En relación a los neumáticos te pueden sancionar por baja presión de los neumáticos,  desgastes excesivo de ruedas, carencia de repuestos obligatorios o mal estado, etc, conforme establece el Reglamento General de Vehículos. Incluso puede llegar a retener el vehículo si se da el caso de llevar los 4 neumáticos en mal estado.
Asimismo, los neumáticos deben conservar siempre las inscripciones reglamentarias y no pueden presentar ampollas, deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa o de la banda de rodamiento. Además, no deben presentar cables al descubierto, grietas o síntomas de rotura o dislocación de la carcasa.

Conforme establece el  Art. 65.4.o de la LSV 18/2009 de 23 de Noviembre la sanción puede ser de 200 € por neumático hasta 500 €, variando si es grave o muy grave y ello variará en función de lo que interfiera en la Seguridad Vial. Ya que causará mayor peligro a la seguridad vial circular con un neumático  roto que con otro cuyo dibujo está ligeramente desgastado

En relación al parachoques se entiende sanción grave y se sanciona con una multa de 200 €, de acuerdo a lo preceptuado en al Art. 65.4.o de la LSV 18/2009 de 23 de Noviembre, que sanciona por incumplir las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas

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