La Ley distingue en este punto entre la inmovilización cuyos motivos recoge en el art. 84 Ley 18/2009 y la retirada y depósito que los regula en el art. 85 y que son:

– Peligro, graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o deteriore servicio o patrimonio público.

– Accidente que impida continuar la marcha.

– Cuando inmovilizado el vehículo, no hubiera lugar adecuado para practicarla sin obstaculizar circulación de vehículos o personas.

– Cuando inmovilizado el vehículo, no hayan cesado las causas de la inmovilización (vehículo que circule sin autorización o con ésta no vigente, vehículo con deficiencias que conlleven riesgo para la circulación, que conductor o pasajero no hagan uso del casco, negativa a realizar pruebas de alcohol u otras sustancias o que éste dé positivo, el vehículo carezca de seguro, incumplir las normas de conducción y descanso, ocupación excesiva del vehículo, superar niveles de contaminación permitidos, indicios de manipulación del instrumento de control de tempos, que existan mecanismos en el vehículo encaminados a eludir la vigilancia de los Agentes o de captación de imágenes)

– Estacionamientos por tiempo superior al expresado en ticket (si supera el triple del tiempo abonado), o estacionamientos en carriles o partes de la vía reservados a otros usuarios o en zona de carga y descarga, o en zonas reservadas a personas con discapacidad sin el correspondiente ticket.