El uso de las zonas de carga y descarga viene regulado de forma muy general en el artículo 16 de Reglamento General de Circulación, el cual establece que “Las operaciones de carga o descarga deberán llevarse a cabo fuera de la vía.

Excepcionalmente, cuando sea inexcusable efectuarlas en ésta, deberán realizarse sin ocasionar peligros ni perturbaciones graves al tránsito de otros usuarios y teniendo en cuenta las normas siguientes:

a.    Se respetarán las disposiciones sobre paradas y estacionamientos, y, además, en poblado, las que dicten las autoridades municipales sobre horas y lugares adecuados”.
Por tanto, habrá que estar a las Ordenanzas Municipales de cada Ayuntamiento para saber qué días y horas se puede estacionar en dichas zonas.

Asimismo, hay que tener en cuenta que fuera del horario de estacionamiento en zonas de carga y descarga podrá estacionar su vehículo cualquier usuario de la vía sin riesgo alguno de ser sancionado ya que fuera de ese horario, la zona de carga y descarga pasa a ser un lugar de estacionamiento libre.