebas como son el certificación de homologación expedida por el Servicio Nacional de Metrología y Metrotécnia. SE EXIGE POR LEY (ORDEN ITC/3123/2010,de 26 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor) DOS FOTOGRAMAS DEL VEHÍCULO INFRACTOR TOMADOS EN DIFERENTES INSTANTES, UNO MOSTRARÁ UNA VISIÓN PANORÁMICA DEL VEHÍCULO Y OTRO SU PLACA DE IDENTIFICACIÓN. En caso de que exista más de un vehículo en el fotograma, se solicita que mediante plantillas se demuestre que el exceso de velocidad corresponde a su vehículo y no al otro.
Por otro lado habrá que valorar si está debidamente descontado el margen de error del cinemómetro
Un saludo
Hola, mi caso es el siguiente.
Me han multado con la moto de 125 por una infracción puramente subjetiva. Les he dado mi DNI i se han inventado el número de casa (han puesto 13 en vez de 1) y el piso 6º en vez de 3º.
¿Puedo alegar errores de forma?
El policía no me ha dejado ni firmarla ni revisar datos.
Gracias,
En relación a su consulta informarle que efectivamente es recurrible el boletín de denuncia por los defectos formales que indica y, es más, si la siguiente notificación se la enviaran al domicilio incorrecto anotado por el agente, desde luego, se estaría vulnerando su derecho de defensa puesto que no tendría opciones de proceder contra dicha notificación en tiempo y forma y tendría que esperar a su publicación por boletín/testra con el riesgo que ello supone.
Por otro lado, no nos indica el hecho denunciado, pero es esencial saberlo puesto que al ser una sanción subjetiva como nos indica es importantísimo plantear un buen escrito de alegaciones donde se soliciten las pruebas pertinentes.
Me han multado por entrar mal en una rotonda pequeña de un aparcamiento y se han equivocado en el numero de articulo han puesto el 65.5f de reglamento general de trafico y segun me han no es ese y podria recurrirlo por defecto de forma me conviene hacerlo o pagar la mitad de la multa?
En respuesta a su consulta, manifestarle que si el boletín de denuncia entregado contiene un defecto de forma de cierta envergadura (como es en concreto el artículo infringido del RGC), la impugnación del mismo en vía administrativa tiene elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente quedaría archivado por error en la tipificación de la presunta infracción. Otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación recibida en su domicilio. No obstante, y dado el grave defecto de forma que padece el boletín, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son notables si decide impugnar.
Me multaron por dar 0,25… En la denuncia pone mal el año de mi nacimiento, es motivo para poder recurrir y que se me retire la multa? Y si en caso de que tenga que pagarla, yo que soy insolvente, si decido no hacerlo, que podria pasar?
Gracias.
En referencia la consulta que usted nos plantea, debemos manifestar que aunque el año de nacimiento esté incorrectamente indicado en el boletín de denuncia, no es un defecto de forma que puede provocar la invalidez del expediente sancionador incoado, ya que es un defecto de muy poca importancia a tener en cuenta por parte del instructor del procedimiento, y perfectamente subsanable en caso de impugnación mediante recurso. Si usted decide no pagar la sanción impuesta, (por el motivo que sea) se acabará iniciando la vía ejecutiva y en caso límite se le acabará embargando dicha cantidad en su cuenta corriente o si no dispusiera de liquidez, el importe adeudado se cobraría procediendo al embargo de algún bien de su propiedad según establece la Ley General Tributaria.
Hola muy buenas me ha llegado un acuerdo de iniciacion de procedimiento sancionador y formulacion de cargos.
El caso es que bajamos a una playa en la que habia una señal de prohibido la circulacion de vehiculos no autorizados, señal que no vimos ya que estaba tapada por un furgon, cogieron los datos del vehiculo y nada mas yo no firme nada ni presente dni ni nada solamente cogieron los datos del vehiculo.
Segun nos dijeron que era ilegal estar alli nos fuimos y al salir fue cuando nos fijamos y vimos la señal.
En el acuerdo de iniciacion el modelo de vehiculo viene mal, pone citroen Jupiter en lugar de Citroen Jumper, seria un motivo para que la multa no me legase???
Un saludo
En respuesta a su consulta planteada, debemos manifestar que en base a lo que nos plantea se ha incurrido en un defecto de forma en el inicio del expediente sancionador. El boletín de denuncia que le dejaron en su vehículo consta un error en la identificación del modelo de su vehículo, no así con la marca u otros datos claves. No obstante el error cometido por el agente a la hora de transcribir la información del vehículo, es un defecto de forma perfectamente subsanable y que no dará lugar al archivo del expediente sancionador. En consecuencia, cuando reciba la notificación en su domicilio el defecto de forma -aunque persista-, difícilmente será una causa para invalidar la denuncia incoada de inicio. Dicho defecto de forma es de mínima importancia para la calificación de la sanción, a diferencia de otras que sí invalidan el procedimiento sancionador, como el lugar y hora de la infracción, precepto infringido etc… Por tanto, con casi total seguridad se le notificará en su domicilio la denuncia con el error que nos indica en su consulta.
Me multaron anoche por beber una cerveza en la calle en Madrid, soy de otra comunidad autónoma, en la multa no han puesto el codigo postal de mi pueblo y se han equivocado en el número de mi casa, ¿se podría recurrir por esto? ¿Llegará la multa? ¿Y como puede enterarme si llega?
Hola.
Expongo mi caso. Me han multado por estacionar el coche en un carril multiuso. En la denuncia que he recibido en mi domicilio se han equivocado en la calle donde estaba estacionado el vehículo (no se trata de un error ortográfico, sino que han puesto el nombre de otra vía distinta). No acompaña a la denuncia ninguna foto. ¿Puedo recurrirla, alegando que el vehículo nunca estuvo estacionado en ese día en la calle que asegura el agente? ¿Puedo exigir/solicitar pruebas (fotos, vídeos)?
Gracias de antemano por la ayuda.
Estimado lector,
Con relación a su consulta le puedo indicar que la exactitud en el lugar en el que se comete la supuesta infracción es un elemento esencial en la denuncia y en efecto, tiene Vd. plena legitimidad para negar los hechos, y para solicitar pruebas a fin de que la Administración, acredite la presencia del vehículo en el lugar que se denuncia y la correspondiente comisión de la infracción (a tales efectos sería imprescindible como mínimo de la remisión de prueba fotográfica e informe de ratificación del denunciante).
Un atento saludo
Hola, me han multado los mossos d’escuadra por tener el carnet de conducir caducado, desde el 4-7-2012, pero al llegar a casa me he dado cuenta que en las observaciones pone que lo tengo caducado desde el 4-7-2042, puedo recurrir o pierdo el tiempo?
En relación a su consulta, informarle que efectivamente hay un error en el boletín de denuncia que deberá aclararse y modificarse por el Organismo sancionador. Además, hay que tener en cuenta que para recurrir una sanción se deben tener en cuenta tanto los aspectos materiales como formales por lo que en su caso, le recomendamos se ponga en manos de un experto en la materia.
M hiceron multa por alcoholemia y m dio positivo. Me secuestraron el vehículo. Firme todos los papeles. La patente estA mal redactada. Es lub 221 y dice lub 222. En la planilla de ingreso vehículos secuestrados igual la escribio mal y se ve como que lo quiso corregir. Colocó el 1 arriba del 2. En el acta de entrada vehiculos al deposito municipal esta bien escrita. Estos 2 ultimos papeles especifican q son en conjunto con el numero de la infracción. Es valido si esta mal la matricula?
me han multado por estar en doble fila, aunque estaba en la entrada de un garaje, y segun relata la multa sin ocupante, cosa que no es cierto, todo esto en una red básica y formulada por la policia local,es para recurrir, gracias
En relación a su pregunta en función de los datos que nos aporta se podría recurrir dada la discrepancia entre el boletín de denuncia y los hechos tal y como ocurrieron según expone. Por tanto el agente que le denunció tendrá que ratificarse en un informe, que previamente habrá que solicitase vía recurso.
De no ratificarse podrían estimarle el recurso por falta de prueba, dado que es probable que por la naturaleza de la sanción no exista fotografía. O también podría anularlo si dicho informe es incongruente o no da respuesta a lo solicitado o la motivación no es suficiente.
Asimismo podría concurrir otra serie de vicios procedimentales a la vista del boletín y del posterior proceso de notificaciones o prescripciones.
Un saludo
Muy buenas y gracias de antemano,
hace un año, aproximadamente, dejé el coche bien aparcado en una avenida (sobre las 12:00 h), pero al volver de comer (sobre las 16:30 h) nos encontramos que habían puesto cinta del ayuntamiento en toda la avenida, porque iban a hacer sobre las 19:00 h o las 20:00 h un acto en la calle. Todos los coches que allí estaban aparcados fueron retirados por la grúa. Nos tocó pagar para sacar el coche, y tuve que entregar el DNI, para que tomaran los datos y dirección.
Ahora me ha llegado multa, diciendo que me embargan el sueldo, porque no he pagado y con intereses, y me he dado cuenta que buscan a otro señor, ya que mi segundo apellido es incorrecto, además ha llegado a casa de mis padres; por lo que no me he enterado en tiempo y forma. Puedo recurrir o al menos evitar pagar los intereses que me reclaman?.
Gracias
Es evidente que según lo manifestado en su consulta, ha recibido usted una diligencia de embargo con recargos e intereses por una denuncia de tráfico que no ha abonado en el plazo señalado al efecto. Se ha iniciado ya por tanto la vía ejecutiva, al haber finalizado la vía voluntaria sin el correspondiente pago. La notificación se recibe en el domicilio que conste en el Permiso de Circulación del vehículo objeto de denuncia. Si además el segundo apellido es incorrecto, es evidente que se ha producido un error en la incoación y tramitación del expediente sancionador desde su inicio. Evidentemente, puede y debe (en nuestra opinión) recurrir la diligencia de embargo en base a la vulneración del procedimiento seguido desde su inicio mediante recurso de reposición, ya que no ha tenido posibilidad previa de recurrir, ni pagar con bonificación, ni alegar sobre el fondo de la infracción, ni alegar defectos de forma etc… Por tanto, en dicha fase actual puede recurrir perfectamente, pero sólo puede alegar defectos de forma y procedimiento, pero no de contenido relativos a la presunta infracción cometida. Dispone de 30 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación para impugnar.
Buenas tardes,
me pusieron una multa de aparcamiento en la cuál no aparecía el importe a pagar; por lo que me ha sido imposible abonarla.
hace 2 días me llego la multa por correo y ahora si indica el importe de La misma.
la pregunta es: puedo recurrirla al estar mal redactada la primera?, la que escribe el agente de su puño y letra.
han tardado un mes en enviarme por correo la multa……
saludos,
Antonio
Hola, acabo de recibir una denuncia de trafico por superar el limite por radar. La hora que pone no puede ser correcta debido a que estaba en horario laboral, puedo recurrirla?! Si que puedr ser cireto el dia pero la hora no.
Gracias
Estimada usuaria:
En relación a la cuestión que nos plantea, decirle que efectivamente puede y de hecho debe de recurrir la multa, dado que la hora de la infracción es uno de los datos necesarios que deben de cumplimentarse en la denuncia instruida. La denuncias de velocidad, además van a acompañadas de prueba fotográfica, en la que no sólo se indica el día sino también la hora de la toma, por lo que habrá que cotejar si el dato relativo a la hora de la presunta infracción cometida, coinciden en ambos documentos. Lo que si que le recomendamos es que sus alegaciones sobre el hecho de que estaba desempeñando su jornada laboral y la hora de la denuncia no puede ser correcta, se vean acompañadas de algún certificado o documento de prueba al respecto.
Un saludo.
Hola,
Me retira el coche la grúa por estar aparacado en sentido contrario al de la marcha. El caso es correcto, sólo que lo hice saliendo de mi domicilio marcha atrás dejándolo en estacionado en lugar permitido a pocos metros de la salida de la casa.
En el texto de la multa dice: «Estacionar en sentido contrario al de la marcha («accesando desde la calle x»).
El caso es que la calle x es la perpendicular y suponen que vengo de esa calle y me meto en dirección prohibida para aparcar cuando yo salgo de mi casa marcha atras en el sentido de la marcha y lo dejo aparcado. Por otra parte la palabra «accesando» no existe en la lengua española.
¿es posible recurrirla por no ser ciertos los hechos denunciados?
¿es posible recurrirla por incomprensibilidad de los hechos denunciados al utilizar palabras inexistente?
¿es posible además reclarmar los gastos abonados a la grúa?
Muchas Gracias de antemano y saludos.
En relación a la consulta que usted nos plantea, debemos manifestarle que la posibilidad de recurrir la denuncia, efectivamente existe y tiene todo el derecho a presentar alegaciones contra la misma si no está conforme con los hechos que se le imputan. Otra cuestión es la viabilidad o garantías de prosperar su petición ante el organismo, pero si no está de acuerdo con los hechos imputados, debe recurrirla alegando lo que realmente sucedió, y le aconsejamos que aporte cuantas pruebas considere, en concreto fotografías precisas del lugar, que acrediten su tesis. En cuanto a la incomprensibilidad del término empleado, aunque puede alegarse como defecto de forma, es muy leve, y no dará lugar al archivo del expediente sancionador, que aunque es una palabra errónea, se conoce cuál es la correcta, sin que ello invalide la denuncia. Y por último, y en respuesta a la reclamación de los gastos abonados por el servicio de retirada municipal de la grúa, señalarle que si el recurso prospera y es estimado, podrá con posterioridad, reclamar y solicitar la devolución del importe abonado al Ayuntamiento de su localidad. No obstante, pude reclamarlos en el propio recurso.
Hola, el día 27/ 12/2013 me pusieron una multa por no mostrar con suficiente antelación reducción paulatina de que va ha ceder el paso en una intersección. Todo esto en un carril de acceso donde los vehículos que tenia que ceder el paso venían de frente y era una recta con mas de 2km de visibilidad frontal y frené un poco y al ver que no venía nadie pasé. En fin según ellos no disminuí lo suficiente. La cuestión es que al llegar a casa he visto que la fecha de la multa es del 31/01/05 y fecha limite pago con reducción es del 20/02/05. Esto es un defecto de forma suficiente como para recurrirla?
Gracias y un saludo
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle, que efectivamente el error en la fecha de la denuncia y en la fecha límite de pago, es un hecho a alegar y a comentar, dado que el artículo 74 L.S.V. exige que uno de los datos necesarios a consignar en el boletín de denuncia, entre otros, es la fecha y hora de comisión de la infracción. Además de esta cuestión y dado que la infracción es de apreciación meramente subjetiva, sería interesante la petición del informe de ratificación del agente denunciante, en aras de que este motive como ocurrieron los hechos y exactamente donde se encontraba para apreciar que se cometió la presunta infracción denunciada.
Un saludo.
No se si este hilo esta activo, pero explico mi caso.
Me multan por «estacionar en SENTIDO CONTRARIO A LA MARCHA»
Hay que decir que el vehiculo esta estacionado en SEMIBATERIA (!!!).
Llego al lugar, este tiene marcado en el suelo los lugares de aparcamiento (en semibateria), no hay otros vehiculos parcados, entro de cara que es lo mas facil y ademas es lo que menos interrumpe la circulacion de otros vehiculos, el coche queda aparcado mirando la parte delanteres hacia la acera y la tracera hacia la calzada, en ningun momento de la maniobra el vehiculo esta en sentido contrario a la marcha, me voy a comer y al volver … papelito en el parabriza.
Con todo el cab r e o del mundo retiro el vehiculo (nuevamente no hay otros vehiculos en las plazas colindantes y lo hago nuevamente si ponerlo en ningun momento en sentido contrario a la marcha:
Donde esta la infraccion?
Dada la información facilitada en su exposición, es evidente que procedió correctamente a la hora de estacionar su vehículo. Si usted no está conforme con la denuncia, tiene el derecho a recurrirla mediante recurso administrativo, negando los hechos imputados en la denuncia, solicitando copia del informe del agente denunciante y exigir cualquier prueba documental que pueda demostrar que estacionó incorrectamente . Además, le aconsejamos que adjunte en el escrito toda la información que usted considere conveniente, como son por ejemplo, fotografías del lugar de los hechos (puede usar Google Maps), croquis de la zona de estacionamiento etc… razonando y argumentando los motivos de porque su vehículo se encontraba estacionado correctamente, sin que haya vulnerado ningún precepto del RGC. Dispone de 15 días para presentar escrito de alegaciones ante el Organismo denunciante a partir del día siguiente en que el boletín de denuncia fue depositado en su vehículo.
multa por alcoholemia modelo de coche no coincide alfa 156 real en multa pone 159 es defecto de forma? se puede recurrir?
En relación a su consulta informarle que efectivamente es recurrible el boletín de denuncia por los defectos formales que indica ya que la Ley establece que deberá constar, en todo caso, la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
Por otro lado, no debe olvidar que las multas no sólo son recurribles por sus defectos formales, sino que habrá que estudiar y valorar el fondo del asunto ya que además en este tipo de infracciones (alcoholemias) la sanción debe quedar claramente acreditada así como la comprobación y verificación de los instrumentos de medición de alcoholemia que se utilicen.
Por todo ello, en su caso concreto, creo que lo más aconsejable es que su sanción sea valorada por expertos en la materia.
¿Podrían indicarme quien o quienes son los expertos en esta materia?.
Me ha ocurrido lo mismo, y deseo consultarlo antes de pagar la multa.
Gracias.
hola! ayer me multaron por consumir bebidas alcoholicas en la vía pública. El caso es que la dirección a donde se emite la multa no es la de mi D.N.I, sino otra que me inventé, además el agente se equivocó en la letra de mi D.N.I y puso otra que no corresponde. Que me puede pasar? llegará la multa? no llegará? me niego a pagar al estado de mierda en el que vivimos que se lucra de los que menos recursos tenemos, que me puede pasar?
Hola, esta mañana encendia mi moto y salía de la acera donde estaba aparcada, la situación és que está justo al lado de otra calle cuyo semaforo estaba en rojo, pero yo no salia de esa calle sino de la acera, justo al salir, delante mio habia un coche de urbana camuflado y en marcha, osea que me han dado el paron en marcha, ellos no pueden haver visto como he salido de la calle y con el semaforo en rojo cuando estan circulando y a una velocidad considerable porque la calle Berlin de barcelona es una calle de 4 carriles, yo se lo explicaba y ellos me decían que si los coches por su calle circulaban eso es que de donde salia yo estaba en rojo….que lo del semaforo ni lo he visto, ya que salia de la acera, pero para mas, imaginate lo bien que me han visto que mi moto es gris azulada claro y me han puesto que el ciclomotor es negro, hay alguna manera de poder recurrirla?? Muchas gracias de antemano
La clave de este tipo de denuncias es solicitar las pruebas. En caso de que haya habido captación de imágenes, las relativas al control metrológico del semáforo y de la cámara.
En el supuesto que nos plantea en que la infracción la ha apreciado un Agente, además de la documentación relativa a la señal semafórica, se debe solicitar también el informe de ratificación, así como cabe alegar las irregularidades formales que puedan existir; en este caso, el color del vehículo.
Buenas tardes!!!! Anoche aparqué el coche y creía que lo aparqué bien, hoy al ir a recogerlo, veo que tengo una multa en el limpiaparabrisas, al fijarme veo que en la calzada está pintado en amarillo (pero muy desgastado, por eso de noche no lo vi) un lugar reservado para minusválidos, solo la calzada, el bordillo no está pintado de amarillo. Mi intención era recurrir la multa ya que la señalización a mi modo de ver no está en bien señalizada. Pero al leer la multa veo que una letra de la matrícula, marca y modelo del vehículo son erróneos… Que sería más conveniente, recurrir por mala señalización? O esperar por si no llega la multa ya que con esos datos es difícil? También me sabría muy mal que le llegase multa a otra persona ajena a todo esto…
Estimada Teresa,
Si el vehículo que se indica en la denuncia no es el suyo, debe recurrir, pues si no lo hace en el plazo de 20 días perdería el derecho al abono con el 50% de descuento e incluso le pueden requerir el abono de la sanción con recargos por la vía ejecutiva
Le recomiendo que remita la sanción a nuestro departamento jurídico para poder revisarla y ver que otros motivos de recurso puede haber.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
buenos dias,
Hoy me multaron por haber aparcado en una acera de menos de 3 metros. No estaba al corriente de este tipo de infracción… me llevaron la moto con la grúa y tuve que pagar más de 60 euros solo por los trámites de la grúa! la multa en si es de 50 euros pero he visto que tal vez podía haber un vicio de forma. Mi dirección no es correcta en la multa y según lo que leí, hay que indicar la norma infringida (1080), el artículo (70.2 l) y el importe de la sanción. En mi caso, el artículo falta.
Además, corre el rumor que no están en su derecho llevarse el vehículo. Es cierto? puedo recurrir y obtener una nulidad de pleno derecho? tengo que aportar pruebas tipo recibo para demostrar que la dirección es equivocada?
Me gustaría recurrir esta multa porque creo que las normas de este tipo están hechas para sacar aun mas dinero a la gente y estoy un poco cansada de esta opresión legal permanente hoy en día.
gracias de antemano.
En primer lugar, indicarle que respecto al estacionamiento de motocicletas deberemos estar a la normativa municipal específica de la ciudad en que nos encontremos.
Indicar, que los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de un 1,30 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.
Además, los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.
En segundo lugar, en cuanto al defecto en el boletín de denuncia, indicarle que deberá esperar a que le llegue la sanción por cualquiera de los medios establecidos en la Ley (correo certificado, DEV.) y será el momento de ver si en la misma se siguen cometiendo los mismos errores u omisiones respecto al artículo sancionado, etc, para hacer las alegaciones procedentes. Finalmente decir, que si la sanción se la publicaran por boletín/TESTRA esta sería nula si dicha publicación proviniera del error en su domicilio.
Buenas, me han multado hoy por estacionar en sitio exclusivo para taxis en la puerta lateral de la estacion de trenes mientras acompañaba a una amiga a coger el tren, unos 10 min. la cuestion es que cuando llego, multa en el parabrisas de 200 € con un descuento del 50 que se quedaría en 100 €. La cuestión es que mi matrícula termina en 69 y en la denuncia pone 60 y el resto de numeros y letras coinciden.
En observaciones pone que se adjunta foto. Se que la culpa es mia pero no es normal que ponga que obstruía gravemente el trafico cuando en ningun momento es así, de hecho no habia ni taxis en el momento ni llegaron en el momento.
Crees que hay manera de librarme de pagarla¿?
Estimado usuario,
En relación a la multa que previsiblemente le han puesto, comentarle que si el agente no le ha hecho entrega en mano del boletín de denuncia y este se lo ha dejado solamente en el parabrisas del vehículo por estar ausente, como relata, no puede recurrir ni debe pagar ya que la denuncia (en la que también se le ha de reconocer el pago bonificado con el 50% de descuento) le ha de llegar a su domicilio. En caso de que la matrícula denunciada indicada en la denuncia que reciba, siga siendo incorrecta, sin lugar a dudas, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting le recomendamos recurrir dado que no se trataría de su vehículo y la divergencia de datos con la posible prueba que existiría en el expediente (fotografía) sería palpable y determinante para instar la nulidad de actuaciones. Además del dato de la matrícula, habría que valorar otros aspectos técnicos de índole formar para determinar la procedente o no del escrito de alegaciones contra le denuncia notificada.
Un saludo.
Hola,quisiera saber si puedo recurrir una multa que me han puesto por alcoholemia. En mi caso me pararon el domingo siendo las 3 de la maňana. Me hicieron varias pruebas en las cuales di positivo. En la última ya me bajo la tasa,pero me multaron con la retirada de 4 puntos y 500 euros de multa. Cuando ya tenía la multa firmada me di cuenta que el agente puso la fecha del día antes. Quisiera saber como me puedo enterar si ese agente trabajaba la noche antes o si la recurriera que posibilidades tendría. Gracias
Se puede recurrir solicitando una serie de pruebas tales como los Tickets extraídos del etilómetro utilizado para medir el presunto exceso de alcohol en aire espirado, la ratificación del agente denunciante, el certificado de homologación del aparato medidor de la tasa de alcohol, el Certificado de revisiones anuales, así como certificado de averías del mismo, etc.
No obstante aunque la fecha de la sanción es importante no será un vicio invalidante pudiéndose subsanar, pese a que se puede alegar.
Un saludo
Se me ha quitado la licencia por falta de VTV en provincia de buenos aires, esto fue el 16-1-14 y en el acta pusieron 16-1-13. no es claro que los vehiculos de transporte de pasajeros de uso privado en caba lleven VTV. la ley habla de transporte publico de pasajeros. ahora bien , puedo recurrir la multa por ser erronea la fecha del acta, mas alla de hacer la vtv. gracias
La VTV (Verificación Técnica Vehicular) es el control periódico del estado mecánico y de emisión de gases contaminantes de los automotores. Es un requisito para circular no obstante cada Estado tiene su propia normativa en legislación vial, por ello tendrá que guiarse por su propia noramtiva. Por otro lado si se dio el error en la fecha puede recurrirlo alegándolo, sin embargo este error de la Administración pudiera ser subsanado por el Organismo, no siendo un vicio que anulen directamente la sanción.
Un saludo
Me han multado por estacionar en un lugar reservado para minusválidos. Anoche cuando aparqué no vi la pintura de la calzada ya que está muy descolorida y el bordillo no está pintado de amarillo. Pensaba recurrir la multa por el tema que desde mi punto de vista no está bien señalizado el lugar, pero al leer la multa veo que hay error en una letra de la matrícula, y tampoco coincide ni la marca ni el modelo del vehículo. Que debería hacer? Mi intención era recurrir, pero también cabe la posibilidad de que no me llegue la multa no? Ya que no es mi vehículo… Pero por otro lado tampoco me gustaría que le llegase la multa a alguien que nada tiene que ver…gracias de antemano
Estimada Teresa,
Si el vehículo que se indica en la denuncia no es el suyo, debe recurrir, pues si no lo hace en el plazo de 20 días perdería el derecho al abono con el 50% de descuento e incluso le pueden requerir el abono de la sanción con recargos por la vía ejecutiva
Le recomiendo que remita la sanción a nuestro departamento jurídico para poder revisarla y ver que otros motivos de recurso puede haber.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola:
Me han puesto una multa por pisar la raya continua en un punto km que no existe dicha raya, es discontinua. Me pararon a los 5 km alegando que me habían visto de lejos…..La multa la redactaron a mano y no la firmé. Cuando la estuve examinando, la matrícula tiene mal una letra y mi D.N.I tiene también la letra mal. ¿Puedo recurrir la multa por defecto de forma? ¿Tendré éxito?
Muchas gracias
Estimado usuario,
En relación a la consulta que formula a través de nuestro blog, comentarle que en atención a la descripción de hechos que formula y a los errores cometidos por el agente denunciante en el boletín de denuncia, desde nuestro Dpto. Jurídico estimamos que tendría que proceder a presentar alegaciones en defensa de sus intereses. El hecho de firmar o no un boletín de denuncia no es relevante a efectos de aceptar o no la responsabilidad por la infracción cometida. Sin embargo el error en la matrícula del vehículo denunciado si, dado que uno de los requisitos lógicos y necesarios que establece el artículo 74 L.S.V. a consignar en una denuncia, es la correcta matrícula del vehículo. Por tanto, debe usted recurrir la multa, solicitando además pruebas que acrediten que su vehículo ha infringido la normativa sobre tráfico y seguridad vial, y que en el lugar de la infracción operaba la señalización vulnerada.
Un saludo.
Hola, esta mañana me a llegado una multa por consumir bebidas alcoholícas en via pública, cuando solo estaba bebiendo un refresco, encima en la multa pone que me apellido Jimonel, cuando en realidad me apellido Jiménez, puedo recurrir la multa ?gracias de antemano, un saludo.
Hola, me han puesto una multa por exceso de velocidad cuando circulaba con mi motocicleta. La cuestión es que la foto del radar es frontal (imposible identificar conductor o matrícula). Cuando le indico este hecho al agente que me para y denuncia éste escribe con letras mayúsculas que no se pierde de vista al conductor en ningún momento. Esto es totalmente falso ya que desde el punto en que me pararon no se veía el radar y entre un punto y otro existe una intersección en la que el «verdadero» conductor podría haberse ido. ¿Existe fundamento para plantear una duda razonable a la hora de identificar al conductor? Por otro lado, me apellido Sanjuan y ellos transcribieron en la denuncia San Juan. ¿Me aconseja recurrir? Gracias.
Hola, buenos días!
Lo primero muchísimas gracias de antemano y felicidades por la página.
Acaban de ponerme una multa de tráfico por manipulación del móvil conduciendo, 200 € y 3 puntos. Lo primero es que es mentira, no iba utilizando el teléfono móvil, lo llevaba dentro del bolso, llevaba un Ventolín en la mano y puede que eso es lo que les haya hecho pensar que era un móvil, aún así y por más que he jurado que no lo llevaba y han visto que estaba perdido por el bolso, me han denunciado.
Al revisar la denuncia observo que todos los datos son correctos excepto el nombre, me llamo Pilar y me han puesto José Antonio ¿Podría hacer algo? Si fuera justa, la pagaría y punto, pero es que no es verdad, y me da muchísima rabia, estoy hasta las narices de la maldita presunción de certeza… Muchísimas gracias, saludos!
En base a la información facilitada en su exposición, debemos aclararle que en cuanto al error del nombre indicado en la denuncia, se considera un defecto de forma, pero es de poca relevancia y por ello perfectamente subsanable por el organismo sancionador, por lo que en caso de ser alegado, difícilmente va a producirse el archivo del expediente sancionador. Sobre el fondo de la denuncia, es evidente que se ha producido una injusticia, ya que el agente de la autoridad no apreció correctamente que maniobra estaba realizando, dada la distancia en donde se encontraba. Dicho error de apreciación debería indicarse muy claramente en el pliego de descargos o recurso a presentar contra dicha denuncia, alegando que no estaba manipulando el móvil en ningún momento, que el agente estaba a una distancia muy considerable y no pudo apreciar que llevaba en la mano, y solicitando cuantas pruebas sean pertinentes para desvirtuar dicha infracción, (fotografías, informe del agente denunciante etc…). Como usted comenta, la presunción de veracidad del agente es absoluta, por lo que contra ella es muy difícil rebatir, por no decir imposible. Recuerde que si quiere que no le detraigan los tres puntos, deberá recurrir forzosamente, ya que si decide abonar la sanción con bonificación lo puntos se perderán automáticamente.
hola me an puesto una multa por aparcar en un vado pero en la multa todo esta ilegible mi apellido en vez de una H an puesto una M y en mi dni hay un 1 y encima de este un 0 y en la cantidad a pagar pasa lo mismo no se lee con claridad si son 1 o 0 , aparte de esto la hora de la multa tambien tiene este fallo y el policia no me pregunto si queria firmar la multa y directamente puso no firma,puedo recurrir??
Hola, me han puesto una multa en la que tanto la hora de la multa como el color del coche son erróneos.¿Puedo recurrirla?
Buenos días,
El 25/01/14 me pusieron una multa por estacionar en la acera.
Hoy 6/02/14 me llega la multa certificada y en la fecha pone 25/12/13 y fecha de último día de pago el 27/01/14. ¿Que tengo que hacer? ¿Debo intentar pagarla o realizar un pliego de descargo…?
Estoy bastante perdida.
Muchas gracias
Hola, buenos días te comento mi caso a ver si puedes ayudarme: me han multado ayer por no detenerse en el lugar presente por la señal de ceda el paso (R1).
A lo que yo impactado por no ver señal alguna y habiendo disminuído la velocidad, ver que no venía nadie, y girar. Como sabemos, ante un ceda el paso solo hay que detenerse en caso de que interrumpas el paso a otros conductores… La multa es de 200€ y 4 puntos por una infracción que no he cometido. Saludos y muchas gracias. Gonzalo
Estimado usuario,
En relación a la cuestión que nos plantea, y dado que como bien dice usted la señal de ceda el paso no obliga a detener el vehículo, siempre y cuando continuación de la marcha se haga en condiciones de seguridad, desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder al recurso de la multa que le ha sido impuesta, dado que el agente deberá probar que usted debió detener la marcha del vehículo consecuencia de la existencia de vehículos que circulaban próximos al suyo y por la vía a la que usted accedió. En caso de no acreditar esta circunstancia y que la seguridad propia y ajena de los usuarios de la vía se ponía en peligro, la Administración, debe proceder a la anulación del expediente.
Un saludo
Hola el 24/marzo de 2013 a las 01:30 una pareja de policias locales me tomaron datos por estar consumiendo bebidas alcoholicas en la via publica(sin denuncia solo anotaron dni y nombre en una libreta) la denuncia me llega en febrero2014 y en ella pone que estaba consumiendo bebidas alcoholicas en la va publica a las 13:20H puedo recurris esta denuncia por defecto de forma??
Hola,
Me han puesto una multa y en el apartado donde pone , hay un error, puesto que no coincide con la de mi vehículo. Me gustaría saber si se trata de un defecto de forma y es posible recurrirla o no.
Muchas gracias
A pesar de que no nos indica en su pregunta cuál es el dato omitido o erróneo en la notificación de denuncia que ha recibido, manifestarle que por lo que parece -y en función de lo que nos comenta-, existe un error en la identificación del vehículo, es decir, el número de matrícula indicado no corresponde con su vehículo. En consecuencia, existe un clarísimo defecto de forma en la denuncia, por lo que debe proceder a efectuar la presentación de alegaciones ante el Organismo denunciante, indicando dicho defecto de forma para que sea archivada la denuncia por error de identificación del vehículo. Si el dato erróneo no es la matrícula, y hace usted referencia al color o el modelo, el defecto de forma existe evidentemente, pero es de mucha menor importancia, por lo que muy probablemente, sea subsanado por la Administración que le denunció sin más, prosiguiendo la tramitación del expediente sancionador. Los defectos de forma para que invaliden la denuncia y el acto sancionador en consecuencia devenga nulo, ha de ser de especial relevancia y significación, afectando principalmente a los datos más básicos y elementales que toda denuncia debe contener.
me han multado por hacer un giro indebido, en la sanción pone el coste de la multa (70 euros) y en la parte donde pone puntos a detraer pone 35… evidentemente no son 35 puntos.
¿podria recurrirla?
Hola, buenas tardes, he recibido en mi domicilio una multa por no poner el ticket del parkímetro, (90€ con reducción del 50%) pero viene mal el modelo del coche. Pone VW Polo y es VW Golf. Esto se puede recurrir? Sí fuera recurrible, podrían decirme a dónde y quién debo dirigirme?
Muchas gracias
Un saludo,
Puedes decirme como acabo tu asunto ? Es que me ha ocurrido exactamente lo mismo , me han puesto una multa por excceder el tiempo en el parquimetro pero el modelo de mi vehiculo no es correcto.
Gracais
Hola,
Escribí el texto y quise decir: en el apartado donde pone…me refería donde pone CLASE, no coincide con la de mi vehículo. Seria eso defecto de forma?
Muchas gracias
El pasado día de reyes me han sancionado por mal estacionamiento,
en el boletín de denuncia que me dejaron en la moto, lo único que coincide es la matricula, la marca y el modelo son incorrectos.
Hoy me a llegado por correo la denuncia, y estos datos están corregidos y ahora si coinciden la marca y modelo con los de la moto, es posible recurrir por defecto de forma o prevalecen los datos corregidos.
Muchas gracias
Me acaba de llegar una notificación por una denuncia formulada por controlador SACE en Madrid. Mi pregunta es si la puedo recurrir pues en los datos del titular y destinatario NO aparece mi DNI.
Por otro lado, la denuncia fue por estacionar en doble fila. Sin emabargo, el tiempo que permaneció el coche en esa circunstancia fue de apenas unos segundos.
¿puedo recurrir con cualquiera de estos argumentos?
Hola, el 28 de agosto de 2013 me multaron en palma de mallorca por superar la tasa de alcohol permitida, me entregaron una denuncia en mano con el DNI erróneo, y mi apellido con una letra de mas (volviéndolo también erróneo), a día de hoy no he recibido aún ninguna carta conforme tengo que realizar el pago, pero buscando en paginas webs (buscamultas.com) veo que la multa se ha tramitado, con una fecha de boletin de 03/12/2013, me pregunto si me llegara dicha multa o simplemente preescribirá.
Gracias
Hola,
Ayer por la noche me pusieron una multa de 200€ por estacionar en zona de parada de Taxis. El tema es que es una zona azul, y como aparqué a las 21:00 pensé que ya estaba permitido; pero resulta que ahora (desde hace poco) esa zona azul de aparcamiento se convierte en parada de taxis de 22:00 a 8:00 y está indicado con una señal (que yo no vi).
El caso es que esta mañana al leer la copia de la multa veo que se han equivocado en el modelo matricula y marca (ford) son correctas pero el modelo indica «Focus» cuando mi coche es un Mondeo.
¿Tengo alguna posibilidad de recurrir y que resulte la denuncia nula por ese fallo?
Gracias.
Perdón por el fallo de redacción anterior, me explico. Matrícula y marca son correctos en la copia de la denuncia, pero se han equivocado en el modelo.
Gracias.
hola,esta mañana m ha multado la policia local en zona de carga y descarga,al dejar al niño en rl cole.En la multa no esta rellenada la casilla del importe.Seria recurrible?
Hola, he recibido notificacion de sancion, con foto, por estacionar en zona de parada de autobus. La direccion de la infraccion es errónea, está confundido el nombre de la calle. ¿ Es recurrible?
Me han puesto una multa por beber en la calle. Reconocí la responsabilidad pese a no estar bebiendo para optar al descuento del 40% y que se me quedase en 360 euros. Cuando me ha llegado la notificación a casa con el número de cuenta para hacer el ingreso me doy cuenta que la multa está a nombre de mi hermano y no a mi nombre. ¿Qué podría hacer? ¿Puedo interponer recurso de reposición alegando un defecto formal? Gracias.
Me han multado por adelantar sobrepasando la línea continua al final del adelantamiento. El caso es que en la multa pone, por sobrepasar la línea «discontinua». También es cierto que en la multa pone el punto concreto de la carretera. ¿Podría recurrirla?
Gracias…
Hola buenas, me han multado por tasa de alcoholemia 028; la cuestion es que en la multa la fecha que pone es del 6/12/2013 y cuando me multaron fue el 6/01/2014 ayer me llego la notificación a casa que me quitan 4 puntos y he de pagar 250 con reducción… ¿seria posible recurrir la multa con exito??
muchas gracias
Me han multado por no llevar gafas(estoy operado) y constar en el carnet que las necesito.
El tema es que la multa la han puesto a nombre del propietario del coche, que es mi padre, y el no necesita gafas. Lo unico que han puesto bien de los datos del conductor es el DNI, el resto son datos de mi padre.
Veo un apartado donde pone Firma del denunciante ( la cual no me han hecho firmar), en ese espacio solo pone «y entrega copia»).
Merece la pena recurrirla, aun con esos errores?
perdon donde puse firma del denunciante, es firma del denunciado
Hola!, me multaron hace unos meses por saltarme un ceda al paso.
Yo niego esos hechos y para más inri, me han asegurado que el agente de policía que me multó, ese día estaba fuera de servicio.
He recurrido la multa en vía administrativa y solicitando que se librase oficio de ese policía en el día de la multa.
La respuesta fue que ese agente se ratificaba en la multa.
Volví a recurrir porque no era lo que yo había solicitado ya que quería demostrar que ese agente no trabaja ese día.
Me han contestado que el agente de policía (pero con otro nº de placa) se sigue ratificando. Es decir, me han cambiado al agente de policía. Si en la multa era el agente 344 y solicité que se librase oficio de su horario, ahora me responden que el agente 345 se ratifica. Mi pregunta es si me merece la pena ir al contencioso administrativo… o no pagar la multa y cuando esté en vía de apremio, hacer una reclamación al Tribunal Económico Administrativo…pero ya habría un recargo… Muchas gracias!
Buenas tardes a todos,
Ante todo enhorabuena por el gran trabajo de orientación que realizáis.
En mi caso, la Guardia Civil me ha multado «por no detenerme en el lugar prescrito por la señal de stop» (lo cual sin entrar en detalles no fue cierto) y creo que hay dos motivos por los que podría contratar una compañía para recurrir dicha multa por 200€ y 4 puntos de retirada. Os detallo:
1. El lugar de la infracción reflejada en el boletín es el km25.5 de la A1, no existiendo en dicho punto señal de stop alguna (la más cercana es en el km 26.2)
2. Donde posteriormente realicé el stop fue en el km 26.2, y aunque ciertamente se atenderá la veracidad de las palabras del agente, desde la ubicación que vio la supuesta infracción, no dispone de visibilidad suficiente como para ver el stop, ya que se él encontraba en marcha en mi mismo sentido habiendo sobrepasado ya el stop en más de 200m y sólo pudiendo ver mi maniobra por el retrovisor y de forma incompleta, ya que no se ve la línea del stop desde dicho punto.
Creéis que puedo recurrir la multa? Ante el supuesto 1, el 2, los dos a la vez?
Gracias por vuestra ayuda!
Hola me a llegado un amulta por no tener la itv pasada, la infraccion la a detectado un radar, pero la direccion de la infraccion no es donde esta el radar y mucho menos donde pase yo, se puede recurrir.
El hecho que se me notifica es: circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere un permiso de la clase b.
Siendo este un ciclomotor y solo se necesita un permiso CM. Se puede recurrir por defecto de forma y me rebajen la sanción.
gracias y un saludo
En relación a la consulta que nos plantea, debemos señalarle que los ciclomotores -al igual que los demás vehículos a motor que circulen por una vía pública-, están obligados a tener concertado el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Para poder conducir un ciclomotor es preceptivo estar en posesión del Permiso de Conducción clasificado como “AM” dentro de la tipología de permisos de conducción legalmente establecida . Es evidente que si ha recibido notificación de denuncia por carecer del seguro obligatorio, debe indicar en la misma que tipo de permiso de conducción debe ostentar para conducir dicho vehículo, por lo que desde luego, usted no tiene que estar en posesión del permiso de clase B para conducir un ciclomotor, ya que el B corresponde a los automóviles convencionales, a los turismos. No obstante, el tipo genérico utilizado para proceder a denunciar a los vehículos no asegurados es el de los automóviles por ser el más común. En consecuencia, puede alegar perfectamente en el escrito de descargos que presente ante el organismo denunciante, que la denuncia posee un defecto de forma importante, ya que no se ha indicado correctamente que tipo de permiso de conducción requieren los ciclomotores, ya que debería indicar el “AM” y no el “B”. A pesar de dicho defecto de forma, podría ser que el organismo subsane la deficiencia, y por tanto no le rebaje la sanción ni le archive el expediente sancionador por ello. Recomendamos desde Pyramid Consulting que alegue dicho defecto hasta sus últimas consecuencias.
Me paro un agente sin tener la ITV del ciclomotor pasada, por desconocimiento de ello nunca fue pasada desde su adquisición. El agente me notifico que solo era un aviso y no relleno importe de multa, ni me pregunto si firmaba y me dijo de palabra que tenia 10 días para pasar la ITV. A los dos días siguientes pase la ITV como me dijo, para que no hubiese multa. Y fui a la DGT a entregar la ficha técnica del vehículo con la ITV pasada y me dijeron que eso no era un aviso sino que era una multa de 200€ y que ellos me rellenaban a mano el importe si quería beneficiarme del 50% por pago antes de 20 días. La multa no aparecía en ningún buscador de multas, y me dijeron en la DGT que lo mismo la chica que las mete tiene mucho trabajo y no la ha informatizado aún (8 dias despues), pero he pagado 100€ en el SANTANDER, en el banco me preguntaron el importe que quería abonar a la DGT.
El agente dijo que eso era solo un aviso para que pasara la ITV en 10 días y he pagado 100€ sin haber multa.
¿Me devuelven el dinero?
En primer lugar indicarle que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento y que asimismo la entrega del boletín de denuncia en el acto ya se entiende como acto de notificación y empieza a contar el plazo de los 20 días. En cualquier caso si el boletín de denuncia está incompleto pudiera recurrirse en ese sentido. La multa no aparece en ningún buscador porque ha sido entregada en el acto y solo se publica lo que no ha podio ser entregado. La multa sí existe, es la que usted ha abonado, cuyo expediente se cierra por pronto pago. No obstante haga un recurso extraordinario de revisión alegando esto (boletín incompleto que no se entiende como tal) y de estimárselo le devolverían lo ingresado.
Un saludo
Busque al policía que me paro y dice que no entrego a la DGT el «aviso» puesto que me dijo que si en 10 dias no pasaba la ITV es cuando entregaria el papel, y al comprobar que se paso la ITV en el plazo, rompio el papel.
La multa nunca a existido. Y en el banco me preguntaron que cuanto era lo que queria abonar, que no venia cantidad y que esa multa no estaba cursada. Incluso en el banco me dijeron que si queria ingresar 50€ a la DGT que es la cuantia mínima.
Estimado usuario:
Si efectivamente su multa no se cursó, ha realizado un pago improcedente, y la Administración un cobro de lo indebido. Tendrá que realizar como expuse un recurso extraordinario de revisión alegando esto y de estimárselo le devolverían lo ingresado.
Un saludo
buenas tardes,
me pusieron una multa por <<no respetar la marca viaria del pavimento de cualquier tipo de combinación como zig-zag, longitudinal continua y discontinua de estacionamiento prohibido (M-7.7). En la primera recepción no constaba el lugar por lo que hice recurso y ahora me lo han denegado y me adjuntan una fotocopia el "boletín" indicando la calle de la supuesta infracción.
La hora del boletín y la del impreso enviado no coinciden.
Además se que la multa es inventada ( soy de una pequeña población y varios hechos dejan claro que los agentes municipales van a por mi). Que puedo hacer. Gracias
En su caso, desde luego, la respuesta a su pregunta de qué puede hacer es clara: RECURRIR. Así, la LSV establece expresamente en su artículo 74.2.c) que “En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso: Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora” Está claro que en su caso no se ha respetado ninguno de estos preceptos, parece que le varían el hecho denunciado, el lugar, la hora, etc. Desde luego, su expediente es totalmente recurrible por vulneración del procedimiento administrativo sancionador y derecho de defensa dado que le están modificando datos esenciales de la multa sin motivación alguna.
Hola, el otro dia me llegó la denuncia por saltarme un baden y con el consuiguiente invadir el carril contrario, en la denuncia pone conducir de manera temeraria, creo que esto lo tienen que demostrar mucho, la denuncia no me la entregaron ya que ni me di cuenta que me sancionaron hasta que me llegó a casa, mirando el numero de agente que pone en la denuncia he podido comprobar que dicho agente ese dia no estaba de servicio hecho que puedo demostrar por un informe que he pedido de relacion de funciones de l dia de la denuncia, ya que el motivo que expresa en la denuncia por el cual no se entrega la misma és SERVICIO PREFERENTE DE REGULACION DE TRAFICO, sino estaba de servicio como puede regular el trafico?? No habia ningun coche policial ese dia por la zona, asi que quien me multó deduzco que fue un agente fuera de servicio por lo que así consta en el informe, También añadir que en ningún caso en la denúncia sale mi dni, mis datos bien pero el dni no sale. Muchas gracias
Estimada Patricia,
En relación a la multa por conducir de forma temeraria que le ha sido notificada en su domicilio, comentarle que el hecho de que el sujeto que le denunció fuese un agente de la autoridad que no se encontraba en servicio, es un dato importante pero no determinante para la nulidad del expediente. Dado que si no se encontraba de servicio, tendrá que ratificar su denuncia y entonces la motivación esgrimida para no notificar la denuncia en el acto, decae por si sola,siendo nula. Desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos presentar alegaciones en el plazo que le ha concedido la administración, negando haber cometido la infracción que se le imputa y solicitando una serie de medios probatorios que acrediten que durante la conducción se produjeron por su parte, acciones u omisiones, que convierten su conducción en temeraria (velocidad excesiva, peligro para el resto de usuarios de la vía…).
Un saludo.
Buenas tardes. Muchas gracias por su labor. Esta mañana me han puesto una multa. Soy titular de carnet de estacionamiento para personas con movilidad reducida, mi coche estaba estacionado en un lugar reservado para ello. La multa se acoge al artículo 94.2 opción A e indica «uso de fotocopia a color». En efecto era una fotocopia compulsada del carnet, debido a mi enfermedad la he extraviado en varias ocasiones y es la única opción para evitarlo. Por otro lado, la multa carece de los siguientes datos : fecha, hora, importe de la misma así como puntos correspondientes. Me pregunto si el artículo al que hace mención es el adecuado, si es recurrible y a qué me debería agarrar en el recurso y qué posibilidades tendré. Muchísimas gracias por su atención. Un cordial saludo.
Buenas tardes. Muchas gracias por su tiempo.
El pasado día 08/03/14 al circular con mi hijo de 11 años (en la parte trasera del vehículo), me han puesto una multa, ya que momentaneamente se desabrochó el cinturón. El hecho denunciado:
“Circular con una persona de estatura inferior a 135 CMS., en el asiento delantero del vehículo, que no utiliza dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturón de seguridad correctamente abrochado”.
A comentar:
El niño circula en la parte de atrás. Mide 1.41 m. El cinturón desabrochado.
Datos del denunciado – el niño; su 2º apellido está mal.
Datos del conductor – yo; coinciden el nombre y el DNI – los apellidos -se los han inventado.
Domicilio – provincia – pone Ávila en lugar de Madrid.
Se puede «hacer algo» en este caso, o «todo» es subsanable??
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola, buenas tardes. Me han multado por exceso de velocidad con un radar móvil. Limite 50, velocidad circulación 76. La cuestión es que en sentido contrario no hay limite de velocidad y en el que yo circulaba si. Me pregunto porque, donde esta el tramo peligroso. y por otra parte en la multa que me entregaron esta mal puesta la vía de circulación. pone RM 605 y es RM 602. ¿Se puede alegar con seguridad o garantía?. Muchas gracias.
Este es el típico radar que solo hace caja, tramo recto sin ningún peligro y coche escondido detrás de una nave, ese día caímos mas de 50 coches.
Apreciado usuario: En relación a la pregunta formulada en nuestro blog, debemos informarle que si en la notificación de denuncia está erróneamente indicada la vía de circulación, se entiende que existe un defecto de forma en la notificación, por lo que se ha producido un error o confusión en la ubicación para señalar el lugar de la presunta infracción. En consecuencia y dada la gravedad del defecto de forma existente, le recomendamos que presente un escrito de descargos alegando el defecto de forma citado, así como otras pruebas que no le hayan facilitado (si es el caso) como la fotografía acreditativa de la infracción y el certificado de cinemómetro para verificar la fecha de caducidad de su revisión técnica. No hay una absoluta garantía de que alegando dicha cuestión en el escrito, se vaya a archivar la denuncia sin más, pero las probabilidades son elevadas dado que es un defecto grave en la notificación, ya que el error en confundir la vía por parte del organismo sancionador genera una inseguridad jurídica patente y cuya confusión revela que muy posiblemente se deba a un error.
Recuerde que el hecho de presentar el pliego de descargos contra la denuncia por exceso de velocidad, comporta renunciar al derecho a abonar la denuncia con el 50% de bonificación en su importe, pero dada la cuestión de relevancia que nos indica, es recomendable impugnarla.
Hola buenas noches y felicitaciones por la página. El hecho sobre el que consulto es sobre una denuncia en la cual me sancionaron supuestamente por conducir utilizando el.movil pero en hecho denunciado pone textualmente «conducir manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conduccion» artículo. 28.2 r.g circulación. Quería saber si puedo recurrirla por defecto de forma puesto que es totalmente imposible conducir un teléfono móvil. Gracias
Añadir también que el artículo 28.2 de R.G. circulación hace referencia a las rotondas mientras que el correcto es el artículo 18.3 del R.G circulacion
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que plantea, comentarle que la denuncia que le ha sido formulada, adolece de defectos que hacen viable su recurso, dado que como bien dice, la redacción del hecho denunciado es incorrecto y lo que es más importante, el tipo (artículo o precepto legal) en base al cual le sancionan no se corresponde con los hechos cometidos. Desde nuestro Dpto. Jurídico, le recomendamos proceder al recurso de la sanción, instando su nulidad por se contraria al articulado de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y solicitando la ratificación escrita del agente de la autoridad.
Un saludo.
Buenas tardes:
Tengo la siguiente duda:
Me ha llegado una multa a mi casa por exceso de velocidad. En mi caso la multa dice que conducía a 79 km/hora y que el límite estaba a 50 km/hora.
Por esta razón quieren quitarme 2 puntos y 300 euros pero claro al leer detenidamente la carta veo que en el sitio donde pone «Lugar de los hechos» pone una calle por la que no he pasado en mi vida pero esta es perpendicular a la calle por la que paso diariamente para ir a mi universidad. Por el tramo de carretera que cruza esta calle es imposible ir a esa velocidad porque hay dos rotondas entre ellas que distan poca distancia.
Otra cosa más que en el lugar de los hechos viene expresado también el número de una casa (Calle malecón nº 5) y por ese sitio soy la veracidad de que no he pasado nunca.
¿En el dato: «Lugar de los hechos» debe expresar con exactitud la calle en la que ocurrió la infracción? ¿Se podría recurrir por la calle equivocada o el agente podría corregir ese dato?
Muchas gracias espero impaciente la respuesta.
Un saludo,
José Antonio.
Hola.¡Qué alegría al toparme con esta web! Bueno, al grano.
El otro día me multaron los motoristas de tráfico por llevar láminas oscuras delante. Las de atrás, que son mucho más oscuras, están homologadas. La verdad es que no sé cómo pudieron darse cuenta, pues son las láminas más claras que hay y apenas se notan. De hecho, cuando he pasado ITV no me han dicho nada. Y también me han parado otras veces y nunca me dijeron nada al respecto.
El caso es que ,revisando la denuncia y siguiendo vuestros consejos de observar cualquier posible defecto de forma, no sé si serán mis ganas de evitar la multa o es que realmente hay cosas que no cuadran en el boletín que me dieron en el momento. A saber: 1) En la marca y modelo pone «Mercedes-Benz Benz», pero no el modelo de coche. 2)El nombre de mi localidad(no es la misma donde me denunciaron) no está completo(y no por falta de espacio, ya que no es tan largo el nombre)3) En el domicilio han añadido un apartado de correos que no es mío 4)En el hecho denunciado pone «5A. Circular con un vehiculo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana sobre toda la vía por la colocación de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. Cristales delanteros tintados.». He leído el hecho 5A en el código de tráfico y pone todo eso menos lo de Cristales delanteros tintados, por lo que no sé porque ponen un hecho que no consta exactamente en el código.
5)Y para terminar, me ponen negativa a firma cuando en ningún momento me dijeron nada de firmar.
La multa es de 200 euros y con reducción 100. ¿Me recomendáis recurrirla? Espero vuestra opinión. Disculpad las molestias.
Buenas tardes y gracias de antemano por la labor que hacéis.
El día 21 de Marzo en Corbera de Llobregat (Barcelona), la Guardia Urbana me puso una multa por ir con la ITV caducada, pero al llegar a casa me di cuenta de que la matrícula estaba mal apuntada, había un número dudoso y una letra claramente mal puesta. Quería saber si tengo derecho a recurrirla, a pesar de que tengan mis datos personales, DNI dirección del domicilio y de que haya firmado la multa, aunque pone: «La firma no implica la conformidad» y creo que toda la denuncia está redactada en catalán, tiene que ponerla también en castellano?
Muchas gracias por su respuesta
Buenos días,
He recibido una denuncia por infringir el articulo 74.2 del RGC, Hecho denunciado 1383 Cambio improcedente de carril sin respetar prioridad indica que es una infracción grave.
En la denuncia no hace referencia a la retirada de puntos únicamente al importe de la sanción.
He consultado varias webs y en algunas indican que conlleva una retirada de 4 puntos y en otras indica que no implica retirada de puntos.
Me gustaría aclarar esta duda si es posible.
Gracias, un saludo.
Hola! me ha llegado una multa en la que se han equivocado en el sentido, en la foto aparece el sentido C de creciente (en el que yo circulaba) pero en «lugar de la denuncia:» aparece D de sentido decreciente. Mi duda es si hacer recurso o me lo denegaran ya que es el mismo punto km, lo único que esta equivocado es el sentido.
Gracias.
Hola.El domingo me retiro la grúa el coche por dejar estacionado el vehículo en el carril bici.La cuestión es que me pone art 94 2-A 50 rgc y no se que es el 50 ya que no aparece donde he visto los artículos de la policía local.¿Es un error?.Otra cuestión,viene como infracción grave y todos me dicen que me quitaran puntos ,en cambio en el boletín viene puntos a detraer:0.¿se puede recurrir,para que me la quiten por no dar información verdadera?,si es verdad que por esa infracción quitan puntos.
Hace un mes paré en doble fila con las luces de emergencia puestas, en una calle de doble sentido y con total visibilidad para que mi pareja se apease del coche. Mientras se ponía la chaqueta y recogía sus cosas nos dimos cuenta de que un coche de policía paraba a nuestro lado y nos miraba, por lo que a toda prisa salió del coche. La policía sin decir nada arrancó y se marchó. Hoy me ha llegado una multa en la que la infracción que cometí fue la de “estacionar en doble fila sin conductor”, y que la causa de la imposibilidad de notificarme el acto fue que los “hechos denunciados a través de medios de captación y reproducción de imágenes”.
Dado que yo me encontraba dentro del vehículo, ¿hay alguna posibilidad de que recurriendo gane y me ahorre los 200€ de multa? (Ya que renuncio al beneficio del 50% por pronto pago).
Hoy me ha llegado a mi domicilió una multa con foto de mi vehículo por mal aparcamiento concretamente el 24/02/2014.
Esta multa está mal redactada ya que la fotografía y el lugar de la multa consta una calle que no se corresponde con la fotografía, es decir el coche estaba aparcado sobre una raya amarilla muy borrosa y donde es muy difícil aparcar por que siempre esta ocupado y tanto la foto digital como la denuncia dice que está en la calle B cuando realmente la calle se llama C.
¿Es recurrible y que posibilidades tiene de ser anulada?.
Esta multa ya han pasado 36 días hasta hoy que lo notificaron, el caso es que tengo miedo que me sigan llegando más ya que hasta el día de ayer casi siempre aparaba en el mismo sitio.
. Gracias y saludos,
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que usted plantea, como es la divergencia entre el lugar de la infracción que se indica en la denuncia recibida y la fotográfica que hace prueba de esta, desde nuestro Dpto. Jurídico estimamos que se trata de un motivo más que suficiente para presentar alegaciones, de hecho, le animamos a hacerlo. Esta divergencia, entre los datos de la denuncia y la prueba en base a la cual se le va a sancionar, es motivo de nulidad de actuaciones por vulneración del Dcho. a la Presunción de Inocencia de que goza todo administrado. Es importante, que tenga en cuenta, que en caso de no recurrir en el plazo concedido al efecto, la Administración procederá a confirmar la sanción impuesta, la cual le será exigida por la vía de apremio con intereses y recargos preceptivos de esta fase del procedimiento.
Un saludo.
Buenas tardes,
Ayer, por el carril bici de la calle diputació de Barcelona, me multaron por esperar que el semáforo se puesiera en verde un poco más allá del paso de peatones. Eran las 11:49 y el agente hizo constar que eran las 10: 49 (en esa hora yo estaba jugando a balocnesto). Es decir, según la multa, mientras yo estaba entrenando con mi equipo de baloncesto, me salté un semáforo en rojo.
Es impugnable la multa por este error formal? (puedo demostrar mediante el registro del servicio BICING que a las 10:49 no usaba ninguna bici.
Muchas gracias
Apreciado usuario:
En respuesta a su consulta, debemos indicarle que la indicación errónea de la hora de la presunta infracción en el boletín de denuncia entregado a usted, es un claro defecto de forma, el cual puede invalidar dicha denuncia convirtiéndola en nula de pleno derecho y que en consecuencia no prosiga el expediente sancionador incoado mediante boletín por el organismo denunciante. Evidentemente si a la hora que usted nos indica, usted no se hallaba en el lugar de la presunta infracción, es lógico que no cometiera la infracción descrita, por lo que el defecto de forma debe impugnarlo expresamente al realizar el pliego de descargos que vaya a presentar. Solicite por supuesto, además de dicha importante alegación, copia del informe del agente denunciante en donde debe relatarse los hechos acaecidos observados y descritos por el agente además de todas las pruebas posibles para desvirtuar la imputación de la infracción. Por supuesto, si usted puede demostrar con el servicio de registros del BICING de Barcelona que a esa hora no estaba haciendo uso de este servicio (mediante algún tipo de documento que pueda adjuntar como prueba documental en donde salgan reflejadas las horas de uso/no uso del registro informático), las probabilidades de éxito de su recurso son muy elevadas. No obstante, no olvide que el presentar alegaciones comporta perder automáticamente el derecho a la bonificación del 50% del importe inicial de la multa, por lo que habrá de sopesar bien la viabilidad del recurso, el cual entendemos que si adjunta la hoja de registro de uso del BICING, la probabilidad de estimación de alegaciones es alta.
Saludos:
Fuí multado por no para en un semáforo en rojo conduciendo mi bicicleta, el tema es que después de que el agente me diera la denuncia en mano, al leerla en casa me di cuenta de:
1- la localización o vía que pone es MU-300 ( que pertenece a un nombre descatalogado de carretera) ahora esa carretera es RM-300.
2- Al mirar el punto kilométrico,nº»3″ a través de callejeros y mapas, no coincide con el punto donde se encuentra el semáforo,( habrá al menos 500m de distancia)
3- Mi nombre aparece como «Juan» en vez de Jose.
Con esos detalles podría recurrirla??
Agradecería vuestra respuesta.
FElICIDADES por la pagina-blog, está genial.
No sólo puede recurrirla sino que además es vital la solicitud de otra serie de pruebas relevantes como el informe del Agente, esencial en un caso como este en el que la infracción ha sido apreciada por éste y no captada por imagen.
Y especialmente relevante resulta la incorrección en cuanto a la determinación del lugar de la infracción, que deberá ser sustentado por las fotos que pueda Vd hacer, para demostrar de manera fehaciente el error material cometido.
Buenos días,
Hace unos días me multaron por exceso de velocidad. A la entrada de Zaragoza circulaba a 78 en una zona de 50 km/h.
El boletín de la denuncia si que pone el nombre de la calle pero no incluye el KM por el que circulaba ni la dirección que llevaba..
Puedo recurrir esa multa por la omisión del punto Km??
Gracias
Hola,
El lunes me pararon en un control de la guardia civil. Y me sancionaron por ir a 84 km/h en una vía que al parecer estaba señalizada cómo límite máximo de velocidad a 50 km/h. Multaron a muchísimas personas y en cuanto a la vía no la veo la verdad como para tener ese límite. Pero lo que me indigna Realmente es que la sanción es de un importe de 400 euros más 4 puntos, 200 euros si la abono antes de 20 días. Me parece un abuso en toda regla y a personas que llevamos tanta dificultad para salir adelante nos pongan estos castigos, es desmesurado.
El caso es que quisiera saber si tengo alguna posibilidad de recurrir la multa y si no me va a suponer una perdida de tiempo y dinero ya que al final tenga que pagarla. Tengo la duda de si ayuda el echo de que en la multa aparezca un error en mi fecha de nacimiento que la pusieron mal. Gracias por la ayuda.saludos.
hola, me pusieron una multa por exceso de velocidad con un radar movil en zona de 50 circulando a 92, con una sancion de 500 euros y 6 puntos del carnet, pagandola antes de 30 dias 250 euros. al dia siguiente voy a pagarla al aytm. y la funcionaria me dice que la multa es de hace dos meses y k tenia que pagarla integra, total que el agente se a equivocado al poner la fecha en la denuncia, puso 31/01/14 en vez de 31/03/14.
he pasado por la comisaria y me han dicho que van a tratar de arreglarlo, pero, que recomendais?, la recurro?, que alego?
muchas gracias de ante mano, un saludo.
Hola, me ha denunciado la policía local por aparcar encima de la acera. en el boletín de denuncias, el agente ha puesto en CLASE: Ranchera. Mi vehículo es una Nissan Navara. Al mirar la documentación, pone clase: camión caja abierta. Y al mirar la Ley de Vehículos, en el Anexo II, NO EXISTE TIPIFICADA la clasificación de RANCHERA. He hecho un pliego de descargo, aludiendo a todo esto y me dicen: has aparcado mal, ve y paga los 200 €. Voy ha hacer otro pliego por FALTA DE FORMA en la DENUNCIA, en función de la Ley de Procedimiento Administrativo, Procedimiento Sancionador. ¿Está bien de esta manera mi recurso? Podeis ayudarme.
Hola, esta mañana he sido multado por un agente de la Guardia Civil, por invadir sentido contrario en linia cantinua, revisando la papeleta me he dado cuenta que en mi datos perasonales no son correctos, La localidad y el codigo postal estan mal, corresponde a un pueblo cercano. Es recurrible?.
En relación a su cuestión comentarle que tendríamos que saber si usted tiene algún tipo de relación con la localidad que consignó el agente en el boletín de denuncia dado que si ese domicilio es uno antiguo y es el que aparece en Tráfico no sería recurrible ya que debe realizar el cambio de domicilio y tenerlo actualizado. Por otro lado, si realmente, el agente se equivocó a la hora de transcribir los datos y usted nada tiene que ver con ese domicilio sí sería recurrible por defecto de forma.
Hola el otro recibi una llamada de una agecia de recurrir multas porque habia publicado la sancion en el boletin pero la multa no me ha llegado al domicilio sera pporque vivo en otra provincia deferente a la de Madrid concretamente en Ávila he llamado al ayuntamiento y me enviaron una carta para pagarla con su foto y es por haber aparcado en una calle de residentes como no somos de Madrid no conocemos y tampoco sabiamos de dicha multa pero buscando por Internet tenemos otra que no nos a llegado y tampoco hemos sido notificados que puedo hacer ya estan publicados en el boletin puedo recurrir yo misma gracias
Estimada María:
Las multas se publican en boletín cuando no se ha podido efectuar una notificación efectiva bien porque el cartero ha acudido a su domicilio en dos ocasiones y estaba ausente y tras dejarle aviso para acudir a correos no lo ha hecho en plazo a recoger dicha carta certificada, o bien el domicilio que tiene en Tráfico no es en el que vive actualmente, etc. Por tanto si ha localizado las multas publicadas, puede recurrirlas si están en plazo sobre el fondo del asunto o sobre defectuosa notificación si esto hubiera sido así. La publicación no es por vivir en Ávila ya que Madrid también dirige el procedimiento a otras comunidades es por no haber podido notificarle en el domicilio que conste en su registro, bien por no estar actualizado o bien por no encontrarse en el mismo.
Hola, el otro dia me llevó la grua el coche porque estaba en linea amarilla y en la multa me pone que estaba encima de la acera obstaculizando el paso a peatones. En la carta pone que han sacado foto. ¿ Es recurrible? Porque encima en donde tenia aparcado el coche no hay ninguna acera y menos obstaculiza a peatones. Gracias
Estimado lector,
Su denuncia es, en efecto, plenamente recurrible, máxime si, como en el caso que nos ocupa, hay por su parte una contradicción evidente con la descripción de hechos que figuran en la denuncia. En este caso las pruebas y en particular la fotografía que dicen tener, son determinantes para confirmar los hechos que se denuncian y si realmente concurrían las circunstancias que en ella se reflejan. A Vd, le asiste el derecho a la presunción de inocencia, en tanto la Administración no logre demostrar mediante las pruebas, que los hechos por lo que denuncia son exactos.
El otro día la Policia Local de Albacete me sancionó alegando que circulaba a mayor velocidad de la permitida (radar movil).
Yo no firmé el boletín, y ahora, revisando el boletín de la denuncia observo que el agente puso «No Firma», pero por error lo puso en la casilla reservada para el denunciante, y por tanto él no firmó el boletín (únicamente figura su número de identificación).
Es motivo este para alegar defecto de forma?
Por otro lado, cuanto tiempo ha de transcurrir hasta que me llegue la notificación a mi domicilio (esto fúe el pasado jueves 4 de abril).
Gracias
Estimado lector, con relación al posible defecto de forma que aduce, en el sentido de que el Agente solo consignó su número de identificación, sin llegar a estampar la firma, le puedo indicar que la LSV establece que en las denuncias figure el nombre y el domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación personal. A nivel reglamentario se añade que los boletines de denuncia serán firmados por el denunciante y denunciado, si bien solo matiza que podría ser prescindible la firma del denunciado. Consecuentemente si falta la firma del denunciante es un defecto plenamente alegable, que puede suponer la nulidad del acto o en su caso su anulación. Por otro lado, le puedo indicar que el boletín que le han extendido, es acto plenamente recurrible en el plazo de 20 días naturales desde la fecha de la supuesta infracción, solo en las denuncias que no se notifican en el acto es obligatorio notificarlas con posterioridad, contando la Administración con un plazo de 6 meses para poder hacerlo (caso que como el presente sea una denuncia por exceso de velocidad)
Un atento saludo
Buenas noches, me han puesto una multa por velocidad con un radar movil, me han enviado la multa con foto, pero la carretera está mal, yo no circulaba por esa carretera, de hecho iba a trabajar, y tengo un justificante de que ese día iba en otra dirección. Si alego adjuntando el justificante, se me anulará?
Gracias!
En primer lugar si existe fotografía y usted tiene certeza que no estaba en dicho lugar tendrá que verificar si el modelo, color, matrícula etc del vehículo corresponde porque, salvo que su vehículo en dicha fecha lo condujera una persona distinta a usted, pudiera tratarse de una duplicidad de placas. Por otro lado puede alegar que al ser un radar móvil bien pudieran haberle notificado en el acto como exige la Ley de seguridad vial y de hacerlo se habría verificado en dicho momento la identidad del conductor. Si en el justificante que desea aportar figura no sólo su nombre sino su matrícula pudiera aportarlo ya que de otro modo su persona no siempre se vincula al vehículo ya que pudo ser otro quien lo condujo, bajo su consentimiento, pese a que usted sea por ejemplo el propietario del mismo.
Me han puesto una multa por q la banda de rodadura de una de la gomas estaba desgastada y en la copia de la multa han puesto mal la fecha pone 14/014/14 podria recurrirla
Estimado lector,
Con relación a su consulta, deduzco que le entregaron el boletín en el acto. Como notificación de denuncia, en efecto, debe cumplir unos requisitos formales, entre ellos la fecha de la infracción. Ahora bien, es cierto que hay defectos o anomalías subsanables, que además la Administración los puede compensar con una prueba como el informe de ratificación. No obstante en su caso puede ser un elemento más a destacar y que pueda poner en entredicho la capacidad de observación del Agente denunciante, es decir, si en un dato elemental como la fecha de infracción, se pueden deducir errores, ¿qué se puede esperar de la apreciación que haya podido hacer sobre el hipotético desgaste de neumáticos?. Por tanto, en su caso, se pueden alegar como principales defectos la falta de precisión en la fecha de la denuncia (el mes 14 no existe) y que conlleva a su vez una falta de credibilidad del hecho que se denuncia, por lo que serían esenciales elementos probatorios, que de no existir, deberían suponer la nulidad de la denuncia.
Un saludo
Me han puesto una multa por estacionar en plaza de minusbalidos. No me encontraba en lugar, al llegar y ver la multa me di cuenta que la hora estaba mal. Eran sobre las 21.00 de la noche y en la multa ponia 13.05. A esa hora estaba trabajando en otra localidad, si justifico que no estaba en el lugar de la multa me la quitaran? Con que puedo justificarlo?
Gracias
Estimada lectora,
Con relación a su consulta, indicar que, puede, en efecto, presentar escrito alegando error en la infracción que se le imputa, ya que en la fecha y hora de la denuncia, tanto Vd, como su vehículo (este último, muy importante), se hallaban en tal localidad o lugar. En este sentido podría presentar un principio de prueba a su favor, que demostrara su afirmación (ejemplo justificante de la empresa en la que trabajara, del parking o garaje donde eventualmente tuviera el vehículo, declaración de algún testigo que confirmara que tanto Vd como el vehículo denunciado se hallaban a las 13.05 en tal lugar….). Es cierto que los agentes gozan de presunción de veracidad pero, considerando, las circunstancias del caso la remisión de elementos probatorios determinantes pueden ser esenciales para destruir la presunción de inocencia que le otorga la Ley.
Un atento saludo
Hola,
hoy (16/04/2014) he recivido acasa una notificacion de denuncia e incoacion de expediente sancionador por estacionar en zona verde sin el distinctivo que lo autoriza. La denuncia ha sido formulada por controlador del S.E.R. En el coche estaba un acompaniante (por eso no se ha puesto el ticket). La fecha de la infraccion ha sido 13/03/2014 es decir un mes atras. El problema es que en el dia de la infraccion el controlador no ha avizado al acompaniante que va ha multar ese vehiculo, no ha dejado el boletin de denuncia el el parabrisas del coche. Se que el Art. 76 de la LSV establece como norma general que: “Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.” Sin embargo también establece las siguientes excepciones: “No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
b)Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
c)Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.”
Mi problema es que ninguna de estas tres excepciones no se han dado en la hora y fecha de la infraccion (podrian decir que no estaba el conductor…el acompaniante mismo podria ser el conductor ..ellos no saben y no lo pueden demostrar). Podria ganar al recurir?
En relación a la cuestión que nos plantea, debemos indicarle que efectivamente el agente denunciante tiene la obligación- impuesta por el art. 76 de la L.S.V.- de notificar en el acto al denunciado la denuncia en forma de boletín. Evidentemente, si el vehículo está estacionado y el conductor está ausente, no es posible dicha entrega del boletín, por lo que deberá comunicarse y notificarse con posterioridad en el domicilio del titular del vehículo. Es cierto que si estaba presente su acompañante dentro del vehículo, el agente podría haberle notificado y entregado copia del boletín, pero en dicho caso el agente presume que no es el conductor, por lo que para mayor seguridad, se le notificó la denuncia al titular en su domicilio. Se entiende que la excepción b) del art. 76 de la L.S.V. sí se ha producido, por lo que el procedimiento de notificación de la denuncia se ha tramitado correctamente. Los agentes desconocen si el acompañante era o no el conductor, pero si muy probablemente se hallaba ubicado en el asiento del copiloto, se presume que no es el conductor ni el titular.
En consecuencia, recurrir la denuncia en base a esta cuestión procedimental de notificación, no ofrece apenas garantías de éxito, ya que como se ha manifestado, el procedimiento de notificación se ha llevado correctamente conforme establece la L.S.V. en el precepto citado. Recuerde no obstante que en caso de querer recurrir la denuncia, perdería la bonificación del 50% del importe inicial en caso de que no prosperen las alegaciones.
Ayer me pusieron una multa por aparcar en el paso de peatones. Pero hoy al revisar la multa he visto que se han equivocado en la direccion de la infraccion.
La calle es Avda jaime II, 70 i ellos han puesto avda jaime I, 74.
Puedo recurrir?.
Debemos señalarle que en base a lo que nos indica en la formulación de su pregunta, se trata de un defecto de forma grave en el que incurre la denuncia.
Consignar erróneamente el lugar de la presunta infracción por parte del agente es un defecto grave que provoca o puede provocar que la denuncia incoada sea nula de pleno derecho por carecer de los elementos indispensables y básicos para poder incoar expediente administrativo sancionador con las mínimas garantías exigibles en aras de la seguridad jurídica del denunciado. El lugar de la infracción junto con la fecha, hora y datos básicos del vehículo (matrícula, marca, modelo, color) son los indispensables para poder formular la denuncia correctamente con las mínima garantías jurídicas. Omitiendo uno de ellos o consignarlo erróneamente provoca en principio y de manera automática la nulidad de pleno derecho del acto sancionador ya que el procedimiento no puede sustentarse. En consecuencia y por lo expuesto, puede recurrir con muchas garantías de que prospere su recurso alegando el defecto de forma antes citado.
Me llego una multa por beber en la calle y no me dieron notificación alguna ni nos dijeron nada.. simplemente nos cogieron los datos a mi y a mis compañeros .A ahora me a llegado la multa diciendo que al no presentar alegación tengo que pagarla
Puedo recurrirla?
El procedimiento seguido es defectuoso. Este tipo de denuncias suponen el levantamiento de un acta en el momento, que a su vez es recurrible en el plazo de 10 días pero que al no notificarle en el acto, le ha impedido hacer alegaciones.
Motivo que se puede argumentar en el recurso de reposición que tiene ahora la posibilidad de interponer.
Buenas tardes,
Me llegó una notificación de denuncia por mal estacionamiento en la que encuentro los siguientes defectos.
– En cuanto a la marca y modelo de vehículo-en la notificación de denuncia indican una descripción que no es correcta completamente (p.e. renault laguna C1.7)C1.7 no sería correcto
Mientras que en el boletín de denuncia indicarían solo renault laguna.
– En cuanto al artículo y norma infringido, en la notificación indican art.91.2 5G CIR (viendo esto yo no sé qué significa cir y que norma estoy infringiendo), y en el boletín art. 91.2 Ley reglamento circulación.
– En cuanto al motivo de la infracción, en la notificación indican estacionar en una zona reservada a carga y descarga durante las horas de utilización, mientras que en el boletín solo indican estacionar en zona reservada a carga y descarga (sin manifestar si fue durante las horas de utilización o no).
¿Podrían informarme sobre si procede realizar alegaciones y, en ese caso, si prosperarían en vía administrativa, o tendría que llegar a recurrir en vía judicial?
Gracias
como complemento a la pregunta anterior,(de Malú)
¿Es obligatorio por parte del agente de la autoridad obtener foto de un mal estacionamiento?.
¿tienen que indicar calle y número? en mi caso solo indicaron la calle.
gracia.
En su caso, es claro que debe recurrir ya que la LSV expresamente dice que en las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso, la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción y una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, por tanto, en la denuncia le deben indicar tanto la calle como el número y precisar claramente las características del vehículo infractor.
Por otro lado, indicarle que está bien tipificado el hecho denunciado dado que en el boletín de denuncia se establece expresamente el artículo y la norma. En cuanto a su argumento de que en el boletín de denuncia sólo indican estacionar en zona de carga y descarga sin manifestar si fue durante las horas de utilización o no indicarle que habría que ver la hora de la denuncia ya que sería otro motivos más de impugnación si la sanción se la hubiesen puesto fuera del horario de carga y descarga.
En cuanto a la necesidad o no de la fotografía en este tipo de sanciones, indicarle que muchos Juzgados establecen que existen infracciones en las cuales no es posible obtener otro medio probatorio diferente a la denuncia y en esos casos debe bastar como prueba la declaración testifical o ratificación del agente, pero hay infracciones, como las relativas a estacionamientos prohibidos, en que son perfectamente fáciles otras pruebas, tales como una fotografía. Por tanto, es un motivo más de impugnación.
Finalmente, nos comenta si tendría que acudir o no la vía judicial, en cuento a esta cuestión, habría que ver cómo se desarrolla el expediente administrativo, a priori no se puede dar una respuesta ya que dependerá de si la Administración remite pruebas, si se produce la prescripción, la caducidad, etc.
Saludos
buenas noches, resulta que que hoy me han denunciado por aparcar 3 minutos en una zona cercana a la farmacia y en la que no entorpecia el trafico en absoluto. fue una actuación de suma urgencia y creo que es una denuncia de muy mala fe. De todas formas la copia del boletin de denuncia que me dejaron en el cristal es totalmente ilegible y no se aprecia nada de lo que se quiso poner alli ( hecho denunciado, ni lugar de la denuncia, ni identificación del denunciante, etc., nada absolutamente ) ¿podria recurrir la denuncia por producir indefensión en cuanto al desconocimiento de todos estos datos? Gracias por vuestra ayuda.
Buenos días José Francisco,
En relación a su sanción, tendrá que esperar para recurrir que le llegue al titular del vehículo y éste identifique al conductor (quizá sea usted ambos conceptos) y en ese momento estimo los datos sí serán legibles, de no serlo pudiera alegarlo argumentando efectivamente la indefesión producida al no tener conocimiento de lo que se le acusa, principio constitucional. Por otro lado pudiera indicar que fue una gestión inferior a dos minutos, siendo de esta ,manera parada y no estacionamiento, salvo que por ejemplo carril bus (que se prohibe tanto la parada y el estacionamiento) y de carácter urgente. Asimismo solicite como prueba el informe de ratificación del agente denunciante que de no producirse o ser deficiente le anularán la sanción por falta de prueba.
Un saludo
buenos dias, me han multado por circular con vehiculo cuyos neumaticos no presentan dibujo en banda de rodadura, en la denuncia han puesto mal las dimensiones del neumatico, segun denuncia 215/70R15 cuando en realidad llevo unos 205/70R15, ¿existe defecto de forma en la multa? Gracias
Estimado lector,
En las denuncias por neumáticos generalmente será la Jefatura la que incoe expediente al titular del vehículo. Cuando esto suceda, podrá presentar alegaciones, solicitando una serie de pruebas entre ellas el informe de ratificación del agente, el resultado de las mediciones efectuadas y las características y modelo de neumáticos. En efecto si existe un error en el modelo que consigna el denunciante, puede ser motivo para poner en entredicho la capacidad observadora del mismo y también su dictamen, pues del mismo modo que cometió error en ese dato, perfectamente pudo no apreciar correctamente el grado de desgaste de los neumáticos.
Un saludo
Me han puesto una multa por exceso de velocidad. Al parecer había un radar y me paro la Guardia Civil. Me dejaron el boletín de denuncia y cuando lo iba a pagar me fijo que la matrícula es errónea HKJ en lugar de HJK y que el Marca y Modelo de coche es diferente al mío (yo conduzco un Skoda Octavia y aparece un AUDI Q3). ¿Es susceptible de recurso? ¿Merecerería la pena recurrir o es mejor pagar con el descuento del 50%?
Gracias
Estimado Antonio,
En relación a su consulta, debemos señalarle que por la información facilitada en su consulta, existe claramente un defecto de forma en el mismo de elevada y especial relevancia, ya que no sólo se ha errado en la consignación de datos como la marca y el modelo del vehículo, sino que se ha producido un error esencial y fundamental para la identificación del vehículo infractor, como es la matrícula. El defecto de forma producido en el boletín de denuncia, al poseer datos e información muy relevante para la identificación del vehículo, es un motivo más que suficiente como para proceder al recurso pertinente en aras de que el organismo sancionador proceda al archivo del expediente sancionador incoado por exceso de velocidad. Los datos para la identificación del vehículo han de ser correctos, y muy especialmente la matrícula, la cual no corresponde con el vehículo que usted conducía en aquel momento. Por todo ello, desde Pyramid Consulting le aconsejamos que recurra el boletín por existir un defecto de forma grave y difícilmente subsanable, ya que afecta a datos básicos y fundamentales, no menores. Existe no obstante, un riesgo de que no prospere el recurso, por lo que perdería la bonificación del 50 %, pero dado el defecto citado, consideramos que el recurso tiene muchos visos de prosperar con éxito.
Saludos
Mui buenas.el otro dia me denunciaron por no llevar el cinturon de segurridad puesto atras.en la denuncia me pusieron el d.n.i mal pero el nombre i la direcion estan bien.se podria recurrir la denuncia.gracias
Buenos días Juan Matias,
En respuesta a su consulta manifestarle que toda denuncia es recurrible, otra cuestión diferente es si es aconsejable o no recurrir dadas las garantías de éxito en base a la notificación entregada y toda la información contenida en ella. Si en el boletín de denuncia entregado contiene un defecto de forma de cierta envergadura, la impugnación del mismo en vía administrativa tiene elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente quedaría archivado. Otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación. No obstante, y dado que el defecto de forma que padece el boletín es ciertamente considerable por afectar al número de DNI, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son notables si decide impugnar. Debe recordarse por supuesto, que dicho defecto podría ser subsanado por el organismo por considerar que es un error de mínima envergadura, y no proceder en consecuencia al archivo y anulación del mismo. La calificación de la «gravedad» del defecto de forma corresponde lógicamente a la administración, la cual habrá de considerar si este defecto invalida o no la incoación del expediente, siguiendo pues su tramitación ordinaria o archivándolo y dejándolo sin efectos sancionadores.
Saludos
El otro día me notificaron un multa de circulación en la que no se incluía la velocidad máxima permitida en la via ponia algo como «Circulaba a 63 km por hora en una vía limitada a __ km/h» Sin rellenar ese dato ¿Eso es un defecto de forma? ¿Debería recurrir?
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos platea, comentarle, que desde nuestro Dpto. Jurídico, recomendamos, sin lugar a dudas, recurrir la notificación recibida, la cual, es contraria a lo dispuesto en el artículo 74 Ley de Tráfico y Seguridad Vial, al no contener los datos necesarios sobre el hecho denunciado. En las multas por exceder los límites de velocidad, es esencial conocer la velocidad que rige en el lugar la denuncia así como la velocidad a la que se circula, dado que en caso contrario, no es posible precisar si existe o no infracción administrativa.
Un saludo.
Me han puesto una multa por sobrepasar la tasa de alcohol, soy conductor novel la multa es de 500 euros y 6 puntos, pero resulta que el hecho denunciado que es el 5G dice: circula con una tasa de alcohol en aire superior a 0.15 mg/l, mis dos lecturas dieron 0.26 mg/l por lo que no doble la tasa de alcohol. Entoces la multa son 500 y 4 puntos…. puedo recurrir la multa por el error en los puntos.
Buenos días Ana,
Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico en este caso. Por tanto, si realmente en la notificación entregada existe un error en el cómputo de los puntos a detraer en función de si dobló o no la tasa de alcohol aspirado, debe recurrir alegando un defecto de forma grave, ya que no se está indicando correctamente los puntos exactos a detraer, siendo cuatro pero indicados seis puntos erróneamente en la notificación de denuncia. Desde Pyramid Consulting le animamos a que impugne envía administrativa la denuncia por superar la tasa de alcohol en aire, basándose en el defecto de forma grave producido en el cómputo de los puntos y erróneamente expresado en la notificación entregada. Le recomendamos que adjunte copia de la denuncia en el recurso para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, manifestándole que la detracción será de sólo cuatro puntos, y no de los seis iniciales.
Saludos
Buenos dias.
Mi caso es el siguiente:
Me multaron por beber alcohol en la vía pública, a mi y a unos cuantos amigos. El caso es que en la denuncia pone: HECHOS…»CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS…WHISKY CON COCA-COLA».
En ningún momento consumimos whisky, ni siquiera había una botella de whisky en el lugar. De hecho, ningún policia recogió pruebas físicas, por lo que no pueden demostrar lo redactado en la multa por dos razones: no ser cierto, y no tener prueba física alguna.
¿Cómo debería proceder ante esto?
Muchas gracias
Estimado David,
En relación al supuesto de hecho que nos plantea, comentarle, que desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le recomendamos, dentro del plazo concedido al efecto, proceder al recurso de la denuncia que le ha sido notificada. Dado que como bien apunta, no existe prueba alguna tomada por el agente denunciante sobre el contenido de la bebida que se estaba tomando ni sobre el grado de alcohol de las mismas, debe prevaler el derecho a la presunción de inocencia reconocido constitucionalmente. En este sentido, se han venido pronunciando distintos jueces y tribunales, lo que conlleva al necesario archivo de las actuaciones.
Un saludo.
Buenas tardes,
Me llamo Cinta y esta mañana me han multado en la zona azul de Huelva capital,no había puesto el ticket y la multa es de 7 euros.Mi sorpresa es que el controlador a puesto la matrícula mal, se ha equivocado en un número y también en una letra.Me llegará la multa a mi dirección???? ó a ellos al meter la matrícula en el ordenador le saldrá otra persona y otra dirección,puesto que es totalmente otra matrícula.
Apreciada Cinta,
En respuesta a su consulta, debemos manifestarle que si el controlador de zona de estacionamiento limitado ha errado en la consignación de los datos básicos del vehículo en el boletín de denuncia, -como es el número de la matrícula-, lo más probable es que la denuncia difícilmente se le notifique a usted en su domicilio, ya que al haber consignado otra matrícula, corresponderá a otro propietario, y será éste quien tenga que recurrir la denuncia. Si finalmente la denuncia se le notifica en su domicilio, significa que se ha corregido el error durante la tramitación de la denuncia -antes de la notificación- al interesado. Con toda probabilidad la denuncia no le llegará a usted, ya que en la base de datos informatizada constará otra persona en relación a la matrícula, pero si la persona destinataria final recurre y alega defectos de forma, -procediéndose a la subsanación de los mismos-, podría trasladarse de nuevo el expediente sancionador a usted, ya que podrían identificar correctamente cuál era el verdadero y correcto vehículo infractor.
Saludos
hola me an denunciado por alcoholemia en el papel donde dice que he estado imputada por los echos isguientes alegan esto: conducir un vehiculo a motor sobre los efectos de bebidas alcoholicas.
aqui no me dice ni tasa de alcohol ni nada mas y por cierto esto me paso el jueves noche es decir la noche del 1/05/2014 5:00 am y en la denuncia pone 02/05/2014 misma hora puedo alegar algo ante la fecha y la NO NOTIFICACION de las dos pruevas de alcoholemia ?
Estimada Noe,
Las denuncias de alcoholemia, al igual que todas aquellas que se basan en algún tipo de medición, deben ir acompañadas del consiguiente soporte probatorio, y de no ser así, el hecho denunciado como mínimo debe plasmar el hecho objetivo en que se basa la denuncia, especialmente si se ha sometido al conductor al test pertinente.
Por ello cabe defender el expediente manifestando la existencia de defectos formales, y naturalmente, si no le han acompañado copia de los tickets, estos deberán serle trasladados previa petición por su parte en la fase de alegaciones.
Un saludo.
Buenas:
Ayer me han multado por exceso de velocidad. Cuando la leo en casa, observo que en denunciado, ponen a otra persona, nombre, apellidos, DNI, direccion y localidad.
Entiendo que han tecleado mal el DNI en la maquina y les ha salido otra persona que aparece como infractor. Que me puede pasar?
gracias
Buenos días Antonio,
En su caso, lo mejor es no hacer nada, puesto que le han dado un boletín de denuncia a nombre de otra persona, por tanto, no se puede acreditar que le hayan notificado correctamente su sanción. Además, no tiene sentido que bajo ese nº de expediente usted presentase alegaciones porque no es la persona denunciada y directamente no se tendrían en cuenta.
Saludos
Es posible recurrir una multa de estacionamiento, cuando no coincide el hecho denunciado en el boletín de denuncia y en la notificación de denuncia?
Estimada Julia,
Con relación a su consulta indicarle que, en efecto, el hecho denunciado es uno de los datos claves en cualquier imputación de responsabilidad derivada de denuncias de tráfico; por tanto, en su caso, si no existe coherencia entre el hecho que se recoge en el boletín y aquél por el cual posteriormente le notifican la incoación de expediente, puede ser motivo claro de recurso.
Un saludo
El día 3-5-2013 aparque en una zona que no tiene continuidad porque hay un muro que protege una vías ferroviarias y corta la avenida perpendicularmente. En una situación normal esta avenida seria de dos carriles por dirección pero que esta inacabada y de hecho donde yo aparque no estaba ni señalizados los carriles ni pintada la prohibición ni señal ninguna.
Bueno se me llevo el coche la grúa a mi y a todos los que habíamos aparcado y encima la correspondiente multa. Pasaban dos patrullas de policía local y las paramos para preguntarle cual era el motivo por el cual nos habían multado y se habían llevado el coche, los agentes muy amables (uno de ellos un cabo) no supieron decirnos el motivo, ya que no habían sido ellos (ellos eran de la comisaría de barrio)pues consideran que los coches no están mal aparcados ya que la avenida no esta acabada, (palabras de ellos) nos dijeron que presentáramos recurso. Así lo he hecho a través del seguro del coche, una primera vez y me vino desestimado y una segunda vez aportando fotografías y también me ha venido denegado, es totalmente injusta y me gustaría saber si os puedo hacer llegar las fotografías de alguna manera para que realmente veáis de donde me quitaron el coche. Lo que me queda es poner un recurso de lo contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Valencia. También indicarles que la tipografía utilizada en la notificación no tiene uno coma ocho puntos como establece la ley de contratos. Al ser posible me gustaría que me contestasen lo antes posible pues el ultimo día por el cual puedo reclamar es el lunes doce de mayo. Un saludo y muchas gracias de antemano
Estimada Beatriz,
En relación a su consulta, debemos señalarle que en función de la información que nos ha facilitado, si en la vía administrativa han sido desestimados todos los recursos interpuestos, sólo cabe- como usted muy bien nos indica-, el denominado recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado, es decir, acudir a la vía judicial como última posibilidad para que le estimen sus pretensiones. Es evidente que para acudir a esta vía debe estarse muy seguro de lo que se demanda, y con pruebas muy sólidas para sustentar dicha acción procesal. Casi con total seguridad, si en dicho lugar no existían señales verticales ni horizontales de prohibición de estacionamiento, es que se tenía el derecho a estacionar, y más si algún agente carecía de motivos para fundamentar el motivo de la denuncia y posterior retirada de su vehículo. No obstante, y siendo muy especialmente prácticos en la cuestión económica, debe valorar si procede o no acudir a la vía judicial, ya que por el importe de la denuncia, deberá pagar tasas judiciales para presentar la demanda, junto con honorarios de abogado y procurador, por lo que muy posiblemente, dicho cantidad de gastos supere el propio importe de la denuncia. Desgraciadamente, acudir a la vía judicial tiene unos costes, los cuales sólo son factibles si el importe de la denuncia es ciertamente elevado y compensa acudir al contencioso exclusivamente por costes económicos. Otra cuestión es que el tema económico no le importe ni sea una prioridad, y lo único que usted pretenda es litigar con la Administración Pública por haber dictado ésta un acto sancionador absolutamente injusto y no conforme a Derecho. Desde Pyramid Consulting aconsejamos que si el importe de la denuncia es relativamente bajo, no acuda a la vía judicial, ya que el coste puede ser incluso superior al de la multa o muy similar. Otra cuestión es si la denuncia supone pérdida de puntos del Permiso de Conducción etc… Esa valoración es personal y debe meditarlo basándose sobre todo en criterios económicos.
Saludos
Hola, me han multado por aparcar en un lugar prohibido. Al ver la multa cuando he ido a recoger el coche he advertido que el modelo estaba mal (Ponía Opel Astra cuando tengo Corsa) y también estaba mal la fecha (10 cuando era 11?. Se puede recurrir? que porcentaje de éxito tengo? Gracias
Buenos días Miguel,
Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico, en este caso. Por tanto, si realmente en la notificación entregada existe un error de los datos esenciales del vehículo como la fecha y matrícula muy especialmente, marca y modelo del vehículo, lugar de la infracción etc…, debe recurrir alegando un defecto de forma grave, ya que no se está indicando correctamente la información esencial del vehículo en la que debe basarse la incoación del expediente sancionador de tráfico. Desde Pyramid le animamos a que impugne en vía administrativa la denuncia por defecto de forma, presentando recurso contra dicha denuncia, basándose en la errónea información facilitada y plasmada en el boletín. Le recomendamos que adjunte una copia clara y visible del boletín de denuncia en el recurso como prueba documental, con el objetivo de que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar que efectivamente se ha producido un error de información, un defecto formal en la notificación, el cual debería ser subsanado mediante una resolución estimatoria a su favor, procediendo así al archivo. Las garantías de prosperar son en principio ciertamente elevadas, aunque cabe decir que no totales, por lo que en caso de desestimación perdería la bonificación del 50% del importe inicial, pero en principio y tratándose de un error como la fecha y marca del vehículo, es evidente que se ha identificado incorrectamente al vehículo y en consecuencia, el éxito y viabilidad del recurso debería ser casi absoluto.
Saludos
Buenas tardes, el pasdo viernes me multo la guardia urbana por estacionar en un carril de circulacion. Me dejaron una copia de la denuncia en el parabrisas del coche, al leer la denuncia resulta que se han equivocado del modelo del vehiculo, no es ni la marca ni el modelo de mi coche, la matricula si. Puedo hacer un pliego des descargo por esto? Es caso afirmativo que alego? Error de modelo del vehiculo? Muchas gracias!
Estimado lector,
Con relación a su consulta indicarle que el dato más determinante es la matrícula, sin embargo,la falta de coincidencia del resto de datos puede tener mucha importancia para cuando le notifiquen la denuncia de modo formal, efectuar la defensa al efecto, pues le va a servir para apoyar una línea de defensa que consistiría en negar hechos, en negar haber dejado su vehículo en el lugar de la infracción. De este modo si la Administración no dispone de pruebas determinantes (una fotografía, por ejemplo), podría tener posibilidades ciertas de conseguir la nulidad del expediente.
Saludos
Hola me han multado en un puente con 3 carriles ,el del centro reversible,yo por despiste no veo q el carril se encuentra cerrado el de la derecha y cuando me percato me voy al centro,un guardia civil q estaba en el centro del puente me para a esa altura y me multa por circular por un carril cerrado,al entregarme la multa me percato q pone direccion descendente pero solo fueron los primero 10 metros del carril que es ascenedente,se puede recurrir,
Estimado Ivan,
Con relación a su consulta indicarle, que como toda denuncia notificada en el acto, es plenamente recurrible, intentado ofrecer una versión de hechos de contraste con la que figura en el la denuncia, para obligar a la Administración a tener que remitir pruebas que destruyan la presunción de inocencia que le reconoce la Constitución, de este modo si la Administración no consiguiera remitir pruebas suficientes las posibilidades de que tendría de conseguir un resultado favorable serían bastante elevadas.
Un atento saludo
ME MULTARON LOS FEDERALES POR IR EN SENTIDO CONTRARIO «SEGUN ELLOS», EN UNA VIA DONDE LA MAYORIA VA REBASANDO LOS CAMIONES CAÑEROS, PERO PUSIERON MAL MIS PLACAS QUE SON: MES 3031. PERO AL BAJAR LA INFRACCION DE INTERNET APARECE COMO:ME5 3031. LO DEBO PAGAR O NO? GRACIAS
Estimado Israel,
En relación a la cuestión que nos plantea indicarle que si en la denuncia recibida existe un error en la identificación de la placa de matrícula u otras defectos de importancia, existe en consecuencia un defecto de forma grave en la notificación, ya que hay un error en la identificación del vehículo, dato e información esencial a la hora de iniciar cualquier procedimiento sancionador en materia de tráfico. Por tanto, tiene la posibilidad de recurrir la denuncia alegando un defecto de forma grave en la notificación, ya que la identificación del vehículo es teóricamente absolutamente errónea. Lógicamente debería prosperar el pliego de descargos contra la denuncia, aunque la seguridad absoluta no existe, no obstante, las garantías son muy elevadas de que prospere dado el error en la notificación de sanción. Recordarle que el proceder al recurso implica la pérdida de la bonificación para el pago, por lo que en caso de desestimación de las alegaciones, deberá pagar el importe íntegro de la denuncia, ya que la bonificación se pierde automáticamente al proceder al recurso contra la denuncia. Si los defectos de forma son de cierta entidad (como el número de matrícula, fecha o lugar de la infracción) etc… las probabilidades de éxito del recurso en vía administrativa son muy elevadas, no en cambio si los defectos son de escasa importancia como el modelo o color del vehículo, ya que dichos errores de identificación difícilmente posibilitan la anulación del expediente ya que los defectos son subsanados a lo largo del procedimiento sin necesidad de archivar el expediente sancionador.
Saludos
Buenas tardes,
Me han sancionado por estacionar en una zona de carga y descarga con un vehículo de uso personal,yo no estaba presente en el momento de la multa y al revisar el papel de la sanción que han dejado en el parabrisas , he comprobado que la marca del vehículo era incorrecta . El resto de datos, matrícula, color y modelo si son correctos .
Se puede considerar un defecto de forma ? Y por tanto podría ser anulada la sanción .
Existe algún formulario standard para recurrir esta sanción, en caso que sea recurrible?
Estimado usuario,
En relación con la consulta que nos plantea, comentarle que el error en la marca del vehículo no es un vicio invalidante del expediente, ahora bien, desde nuestro Departamento Jurídico le recomendamos proceder al recurso de la misma, instando al agente denunciante a que ratifique su denuncia. En cuanto al formulario estándar, comentarle, que por nuestra parte no contamos con él, dado que nuestros escritos y recursos son personalizados y se ajustan, siempre y en todo caso, al supuesto de hecho concreto.
Un saludo.
hola: me an multado por estar estacionado 15 min sobre la acera y en la multa se an equivocado en el color del coche, podria recurrir?
Gracias.
Estimado David,
En relación con la cuestión que argumenta, sobre el error en el color del vehículo, aunque no es un vicio invalidante de la denuncia que le ha sido formulada, desde el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting, le recomendamos proceder a su recurso, dado que es un detalle muy importante si la discrepancia entre el color indicado y el color real de vehículo es palpable y latente, en el sentido de defender la denuncia por el posible error del agente denunciante a la hora de anotar los dígitos de la matrícula del vehículo infractor.
Un saludo.
Me han multado por «NO RESPECTAR UNA LINEA LONGITUDINAL CONTINUA» en la via A-2 km 586. No se me ha notificado en el acto por «INEXISTENCIA DEL LUGAR ADECUADO PARA PARAR EL INFRACTOR CON RISEGO PARA LA SEGURIDAD DEL MISMO Y DE LOS OTROS CONDUCTORES».
No hay fotografia.
Pero…he ido al lugar mencionado y en la autovia A-2 al km 586 no hay ninguna linea continua. Es una autovia con 3 carriles.
Puedo recurrir por defecto de forma?
Gracias
Estimado Roberto,
En efecto, cualquier denuncia es recurrible, máxime si como dice, en su caso, no se delimita que tipo de línea continua sobrepasó Vd y si además puede aportar incluso pruebas que desvirtúen completamente los hechos que se denuncian, con mayor motivo. Si además por parte de la Administración no logra remitir ninguna prueba que corrobore la denuncia, ni tampoco el informe de ratificación, las posibilidades de que su expediente sea anulado son elevadas.
Un saludo
Hola, me han multado por no tener la ITV pasada, pero al redactar la sanción el agente, en el concepto de la fecha ha puesto que ha sido hace 9 años. La multa está a mi nombre, pero yo para aquellas fechas aún no tenia ni permiso de conducir aunque era mayor de edad. ¿Puedo recurrirla?
Gracias
Estimado John,
Con relación a su consulta indicarle que, en efecto, la fecha de la infracción es un elemento clave en la denuncia de tráfico y consecuentemente puede presentar alegaciones al respecto. No obstante, es posible que la Administración pueda anular y reiniciar el expediente, si mediante el informe de ratificación o lo que conste en el boletín de denuncia, puede subsanar el error y en particular si coteja la información y verifica que, en efecto, el vehículo debió pasar en su caso la ITV y no lo hizo.
Saludos
Me llegó una multa en la que ponia q la fecha de la infracción era del 05/01/2014 en un paso d viandantes. Imposible pues era domingo y la calle es la de la guarderia de mi hijo los fines de semana no hay clases. Al solicitar el expediente pone que fué el 07/02/2014 y el modelo también esta mal, ¿recurro??
Buenos días Cris,
En efecto, defectos como los que indica son plenamente alegables en su defensa y considerando dichos defectos, será esencial para la Administración remitir pruebas contundentes en su contra (fotografía que evidencie la infracción), porque de lo contrario, la presunción de inocencia que lo otorga la Constitución se mantendría intacta.
Un atento saludo
Buenas tardes, el otro día en un control me multaron y ahora mirando la multa en casa veo que tiene dos errores: el primero es que falta una «s» en mi nombre (han puesto Jos Alberto en lugar de Jose Alberto) y el segundo es que han confundido el primer número de mi DNI…¿es recurrible?¿hay opciones de que se anule por alguno de estos hechos?
Muchas gracias!!!
Estimado Alberto,
En relación con la cuestión o cuestiones que usted plantea, comentarle que los defectos que usted ha apreciado, no son invalidantes de la infracción, ni tan siquiera de la notificación, dado que podemos catalogarlos de defectos menores. Ahora bien, para determinar las opciones reales de defensa y las posibilidades de anulación de la multa en cuestión, sería necesario analizar de forma pormenorizada el resto de datos y cuestiones relativas al fondo del asunto y a la forma de la notificación que le ha sido practicada.
Un saludo.
Hola,
me ha llegado una multa donde dice que es por no hacer caso de una señal vertical de prohibido girar a la derecha. Pero se han equivocado, porque la señal precisamente es de obligación de girar a la derecha. Si acaso lo que hice mal fue seguir recto cuando obligaban a girar. ¿Puedo recurrir?
Gracias por adelantado
Daniel
Buenos días Daniel,
En relación con la cuestión que usted nos plantea, decirle, que por supuesto que se trata de un supuesto recurrible, siempre y cuando esté en plazo, y desde nuestro Dpto. Jurídico le animamos a ello, dado que no es posible que le sancionen por llevar a cabo una conducta no prohibida. La señalización existente en la vía es la que determina que conductas pueden o no pueden llevarse a cabo, y en base a lo que usted expone, la denuncia puede ser anulada.
Un saludo.
hola me han puesto una denuncia los municipales me ha llegado el correspondiente boletin de la denuncia pero pone que estaba estacionado en tres calles diferentes no me dieron boletin si no que me llego por correo hice un escrito al ayuntamiento previemante despues de haber hablado con el agente sancionador dias posteriores por lo cual hice un escrito por defecto de forma al ayuntamiento ¿’ me vuelve a remitir el ayuntamiento otro boletin sancionador el mismo agente a la misma hora y dice esta vez que fue por hacer un giro a la izquierda habiendo una señal obligatoria a la derecha son 200 euros por favor tengo la obligacion de pagar dicha multa ¿?¿? lo que dice el agente no es lo mismo que dice el ayuntamiento despues de hacer un recurzo por defecto de forma me vuelven a remitir la denuncia coincidiendo con la del agente
Estimado Antonio:
Al ser una multa por estacionamiento no le han dado boletín en el acto al estar ausente y esto es correcto por ello le ha llegado por correo certificado. No obstante dice que le han sancionado por estacionar en tres calles diferentes, no es lógico pero estimo que el lugar de la denuncia le han indicado una y no 3 calles, de no ser así aléguelo.
En relación al segundo boletín si tiene otro número de expediente distinto dado que parece ser otra infracción tendrá que realizar las alegaciones en el plazo de 20 días, salvo que conste el mismo número de expediente y hayan subsanado el hecho denunciado, que de ser así habría que valorar si existe informe de ratificación del agente válido y en todo caso debieran retrotraer al momento de la denuncia.
Un saludo
le estare muy agradecido quien me asesore de este problema me podria llamar al telefono a cobro revertido por favor ¿?
Hola, me han puesto una multa por aparcar mal, en una calle con señales en los extremos pero que carecia de las flechas dentro de la señal. Por otra parte, en la multa no aparece ni el importe, ni el articulo y ademas en la casilla de firma de denunciado hay algo escrito, algo así como D. y algo mas escrito. Porque hay algo así escrito en la firma de denunciado si no estaba presente? Gracias por la ayuda
Estimado Miguel,
En atención a la cuestión que formula, para un correcto asesoramiento, deberíamos proceder a analizar los aspectos formales y materiales de la multa que le ha sido notificada. Ahora bien, presumiblemente y según usted indica, parece que la citada multa adolece de vicios de nulidad o anulabilidad en relación a los cuales habría que formular las correspondientes alegaciones, dado que el contenido de los actos administrativos se encuentra reglado en la legislación vigente.
Un saludo.
Hola buenos días,he recibido una notificación de multa y resulta que el dia y hora señalada por el guardia mi coche estaba dentro del parking y las dos unicas personas que lo conducen estabamos trabajando, aqui el error es la matricula la tomo mal el agente y no hay foto ahora me piden que justifique que mi coche se encontraba en el parking. Se puede recurrir? espero puedan ayudarme. Les pongo como se me notifico los hechos
NO CIRCULAR POR LA VIA LO MAS CERCA POSIBLE DEL BORDE DERECHO DE LA CALZADA DEJANDO COMPLETAMENTE LIBRE LA MITAD DE LA CALZADA QUE CORRESPONDA A LOS QUE PUEDAN CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO. SIN NOTIFICAR. LA MISMA EXIGIRIA INMEDIATO CAMBIO SENTIDO EN
Buenos días,
Hoy me han multado en valencia por saltarme un semáforo en rojo yendo en bici.
El policia no ha rellenado la casilla donde va la legislación infringida.
Que probabilidad de éxito tiene el recurrirla?
Gracias
Buenos días Ivan,
En respuesta a su consulta manifestarle que si el boletín de denuncia entregado por el agente contiene un defecto de forma de elevada envergadura (como es en concreto la ausencia del precepto infringido del RGC) la impugnación del mismo en vía administrativa tiene o “debería tener” elevadas garantías de éxito. En consecuencia la incoación del expediente sancionador plasmado en el boletín de denuncia quedaría archivado por ser nulo y carecer de los elementos básicos y fundamentales que debe contener todo boletín de denuncia para que se incoe un expediente sancionador con todas las garantías. Ahora bien, otra cuestión a tener en cuenta es que el propio Organismo sancionador de la localidad subsane la deficiencia formal y le notifique el error corregido en una posterior notificación. No obstante, y dado el grave defecto de forma que padece el boletín, las probabilidades de archivo del expediente sancionador son más que notables si usted decide impugnar. Toda denuncia o boletín puede recurrirse en base a un defecto de forma como el que nos indica en su consulta. El defecto de forma, no es más que un defecto (como su propio nombre indica) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador (en materia de tráfico en este caso).
Desde Pyramid le animamos a que impugne envía administrativa la denuncia, basándose en el defecto de forma citado. Le recomendamos que adjunte copia clara y visible del boletín en el recurso, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error, una ausencia de la información básica que debe contener todo boletín, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, archivando dicho expediente.
Saludos
Hola, ha comprado mi madre un coche a un particular, (la transferencia en trafico aun no se ha realizado, me han puesto una multa hoy por hablar por telefono, le he dicho el numero del dni al policia, y al darme la multa he visto que se ha equivocado en una letra de la matricula del vehiculo, asi como en el modelo y marca del coche, ¿si la recurro me la quitaran por defecto de forma?. Gracias
Estimado Fernando,
En relación a la consulta que nos ha planteado, debemos informarle que si en el boletín de denuncia entregado contiene diversos errores de gran importancia como los que nos cita (número de matrícula erróneo, marca y modelo del vehículo) , es evidente que se ha producido lo que se denomina como “defecto de forma” en la notificación, sea mediante boletín entregado en mano o mediante notificación recibida por carta certificada en el domicilio, pero en cualquier caso son notificaciones (defectuosas en su contenido y forma) emanadas de una Administración Pública. En principio y en teoría recurrir el boletín de denuncia por defecto de forma grave (como ocurre en su caso), debería tener como consecuencia el archivo del expediente sancionador, ya que la notificación adolece de defectos de forma graves que provocan la nulidad del acto administrativo. Ahora bien, podría suceder que el Organismo denunciante pueda subsanar la deficiencia formal y se le notifique la denuncia corregida en una posterior notificación, todo dependerá del instructor que instruya el expediente y de la interpretación y gravedad que le conceda a dicho defecto de forma.
Por tanto, desde Pyramid Consulting, le animamos a que recurra e impugne la denuncia alegando dicho defecto ante el organismo denunciante. Le recomendamos que adjunte una copia clara y visible del boletín en el propio recurso, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se han producido una serie de errores relevantes, una ausencia de la información básica y cierta que debe contener todo boletín, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, archivando por tanto dicho expediente y anulando en definitiva la multa impuesta.
Saludos
Ayer me denunciaron por impedir que otro vehiculo pudiese salir de donde estaba aparcado, ya que el mío estaba aparcado en batería justo detrás siguiendo el orden de los demás vehículos, ya que se trata de una campa de tierra sin señalamiento de plazas ni vertical ni horizontal. El problema era que justo delante de ese vehiculo había una pequeña valla, que desde mi posición de conducción era imposible de ver, ya que era muy baja.
El agente que me denuncio, la ha tipificado como grave.
También he de decir que cuando llegue al lugar estaba la grúa para llevarse el vehiculo y que el otro coche pudiese salir, tuve que pagar en el acto ese servicio de grúa. ¿Es legal que me puedan denunciar cuando no hay ningún tipo de regulación para aparcar en orden en ese lugar? ¿Puedo hacer algo al respecto?
Estimado usuario,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle, que desde nuestro Dpto. Jurídico le animamos a recurrir la denuncia que le ha sido impuesta, y que en caso de anulación deberá suponer la devolución de la tasa de la grúa municipal por usted abonada, dado que en materia de multas existe una máxima consagrada, como es: lo que no está prohibido está permitido. Para una correcta valoración del expediente, le aconsejamos ponerse en manos de profesionales que hagan un estudio minucioso del hecho denuncia indicado en la denuncia que le fue extendida, dado que si no existe señalización que prohíba la maniobra por usted efectuada, la denuncia debería ser anulada.
Un saludo.
Hola buenas me pusieron una multa por colarme en el metro de valencia, para empezar mi segundo apellido una de las letras esta cambiada una N por un W, a continuación el DNI el numero esta bien puesto pero la LETRA no es la que me figura en el DNI, no me aparece tampoco el código postal, y la multa al ser en valencia tiene dos partes a rellenar una en castellano y otra en valenciano, solo rellenaron la parte en valenciano que dice el trayecto en el que no portaba billete y no se valenciano. ¿ Habría algún método para no pagarla ?
Hola, me han puesto una multa por doblar la tasa máxima permitida de alcoholemia, por lo cual con la nueva ley, son 1000 euros 500 si pago en 20 días, mas 80 que he tenido que pagar por el deposito del coche, pero se han equivocado en la fecha del acto. La infracciones fue realizada el 7 a las 6:20, pero ellos han puesto en la denuncia el 6 a las 6:20. En caso de que cuando llegue la notificación a mi casa, persista el error tengo posibilidades de conseguir la nulidad de la multa. En el informe entregado al deposito de coche también se encontraba mal puesta la fecha.
Saludos y gracias de antemano.
Hola buenas noches:
Tengo un multa por estacionamiento en carga y descarga. La copia de la denuncia es correcta, pero la notificacion que me ha llegado tanto la marca como el modelo del coche no son correctos. Se podria recurrir o no tiene sentido si la copia de la denuncia es correcta.
Muchas gracias.
Hola,buenas tardes le pusieron una multa a mi mujer en un control por camara de video en casco urbano con una sancion por no obedecer una señal prohibida el caso es que la sancion me llega a mi por estar el vehiculo a mi nombre,la pregunta es si ese tipo de sancion tambien suele estar afectada por retirada de puntos ya que en mi trabajo el vehiculo es necesario a diario y en la notificacion no hace ninguna mencion al respecto
Saludos y muchas gracias
He recibido una multa de mi ayuntamiento.
Hecho denunciado: Estacionar en carril reservado para la circulación. (doble fila)
Indica “Motivo de no notificación en el acto: Mediante captación o reprod. de imágenes” (osea un coche con cámara en la parte superior)
En el día y hora indicado efectivamente sufrí un problema en la eléctrónica de mi coche que me obligó a detenerme.
Puse las luces de emergencia. Apagé el motor y me baje a fumar mientras esperaba que se enfriara. A los tres minutos volví a subir a mi vehículo arranqué y funcionaba perfectamente. Así que me marche.
Ahora recibo en mi casa esta multa por sorpresa. Pero y en esto me baso para la consulta:
La notificación indica que el hecho se produjo en una calle de nombre muy parecido al de la calle que estuve parado por avería pero distinto y que de hecho no existe en el callejero.
¿puedo alegar defecto de forma?
En caso afirmativo entiendo que podrían subsanar el error y volver a enviarme la notificación. O anularla y emitir otra nueva con la calle correcta.
La diferencia de un caso a otro es que perdería la posibilidad del pronto pago.
¿Cuál de las dos sería la más probable o posible legalmente?
Gracias. Un saludo.
el hecho denunciado «estacionar en doble fila sin conductor» tras alegar la deuncia sobre la discrepancia del hecho,ya que siempre estaba ocupado por el conductor, la propuesta de resolucion viene como hecho denunciado » estacionar en doble fila» sin mencionar que estaba sin conductor y se ratifica en el informe el agente denunciante y además como precepto infrigido art.60 ordenanz RDL 339/90, referente al permisos y licencias de conducción, mi preguntas vuelvo a alegar sobre la discrepancia de la redaccion del hecho ( sin conductor ) y solicito el informe de ratificacion del agente y, sobre el art. 60 tengo que presentar copia de mi carnet de conducir,gracias
Hola, me han denunciado en un carga y descarga fecha día 05-07-14 y en el boletín de denuncia pone fecha día 07-04-2014, casí tres meses de diferencia, pregunto si se puede recurrir y si es así las posibilidades de su archivo. También decir que el vehículo fue retirado por la grúa municipal.
Muchas gracias
Hola, me paro la policía municipal y me hizo soplar en un alcoholímetro pequeño y me multaon por sobrepasar de 0,25, pero al llegar a casa me di cuenta que en la denunciano han puesto los datos del conductor, están en blanco, solo han puesto los datos del coche. lo puedo recurrir y si es asi donde?. si hay pocas posibilidades prefiero pagarlo con la reducción. Muchas gracias
Hola quisiera saber si puedo recurrír una multa por estacionar en una calle peatonal. La cuestión es que al redactar la multa el agente en la marca del coche puso volfgvagen en ves de volksvagen además no puso el modelo de coche y en.la clase puso 1000 en ves de un 1400 que es el mio, por todo lo demás si estaba bien. Se podría recurrir??
Buenas tardes, me pusieron una multa cuya descripción es la siguiente: «Estacionar sobre la acera obstaculizando gravemente el tránsito de peatones».
Pero la cuestión es que no es una acera sino una propiedad privada sin estar señalizada claro.
¿Cómo podría recurrirla?
Tengo fotos del sitio mostrando claramente que no es una acera porque es un trozo de cemento….
Gracias!!
Hola
Me han puesto una multa con el coche radar y me envían la foto. Es por estacionar en doble fila pero la calle de la foto no es la que ponen de denuncia.
En la calle que pone en la denuncia no se puede aparcar ni en fila única ni en doble. ¿Es recurrible?
Gracias y un saludo
Hola.
Hoy me han multado por rebasar un semáforo en fase roja un agente de movilidad. ¿Me recomendarían recurrir el motivo, ya que no ha sido en fase roja, si no en ámbar fijo no pudiendo realizar la detención en condiciones de seguridad?
Por otro lado, en el boletín de denuncia, ponen todos los datos bien, matrícula, color, excepto la marca de la moto, que es otra que la mía. ¿Podría entenderse un defecto de forma invalidante por este motivo?
Gracias de antemano.
Saludos.
Hola,
He recibido multa en casa por aparcar en doble fila en una calle en la cual el número no existe (pone 34 y sólo llega hasta el 20). He solicitado foto y al verla he identificado el lugar, siendo una calle próxima, por lo que etiendo que se han equivocado en el nombre de la calle. Entiendo que es un error de forma y voy a alegar haciendo mención únicamente al error del número. Si existe foto real, ¿pueden luego sancionarme por la foto donde se ve el coche mal aparcado? Mal aparcado estaba, tienen la foto, pero ni en la calle que dicen y ni existe ese número. Gracias
Buenas tardes, estaba de vacaciones en Italia y me monte en un autobús. Cuando fui a pagarlo me di cuenta que la maquina no admite billetes y no tenia nada suelto para pagar, con la mala fortuna de que me pillo el revisor y me puso una multa. La cuestión es que el hombre solo apunto mi nombre (en el cual puso no mi nombre correcto sino mi nombre y mi primer apellido), en el apellido puso mi segundo apellido y en el Dni no puso nada. Aparte del nombre y el apellido mal puesto tiene mi fecha de nacimiento y mi lugar de nacimiento pero nada más, ni dirección de mi casa, ni telefono, ni nada más. ¿cree usted que esta multa es legal cuando no tiene ni mi DNI? ¿ si es legal cree que aún así me llegará a españa? la cuestión es que tenía 5 días para pagarla y no pude ir a hacerlo porque no sabia donde. Gracias
Me han multado por no llevar las gafas(debo ponermelas para conducir) en el momento que me pararon. La multa la escribieron bien pero a la hora de pasar los datos a la maquina e imprimir el recibo puesieron todos mis datos mal dni nombre direccion ect. Solo son correctos matricula y modelo. Que deberia hacer? Gracias
Buenas 🙁 me han denunciado y además de que el agente me dijo si le había llamado tonto irónicamente en la sanción no indica la matricula, además de que al irse por que les llamaban de otro aviso distinto no me dieron le boletín, podría recurrir por falta de algún dato u otra cosa, gracias.
Hola, voy al grano me han sancionado y falta el número de matrícula en el boletín, es recurrible? muchas gracias y un saludo
Buenas tardes, el pasado día 8 de mayo me pararon unos agentes y me pidieron la documentación de una motocicleta de 125 cc de la cual soy propietario y carecía de la ITV en vigor. Los agentes me advirtieron que fuera inmediatamente a pasarla (por si acaso) pero tramitaron la denuncia. Hoy dia 24 de julio me ha llegado la multa de 500 EUROS!! y el hecho que se notifica es el siguiente: «Formar un conjunto de vehículos sin cumplir la reglamentación correspondiente en lo que respecta a la compatibilidad de los mismos». No entiendo absolutamente el hecho denunciable, es recurrible dicha sanción? Muchas Gracias
Hola me han myltado trabajando con el camion por aparcar en doble fila…..en el tupo de vehiculo han puesto furgon,pero no es un furgon si no un camion….podria recurrirla????
Hola. Ayer me llego una denuncia q no es mia. De una localidad a uno 100km de mi casa de un domingo a las 7.45 de la madrugada, le realizaron prueba de alcoholemia y dio 0.45. A las 8.15 dio 0.44 y a las 8.45 dio 0.40.va a mi nombre y ha llegado a mi casa, consta matricula y modeli de vehiculo,q tampoco coincide con el mio.la carta venia por correo ordinario sin certificar y con aviso de q se remite a la agencia tributaria por no haber sido atendida.
como puedo soluciona esfe problema?. La guardia civil debe tener algun justificante del denunciado real?
Muchas gracias de antemano.
Buenas tardes, me multaron por hacer un cambio de sentido incorrecto (línea contínua). Al darme la multa (que firmé), y leerla con más calma (cuando se fueron los urbanos), vi que la calle que ponía la denuncia no es en la que hice el cambio de sentido, si no otra diferente (fue en una calle y pusieron una avenida perpendicular a la primera).
He leido que hay datos subsanables, etc, pero la dirección de la infracción? es relevante o es subsanable?
Me aconsejáis recurrir o pagarla con el 50% y olvidarme.
Gracias y saludos
Gracias!
hola disculpe me llego una multa a mi casa por falta de casco al acompañante y chaleco y por dar a la fuga en el cual toman mi patente y me llegan con mi nombre apellido pero sin dni y con dintinta marca del vehiculo es nula la infracion?muchas gracias
HOLA. ME MULTARON POR EXCESO DE ALCOHOL. MULTA EN MANO Y 500 EUROS (250 EUROS CON REDUCCIÓN) PRESENTÉ ALEGACIONES Y ME LLEGA UNA CARTA DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE (EL MISMO QUE RECURRÍ Y MISMO Nº EXPEDIENTE) POR IMPORTE DE 1000 EUROS (500 EUROS CON DESCUENTO) Y ME VUELVEN A DAR PLAZO DE ALEGACIONES Y PAGO CON DESCUENTO.
¿PODRÍA ALEGAR NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO O ANULAR LA SEGUNDA NOTIFICACIÓN? GRACIAS
Hola, me han notificado multa por exceso de velocidad con radar, los datos coinciden, y por la foto y la limitacion de velocidad se donde ha sido, pero el km que ellos notifican no, en ese punto no existe dicha limitación de velocidad. El km es erróneo.
Gracias
Hola tengo una Duda me infraccióno un federal de caminos por un corto que tube en las luces traseras era de madrugada no había eléctricos en fin le explique y no me iso caso me iso la infracción y ahora que ago la línea de captura está mal mi placa por una letra aún así la pago o que puedo hacer
Buenos días,
Me multaron por saltarme un ceda al paso, el agente me dijo que no conllevaba pérdida de puntos y así lo puso en el boletín de denuncia (puso una raya en la casilla). Pagué la multa al día siguiente.
Ahora la carta que me ha llegado dice que me quitan 4 puntos. ¿Es eso alegable?
Gracias
Hola, ayer me hicieron un control de alcohol y pusieron mal el numero de matrícula, han cambiado un numero
Puedo recurrir?
Hola, me han multado en una travesia al adelantar dos coches parados en un semagoro y saltarmelo la sanción me ha dicho que es de unos 200 euros y entre 3-4 puntos a la hora de darme el boletín me ha dicho que no tenia y que no iba a llamar a trafico que ya me llegara a casa el motivo a sido que iba de recogida de su servicio y tenia prisa y no tenia ganas de esperar resumiendo ni me ha entregado el boletin ni me ha dicho la causa de la multa la cual supongo que sera saltarme el semaforo en rojo al ser 200 euros y tres o cuatro puntos me gustaria saber si esto que ha hecho este agente es legal y la multa es valun saludo y gracias por la respuesta.
Hola! el otro día me han puesto una multa por aparcar en carga y descarga, cuando fui a recoger el coche estaba allí el policía y me dio la multa en mano pero no me tomo ningún tipo de dato. Al ver la multa vi que se habían equivocado en la marca del vehículo y una letra de la matricula no es correcta, que debo hacer?
Me han puesto un multa por estacionar la moto sobre la acera pero en la denuncia pone tipo de vehículo «turismo». ¿Es recurrible?. Me la dejaron en la moto el 13 de agosto pero todavía no la he recibido en mi domicilio y pone que el pago con bonificación es hasta el 2 de septiembre.
el dia 12/7/2014 una patrulla de la gc me denuncio por aparcar en zona prohibida por señal vertical 307, en el boletinde denuncia dejado en el parabrisas no cinciden la marca ni el modelo con el de mi vehiculo.
Hoy 27 de agosto recibo por certificado la notificacion de trafico del inicio de expediente y en este se ha modificado los dos datosdel boletin cambiando marca y modelo correctos.
es motivo de fundado para recurrir la sancion, la modificacion de datos del boletin en la notificacion.?
hay posibilidad de prosperar el recurso?
hola buenos dias ayer me metieron una multa por no tener el carned de coche teniendo solo el permiso de ciclomotor pero en la sancion pusieron mal el nombre y la direccion y no me pusieron el piso en el que vivo puedo recurrir la sancion??
Hola, el otro dia me multaron por no tener el cintiron puesto y no pasar la itv, revisando la multa se equivocaron en un numero de la matricula, en trafico me dicen que es subsanable es cierto?
Hola buenas tardes, he recibido notificación de la Diputación por una multa por estacionar en zona de minusválidos y la verdad es que estacioné en zona amarilla siendo este hecho totalmente falso,fijándome en los datos de dicha notificación compruebo que solo han puesto solo la avenida sin número y la marca del vehículo sin mas datos, también la fecha de la infracción indican el digito 7 (julio) siendo el real el 8 (agosto).
Esta notificación me sorprende porque el día de la infracción iba acercándome a mi coche cuando veo a uno de los municipales hacerle una foto sin dejar en el limpiaparabrisas notificación alguna y le pregunto si me ha multado, comentándome que me vaya tranquilo que no ocurre nada.
¿tengo alguna opción de poder anular la denuncia? ¿hay alguna forma de hacer ver que me atribuye una infracción que no es la real?
Gracias
Hola, me pusieron una multa por aparcar en un carril o parte de la via reservado exclusivamente para la circulación. EN el nombre de la calle, se equivocan, ya que ponen «Escutlor Coullaut Valera San Ildefonso» y el nombre es «Escultores Coullaut Valera», y el municipio, San Ildefonso. ¿tiene opciones el recurso?
Gracias
el otro dia me paro la policia local y no llevaba el seguro en vigor (detalle que estoy investigando) ya que yo estaba seguro de que circulaba con el. el caso es que me dan el boletin de denuncia y ni se ve la matricula, ni la hora, ni el concepto ni algunos detalles mas. ¿es motivo este para poder impugnar la multa? o hay que esperar a recibir la denuncia final. gracias
Ayer me pusieron una multa creo que sin mucha razon pero no la firme y esta mañana cuando he ido a pagarla veo que tengo dos copias jan la mia y la otra supongo que de la guardia civil, habrá quedado registrada mi multa al tener yo las dos copias o la pagaríais para evitar pagar el doble,mil gracias un saludo
Tengo un vehiculo matrícula de Gerona y me han multado. La matrícula textualmente es GI-nnnn-BB y cuando me practican la notificación de la denuncia hacen constar los datos de la matrícula del vehiculo con «GE» y no «GI» como consta en la placa. He consultado con el órganos sancionador y me han contestado que los datos no alteran el contenido de la denúncia y que se trata de una cuestión informàtica que no tiene mayor trascendencia puesto que el vehiculo, con independència de este detalle, està correctament identificado. Cabe ressaltar que el resto de datos que constan en la notificación son correctos.
¿Realmente se trata de un error que no es recurrible?
¿Si puedo recorrir, puedo hacerlo por defecto de forma e incluso pedir el sobreseimiento y archivo de la denuncia?
Ha mi hijo menor de edad la policía local, le puso una multa por conducir un ciclomotor sin espejo retrovisor, en principio todo parece correcto, pero el boletin de denuncia es de la DGT, que suele ser utilizado por la Guardia Civil, y cuya autoridad sancionadora es el director provincial de trafico, y creo que en las vias urbanas cuando se es sancionado por la policía local, con los boletines habituales de sus respectivos ayuntamientos, la autoridad sancionadora es el alcalde, ya que me acerque a la direccion provincial de trafico y me digeron que ese expediente no exixtia, pero ahora me ha llegado la multa por correo ¿podria recurrir dicha multa por este motivo? y al tratarse de un menor de edad tendrian que haberme avisado ya que es una infracción grave, no tienen obligacion de comunicarlo a sus tutores. gracias de antemano un saludo.
hola el año pasado me multaron por mariscar, me cogieron en la carretera de vuelta a casa, eramos 3 amigos y íbamos en el coche de uno de mis amigos, la multa me llega a pasado un año y llegar con mi nombre mal escrito poniendo serfin en vez serafín y lo mas sorprendente es que pone que íbamos en mi coche y poniendo mal la matricula equivocándose en una letra,
en vez de poner coche de mi amigo
Muy buenas hace menos de 2 meses me pusieron una multa en la que ponía importe a pagar 80 euros con la reducción 50 euros. Hoy me llega una carta diciendo que el importe a pagar eran 200 euros y con la reducción 100 y que ya tengo pagado 40 euros.. que hago?
Hola, les quería hacer la siguiente consulta:
Me han multado por exceso de velocidad en fecha 12/09/14 y en el boletín de denuncia, en el apartado destinado al «HECHO DENUNCIADO», se ha consignado que la velocidad ha sido medida por el cinemómetro «MULTANOVA, Antena 1288, Fecha de verificación 06/10/2014»:
¿es recurrible o se pueden hacer alegaciones por haberse consignado una FECHA FUTURA de verificación del cinemómetro y si existen posibilidades de que sea anulada la multa por ese defecto?.
Espero su contestación.
Gracias anticipadas.
Hola. Me han multado por estacionar con una motocicleta de 15 de una calle peatonal. No me la entregaron en mano porque no estaba, y al leer la multa he visto que me pusieron mal la matrícula. Puedo recurrirla o es mejor esperar haber si no me llega la notificación (por no poder localizarme). Gracias.
Buenas tardes, m e han puesto una multa por no poner el ticket de zona azul en Gavà. AL mirar la multa describe mi coche como color gris, cuando en realidad es azul cielo. EL lugar de los hechos dice que fueron en la plaza Clua, cuando en realidad se llama plaza de Dolors Clua.
Además de todo esto, iba con mi hermano que es minusválido (con tarjeta) y se nos olvidó ponerla.
¿Hay alguna manera de recurrir dicha multa?
Muchas gracias de ante mano
Les explico mi caso para ver si pueden ayudarme, el pasado mes de julio, dejé el coche de empresa estacionado en una zona de carga y descarga, lo que no me percaté es que era de carga y descarga por obras y que no podía aparcar allí. Al volver al vehículo se lo había llevado la grúa con su consiguiente pago y ahora me ha llegado la multa, en ella en lugar de poner la calle Cisterna que fue donde ocurrieron los hechos me han puerto calle Bisbal, que estan en barrios distintos de la ciudad. Mi pregunta es si puedo recurrir y si puedo pagarla en plazo para que sea reducida al 50% y solo pagar 30 euros o el pago de la misma ya implica la aceptación de la multa.
Muchísimas gracias,
Multa y retirada con grua. Al aparcar en la acera frente un vado. Cuando no existe señal vertical que lo prohiba. Si esta la acera pintada de amarillo desgastado. El aviso es por llamada a la grua del propietario del vado.La matricula es correcta. El modelo y color erroneo. Pone renault magane. ¿es posible recurrir? Cuando se aprecia en fotos que el vehiculo no impide la salida y entrada en la cochera.
Hola e recibido una sanción por entrar a una calle en dirección prohibida, el caso es que en la notificación de la denuncia la matrícula está equivocada y no es la de mi vehículo. Podría recurrirla¿
A parque el coche en segunda fila y el el dueño del otro coche me dice que me a denunciado,aunque no vino la policía ni la grúa ..y yo le pedí disculpas y me fui .quisiera saber si me llegara una multa por parte de el particular..o como funciona esto..
hola, e recivido una multa en bicicleta por ir con cascos, en la multa pone que es por ir con los auriculares (ambos) y solo llevava uno, pone que estaba conectado al movil, pero no lo conprovaron, el color de la bici es naranja y no esta reguistrada a mi nombre, en la multa pone roja
Hola me pusieron una multa de tránsito por estacionar sin ticket pero las calles señaladas que pusieron son paralelas y no se cruzan ingresaron mal la dirección me puedo qiejar y me anulan la multa.?
Hola, me pusieron una multa en una calle adoquinada de «El Espinar» (Segovia), según el agente estacione el vehículo en una vía de doble sentido, la cual estaba sin señalización horizontal y sin señalizar en la acera que estaba prohibido estacionar, además en la copia de la multa, en el apartado Agente/Testigo solo aparece el número de placa sin haber firmado el mismo. ¿Es esto motivo suficiente para que la multa quede anulada?
Me han puesto un multa en un ligar y una hora en la q yo no estaba, estuve el día anterior y no soy consciente de haber pisado línea continúa . El día de la multa estaba viajando de Jerez a Naron, no tengo tickets , los pagos q realice fueron en efectivo, sólo dispongo de los whats App q envíe al llegar y una llamada telefónica realizada desde el fijo de mi casa
Holaa,
Me han multado por conducir por el andén de una autopista, una moto de tipo carnet A2. Yo dispongo del carnet de tipo A2 y lógicamente el carnet A1 y AM. Mi pregunta, es que en la denuncia que me han entregado los agentes, pone los datos de la moto pero en mis datos personales pone que mi permiso es el AM. Lógicamente este tipo de carnet, aunque también lo poseo, no concuerda con el tipo de moto, ni por el tipo de vía donde he sido multado. ¿La podría recurrir?
Estimado Juan José,
El defecto en el que incurre el agente es un defecto de forma, el cual puede subsanar de oficio. Quizás, se puede recurrir por otras circunstancias, pero que anulen la sanción por ese motivo no pueden. Muchas gracias y un saludo.
Buenas tardes
Hace un par de días me multaron y en el papel que me entregaron no han puesto el color del coche y han puesto mal el numero de la calle, poniendo 0. La multa fue por saltarme una linea continua, pero en el numero 0 de esa calle no hay linea continua. ¿Tiene alguna posibilidad la reclamacion?
Buenas tardes, me multaron hace unos meses por estacionar en linea amarilla, el caso es que yo no estaba en ese momento en el vehiculo, por lo que me dejaron la multa en el parabrisas, y se confundieron en una de las letras de la matricula.
Aun asi, me ha llegado esta semana a casa la notificacion, puedo recurrirla por defecto de forma?
Buenas, me acaban de multar por no tener pasada la ITV de mi motocicleta.
En la parte del «hecho denunciable» me pone el agente qe la firma que no he pasado la inspección técnica del vehículo desde el 3/12/13 se equivoca porque no la he pasado desde el desde el 3/12/12.
Ha confundido un año en las fechas de ITV
Podría ser recurrible??
Buenas tardes.
Me ha llegado una multa del ayuntamiento de granada.
Me pone, hecho denunciado: Circular por un carril reservado para
No pone nada mas, seria recurrible?
un saludo
Buenas tardes
En mi sanción por rebasar un semáforo en rojo, viene la carretera y el nombre de la calle, pero no el número. ¿Es recurrible? Gracias por todo.
Hola, me infracionaron por rebasar en raya continua pero al entrar al sistema para ver el monto de la infracción me doy cuenta que está mal escrito el número de placa; pero sí esta mi domicilio y todos los demás datos están correctos, además firmé; esta procede?
Saludos, estamos teniendo problemas con un agente de movilidad y queriamos que nos contestasen a dos preguntas.
1º ¿Puede ir un agente de movilidad todo el día de copiloto en la grua municipal y llevarse un automovil mal aparcado?
2º ¿Un agente de movilidad cuando se desplaza en moto puede ir solo o tiene que ir acompañado?
Muchas gracias.
buenas tardes
el otro día un mosso de escuadra de tráfico me multo porque llevaba un remolque enganchado a la furgoneta, según el para llevar ese remolque tendría que tener el carnet de remolques porque sobrepasaba el peso entre el vehículo y el remolque descargado, al día siguiente me estaba mirando la ficha técnica del remolque y resulta que mi remolque esta rebajado de peso, otro agente de trafico me dijo que erra verdad que asiera un escrito explicándolo y me quitarían la denuncia por que yo solo necesitaba el permiso b-96 a sin lo ice, el otro día me llego otra multa con el mismo nº de referencia pero esta vez me multaban por no tener el permiso b-96, encima tanto en la primera denuncia como en la segunda el agente se equivoco y puso que iba en dirección a Vic cuando yo iba en dirección a Ripoll por una autovía C17.
pueden volverme a multar cuando asido el agente que se a equivocado?
puedo recurrir la multa por defecto de forma por a verse equivocado en poner el sentido donde iba.
gracias
me multaron por ir sin seguro poniendome la multa a mi pero el titular del vehiculo es otro ,se puede recurrir por ser una denuncia por falta de forma??
gracias
hola, me han puesto una multa por aparcar en una acera, me la han dado en mano pero no me han pedido mis datos, en la multa se han equivocado en una letra de la matricula, puedo recurrirla.
Buenas,
en una sanción por estacionamiento cuando no saben quien es el conductor infractor y automáticamente le envian al titular del vehículo la multa a su nombre y además no está su nombre completo. ¿Sería viable recurrirla para evitar pagarla?
Buenos días,
Querría saber si habría posibilidad de recurrir una multa.
Se me impuso porque el agente decía que iba circulando, cuando no es cierto e iba con la moto apagada empujándola por una calle en dirección contraría, pero apagada y empujándola, por mas que le dije que era mentira y el lo había visto puso la sanción.
500€ y 6ptos me ha llegado, pero observo que los datos están excepto en el apartado que pone la matricula ( está correcta) pero está en blanco el campo marca y modelo del vehículo (no viene nada de nada en ese campo).
¿Habría posibilidad de recurso?
Muchas gracias.
Hola,
El mes pasado estaba de fiesta con mi novia… como yo había bebido cogió ea el coche, ya que ella había dejado de beber hacía ya tiempo y se sentía en condiciones.
Pues bien, nos paran en un control de alcoholemia y da positivo… nos dan la sanción, concretamente de 4 puntos y 500€.
Yo pago la sanción en el acto por teléfono usando mi tarjeta de crédito.
Ya nos habíamos olvidado del tema, cuando hace tres días llega una carta a casa con la misma denuncia por alcoholemia, pero, con una sanción de 1000€ y la pérdida de 6 puntos.
Ahora si bien hemos leído, en el reverso de la primera sanción, pone que en el momento del pago renuncias a todo tipo de recurso, pero también pone que el tema queda zanjado…
No se que hacer y agradecería ayuda.
Gracias
Sufrçi una sancion por aparcar en un lugar donde estaba prohibido aparcar los «mesos pars»(meses pares). Tras la alegación desestimada por multas con señales en otro idioma (valenciano), es desestimado el recurso y en la ratificación vuelven a describir los hechos denunciados en la primera notificación con un error en el numero de la direccion donde transcurrieron los hechos (notificacion el numero 11 (correcta descripción) y ratificacion el numero 48 (inexistente)). Puedo alegar un defecto de forma en un recurso de reposición?
mira cuando me hicieron el acta de infraccion, me pusieron mal una letra de la patente y la fecha tambien estaba mal, no se si debo ponerlo en el descargo o no. Tambien cuando me hacen la medicion de alcohol me hacen usar una pipeta vieja, no la cambió.
Buenas noches me dieron tres multas por que los pasajeros y yo no teniamos los cinturones de seguridad puestos pero en una de las multas la oficial puso su numero de placa incorrecto que puedo hacer?
Buenas tardes.
Me han multado por estar estacionada en el vado de mi casa.Cuando recogi del parabrisas la denuncia me fije que la direccion de la infraccion estaba equivocada. Salvo ese dato el resto estan correctos.
¿Invalida este error la multa?
Gracias
hola me pusieron una multa el 29 de julio me paro el agente por haberme saltado un semaforo, que solo lo vio el al parecer… me dijo que no me quitaria puntos, yo pague mis 100 euros pensando que quedaria en eso y ahora me ha llegado una carta certificada de que me quitan los puntos que no lo puso el agente pero que me los quitan que puedo hacer??gracias
Me han hecho una multa. En la misma mi direccion esta mal escrita, ya que consta otra ciudad. Es posible que sea anulable el, dado que esta mal redactada?
en el boletin de denuncia del agente, el hecho denunciado se refiere al artículo 85 de la L.S.V y al artículo 94 de R.G.V., la notificacion de la infracción hace referencia al artículo 39 – 2 letra E de la L.S.V., la redacción del hecho denunciado tampoco coincide.
¿Puedo considerar que la sanción esta viciada de la nulidad?
Buenos días el domingo 5 de octubre encontré una multa por aparcar en zona de carga y descarga. Me imagino que me la pusieron el dia anterior que era todavía laborable. Pero es cuando yo la encontré. La cuestión es que en el boletín de denuncia hecho con una pda pusieron 07/08/14 – 9.45 me fui a la comisaria y me dijeron que eso era un error del sábado 4 de octubre. Que si no podían cambiar la fecha que la tendrían que anular, que esperara a la notificación. He recibido la notificación con fecha valor del 21/10/14 pero la fecha de la multa que figura sigue siendo 07/08/14 – 9.45 ¿esto como se puede alegar? ¿se puede hacer algo? Muchas gracias
La policia me ha puesto una multa pero inventandose los hechos a su favor. Yo grite en alto «a tomar por culo«( y tengo testigos de eso) y en la multa me han puesto: insultos al agente de autoridad «que te den por culo«.Yo en ningun momento dije eso. Me quiere clavar 200€ por algo que se han inventado? Que puedo hacer? Por favor, contesten si saben 🙁
Buenas tardes,
Hace unos meses recibí una notificación por una infracción: circulaba a 132 km/h por una vía con velocidad limitada a 100 km/h. En la notificación se especifica claramente que «se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444». Al no detectar error alguno, pagué la multa con reducción del 50% y me retiraron 2 puntos. Hoy he sido informado de que ha habido una sentencia en contra del criterio de la DGT a la hora de aplicar los márgenes de error estipulados (5%) y he revisado la multa. Resulta que no se me ha aplicado el margen de error. Si se hubiera hecho, la multa habría sido de 100€ y 0 puntos, en vez de 300€ y 2 puntos.
Entiendo que al haber pagado he renunciado a la posibilidad de presentar alegaciones, pero es que el documento por el cual me han sancionado contenía una falsedad evidente, ¿qué opciones tengo? ¿Cómo puede ser que los ciudadanos estemos expuestos a este tipo de atropellos legales?
Muchas gracias
Mi hijo fue multado por infrigir el precepto CIR RD 1428/2003, Art. 117, apartado 2, y el hecho denunciado es «Circular con una persona de estatura igual o superior a 135 cms e inferior a 150 cms, en el asiento trasero del vehículo, que no utilizaba dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturon de seguridad, correctamente abrochado. El pasajero del asiento trasero, lado derecho, circula con su cuerpo justo detrás de la zona intermedia de los asientos delanteros. No lleva el cinturon sobre la clavicula y hombro derecho.»
Mi hijo tiene 22 años y mide más de 150 cms, mide 170 cms, pero si se inclinó hacia delante para intercambiar unas palabras con las personas que estaban en el asiento delantero. No está permitido inclinarse hacia delante ?
Me puede decir si tiene posibilidades de prosperar un recurso dado que el articulo 117 no se aplica a mi hijo ?
Buenos días. Me han puesto una multa de radar en el término municipal de Villanueva del Pardillo por conducir a 65 km en vez de a 50, pero la maquina no me ha dado copia. Es recurrible? Qué tengo que hacer ahora? Gracias.
Apreciada Pilar,
En respuesta a su consulta debemos indicarle que toda denuncia de tráfico es plenamente recurrible, ya que toda persona tiene derecho a recurrir un acto administrativo sancionador conforme al procedimiento administrativo sancionador de tráfico, con independencia de la infracción presuntamente cometida. Atendiendo en particular a su consulta que nos plantea, toda denuncia por exceso de velocidad debe ir revestida de una serie de pruebas para poder sustentar la incoación del procedimiento sancionador. En concreto, dichas pruebas son documentales, como la prueba fotográfica y el certificado de cinemómetro entre otras, y cuyas pruebas deben facilitarse de oficio junto con la denuncia. Por tanto, todas las pruebas citadas deben acompañarse junto con la denuncia, ya que si carece de ellas, el acto sancionador carece de toda fundamentación, y en consecuencia deviene dicho expediente nulo de pleno derecho, y debe en consecuencia archivarse el expediente en cuestión por carencia de pruebas objetivas y técnicas. Si desea recurrir la denuncia por exceso de velocidad, debe presentar un Pliego de Descargos ante el organismo sancionador, solicitando todas las pruebas que no hayan sido remitidas. Tiene veinte días naturales de plazo para impugnar la denuncia, desde el día siguiente al de la comisión de la presunta infracción -si le entregaron el boletín de denuncia en mano-, o desde que se le haya notificado en su domicilio. En dicho escrito puede alegar todas las cuestiones que considere oportunas y que considere injustas y no conformes a la realidad ni al Derecho, negando pues los hechos que se le imputan, que se aplique correctamente el margen de error de medición establecido por el cinemómetro, y solicitando todas las pruebas documentales que desvirtúen la comisión de la infracción por exceso de velocidad, entre ellas -y como fundamental- la prueba fotográfica que pueda acreditar dicho exceso.
Saludos
Buenas tardes,
Me han embargado 260 euros de la cuenta por una supuesta infracción de tráfico que no me había sido notificada y que, por tanto, se notifico en el BOP de mi provincia. ¿Dónde esta lo extraño del caso? Pues bin he llamado al organismo que gestionó el expediente y me dicen lo siguiente:
Primero. Que la multa estaba a nombre de INMACULADA (mi nombre es IGNACIO A.), los apellidos si coinciden con los mios y el DNI y domicilio. Por este motivo, seguramente, cuando trataron de notificarla en mi domicilio, ni yo ni mi familia la cogimos, pues no vive ninguna INMACULADA.
Segundo. También me dice la funcionaria, ante su asombro, que la infracción que aparece en el expediente es IR SIN EL CASCO pero que el vehículo denunciado es un TURISMO (mi coche, un peugeot 306).
Estos son los hechos, ¿Qué me recomendáis que haga? (recordad que me han embargado 266 eurazos) La funcionaria me dice que mande un simple escrito a la oficina explicando todo.
Estimado Nacho,
Según deduzco de sus explicaciones, Vd no sólo tiene en juego los 266 euros que le han embargado sino también la detracción de 3 puntos de su permiso de conducción si era Vd el conductor del vehículo. Considerando las circunstancias que describe, entiendo que es importante que presente recurso ya que se deducen serias irregularidades tanto en el proceso de notificación como en lo que se refiere a la propia identificación del vehículo.
Un atento saludo
Ayer me pusieron una multa por beber en la calle y cuando me dieron la denuncia comprobando los datos me han puesto mal el distrito, es decir, pone que pertenezco a un distrito equivocado, podría evitar pagar la multa por esto?
AYER RECIBI 6 MULTAS DE LA CAMARA DE VIGILANCIA DE UNA VIA PRIORITARIA EN LA CORUÑA. EFECTIVAMENTE SE PARO EN DOBLE FILA NI 5 MINUTOS PARA RECOGER A UNA PERSONA QUE SALIA DE TRABAJAR Y NOS IBAMOS DURANTE MAS DE 1 MES. MI VEHICULO ES UNA FURGONETA CITROEN Y EN 3 DE LAS MULTAS EN EL APARTADO «TIPO DE TURISMO» ME PONE TURISMO Y SOLAMENTE EL NUMERO DE MATRICULA (QUE SI CORRESPONDE) Y NO SE ESPECIFICA EL COLOR NI EL MODELO DE LA FURGONETA PONE QUE NO SE NOTIFICO POR ESTAR CONDUCTOR AUSENTE CUANDO EN NINGUN MOMENTO EL CONDUCTOR HA BAJADO DE LA FURGONETA. Y LAS OTRAS 3 SI PONE FURGONETA PERO NO SE ESPECIFICA EL COLOR NI MODELO , EN ESTAS PONE QUE NO SE NOTIFICO POR SER CAPTACION DE IMAGENES. YO NO SE SI SE PUEDEN RECURRIR. SON DE 200€ CADA UNA.
Buenas noches y felicitaciones por el blog.
He recibido una multa por exceso de velocidad, (captado por radar) circulando entre 71 y 80 km/h. Son 300 € y 2 puntos. La multa es emitida por el ayuntamiento de Sevilla y además de ser la multa en sí, es el requerimiento de identificador del conductor (2 en 1), de hecho en el documento figura la cuenta en la que ingresar, el importe, el plazo…
No aportan foto, ni certificados de revisión de los aparatos de captación de imagenes y además, si bien figura el lugar o avenida en la que se cometió la infracción, no aporta la altura, es decir, número, km, farola… ¿se podría recurrir por alguno de estos motivos?
Muchas gracias.
Hola, ayer recibí en mi domicilio un denuncia de trafico por circular a mas velocidad de la debida. En la misma notificación aparece mi vehículo conducido por mi, pero la fecha y la hora que pone en la notificación estaba trabajando y es imposible que yo estuviera conduciendo ese día por esa carretera, seguramente fue otro día pero me han mandado en una fecha equivocada.
¿Se podría considerar la denuncia como un defecto de forma?? Alegando y certificado mi empresa que ese día yo estaba trabajando, ¿es posible que se anulara el expediente?
Gracias!!
Hola en mi caso seria por no entenderse casi nada de lo que pone,no tiene coherencia ,es viable recurrila? gracias.
Buenas noches! Han multado a mi padre por exceso de velocidad con un radar movil en 2012 y nos acabamos de enterar. Me han dado una copia de la foto y en el margen superior izquierdo aparece 19.12.14 y debajo la hora 23:41:20. ¿ese primer dato sería la fecha? Si fuera así, sería erronea, ¿es recurrible? Si es policía municipal ¿se recurre en el ayuntamiento?
Muchas gracias.
Hola.
Anoche me multaron por hacer botellón. En la denuncia en el apartado de la fecha del hecho, pusieron mi fecha de nacimiento. ¿ se considera defecto de forma ?
Un saludo y muchas gracias.
Hola buenas tardes me han multado como peaton con el articulo 4.2 por depositar objetos q hagan peligrosa la libre circulacion y dice que por depositar vayas de señalizacion en carretera, mi pregunta es las señalizaciones no deben tomarse con otro articulo? Ademas que yo nunca en mi vida he tenido una vaya de señalizacion y no me veo cargando una. Es posible recurrir esta multa?
Buenas tardes, recientemente fui sancionado por exceso de velocidad (sin puntos) y al mirar la copia para pagarla por pronto pago encuentro que donde se debe indicar la fecha únicamente pone «Jaén».
Podría recurrir por defecto de forma? ¿Qué pasos debo seguir? Hoy hace 17 días desde la sanción. Indicar también que firme la denuncia en el momento de la sanción.
Muchas gracias y un saludo.
Hola. Hoy me an multado por elestado de los neumático. Y mi sorpresa es que cuando e mirado la matrícula de mi coche creo que está mal. Pues mi matricula es. Ib. Islas baleares. Y el agente a puesto.pm. gracias.
Hola,
Me multaron por CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO EN VIA DIVIDIDA EN DOS CALZADAS, cuando la realidad es que la vía sólo tiene una calzada de sentido único, y se me acusa de circular en sentido contrario en dicha vía. Es recurrible? Ya se hizo un pliego de descargo en que han pedido informe a la policía local y estos se ratifican en los hechos y respecto al motivo de la sanción dicen: «en el boletín se hizo constar la circulación en sentido contrario al estipulado, al entender que era el que más se ajustaba a los hechos acaecidos». Esto es normal? Tengo alguna posibilidad en el siguiente alegato? El agente debió haber redactado bien el motivo?
Un saludo.
Buenos días,
La pasada semana, en Madrid, aparqué en zona azul pagando el ticket de estacionamiento para una hora y media. Antes de la hora fin me encontré que me habían multado por tener «DISTINTIVO INCORRECTO»; resulta que se me había olvidado poner la primera letra de la matrícula de mi coche. La sanción es de 60 euros, ó 30 euros por pronto pago. ¿Podría recurrir esta multa? Me parece de lo más injusto habiendo aparcado en un sitio permitido y habiendo pagado por ello.
Muchas gracias de antemano!
hola.
En una multa por exceso de velocidad en el apartado datos del vehiculo la matrícula no es correcta, no coincidiendo con la de la foto, que evidentemente es la correcta.Es motivo para recurrir?
Muchas gracias
me han hechado una multa por aparcamiento indebido. Segun el boletin de denuncia que me dejaron en el coche los hechos denunciados ocurrieron el 24/09/2014 a las 15:33 cuando en realidad la infraccion fue el 28/09 a las 0:15 de la noche. Hable con la policia y me reconocieron que el agente debia de tener configurada mal la PDA porque realmente fue el dia 28/09/2014.
Hize un escrito denunciando el error y el reconocimiento por parte de la policia del error en la fecha y la hora, en especial porque el dia 24/09/2014 ni siquiera estaba en esa ciudad.
Aun ai la multa me ha llegado. ¿puedo reclamarla).
Gracias
Buenos días Manuel,
Por lo que nos cuentas estás ante un error o falta en la forma de la notificación que por supuesto de la que tienes que dar cuenta. Para que en una sanción no tenga cabida un recurso, tienen que ser todos los datos correctos tanto en la fotografía que se adjunta como en la propia notificación de los datos del vehículo. La matrícula es un motivo más que importante para alegar que no se estaba no sólo conduciendo en ese momento, sino que tampoco es el vehículo en cuestión, por lo que sí encontramos una buena vía para que su sanción prospere con un recurso.
Saludos
Me pusieron una multa por alcoholemia. Pero había un error de forma en el hecho denunciado: Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 m/l que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0,30mg/l. Importe de la multa: 1000 € y puntos a detraer: 6. Yo soy un conductor normal, no profesional con más de 30 años con permiso circulación. Consulté a tráfico y me dijeron que ese expediente estaba sobreseido. Ahora me envían otra denuncia subsanando los errores. ¿Debo pagarla? ¿Debo recurrirla?
Gracias y un saludo
Me han multado por exceso de velocidad con foto incluida. El agente me ha dado la denuncia con el apartado recibe copia negativa a firmar. Los datos del vehículo y el lugar de la infracción son correctos. Pero se han equivocado en un número del DNI y los datos de la persona corresponden a otro. Consultado un amigo G. Civil me dice que mejor que pague aunque no esté a mi nombre y así tengo la reducción del 50%. Ya que la otra persona recurrirá por ser de otra provincia y no ser titular del vehículo, entonces asociarán la denuncia a mi DNI y la tendré que pagar por 300€.Destacar que según me han dicho tienen foto. Que hago? Gracias y saludos.
Buenas, el martes me pusieron una multa por dejar la moto en la acera, me la dejaron sobre el asiento de la moto.
Creo que la denuncia no es correcta pues pone por parar en aceras, y que el conductor estaba ausente(supongo que deberia poner estacionar).
Tambien esta mal identificada pone que es un turismo en lugar de una moto y la marca tampoco es correcta.
¿Con todos estos errores es anulable?
Me multaron por aparcar en sitio prohibido en enero del 2013.Fui a la Caixa a pagar para conseguir la reduución del 50 % y mi sorpresa fue cuando el administrativo del banco me dijo: «señora… ¿qué va a pagar?, no aparece el importe…» Le dije: ¿y qué hago?. Me dijo: «espere que le llegue la notificación a casa y entonces paga» Y esperé, esperé…hasta que en octubre del 2014 me metí en la oficina virtual del ayuntamiento de mi ciudad y veo que tengo una orden de embargo de 255 € y que la dirección que tienen es la de mi antiguo domicilio que dejé hace 11 años. Mi domicilio fiscal es el actual desde hace 11 años, mis impuestos los pago del domicilio actual desde hace 11 años, mi DNI tiene el domicilio actual desde hace 11 años… pero resulta que tráfico tiene mi dirección antigua de hace más de 11 años (renuevo los carnets en mi tiempo y forma). Mi pregunta es: si no aparece en la multa el importe ¿pierdo el derecho a reclamar?¿se puede anular esa multa? ¿dónde puedo acudir para que me me asesoren?
Buenos días.
Hoy me han puesto una multa por aparcar durante unos minutos en zona señalizada con linea amarilla, por ser cercana a una esquina.
En el boletín que han dejado en el coche (no entregado en mano) pone CALLE: PRINCIPAL. No pone el nombre de la calle, que no es ese.
¿Es recurrible al no constar exactamente el lugar de estacionamiento?
Hola, me han multado por exceso de velocidad en una carretera secundaria, a la hora de rellenar la denuncia la marca de mi vehículo está bien escrita, pero el modelo no, habría alguna manera de alegar defecto de forma?
Gracias
buenas tardes mi pregunta es la siguiente me han multado por aparcar en el acerado y al redactar la hinfracion me han puesto el color del coche hequibocado me han puesto color negro y es beis puedo recurrirla gracias a me la dieron en mano gracias
hola,me gustaria saber si puedo recurrir una multa.el caso es que se llevaron el vehiculo que estaba aparcado sin seguro en una direccion en la puerta del taller…y me llega la carta sin haber firmado ni nada ya como ultimo plazo,sin poder pagar el 50% y dice que el vehiculo estaba aparcado en otra direccion distinta.
nunca estuvo aparcado en la direccion que me detallan y ademas no he tenido constancia de la carta y debo pagar el 100%.
gracias, un saludo.
Hola, me labraron una multa por estar estacionado en una obra en construcción un sábado a las 16hs lo cual no tiene actividad dicha obra. La Obra extensa abarca aprox 30 metros de frente en los cuales habían caballetes puestos en aprox 15 metros en los otros 15 metros no habian caballetes y los autos que estaban en este lugar como el mio eran llevados por la grúa. Cuando pague para llevarme el auto me queje porque la multa estaba redactada ENTRE CABALLETES y no estaba como dice entre los caballetes. Gracias por su atención.
Atte.
Eduardo
¿Tráfico puede subsanar la papeleta de una sanción que me pusieron? ¿Ante esto que derechos tengo?
hola, buen dia. hoy me llego una multa del 22/06/2014 por exceso de velocidad en la ciudad de santa fe, pero eso es imposible ya que nunca sali de cordoba. en la multa sale el dia y la hora pero no especifica el lugar, como puedo comprobar que nunca estuve ahi? muchas gracias
Hola, hoy llegó una multa por ‘realizar sus necesidades fisiológicas en el espacio público de la CALLE X’, como se imaginarán, me ‘pillaron’ orinando en la calle por la madrugada.
El problema que la calle donde pone que estuve orinando es la calle donde vivo, es decir se han equivocado al poner la calle.
¿Qué derechos tengo y que me recomiendan hacer?
Muchísimas gracias.
Hola,
La matricula de mi coche esta bien en el boletín de denuncia pero mal en la incoacion y propuesta del procedimiento. Presenté el pliego con unas impugnaciones y no me di cuenta de reclamar esa incongruencia y ahora falta que dicten la Resolución final. Podria reclamar esa incongruencia o seria una irregularidad no invalidante, es decir no quedaria nula la sancion…Gracias
En una multa que me pusieron de radar sin control de parada, fui a ver el expediente en el ayuntamiento y no existía boletin de denuncia, y me dijeron que estaba exento el agente de hacer un boletin de denuncia porque tenian un listado volcado del radar que es un formato de denuncia por volcado de un medio de captacion de imagenes pero el listado que me enseñaron aunque pone el nº de agente, sin embargo es un listado que no está firmado ni nada. Es legal que sustituyan la firma del policia por ese listado mecanizado en los casos de radar?
Gracias
me han multado por exeso de velocidad pero despues de leer la multa con mas calma me di cuenta de que se equivoco en el kilometro, tambien se quivoco en que dice que existia un señalamiento de que la velocidad maxima era de 60 km/hr pero en si el ultimo señalamiento es de 90 km/hr y yo hiba a 100 km/hr ¿creen que pueda impugnar la multa?
Hola, ayer eran las fiestas de mi facultad y estábamos todos bebiendo en la calle, me paró un policía y me dijo que le diera mis datos : nombre de padres, donde vivía, mi DNI (dicho el número, no se lo enseñe en ningún momento) y mi número de móvil. No me hizo firmar ningún papel y lo escribió en una libreta pequeña donde había muchos más datos de otras personas. Cuando se fue el policía dijo que ya vería que hacía, si denunciarme o no. ¿..Creéis que me denunciara o me pondrá una multa??? Gracias
Hola. El 22 de octubre 2014 me pusieron una multa de estacionamiento. En el ticket de la PDA que me dieron, habia un error en la hora de la infraccion: me la pusieron y entrgaron a las 20:00 y como hora de la infraccion pusieron las 18:40,cosa que es totalmente incierta puesto que estaba trabajando y yo personalmente vi cuando me estaban multando. En la notificacion recibida continua el error. Es mas, en el ticket de la pda pone hora de impresion 20:00.
Puedo recurrir con posibilidades de exito?
Gracias
Muy buenas:
Me ha llegado una denuncia por parte de un Ayuntamiento a mi domicilio por no llevar el cinturón de seguridad y en la causa de no notiticación figura «vehículo en ruta».
En la denuncia viene correctamente la marca del vehículo pero no aparece ni modelo ni color. ¿Se podría recurrir?.
Muchas gracias
Estimado Luis,
En relación con la cuestión que nos plantea, comentarle que desde nuestro Dpto. Jurídico le recomendamos proceder a recurrir la denuncia que ha recibido en su domicilio dado que al haber sido parado su vehículo, los Jueces y Tribunales exigen a los agentes de a la autoridad un plus en cuanto a los elementos de prueba que han de aportar para acreditar que realmente ha cometido el hecho que se le imputa. Además la causa o motivo que le indican de no notificación de la denuncia en el acto, es de dudosa validez jurídica.
Un saludo.
Hola, mi caso, es que me han puesto una multa por estacionar en un paso de peatones, realmente solo lo rebasaba no mas del 20% de la totalidad del mismo sin invadir la parte desnivelada de la acera para el paso de personas con movilidad reducida. El caso es, que en la denuncia pone que el vehiculo estaba en dos calles, lo que entiendo que han querido decir que aparque en la esquina ocupando ambas calles… lo que no es cierto , ya que el coche estaba aparcado solo en una calle de forma contigua a la acera ( no en la esquina donde redondea la acera que es donde se juntan dos calles), por lo que entiendo que existe un error de forma en el escrito de la denuncia ya que mi coche no se encontraba en el lugar donde el agente indica, decir que la denuncia la dejaron en el parabrisas no me la entrgaron en mano. existe error de forma?
Estimada Tania,
En relación con la cuestión que plantea, comentarle, que le recomendamos proceder a recurrir la denuncia que le ha sido formulada, dado que indicar de forma cierta y precisa el lugar de la infracción, es uno de los requisitos establecidos por el art. 74.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ya que sólo de esta manera se podrá precisar la señalización existente en el citado lugar y la corrección o no de la denuncia que le ha sido formulada.
Saludos
Hola, recibi una multa con dos fechas. En el cuadro de fecha de denuncia aparece una fecha y en el hecho que se notifica aparece otra. Pedimos una aclaración de este tema y el agente en su informe, no sabe ni lo que escribe ya que en cada parrafo pone una fecha diferente. ¿Que podria hacer?. Un saludo y gracias por anticipado.
Buenos días Javier,
Atendiendo a la consulta que nos formula, debemos señalarle que es evidente que ha existido una confusión por parte del agente denunciante en el momento de la anotación de la fecha de la presunta infracción en el boletín de denuncia. Si tras la petición de aclaración con la copia del informe del agente, tampoco se han despejado las dudas, la consecuencia directa es que no hay seguridad jurídica alguna para que prosiga el expediente sancionador iniciado. Por tanto, si en el propio informe del agente existe una absoluta contradicción en la fecha de la denuncia, significa que hay por tanto un claro defecto de forma de elevada importancia que invalida la denuncia, y en consecuencia, dicho expediente sancionador debe ser declarado nulo de pleno derecho, ya que una contradicción tan clara y evidente de la fecha de la presunta infracción provoca o debería provocar un defecto de forma grave en la notificación, sea mediante boletín o mediante notificación en domicilio. En cualquier caso, desde Pyramid Consulting le recomendamos que se haga con la copia del informe del agente, y recurra la denuncia presentando un pliego de descargos, alegando el defecto de forma citado en relación a la fecha de la infracción, y adjuntando como prueba fehaciente, la denuncia y el informe del agente, para que el instructor pueda analizar que efectivamente se ha incurrido en una contradicción absoluta de fechas, una clara falta de información vital para el infractor, y en consecuencia, que se proceda a la anulación y archivo de la multa de manera inmediata. Debe recordarse que un defecto de forma (como su propio nombre indica ) es la errónea o ausencia de información en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías jurídicas mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico (en este caso). Nuestra recomendación es que recurra la denuncia adjuntando copia del informe del agente y de la denuncia como pruebas documentales de sus alegaciones en el Pliego de descargos.
Saludos
Buenas noches,
He encontrado un boletín de denuncia («Aparcado en zona peatonal») de la policia local en el parabrisas de mi vehículo.
El boletín está completo salvo por el hecho de que no incluye el importe a pagar. ¿Qué medidas me aconsejan que tomen?
Gracias, un saludo.
Carlos
Estimado Carlos,
En relación a su consulta debemos informarle que para que un boletín de denuncia sea válido y en consecuencia pueda incoarse con plenas garantías jurídicas un procedimiento administrativo sancionador, dicho boletín debe contener toda la información básica y fundamental para que el denunciado conozca la presunta infracción cometida en todos sus aspectos, así como toda la información necesaria de su vehículo, junto con el lugar de los hechos, fecha completa y hora, precepto infringido del RGC, importe de la denuncia etc… Evidentemente si alguno de esos datos esenciales de información se omiten o son erróneos, dan lugar a un defecto de forma en el boletín, ya que adolece de un vicio de nulidad. Todo boletín de denuncia o notificación de la misma, deben contener los datos y elementos mínimos, sin los cuales, la denuncia es nula de pleno derecho. En su caso, y como usted nos comenta, si en el propio boletín se omite un dato tan importante como el importe a satisfacer, el original y el resultante con la bonificación del 50 %, se entiende que existe un defecto de forma, el cual puede no obstante ser subsanado si usted recurre por el instructor del procedimiento con posterioridad, sin concederle la gravedad de la ausencia de dicha información en el boletín. No obstante, recomendamos desde Pyramid Consulting que impugne la denuncia por defecto de forma, el cual no es más que un defecto (como su propio nombre indica ) en la forma de plasmar los datos o elementos informativos esenciales que toda denuncia debe poseer para poder incoar -con garantías mínimas- un procedimiento sancionador en materia de tráfico en este caso. Le recomendamos que adjunte copia clara y visible del boletín en el recurso a presentar, para que el instructor del procedimiento pueda valorar y observar efectivamente que se ha producido un error o de defecto de la información plasmada en el mismo, en este caso una ausencia de información vital para el ciudadano, el cual debe ser subsanado mediante una resolución a su favor, anulando y archivando dicho expediente sancionador.
Saludos
Ayer me multaron por pasarme una señal Pare. La infracción no tiene de manera legible la fecha de citación, el lugar donde se ubica el juzgado de policia al cual debo asistir.
¿Puedo anularla?