Esto significa que ha existido un defecto en la notificación de la multa que ha intentado realizar la Administración, bien porque la haya intentado notificar en el domicilio correcto del interesado sin éxito o bien los datos de que dispone sobre el domicilio de éste son inexactos. Lo primero sería averiguar qué resultado consta en el acuse de recibo o libro de carteria, y a continuación recurrir argumentando la indefensión que le ha podido ocasionar por la notificación defectuosa, aportando documentación acreditativa del domicilio correcto de la persona interesada en el procedimiento, como puede ser el permiso de conducir, el permiso de circulación, las escrituras de traslado de domicilio social en el caso de que se trate de una persona jurídica, etc.

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