La nueva Ley de Seguridad Vial sigue contemplando la obligación que tiene todo titular de identificar a la persona responsable de la infracción cometida, y en caso de no realizar dicha identificación o de hacerla de forma defectuosa, la sanción por incumplimiento va a venir graduada en función de la sanción de origen, es decir, si ésta es leve la sanción por incumplimiento será del doble de la misma, y en caso de ser grave o muy grave, la sanción por incumplimiento será del triple de la sanción de origen. Es importante indicar que la sanción por incumplimiento no es posible abonarla de forma bonificada con el 50% de descuento.
En caso de no identificar al conductor del vehículo, ¿cómo se nos va a sancionar?
por MultAyuda | Feb 10, 2012 | Multas, Vehículos | 0 Comentarios