La Ley distingue en este punto entre la inmovilización cuyos motivos recoge en el art. 84 Ley 18/2009 y la retirada y depósito que los regula en el art. 85 y que son:
– Peligro, graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o deteriore servicio o patrimonio público.
– Accidente que impida continuar la marcha.
– Cuando inmovilizado el vehículo, no hubiera lugar adecuado para practicarla sin obstaculizar circulación de vehículos o personas.
– Cuando inmovilizado el vehículo, no hayan cesado las causas de la inmovilización (vehículo que circule sin autorización o con ésta no vigente, vehículo con deficiencias que conlleven riesgo para la circulación, que conductor o pasajero no hagan uso del casco, negativa a realizar pruebas de alcohol u otras sustancias o que éste dé positivo, el vehículo carezca de seguro, incumplir las normas de conducción y descanso, ocupación excesiva del vehículo, superar niveles de contaminación permitidos, indicios de manipulación del instrumento de control de tempos, que existan mecanismos en el vehículo encaminados a eludir la vigilancia de los Agentes o de captación de imágenes)
– Estacionamientos por tiempo superior al expresado en ticket (si supera el triple del tiempo abonado), o estacionamientos en carriles o partes de la vía reservados a otros usuarios o en zona de carga y descarga, o en zonas reservadas a personas con discapacidad sin el correspondiente ticket.
Dejé el coche en un centro comercial con las luces de emergencias puesta en un minusvalido , tarde cinco minutos y se llevaron el coche . Lo que me jodio es que habia mas de 15 plazas de minusvalido vacias en ese momento . Pero mi pregunta es si tenian derecho a llevarse la grúa el coche ???
La grúa puede retirar cualquier vehículo previa denuncia tanto de un agente como de un particular.
No obstante sería preciso conocer la ordenanza concreta del municipio en cuestión para valorar si tal retirada está contemplada para el supuesto que nos consulta.
Deje el coche con las luces de emergencia encendidas no mas de 5 minutos en zona de carga y descarga. ¿Tenía derecho la grúa a llevarse el coche?
Estimado usuario,
En cuanto a la cuestión que plantea, comentarle que el hecho de estacionar un vehículos en zona de carga y descarga cuando no se encuentra habilitado para ello, puede posibilitar la actuación de la grúa, dado que así se prevé en el artículo 85 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Un saludo.
Buenos dias, ayer deje mi coche en una zona de correos de carga y descarga, no habiendo ningun distintivo de vado, solo dos señales indicando la carga/descarga con lo que cuando fui a por el no estaba mi coche por actuacion de la grua, lo peor es que habia al menos 3 coches que incumplian esta señal y al unico que tocaron fue al mio, puedo reclamar esto. Gracias