Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en ella o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar (artículo 10.2 del texto articulado).

Se considera que realizar la actividad de lavar el vehículo en la vía pública implica crear condiciones que generen peligro o deterioro en la circulación y el paso de los viandantes, por lo que es una conducta que implicaría una correspondiente multa tal como se especifica en el código de circulación.

Share This
Su navegador está desactualizado

Actualice su navegador para ver este sitio correctamenteActualizar mi navegador ahora

×