En relación a esta cuestión habría que analizar la multa en cuestión dado que algunos Organismo sí aplican correctamente el margen de error de los radares o cinemómetros. Esto se aprecia porque en la fotografía captada la velocidad es mayor que por la que sancionan, es decir, han restado el margen de error correspondiente al tipo de radar, y la velocidad sancionada sería la correcta, sin embargo, si en la fotografía aparece la misma velocidad que en el hecho denunciado no queda acreditado que se aplique ningún margen de error y, por ello, sería recurrible.
En los datos de una multa, ¿se aplica ya el margen de error?
por admin | May 27, 2013 | Multas | 4 Comentarios
Buenos días,
Tengo una multa de 300€ y dos puntos
La sanción por circular a 111km/h en un tramo de 80.
En la foto y en la denuncia aparece la misma velocidad 111km/h.
He recurrido la multa a través del seguro aunque ellos me recomendaron que no lo haría.
Entiendo que no hay velocímetro ni radar capaz de detectar si yo iba a 110 o 111,solo hay un kilometro de diferencia.
La sanción debería ser de 100€ y sin retirada de puntos.
Solicitó vuestra opinión.
Saludos,
Santiago Vazquez
Buenos días, Santiago:
La multa tiene fundamentación para ser recurrida; el margen de error no está calculado según la información que nos proporciona. Tanto si se tratara de un radar móvil como de un radar fijo, la sanción sería de 100 € sin retirada de puntos. Sumado a esto habría que comprobar que la cámara hubiera sido sometida a control metrológico y que le han remitido las fotografías pertinentes.
Le animo a que nos remita las sucesivas notificaciones que reciba para poder asesorarle, ya que efectivamente la sanción que le han impuesto no se corresponde.
Muchas gracias,
Quedamos a su entera disposición.
Un saludo.
He recibido una multa en la que me notifican en la fotografia captada por un radar doppler estatico que circulaba a 153 km/h y en el hecho que se notifica aparece la misma velocidad.
Me indican desde trafico que ahora el margen de error lo aplica ya directamente el radar porque salta una vez sobrepasado este margen de error.
¿Si pago la multa la puedo reclamar a posteriori para no perder la bonificacion de 50% por pronto pago?
Estimada Amparo,
En lo relativo a las sanciones de velocidad, en la fotografía aparece reflejada la velocidad captada por el cinemómetro. De este modo, la velocidad que obre en la notificación de denuncia debe ser diferente, lo que nos indica que el margen de error se ha llegado a aplicar, debiendo ser la velocidad corregida (tras la aplicación del margen de error) la referenciada en la denuncia.
En lo relativo a su pregunta, indicarle que si decide llevar a cabo el pago con la reducción del 50%, renunciaría a la defensa en vía administrativa, quedando concluso el expediente. En ese caso, tendría posibilidad de acudir a la vía judicial (Contencioso-Administrativo), pero sin haber presentado alegaciones es más difícil que éste recurso prospere, además, le supondrá un coste adicional en los honorarios de los Letrados que le asistan.
Muchas gracias,
Un saludo.