Deduzco que se refiere al hecho de que le están denunciando por circular a una velocidad en un tramo en el que no figura aún la limitación de la velocidad concreta, es decir que no ha alcanzado la franja de prohibición. En este sentido, le puedo indicar que existen distintas pruebas que se piden a la Administración para  demostrar la comisión de la infracción y consecuentemente que suponga la destrucción de la presunción de inocencia que asiste a todo administrado. En concreto,  con relación a la duda que plantea,  una de las pruebas que se solicitan  es el  informe del órgano titular de la vía,  que demuestre la señalización existente y el tramo afectado.