Sí, es totalmente cierto, ya que la nueva Ley de Seguridad Vial incrementa la bonificación por pronto pago de un 30 a un 50%, siempre y cuando éste se efectúe en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de denuncia o entrega del boletín.
¿Es cierto que la bonificación por pronto pago en fase denuncia es del 50% del total de la sanción?
por MultAyuda | Feb 21, 2012 | Multas | 2 Comentarios
En las multas por no tener el cursillo (CAP) para conductores de vehiculos industriales¿hay tambien bonificación?
Conducir sin el Certificado de Aptitud Profesional (CAP), constituye una infracción administrativa contemplada en el art. 141.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, cuyo texto dice:
La carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control, estadística o contable cuya cumplimentación resulte obligatoria, así como la ocultación o falta de conservación de la misma y demora injustificada de la puesta en conocimiento o la falta de comunicación de su contenido a la Administración, incumpliendo lo que al efecto se determine reglamentariamente, salvo que deba ser calificada como infracción muy grave de conformidad con lo dispuesto en los apartados 6, 14, 22 ó 24 del artículo 140.
La sanción económica que llevan aparejada, según previene el art. 143.1 e) de la LOTT, es la siguiente:
Se sancionarán con multa de 1.001 a 1.500 euros las infracciones previstas en los apartados 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 del artículo 141.
Considerando que el art. 146.3 de la misma norma establece:
3. Las sanciones pecuniarias podrán hacerse efectivas conforme a lo que reglamentariamente se establezca.
En todos aquellos supuestos en que el interesado decida voluntariamente hacer efectiva la sanción antes de que transcurran los 15 días siguientes a la notificación del expediente sancionador, la cuantía pecuniaria de la sanción inicialmente propuesta se reducirá en un 25 %.
Concluyendo, las denuncias por el motivo indicado al principio de este blog, comportarán una sanción económica de entre 1.001 euros y 1.500 euros, si bien podrán abonarse con un 25% de descuento.