Es la calificación que otorga la Ley a las distintas conductas infractoras en las que se puede incurrir. La diferencia fundamental entre ellas son los distintos plazos que tiene la Administración para notificarlas (3 meses en caso de infracciones leves, y 6 meses en caso de infracciones graves o muy graves) y la distinta sanción que llevan a aparejada. En términos generales, dado que es posible su incremento, las multas leves suponen una sanción pecuniaria de hasta 100 euros, las multas graves suponen una sanción pecuniaria de 200 euros, y las multas muy graves una sanción económica de 500 euros. En el caso de infracciones graves y muy graves es posible que también lleven aparejada la retirada de puntos.