La respuesta requiere un estudio pormenorizado de cada supuesto concreto pero en líneas generales si la Administración no dirige la multa al domicilio correcto se puede recurrir por defecto de notificaciones. Para ello es conveniente tener actualizado el domicilio en tráfico, etc.
Hecho distinto es que la Administración le dirija la multa a su domicilio esté ausente no recoja el aviso en Correos y entonces se lo publicarán por boletín. En ese supuesto la administración si obra bien, porque intentó dirigirle la multa y es usted quien no la recepcionó y si cabría el pago.