Podrían darse dos casos, que le notificaran o no la denuncia en el acto.
Si no le notificaron en el acto, habrá de solicitar además, que se le dé traslado de los motivos por los cuales no se ha hecho, dado que toda denuncia ha de notificarse en el acto y solamente existen tres supuestos tasados en el art. 76.2 de la LSV en los cuales puede efectuarse la notificación en un momento posterior.
En ambos casos, bien desde la entrega del Boletín, bien desde la fecha de notificación de la denuncia, en el plazo perentorio concedido al efecto, habrá de presentar alegaciones y solicitar a nuestro juicio, cuatro pruebas de cargo que consideramos esenciales, a saber :
1.-La fotografía de la presunta infracción.
2.- Croquis informativo del lugar y momento exacto donde se cometió la presunta infracción.
3.- RATIFICACIÓN POR ESCRITO DEL AGENTE DENUNCIANTE que firmó el Boletín de Denuncia, siendo de vital importancia, manifestación expresa sobre la distancia a la que este se encontraba para apreciar el hecho que se me imputa.
4.- Declaración testifical del Agente acompañante.
DEBEN DE ESTAR SEÑALIZADOS LOS RADARES MOVILES CUANDO ESTAN ACTUANDO PARADOS AL BORDE DE LA CARRETERA?.
si deben de estar los fijos señalizados, supongo que tambien los moviles.
¿Y si es asi, deben de estarlo tambien los elicopteros?
Atendiendo a la consulta que nos ha manifestado en nuestro blog, debemos señalarle que como usted bien nos indica, hay dos tipos de radares para captar posibles excesos de velocidad : los fijos (los cuales deben estar obligadamente señalizados con anterioridad en la carretera y con una cierta antelación, existiendo en España un total de más de 850). Su finalidad no es otra que la de prevenir posibles accidentes en tramos un tanto peligrosos y donde la velocidad que se puede alcanzar es elevada. Por ello se instalan radares fijos advirtiendo del límite de velocidad, con una finalidad de precaución y seguridad en la vías públicas. En relación a los radares móviles, la ubicación de los mismos puede hallarse en multitud de lugares, desde las propias patrullas que circulan por la carretera hasta ubicaciones cercanas a la vía. Dichos radares móviles no tienen la obligación de ser advertidos con antelación, no existe la obligación legal de ser comunicados con anterioridad al conductor, por eso tienen un carácter o naturaleza de móviles, sin existir una ubicación fija ni predeterminada de antemano. A pesar de que la fundamentación y existencia de estos radares es también preservar la seguridad vial y evitar accidentes de tráfico, debe añadirse que especialmente en este tipo de radares, el ánimo recaudatorio es francamente palpable, ya que su ubicación es claramente discrecional y ambulante, sin predeterminaciones. También se ubican dichos radares en tramos peligrosos donde se puede alcanzar mucha más velocidad de la señalizada, por lo que en muchas ocasiones se acaba sobrepasando con mucha facilidad el límite, con la consiguiente denuncia por exceso de velocidad. Por tanto los tipos de radar existentes son: Fijos: Instalados en pórticos sobre las carreteras, en cabinas, postes o cualquier soporte físico. Están señalizados en las vías como ‘punto de control de velocidad’. – Móviles: Colocados en vehículos sobre un trípode fijo o en helicópteros, como el Pegasus. Pueden ser de dos tipos: con tecnología microondas, capaces de medir hasta seis carriles; y los láser, dirigidos de forma selectiva hacia un vehículo, con un alcance de hasta 500 metros. -De tramo: De instalación fija. Calculan la velocidad media de un vehículo entre dos puntos.- De ‘Foto Rojo’: Colocados en los semáforos en las ciudades. Captan a los vehículos que pasan los semáforos en la fase roja. La DGT dota a alguno de sus helicópteros con un radar, el Pegasus, capaz de controlar la velocidad de los vehículos y detectar las infracciones desde el aire. Las vías convencionales, que no tienen separación física entre los carriles de ambos sentidos y en las que suele ser más difícil establecer controles con vehículos equipados con radar, son las habituales por donde vuela Pegasus. El radar consta de dos cámaras: una panorámica que facilita el seguimiento y captación de la velocidad, y otra de detalle, dotada con un teleobjetivo que permite leer la matrícula del vehículo. Sí. Los radares tienen unos márgenes de error legalmente establecidos, en función de si son fijos o móviles y de la velocidad de medición que efectúen: este margen puede oscilar de cuatro a siete km/h, si hablamos de mediciones inferiores a 100 km/h, o entre el cuatro o el siete por ciento, en el caso de que valoremos la velocidad. Sin embargo, no siempre se respetan esos márgenes de error.
Saludos